ARTICULO 57: La ausencia absoluta de los Subdirectores será
Subdirectores Ausencia Absoluta
cubierta temporalmente por quien designe al Consejo Universitario hasta tanto se realicen las elecciones para cubrir el cargo por el resto del período. ARTICULO 58: El Director es la máxima autoridad ejecutiva del Instituto y tiene las siguientes atribuciones:
Director Atribuciones:
1. Representar a la Universidad en el organismo regional de
Representación de la Universidad
coordinación del Subsistema de Educación Superior, en su respectiva región. 2. Ejercer la representación del Instituto y ser el órgano de enlace
Representación Instituto
de éste con el Rector, con el Consejo Universitario y con los organismos públicos y privados a nivel regional. 3. Designar al Subdirector que lo suplirá durante sus ausencias
Ausencia temporal del Director
temporales. 4. Designar al Subdirector que suplirá las ausencias de los otros Subdirectores. 5. Cumplir y hacer cumplir las leyes,
los reglamentos
Ausencia temporal subdirectores
Legalidad-Curnplimiento
universitarios y las disposiciones emanadas del Consejo Nacional Universitario, del Consejo Superior, del Consejo
Universitario y del Consejo Directivo. 6. Velar por la correcta aplicación de las normas y
Aplicación de normas
procedimientos administrativos dictados por los organismos
competentes de la República. 7. Proponer al Consejo Directivo del Instituto la designación y remoción del personal administrativo y del servicio del Instituto
Proponer designación y remoción del personal administrativo y del servicio.
cuyo nombramiento y remoción no está atribuido a otra autoridad. 8. Elaborar el proyecto de presupuesto de rentas y gastos del
Proyecto de presupuesto
Instituto y someterlo a la consideración del Consejo Directivo. 9. Autorizar los pagos que deba hacer el Instituto. 10. Coordinar la preparación de la Memoria y Cuenta del Instituto
y presentarla al Consejo Universitario.
Autorizar pagos Memoria y cuenta
31