Directrices dptales TyTres

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Ministro de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente Arq. Francisco Beltrame Intendente Departamental de Treinta y Tres Dr. Dardo Sánchez Cal Director Nacional de Medio Ambiente Arq. Jorge Rucks Director Nacional de Ordenamiento Territorial Ing. Agr. Manuel Chabalgoity Director de Ordenamiento Territorial de la Intendencia de Treinta y Tres Cr. José Amaro Secretario Intendencia Departamental de Treinta y Tres Sr. Ramón Da Silva Elaborado por: Arq. Karin Ahlig Ing. Agr. Gerardo Caticha Colaboración Técnica Ing. Agrim. César Vesperoni Ing. Luis Pereira DINOT Arq. Cecilia Catalurda Arq. Ignacio Rodríguez Arq. Cecilia Lombardo Lic. Álvaro Álvarez A.S. Alejandra Lale Colaboraron EDILES: Dra. Cristina Cedres Sr. Alvaro Ferreira Chaves Sr. Washington Batista Sr. Hugo García Sr. Héctor Sosa Sr. Rubén Llano Sr. Gabriel Ruete


INDICE INTRODUCCIÓN .................................................................................................................................. 9 CAPÍTULO I ........................................................................................................................................ 10 DIAGNÓSTICO O ESTADO DE SITUACIÓN DEL DEPARTAMENTO ...................................................... 10 1.

METODOLOGÍA DE TRABAJO................................................................................................. 10 1.1

BREVE HISTORIA ............................................................................................................ 11

1.2

DEFINICIÓN DEL AREA DE TRABAJO .............................................................................. 19

1.3

ASPECTOS POBLACIONALES .......................................................................................... 20

1.4

ASPECTOS EDUCACIONALES .......................................................................................... 28

1.5

INFRAESTRUCTURA VIAL Y DE TRANSPORTE................................................................. 28

1.6 RELEVAMIENTO DE SERVICIOS EXISTENTES EN EL DEPARTAMENTO POR LOCALIDAD ................................................................................................................................ 29

2.

1.7

CUENCA HIDROGRÁFICA DEL DEPARTAMENTO ............................................................ 39

1.8

CONDICIONES CLIMÁTICAS ........................................................................................... 41

1.9

VEGETACIÓN.................................................................................................................. 43

ECONOMÍA DEPARTAMENTAL .............................................................................................. 46 2.1. POSICIONAMIENTO COMO CENTRO URBANO EN LA REGIÓN ........................................... 47 2.2. PRINCIPALES ACTIVIDADES PRODUCTIVAS ........................................................................ 48 2.2.2 ACTIVIDAD INDUSTRIAL ................................................................................................... 77 2.2.3 ACTIVIDAD MINERA y EXTRACTIVA .................................................................................. 78 2.2.4 ACTIVIDAD APÍCOLA ......................................................................................................... 78 2.2.5 ACTIVIDAD PESQUERA...................................................................................................... 79 2.2.6 ACTIVIDAD TURÍSTICA ...................................................................................................... 79 2.2.7 SERVICIOS ......................................................................................................................... 84 2.2.8 OTROS............................................................................................................................... 84

CAPITULO II ....................................................................................................................................... 87 1.DIRECTRICES DEPARTAMENTALES ................................................................................................. 87 1.1 FORMULACIÓN DE DIRECTRICES DEPARTAMENTALES ......................................................... 87 1.2 ALCANCE DEL DOCUMENTO.................................................................................................. 87 1.3 CONCEPTO Y ALCANCE .......................................................................................................... 88 1.4 OBJETIVOS DEL INSTRUMENTO .............................................................................................. 88 Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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1.5 ÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL ................................................................................... 89 1.6 ÁMBITO DE APLICACIÓN SUBJETIVO ..................................................................................... 89 1.7 REVISIÓN GENERAL DEL INSTRUMENTO ............................................................................... 89 1.8 REVISIÓN PARTICULAR DEL INSTRUMENTO .......................................................................... 90 2.DIRECTRICES DEPARTAMENTALES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE 90 Modelo Territorial del Departamento .............................................................................................. 90 DIRECTRIZ 1: ...................................................................................................................................... 91 DIRECTRIZ 2: ...................................................................................................................................... 93 DIRECTRIZ 3: ...................................................................................................................................... 99 DIRECTRIZ 4: .................................................................................................................................... 102 DIRECTRIZ 5: .................................................................................................................................... 108 DIRECTRIZ 6: .................................................................................................................................... 108 DIRECTRIZ 7: .................................................................................................................................... 111 3.

LÍNEAS DE ACCIÓN Y PROYECTOS ESTRATÉGICOS .............................................................. 112

CAPÍTULO III .................................................................................................................................... 127 INSTRUMENTOS DE ACTUACIÓN Y EJECUCIÓN............................................................................... 128 1-

Dirección de la Gestión y el Ordenamiento Territorial. ...................................................... 128

2.

AJUSTES LEGALES ................................................................................................................ 132

CAPITULO IV .................................................................................................................................... 134 CATEGORIZACIÓN DE SUELOS ......................................................................................................... 134 SUELO CATEGORÍA RURAL .......................................................................................................... 134 Suelo Rural Productivo ............................................................................................................ 134 Suelo Rural Natural ................................................................................................................. 135 Suelo Rural Productivo Turístico ............................................................................................. 135 Suelo Rural Natural con Orientación Turística-Ecológica ........................................................ 135 Suelo Rural Natural Protegido ................................................................................................. 135 EL SUELO CATEGORÍA URBANO .................................................................................................. 135 Suelo Urbano Parquizable ........................................................................................................... 136 EL SUELO CATEGORÍA SUBURBANA ............................................................................................ 136 Suelo Rururbano.......................................................................................................................... 137 Suelo Suburbano con destino a infraestructuras ........................................................................ 137 ATRIBUTO DE POTENCIALMENTE TRANSFORMABLE .................................................................. 137 Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

3.


CENTROS POBLADOS, CATEGORÍAS, PARAJE RURAL Y PUEBLO……………………………………………..138 DELIMITACION DE CENTROS POBLADOS Y CATEGORIZACIÓN DE SUELO DE LOS MISMOS. .......... 139 CERRO CHATO ................................................................................................................................. 139 SANTA CLARA de OLIMAR ............................................................................................................... 139 VERGARA ......................................................................................................................................... 140 Gral. ENRIQUE MARTÍNEZ ............................................................................................................... 140 RINCÓN............................................................................................................................................ 141 VILLA MARÍA ISABEL (Isla Patrulla) .................................................................................................. 141 MARÍA ALBINA................................................................................................................................. 142 VILLA PASSANO ............................................................................................................................... 142 MENDIZABAL (El Oro) ...................................................................................................................... 142 VALENTINES..................................................................................................................................... 142 POBLADO ALONSO .......................................................................................................................... 143 POBLADO BELLACO ......................................................................................................................... 143 POBLADO PUNTAS DEL PARAO ....................................................................................................... 143 POBLADO ACOSTA ........................................................................................................................... 143 PARAJE LA CALAVERA ...................................................................................................................... 143 PARAJE CERROS DE AMARO ............................................................................................................ 143 TREINTA Y TRES (ciudad) ................................................................................................................. 144 VILLA SARA ...................................................................................................................................... 145 normas generales para todo el departamento ............................................................................... 146 CONTROL TERRITORIAL ................................................................................................................... 152 INDICADORES .................................................................................................................................. 155 PENALIDADES .................................................................................................................................. 157 ANEXOS ........................................................................................................................................... 157 PLANO N°1 _ CERRO CHATO ........................................................................................................... 158 PLANO N°2 _ SANTA CLARA ............................................................................................................ 159 PLANO N°3 _ VERGARA ................................................................................................................... 160 PLANO N°4_ CHARQUEADA ............................................................................................................ 161 PLANO N°5 _ RINCON ...................................................................................................................... 162 PLANO N°6_ ISLA PATRULLA ........................................................................................................... 163 PLANO N°7_ MARIA ALBINA............................................................................................................ 164 Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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PLANO N°8 _ PASSANO ................................................................................................................... 165 PLANO N°9 _ MENDIZABAL (POBLADO EL ORO) ............................................................................. 166 PLANO N°10_ VALENTINES.............................................................................................................. 167 PLANO N°11 _ POBLADO ALONSO .................................................................................................. 168 PLANO N°12 _ TREINTA y TRES ....................................................................................................... 169

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ÍNDICE de GRÁFICOS y CUADROS Cuadro N° 1 – Número de Habitantes por localidad y ámbito...................................................... 20 Cuadro N° 2 - Evolución demográfica de la ciudad de Treinta y Tres ........................................... 21 Cuadro N° 3 – POBLACIÓN POR LOCALIDAD Y DISTRIBUCIÓN POR SEXO................................... 227 Cuadro N° 4 – TASA DE CRECIMIENTO DE POBLACIÓN DEPARTAMENTAL EN PERÍODOS INTERCENSALES ............................................................................................................................. 23 Cuadro N° 5 –NÚMERO DE VIVIENDAS POR LOCALIDAD .............................................................. 23 Cuadro N° 6- POBLACIÓN EN ESTABLECIMIENTOS ARROCEROS (2011) ....................................... 28 Cuadro N° 7 – NÚMERO DE VIVIENDAS EN ESTABLECIMIENTOS ARROCEROS (2011) ................. 24 Cuadro N° 8 – Tasa de desempleo ................................................................................................ 27 Cuadro N° 9 – Ocupados por tramo de edad ................................................................................ 27 Cuadro N° 10 – Ocupados por rama de actividad ......................................................................... 27 Cuadro N° 11 – Ocupados por nivel educativo ............................................................................. 28 Cuadro N° 12 – Número de habitantes, viviendas y hogares en Vergara ..................................... 30 Cuadro N° 13 - Número de habitantes, viviendas y hogares en Rincón ...................................... 31 Cuadro N° 14 - Número de habitantes, viviendas y hogares en Mendizabal................................ 34 Cuadro N° 15 – Número de habitantes, viviendas y hogares en Gral. Enrique Martínez ............. 35 Cuadro N° 16 – Número de habitantes, viviendas y hogares en Cerro Chato .............................. 36 Cuadro N° 17 – Número de habitantes, viviendas y hogares en Santa Clara de Olimar............... 37 Cuadro N° 18 - Número de habitantes, viviendas y hogares en Valentines ................................. 38 Cuadro N° 19 – Número de habitantes, viviendas y hogares en María Albina ............................. 38 Cuadro N° 20 – Forestación en las Subcuencas hidrográficas ...................................................... 40 Cuadro N° 21 – Registro Meteorológico ....................................................................................... 41 Cuadro N° 22 – Número de explotaciones agropecuarias ............................................................ 49 Cuadro N° 23 – Número de bovinos y ovinos en el departamento ............................................... 49 Cuadro N° 24 – Residencia según tipo de explotación.................................................................. 50 Cuadro N° 25 – Uso del Suelo........................................................................................................ 54 Cuadro N° 26 – Uso del Suelo según zona geográfica................................................................... 54 Cuadro N° 27 – Infraestructurs de energía según zona geográfica............................................... 55 Cuadro N° 28 – Indice de Productividad ....................................................................................... 55 Cuadro N° 29 – Aptitud de suelos para cultivos de secano a nivel nacional................................. 59 Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Cuadro N° 30 – Uso de suelos proyectados y aptitud agrícola (para cultivos estivales de secano ........................................................................................................................................... 60 Cuadro N° 31 – Plantaciones Forestales por seccional en el departamento ................................ 70 Cuadro N° 32 – Trabajo permanente según principal rubro de ingresos ..................................... 76 Cuadro N° 33 – Categoría de empleo según rubro de actividad ................................................... 76 Cuadro N° 34 – Producción minera en el departamento .............................................................. 78 Gráfico N° 1 – Plano Histórico (1885)............................................................................................ 17 Gráfico N° 2 – Plano Histórico (1862)............................................................................................ 18 Gráfico N° 3 – Departamento de Treinta y Tres ............................................................................ 19 Gráfico N° 4 - MAPA DEMOGRÁFICO ............................................................................................ 26 Gráfico N° 5 – Cuenca Hidrográfica ............................................................................................... 40 Gráfico N° 6 – Mapa Climático del Uruguay.................................................................................. 42 Gráfico N° 7 - Mapa de vegetación en el departamento de Treinta y Tres .................................. 43 Gráfico N° 8 – Comparación stock ovino año 1990-2000 ............................................................. 51 Gráfico N° 9 – Microrregiones Departamentales .......................................................................... 52 Gráfico N° 10 – Unidades de Suelo en el Departamento (División Suelos MGAP). ...................... 57 Gráfico N° 11 - APTITUD DE SUELOS PARA CULTIVOS DE SECANO ............................................... 58 Gráfico N° 12 – Mapa Fisiográfico del Uruguay ............................................................................ 61 Gráfico N° 13 - Ecosistemas Relevantes del Departamento ......................................................... 62 Gráfico 14 - Mapa Geológico......................................................................................................... 64 Gráfico N° 15 - Mapa Geomorfológico .......................................................................................... 65 Gráfico N° 16 – Recursos Mineros a Nivel Nacional...................................................................... 66 Gráfico N° 17 – Riesgo de Erosión ................................................................................................. 68 Gráfico N° 18 – Intensidad del Proceso de Cárcavas .................................................................... 69 Gráfico N° 19 – Zonas de Prioridad Forestal en el Departamento ................................................ 71 Gráfico N° 20 – Áreas Forestadas .................................................................................................. 72 Gráfico N° 21 – Área Sembrada de Arroz ...................................................................................... 73 Gráfico N° 22 – Aptitud Arrocera ................................................................................................. 74 Gráfico N° 23 – Cobertura de Suelo ............................................................................................. 75 Gráfico N° 24 – Potencialidad Turística ........................................................................................ 83

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Gráfico N° 25 – Sitios RAMSAR ................................................................................................... 105 Gráfico N° 26 – Clasificación de áreas protegidas propuesta por PROBIDES............................. 106 Gráfico N° 27 – Suelo Rural Potencialmente Transformable a Suburbano ................................ 151 Gráfico N° 28 – Suelo Rural Pot. Transformable a Suburbano con Destino Turístico ............... 152 Gráfico N° 29 – Categorización departamental.......................................................................... 153 Gráfico N° 30 – Suelo Rural Potencialmente Transformable a Suburbano ................................ 154

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INTRODUCCIÓN La ley No 18.308, del Marco Regulador General del Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, otorga a los gobiernos departamentales la facultad de desarrollar sus propias directrices y ordenanzas departamentales, planes locales y planes interdepartamentales. En el marco del proceso de planificación que desarrolla la Intendencia Departamental de Treinta y Tres, se renovó el convenio de apoyo a instancia de la promulgación de la Ley 18.308 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, entre el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y la Intendencia Municipal de Treinta y Tres, cuyos objetivos específicos fueron: a) Elaboración de las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, previstas en el artículo 16 de la Ley antes mencionada; las que incluirán una primera categorización estructural del suelo del territorio departamental con su correspondiente graficación (artículo 30 a 34 de la referida Ley); b) Culminación del Plan Local de la ciudad de Treinta y Tres y su microrregión, de acuerdo a lo previsto en el artículo 17 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible. Dentro del Proceso de Planificación, se busca determinar las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible; que van a ser los instrumentos, procedimientos, métodos y estrategias que serán utilizadas para alcanzar el objetivo de planificar el desarrollo integrado y ambientalmente sostenible del territorio departamental, mediante el ordenamiento del suelo y la previsión de los procesos de transformación del mismo. En este Proceso de Planificación se establecen los Programas y los Proyectos prioritarios para la Intendencia y de sus habitantes; pretende contemplar las expectativas de la población, los compromisos esperables de los diferentes sectores sociales, económicos e institucionales y la voluntad del Gobierno Departamental en impulsar procesos de desarrollo en forma integrada y sostenible.

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CAPÍTULO I DIAGNÓSTICO O ESTADO DE SITUACIÓN DEL DEPARTAMENTO 1. METODOLOGÍA DE TRABAJO La metodología de trabajo realizada consistió en hacer un Diagnóstico o Estado de Situación del departamento, considerando cuatro dimensiones:  Físico-espacial: Esta dimensión refiere a la estructura material del territorio; ya sea natural o construido; dónde se incluyen las características geográficas y paisajísticas, las infraestructuras, el sistema urbano y la ocupación del territorio entendidos como procesos que evolucionan en el tiempo.  Socio – Económicas: Esta Dimensión reflexiona sobre el perfil de la población, haciendo un enfoque de los atributos culturales, socio-organizacionales y económicos-productivos de quienes habitan y ocupan el territorio.  Ecosistémicas: La tercera dimensión considera al territorio como recurso de los seres que lo habitan, considerando los flujos de materia y energía que lo condicionan. Los procesos de equilibrio natural bajo la presión del aprovechamiento y conservación del territorio, se analizan desde la aptitud y uso del suelo, los recursos hídricos y las áreas naturales y de paisaje vulnerables a proteger para la sostenibilidad en el tiempo.  Político – Jurídico – Institucional: En esta dimensión se consideran los aspectos constitucionales, legales y reglamentarios que conforman las posibilidades de administración, gestión y participación de los múltiples actores en la construcción del territorio. Observa la estructura del Gobierno Departamental y sus gobiernos locales, las organizaciones sociales, las normativas vigentes y el marco jurídico para la Planificación Territorial, particularmente la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, la Ley de Descentralización, pero también el Código de Aguas y la Ley del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas entre otras. Para llegar al Diagnóstico o Estado de Situación se utilizó y se procesó información existente en la Intendencia y demás Instituciones gubernamentales y no gubernamentales. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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1.1 BREVE HISTORIA El 10 de marzo de 1853, el Presidente de la República, Don Juan Fco. Giró, decreta la creación de un Pueblo que debía de llamarse De Los Treinta y Tres, en claro homenaje a los héroes de la Agraciada, como forma de civilizar una zona desértica y salvaje de 350 kms, entre los entonces Pueblos de Minas y Melo. El proyecto fue presentado por el Senador por Cerro Largo, Cnel. Dionisio Coronel, y según la Ley debía erigirse en 25 kilómetros cuadrados de tierra existente en la confluencia del A° Yerbal Grande con el Río Olimar, inmediato al ángulo formado por las márgenes izquierdas de uno y otro cause de agua. El proyecto del senador D. Coronel en su forma original, sufre algunas modificaciones, siendo aprobado con la siguiente redacción: Artículo 1° - En la confluencia del Yerbal Grande con el Río Olimar, inmediato al ángulo formado por la margen izquierda de uno y otro río, sobre un área superficial de una legua cuadrada se creará un pueblo que se denominará de los Treinta y Tres. Así consta en el informe de la Comisión Auxiliar de Treinta y Tres, a la Junta Económico Administrativa de Cerro Largo, redactado por su secretario don Lucas Urrutia en diciembre de 1872, anexo A: “Promulgada como dejó dicho la Ley del 53, el señor Reventós procedió enseguida (en 1855) a reunir los vecinos más rentables de esa jurisdicción ya por su honradez como por su capital, y con ellos formó una sociedad que hoy representamos la que por su composición puede llamarse anónima, aunque no tenga tal carácter según nuestro Código de Comercio. Reunido el capital necesario para la compra del campo a los propietarios que lo eran de las sucesiones de Juan Francisco Medina y Antonio Téliz, contrató primero verbalmente comprarles una legua cuadrada del terreno: en el mes de diciembre de 1855 el Agrimensor don Joaquin R. Travieso procedió a practicar la respectiva mensura. Hecha la mensura del área total de la legua cuadrada enseguida se procedió por dicho agrimensor a la delineación y de las calles y manzanas para vender en solares. En dicha época don Miguel Palacios había empezado a edificar y en atención a la que era el primer poblador y casa de azotea, esté es la que sirvió de base para la formación de la plaza frente de ella y demás amanzanamientos…” Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Quedó creado el Pueblo de los Treinta y Tres, dependiendo en todo de la Comuna de Cerro Largo, hasta que el 18 de setiembre de 1884, una ley crea con tierras de Cerro Largo y de Minas, el Departamento de Treinta y Tres, quedando el pueblo primitivo como Capital Departamental. Los primeros 100 años de historia de nuestra ciudad. 1853 – Se sanciona por el Presidente Giró la Ley Fundacional del pueblo de los Treinta y Tres. 1854 – La primer casa. Con anterioridad a la mensura del pueblo, en la esquina de las calles Juan A. Lavalleja y Pablo Zufriategui (frente a la plaza 19 de Abril) se edificó la primera casa, mandada a construir por el vecino Don Miguel Palacio. Ubicación actual de la sucursal del Banco Hipotecario. 1855 – Mensura y compra por la Sociedad Fundadora, de una legua cuadrada para asiento del pueblo. 1856 – Propuesta para el remate del Servicio de Balsas en el Paso del Olimar. 1857 – Aprobación oficial del primer peaje sobre el río Olimar concedido a Juan Etchepart. 1858 – Primera misa celebrada en un oratorio por el Padre José Reventós, 25 de diciembre. 1859 – Inauguración de la primera escuela maestro Anselmo Basaldúa, donde se encuentra ubicada hoy día la Farmacia Del Pueblo. 1860 – Segunda mensura de la legua cuadrada para asiento del pueblo, rectificando la anterior. 1861 – Se establece el servicio directo de Diligencias de Treinta y Tres a Montevideo: primer viaje. 1862 – Se funda la primera escuela de niñas. 1863 – Se denomina con el nombre de José Reventós a una de las calles. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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1866 – Servicio de Diligencias: los primeros servicios de viajes en diligencias entre Treinta y Tres y Melo; Río Branco y Treinta y Tres; Treinta y Tres y Nico Perez, se iniciaron en 1861 pero en forma irregular, suspendiendo el servicio al poco tiempo. Recién en 1866, a gestiones del Sr. Lucas Urrutia, se pudo contar con un servicio en forma. 1867 – Primera balsa en el río Olimar, Primera Capilla inaugurada por Jacinto Vera, se delinearon calles y plazas de Treinta y Tres. 1868 – Aprobación oficial de la construcción del Cementerio de La Soledad (Cruz Alta). 1869 – Se eleva a Melo primer Presupuesto Municipal solicitando recursos. 1870 – Fundación del Pueblo Olimar por el Cnel. Modesto Polanco. Fuerzas revolucionarias toman la Villa de Treinta y Tres el 29 de abril. 1871 – El 19 de marzo se inaugura la Iglesia. 1872 – Severita García Escudero obtiene el título de Maestra en Montevideo, primera Maestra titulada. 1873 – Fructuoso del Puerto es designado Presidente de la Comisión Auxiliar. 1874 – Se inaugura la primera línea de Telégrafos (Telegráfica Oriental). 1877 – Primera retreta en Plaza 19 de Abril (Banda Popular). 1880 – Apertura de propuestas para la construcción de edificios escolares y se construye una escuela. 1881 – El 31 de enero una sentencia judicial dispone que Prudencio Salvarrey retire el alambrado del Ejido y que éste pertenece al pueblo en su uso. 1882 – Se inaugura el alumbrado público con faroles a queroseno. 1884 – Ley de creación del Departamento de Treinta y Tres y elevación del pueblo a la categoría de Villa. Colocación de chapas en las calles con los nombres y la numeración respectiva. En el mes de noviembre se abre el Registro de Comercio. El 4 de diciembre fue la primera inscripción y corresponde a la Matricula de Comercio concedida por Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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el Juez Letrado Dr. Pedro E. Garzón a la firma comercial Dionisio Vaco y Compañía, en los ramos de tienda, almacén y ferretería. 1885 – El 21 de diciembre el Juez Letrado Departamental dispone que el Padre Rodríguez entregue el cementerio De La Soledad (Cruz Alta). 1886 – Donación de terrenos por parte de Don Lucas Urrutia para el trazado de la Avenida Santos (hoy Av. Brasil). 1887 – Inauguración de Plaza 19 de Abril. Lucas Urrutia funda el primer periódico “La Paz”. Es electo el Representante Nacional por el Departamento de Treinta y Tres, el Dr. Carlos María Ramírez. 1888 – Se formó un Centro Social que se denominó “Fraternidad” presidida por el Cnel. Agustín Utrubey, Jefe de Policía de la época. 1889 – Nace el poeta Pedro Leandro Ipuche. Primera línea telefónica: de la casa de Treinta y Tres al campo de Don Lucas Urrutia. 1890 – Fundación Pueblo Vergara por José Fernández Vergara. 1892 – Se inaugura la estatua al Gral. Lavalleja ubicada sobre una columna en la Plaza 19 de Abril. 1893 – Se sustituyen los eucaliptus de la Plaza 19 de Abril por Acacias, Rubinias y Paraísos. 1894 – Inauguración del primer teléfono policial. 1895 – Construcción de la Biblioteca Municipal. Según censos que fueron tomados por la policía, el número de los habitantes de Treinta y Tres, era el siguiente:  1872 – 1.804 habitantes  1891 – 17.293 habitantes  1892 – 17.773 habitantes  1893 – 18.236 habitantes  1895 – 21.654 habitantes Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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1899 – El 2 de mayo Juan B. Ipuche funda la banda de músicos “Hijos de Treinta y Tres”. 1900 – Juan Fernández ofrece sus servicios para el alumbrado público a gas carburo. Prolongación de la línea de Ferrocarril de Nico Perez a Treinta y Tres. 1901 – Se abre el primer pozo público de agua potable en el Ejido. 1902 – Inauguración del Centro Progreso. 1903 – Se realiza la primera Exposición Feria Agropecuaria e Industrial. 1905 – Nacimiento del Poeta Serafín J. García. 1906 – Se funda el primer equipo de fútbol: Club Atlético Treinta y Tres. 1907 – Fundación del poblado María Albina. 1908 – Inauguración del primer puente sobre el río Olimar (puente viejo) el 8 de mayo a la hora 9. Exhibición de películas por primera vez en Treinta y Tres, dentro de las películas figuran: “ La lucha por la vida”, “La Vendetta” y “Un viaje de placer”. 1909 – Inauguración del teléfono público. 1911 – Inauguración de la línea de ferrocarril Montevideo – Treinta y Tres. 1912 – Se inaugura el matadero Municipal. 1913 – Inauguración del Liceo Departamental, bajo la dirección del Sr. Carlos de Jovellanos. Fundación de Isla Patrulla y Club Vergarense. 1915 – Se declara Ciudad de Villa de Treinta y Tres. Los Representantes de Treinta y Tres, doctores Héctor Miranda y Juan A. Buero, presentan un proyecto de Ley acordando a las mujeres del país, los mismos derechos políticos que gozan los hombres. 1916 – Se funda el Centro Empleados de Comercio. 1917 – Se inaugura la Sociedad Fomento. 1919 – Se instala el Molino Pedro Dellepiane. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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1920 – Nace el escritor Julio C. Da Rosa. Se instala la Liga de Fútbol. Se inaugura el Parque Colón. 1922 – Inauguración de la luz eléctrica en Treinta y Tres. 1925 – Nace el maestro y poeta Rúben Lena. 1927 – Fundación del Hospital de Treinta y Tres. 1929 – Concreción de las obras de Agua Potable y Saneamiento. Inauguración de la Escuela de Arte y Oficios (Escuela Industrial). 1930 – Se realiza el primer espectáculo de circo (Circo Pensado Hnos). 1933 – Inauguración del Museo de Bellas Artes. 1937 – Inauguración del Círculo Pelotaris Olimar. 1939 – Inauguración de CW 45 Difusora Treinta y Tres. Fundación del Centro Democrático. 1943 – Inauguración de la Biblioteca y Museo Municipales. 1944 – Inauguración de la Caja Popular. 1947 – Inauguración del Instituto Normal. 1948 – Inauguración del Puente Nuevo sobre el río Olimar.

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Gráfico N° 1 – Plano Histórico (1885)

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Gráfico N° 2 – Plano Histórico (1862)

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1.2 DEFINICIÓN DEL AREA DE TRABAJO El Departamento de Treinta y Tres está ubicado al este del país; limitando al norte con el Departamento de Cerro Largo, al sur con los de Lavalleja y Rocha, al este con el de Rocha y con Brasil (mediante la Laguna de Merín), al oeste con los departamentos de Florida, Durazno y Cerro Largo; ocupando una superficie de 9.529 km 2 equivalente al 5.4% del territorio nacional, y una población de 50.118 habitantes (24.678 hombres y 25.440 mujeres), lo que representa el 1.52% de la población total del país y 2.6% del Interior (según censo de 2004). Gráfico N° 3 – Departamento de Treinta y Tres

Fuente: Elaborado por Equipo Ordenamiento de la IDTT.

Según el relevamiento censal agropecuario del 2000, la superficie censada para la región este fue de 4.465.252 hás; el departamento de Treinta y Tres ocupa una superficie de 927.376 hás que equivale al 21 % de la superficie total de la región.

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1.3 ASPECTOS POBLACIONALES La capital departamental reúne a 25.711 habitantes (el 52.1% del total departamental); pero si consideramos las áreas periféricas, suburbanas y villas; alcanza a 33.000 habitantes (67% del total del departamento y 74% del total urbano). El cuadro N° 1 muestra el número de habitantes según localidad, de acuerdo al Instituto Nacional de Estadísticas – Censo 2004. Cuadro N° 1 – Número de Habitantes por localidad y ámbito. LOCALIDAD

N° Habitantes

Treinta y Tres Ejido de T.y Tres Vergara Santa Clara de Olimar Cerro Chato Gral. Enrique Martínez Villa Sara Estación Rincón Arrozal T.y Tres Isla Patrulla Valentines María Albina Mendizabal Villa Passano Puntas del Parao El Bellaco Poblado Alonso Total Urbano

25711 6115 4983 2305 1661 1513 1056 742 432 236 178 74 84 55 49 29 13 45236

Total Rural

4882

La distribución poblacional departamental por sexo en el 2004 muestra una mayoría de mujeres; y si referimos esta distribución por área geográfica, vemos que esta tendencia se mantiene en el medio urbano y una significativa mayoría de hombres en el medio rural; mostrando una gran concentración urbana, que alcanza el 89.7%, y una población rural de tan solo el 10.3%. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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De acuerdo al Censo 2004, el crecimiento demográfico de Treinta y Tres, muestra un crecimiento negativo, del -0,1%, comparado con 1996; y según el INE la proyección al 2025 mantendría esa tendencia decreciente, comparándolo con los datos del 2004. Siguiendo con la proyección realizada por el INE, si comparamos la población urbana con la rural, vemos que se produce una mayor concentración de la población en las zonas urbanas, alcanzando valores de 93.2% del total de habitantes proyectados. Si comparamos los valores de 2025 con respecto a 1996, vemos que en la zona urbana hay un incremento de la población del 3.4%; en cambio si lo comparamos con 2004, el número de habitantes prácticamente se mantiene. Situación muy diferente se produce en el medio rural; hay una disminución muy significativa en el número de habitantes, que pasan a ser el 6.7% de la población total del departamento. Si comparamos 2025 con 2004 esa disminución es del 38%, frente a un 55.7% cuando se la compara con 1996. Cuadro N° 2 - Evolución demográfica de la ciudad de Treinta y Tres 1963 21.451

1975 23.448

1985 25.122

1996 30.792

2004 25.711

En lo que se refiere al número de viviendas, el Censo 2004 permite determinar que existen en el departamento 19.729 viviendas, de las cuales el 87% están localizadas en las zonas urbanas y el 13% en zonas rurales, con una clara y muy significativa mayoría del tipo de vivienda particular, frente al tipo colectiva. Según la Encuesta Nacional de Hogares Ampliada (ENHA) de 2006, en lo que respecta a salud, el departamento tiene una de las esperanzas de vida al nacer más bajas del país con 75.4 años; una tasa bruta de mortalidad de 9.1 por mil y una tasa de mortalidad infantil de 14.2 por mil, una de las peores del país. De acuerdo al censo 2011, el número de habitantes en el departamento de Treinta y Tres es de 48.134 habitantes (14,6 % del total del país), de los cuales 23.416 (48,6 %) son hombres y 24.718 (51,4 %) mujeres, cuya distribución según área es de 44.962 (93,4 %) en el ámbito urbano y 3.172 (6,6 %) en el ámbito rural.

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Cuadro N° 3 Población por localidad y distribución por sexo

*Incluye Ciudad de Treinta y Tres, Ejido y Villa Sara. Fuente: INE, 2011

Del total de la población localizada en el área urbana, el 48 % son hombres y el 52 % mujeres, en cambio en el medio rural el 58% son hombres y el 42 % mujeres. Si comparamos los datos con respecto al censo 2004, vemos una disminución de la población a nivel departamental del orden del 4 %, lo que representa una tasa de crecimiento, en el período 2004-2011, de -0,34 %, siendo la migración el principal componente de esta dinámica demográfica en el crecimiento poblacional. La ciudad de Treinta y Tres muestra un incremento poblacional del 1.8 % con respecto al censo 2004, lo que representa un 69,5 % del total de la población departamental. Considerando la distribución por ámbito, se observa una gran concentración urbana, que alcanza el 93,4 %, y una población rural de tan solo el 6,6 %, mostrando un incremento significativo de habitantes en el área urbana y un descenso importante en el área rural. Del total de habitantes en el medio urbano, el 74,4 % está localizado en la ciudad de Treinta y Tres. La población menor a 15 años es del 23,2 %, entre 15 y 64 años del 62,9 % y la mayor a 64 años del 13,8 %.

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Cuadro N° 4 Tasa de crecimiento de la población departamental en períodos intercensales (%) Fuente: INE, 2011.

El total de viviendas a nivel departamental es de 21.462, de las cuales 19.206 están localizadas en el medio urbano y 2.256 en el medio rural. Las viviendas ocupadas son 17.187 (80 %) y las desocupadas son 4.275 (20 %).

Cuadro N° 5 Número de viviendas por localidad Fuente: INE, 2011 Localidad Treinta y Tres Poblado Alonso María Albina El Bellaco Valentines Cerro Chato Santa Clara de Olimar Isla Patrulla Puntas del Parao Mendizabal Gral. Enríquez Martínez Villa Passano Vergara Rincón

N° Viviendas 14.156 14 35 26 82 614 1.125 130 11 44 617 30 1.639 283

Ocupadas 12.020 12 26 20 50 522 836 87 6 24 493 9 1.353 226

Desocupadas 2.136 2 9 6 32 92 289 43 5 20 124 21 286 57

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De la información obtenida del censo 2011, la población, la distribución por sexo y el número de viviendas de las principales arroceras del departamento, se resumen en los cuadros N° 6 y N° 7. Fuente: INE, 2011. Cuadro N° 6 – Población en establecimientos arroceros.

Cuadro N° 7 – Viviendas en establecimientos arroceros.

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ASPECTOS RELACIONADOS CON LA SALUD SEGÚN CENSO 2011 Del total de la población departamental, el 87,5 % no tiene dificultades permanentes para ver, el 9,7 % tiene alguna dificultad, el 1,8 % tiene mucha dificultad y el 0,15 % no puede hacerlo. Con dificultades permanentes para oír, el 95 % no tiene dificultades, el 3,3 % tiene alguna dificultad, el 0,75 % tiene mucha dificultad y el 0,11 % no puede hacerlo. Con dificultades permanentes para caminar o subir escalones, el 93 % no tiene dificultades, el 4,4 % tiene alguna dificultad, el 1,6 % tiene mucha dificultad y el 0,45 % no puede hacerlo. La población departamental que presenta dificultades para entender y/o aprender, el 96 % no tiene dificultades, el 2,3 % alguna dificultad, el 0,9 % tiene mucha dificultad y el 0,2 % no puede hacerlo.

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Grテ。fico Nツー 4 - MAPA DEMOGRテ:ICO

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Cuadro N° 8 - Tasa de Desempleo 2006 Tasa de desempleo 13,9 Tasa de empleo 50,2 Tasa de actividad 58,3 Fuente: INE. Total urbano y rural.

2007 10,2 52,1 58,1

2008 9,1 51,2 56,3

2009 8,4 54,0 58,9

2010 9,1 50,7 55,8

2011 8,3 57,2 62,4

Cuadro N° 9 - OCUPADOS POR TRAMO DE EDAD (TREINTA Y TRES 2010) Tramo de edad ocupados (%) 14 a 17 1.93 18 a 24 10.82 25 a 29 10.28 30 a 39 22.33 40 a 49 23.61 50 a 59 18.04 60 o más 13.01 Total 100.00 Fuente: MTSS, OMT, en base ECH INE 2010. (100 = 19.616 personas)

Cuadro N° 10 - OCUPADOS POR RAMA DE ACTIVIDAD (TREINTA Y TRES 2010) Rama Agricul, silvic, pesca Ind. manufacturera Electricidad, gas,agua Construcción Comercio Hoteles /restoranes Transp, almac y comun Intermed. financiera Act.inmob,empr,alq,inf Adm Pública y Defensa Enseñanza Salud Otros serv. com/soc/pers Serv. doméstico Minas y canteras Total

Porcentaje 22.26 11.01 0.90 7.06 16.95 2.30 2.79 1.25 2.29 8.60 6.91 7.46 3.53 6.36 0.32 100.00

Fuente: MTSS, OMT, en base ECH INE 2010. (100 = 19.616 personas)

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1.4 ASPECTOS EDUCACIONALES En lo que se refiere a educación (según ENHA 2006), la alfabetización presenta un indicador de 97%, un poco por debajo del promedio del Interior y del Nacional. En comparación con el Interior, presenta una mayor proporción de la población en los niveles de mayor instrucción, así como una menor proporción de la población con primaria incompleta; y se encuentra entre los seis departamentos con mayor peso de la educación terciaria. Cuadro N° 11 - OCUPADOS POR NIVEL EDUCATIVO (TREINTA Y TRES 2010)

Tramo educativo agregado

Porcentaje

Sin instrucción Primaria inc. Primaria comp. C.Básico inc. C.Básico comp. Bachill. inc. Bachill. comp. Educ.Técnica Terciario inc. Terciario comp. Total

1.41 9.64 21.50 11.21 10.72 10.86 5.92 15.15 5.35 8.25 100.00

Fuente: MTSS, OMT, en base ECH INE 2010. (100 = 19.616 personas)

1.5 INFRAESTRUCTURA VIAL Y DE TRANSPORTE Respecto a la infraestructura vial y de transporte, el departamento de Treinta y Tres tiene solo el 3.1% de la red vial nacional, una de las menos densas del país (Km de red por km2 de superficie); sin embargo, la mitad de la red vial es de calidad superior (carpeta asfáltica) y la otra mitad de calidad media (tratamiento bituminoso), MTOP, Anuario 2007. Según el MTOP, en su anuario de 2007, el transporte internacional de carga por carretera se realiza por dos puntos de entrada Río Branco y Aceguá; que a pesar de estar situados en el departamento de Cerro Largo, involucran ciertas actividades en el departamento de Treinta y Tres; Río Branco tiene una relación fluida con Treinta y Tres, mayor aún que con Melo. En el 2006 este punto de entrada representaba el 17% del movimiento internacional de carga del país, lo que lo sitúa como el segundo punto de movimiento de mercadería detrás de Fray Bentos (24%). Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Considerando solamente el transporte de mercaderías asociadas a las exportaciones, Río Branco capta el 24% del movimiento total de salida de mercadería por carretera en el país; esto está asociado con el arroz que se produce en el departamento. El departamento de Treinta y Tres cuenta con una línea ferroviaria que comunica Montevideo-Yaguarón (Brasil), la que se encuentra en actividad, siendo utilizado para carga de granos desde Vergara a Montevideo, y de combustibles desde Montevideo a Planta Ancap en la ciudad de Treinta y Tres; es un medio de transporte capaz de mover grandes volúmenes de cargas entre las fuentes de producción y los centros de consumo y salida al exterior. La red ferroviaria podría ser un soporte para la producción de madera y de productos de la piedra caliza; existiendo la posibilidad de una conexión ferroviaria-fluvial con el proyecto “Puerto La Charqueada” sobre Laguna Merín. La navegabilidad es inexistente, proceso que se puede revertir de concretarse el proyecto hidrovía Uruguay-Brasil a través del Cebollatí.

1.6 RELEVAMIENTO DE SERVICIOS EXISTENTES EN EL DEPARTAMENTO POR LOCALIDAD 

TREINTA Y TRES (Ciudad)

Educación: cuenta con 3 liceos públicos, 2 colegios privados, Jardines pre-escolares, Centros CAIF, UTU, Centros de INAU, Instituto Magisterial, ANGLO, Escuela de Auxiliares de Enfermería, Institutos Privados de Capacitación Informática y Administración Empresarial, CURE, CECAP, Centro Pedagógico, Escuela de Música, Centro MEC. Salud Pública: Hospital, Policlínicas Municipales Salud Privada: Instituto Asistencial Colectivo (IAC), Médica Uruguaya, COMETT. Bancos: BROU, BANDES, COMERCIAL, AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDAS/BHU, BSE. Otros servicios: DGI, DIRECCIÓN NACIONAL DE CORREO, JEFATURA DE POLICÍA, BOMBEROS, INIA, ABITAB, RED PAGOS, 2 TV CABLE, MGAP, MIDES, OSE, UTE, ANTEL. Transporte colectivo: Interdepartamental y departamental. Museo de Bellas Artes “Agustín Araujo”: donde se pueden apreciar importantes obras pictóricas y escultóricas de gran valor realizadas por autores nacionales, locales, extranjeros y anónimos. Cuenta con obras permanentes y exposiciones itinerantes. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Museo de Estudios Históricos: cuenta con documentos, objetos y fotografías que se remontan a la época del proceso fundacional del “Pueblo de los Treinta y Tres”; pertenencias de Dionisio Díaz; manuscritos de la obra de Serafín J. García; colección de libros que pertenecieron al Dr. Francisco N. Oliveres, Esc. Hontou Aguilar, Prof. Homero Macedo y al escritor Luciano Obaldía Goyeneche. Colección arqueológica del Sr. José Lucas Lucas; el balcón del Molino Perinetti Hnos. y un archivo fotográfico en blanco y negro de Hilario Favero.  VERGARA Ubicada a 55 kilómetros de la capital departamental, en la 9na Sección Censal del Departamento de Treinta y Tres, entre la R 18, la vía férrea y el Arroyo Parao. Cuadro N° 12 CENSO 1985 1996

POBLACIÓN 3,379 3,983

VIVIENDAS 1,204 1,480

HOGARES 1,072 1,291

Fuente: DIEA

En 11 años la población aumentó un 18%, la cantidad de viviendas en un 23% y la cantidad de hogares un 20%. La densidad media es de 2.7 hab./viv. (1996). A) Servicios e infraestructura Energía eléctrica, agua corriente, saneamiento parcial (obra reciente, con el propósito de solucionar problemas de inundaciones por las crecientes del arroyo El Parao), recolección de residuos, alumbrado público, Plan Director de Circulación del Tránsito Pesado dentro del centro poblado, Junta Local, ANTEL, internet, fibra óptica, Alcaldía, cementerio, agencia de correos, juzgado, pensión, hotel, sucursal del Banco República, comedor de INDA, policía, bomberos, estación de servicio ANCAP, tres puentes para cruzar el arroyo, dos vehiculares, en la ruta R18 nueva y vieja, y un tercer puente para la vía férrea de AFE, puerto seco para camiones en la zafra del arroz, playa de estacionamiento para 140 camiones por día. B) Enseñanza y cultura Escuelas Nº 17 y Nº 50, liceo público completo, UTU (en convenio con la Intendencia Municipal de Treinta y Tres), hogar del INAU (centro donde se alojan los niños del instituto y estudiantes procedentes de otros centros poblados), casa de la cultura y biblioteca Serafín J. García, Centros CAIF, Museo Antropológico Laucha Prieto (Turismo histórico), ONG Ambientalista-Grupo ENVIRA (Entidad Naturalista Vergarense de Investigación y Resguardo Ambiental). Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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C) Salud Policlínica del MSP, emergencia móvil y mutualista privada. D) Recreativo, religioso, social, deportivo y comunicación Club Uruguay, cine, TV cable. Iglesia/Ctro. Pallotti. Club de Leones. Radio FM (2) y radio AM (1), (importante medios con valor social porque hacen las conexiones de ayuda en momentos de inundaciones). Eventos sociales: danza, teatro, coros. ballet. Deporte: Ciclismo (en construcción pista urbana de ciclismo), estadio de fútbol de mayores e infantil, (Ventura Ramiro Lovaina), piscina pública y gimnasio cerrado. El arroyo Parao es navegable hacia la Charqueada por embarcaciones pequeñas, canoas y botes, pesca deportiva. Parque urbano-natural Municipal del arroyo el Parao, con playa y equipamiento para camping. E) Transporte de pasajeros Ómnibus de línea local e interdepartamental. 

RINCÓN

Estación Rincón está ubicado sobre la R 18, a 60 km de la capital departamental, y también sobre el ramal de vía férrea Montevideo – Río Branco. Cuadro N° 13 CENSO 1985 1996

POBLACIÓN 375 734

VIVIENDAS 157 291

HOGARES 115 210

Fuente: INE

En once años la población aumentó un 96%, la cantidad de viviendas un 85% y la cantidad de hogares un 83%. La densidad media es de 2.5 ab./viv. (1996). A) Servicios e infraestructura Energía eléctrica, agua corriente, saneamiento parcial de conjuntos MEVIR, recolección de residuos, alumbrado público, ANTEL, internet, Junta Local (sede en la ex estación de Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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AFE, reciclada, usada para actividades culturales, biblioteca pública, internet, actividades sociales y enseñanza), agencia de correos, juzgado, policía, vía férrea AFE, estación de servicio ANCAP. No hay oficinas públicas, todos los servicios están en Vergara (pagos de factures y trámites de oficinas en general). B) Enseñanza y cultura Escuela completa, séptimo y octavo año (total 150 alumnos, 2009). C) Salud Policlínica. No hay médicos permanentes, existe una policlínica con visitas de especialistas con agenda semanal programada. D) Recreativo, religioso, social, deportivo y comunicación Iglesia Club MEVIR Club Artigas Plaza 25 de Agosto, de deportes y piscina pública abierta Equipamiento y espacios públicos: Plazas públicas con juegos de niños José Artigas y 19 de Abril Equipo de fútbol fusionado con otro de Vergara, para poder competir en la Liga Departamental E) Transporte de pasajeros Ómnibus de línea local e interdepartamental. 

ARROZAL TREINTA y TRES

Presenta la característica de ser un pueblo privado, ubicado a 30 kilómetros de Vergara, al final de un camino vecinal de balasto en dirección a la Laguna Merín desde la R 18. De acuerdo al censo de 2004 (INE), cuenta con una población de 432 habitantes, de los cuales 229 son hombres y 203 mujeres. Es una empresa agroindustrial, fundada en 1934. Su principal actividad consiste en el cultivo, industrialización y exportación de arroz. Explota una superficie de aproximadamente 7,200 hás anuales, a las que se le adicionan 800 hás más, arrendadas a productores vecinos. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Cuenta con un importante parque de maquinarías agrícolas y equipamiento industrial compuesto de plantas secadoras de granos y ensilados. La sociedad ocupa un total de 330 empleados en el cultivo, molino y administración de Arrozal 33. A) Servicios e infraestructura Sub comisaría policial. Club ESLARROZ. Dos almacenes y un quiosco. La arrocera se encarga de pagar la energía eléctrica, el agua potable de las viviendas y suministra diariamente la leche a las familias que allí residen. El camino de acceso al pueblo que estaba en suelo privado, pasó a la órbita municipal en la década de los 90. B) Enseñanza y cultura Escuela primaria Nº 60. Funciona un centro cultural y se dictan materias de nivel liceal, tiene más de 100 alumnos, con nueve años lectivos, 7, 8 y 9. Liceo hasta tercer año, el resto de la formación la realizan en Vergara. C) Salud Policlínica: En la policlínica un médico atiende una vez por semana. Coordinación del programa de Banco de sangre vivo para funcionarios en caso de enfermedad o accidente. D) Recreativo, religioso, social, deportivo y comunicación No llegan diarios, ni revistas ni canales de TV uruguaya. Música, pintura, deportes (canchas). E) Transporte de pasajeros Arrozal 33, suministra traslado a Vergara sin costo para su personal y a sus hijos que concurren al Liceo de Vergara. Tres veces por día un ómnibus va a Vergara a 30 kilómetros de distancia. 

MENDIZABAL (EL ORO)

Ubicado en la 2a. Sección Censal del Departamento de Treinta y Tres. Al norte de la R18, al este del cruce de la misma sobre el Arroyo del Oro, afluente del Arroyo Corrales del Parao. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Centro Poblado equidistante a 30 km, por R18, de la Capital departamental de Treinta Y Tres y de Vergara. Proyecto de Ley, artículo único. Elevase a la categoría de pueblo el actual centro poblado Mendizábal / El Oro, ubicado en la 2a. Sección Judicial del Departamento de Treinta y Tres. Montevideo, 21 de julio de 2005. Cuadro N° 14 CENSO 1985 1996

POBLACIÓN 94 77

VIVIENDAS 31 29

HOGARES 24 23

Fuente: INE

En 11 años la población disminuyó en un 22%, la cantidad de viviendas en un 7% y la cantidad de hogares un 4%; siendo la densidad media de 2.7 hab./viv.(1996). A) Servicios e infraestructura Energía eléctrica, agua corriente, saneamiento parcial de los conjuntos MEVIR, recolección de residuos, alumbrado público, ANTEL, internet, policía. No hay oficinas públicas, todos los servicios están en Vergara (pagos de facturas y trámites cotidianos en general). B) Enseñanza y cultura Escuela pública Dionisio Díaz. C) Salud Policlínica ubicada en el centro comunal del conjunto MEVIR, con atención profesional programada con agenda semanal. D) Recreativo, religioso, social, deportivo y comunicación Centro comunal, social y biblioteca pública del conjunto MEVIR. Parque infantil y mausoleo de Dionisio Díaz. Centro Poblado conocido históricamente por los actos de heroísmo del niño Dionisio Díaz (turismo histórico -Treinta y Tres, Uruguay, 1920 - 1929). E) Transporte de pasajeros Ómnibus de línea interdepartamental por R18.

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GRAL. ENRIQUE MARTÍNEZ (LA CHARQUEADA)

Cuadro N° 15 CENSO 2004

POBLACIÓN 1.513

VIVIENDAS 594

HOGARES 459

Fuente: INE

Servicios e infraestructura Energía eléctrica, agua corriente, saneamiento parcial de los conjuntos MEVIR, recolección de residuos, alumbrado público, ANTEL, internet, Policía, Prefectura. No hay oficinas públicas, todos los servicios están en Vergara (pagos de facturas y trámites cotidianos en general). A) Enseñanza y cultura Escuela pública. Liceo. B) Salud Policlínica Municipal. Recreativo, religioso, social, deportivo y comunicación Centro comunal, social y biblioteca pública. Gimnasio cerrado. Parque costanero a las orillas del Río Cebollatí. Puerto deportivo y algunos remansos naturales para el atraco de barcos de pesca. C) Transporte de pasajeros Ómnibus de línea interdepartamental por R17.

CERRO CHATO

Se encuentra sobre la línea divisoria de tres departamentos: Durazno, Florida y Treinta y Tres; aproximadamente a 260 metros sobre el nivel del mar y sobre la Cuchilla Grande. Está situada en el km 251 de la R7 en el encuentro del límite de la 6 ta Sección del departamento de Treinta y Tres, la 4ta Sección de Florida y 8va Sección de Durazno, por lo que su administración está compartida por los tres departamentos. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Cuadro N° 16 CENSO 2004

POBLACIÓN 3.270

TREINTA Y TRES 1.661

DURAZNO

FLORIDA

1.099

510

Fuente: INE

A) Servicios e infraestructura Energía eléctrica, agua corriente, saneamiento parcial de los conjuntos MEVIR, recolección de residuos, alumbrado público, internet, Policía, UTE, OSE, ANTEL, BPS, Junta Local de Treinta y Tres, BROU, Poder Judicial, hotel, TV cable, radio local, bomberos. B) Enseñanza y cultura Escuela pública N° 42. Colegio Gral. Artigas. C) Salud Hospital. Mutualista Privada. D) Recreativo, religioso, social, deportivo y comunicación Club Social. Iglesia. Parque Municipal Salto de Agua. E) Transporte de pasajeros Ómnibus de línea interdepartamental.

 SANTA CLARA DE OLIMAR Santa Clara de Olimar se encuentra ubicada en el límite de los departamentos de Treinta y Tres y Cerro Largo, sobre el lomo de la Cuchilla Grande, a 90 kms de la ciudad de Treinta y Tres y a 307 kms de Montevideo por carretera. Si bien la mayor parte de la planta urbana de Santa Clara pertenece al departamento de Treinta y Tres, una pequeña porción se ubica sobre la 9 na Sección del departamento de Cerro Largo.

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Cuadro N° 17 CENSO 2004

POBLACIÓN 2.305

HOGARES 761

Fuente: INE

En comparación con los datos del censo de población, hogares y vivienda de 1985, se registra una disminución de la población, que entonces alcanzaba los 2.423 habitantes, una variación negativa del orden del 5%; para el mismo período la población del País aumentó en 9.7%. A) Servicios e infraestructura Energía eléctrica, agua corriente, saneamiento parcial de los conjuntos MEVIR, recolección de residuos, alumbrado público, ANTEL, internet, Policía, UTE, OSE, ANTEL, Junta Local de Treinta y Tres, Alcaldía, BROU, hotel, Agencias de Transporte, Cuartel. B) Enseñanza y cultura Escuela pública. Liceo. Escuela Agraria. C) Salud Sala de Asistencia del MSP. Consultorio de mutualista Privada. D) Recreativo, religioso, social, deportivo y comunicación 2 Club Social. Iglesia. Parque Municipal Nacientes del Olimar. Plaza de Deportes. Estación de AFE. Casa de Juana de Ibarbourou. E) Transporte de pasajeros Ómnibus de línea interdepartamental.

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Cuadro N° 18 CENSO 2004

POBLACIÓN 217

Fuente: INE

A) Servicios e infraestructura Energía eléctrica, agua corriente, saneamiento parcial de los conjuntos MEVIR, recolección de residuos, alumbrado público, ANTEL, internet, Policía. No hay oficinas públicas, todos los servicios están en Cerro Chato (pagos de facturas y trámites cotidianos en general). B) Enseñanza y cultura Escuela pública. C) Salud Policlínica Municipal. D) Recreativo, religioso, social, deportivo y comunicación Club Comunal MEVIR. E) Transporte de pasajeros Ómnibus de línea interdepartamental. 

MARÍA ALBINA

Está ubicada al norte del Arroyo Corrales, sobre el camino de la Cuchilla de Palomeque que sigue hasta la Ciudad de Treinta y Tres, estando aproximadamente a 5 Km hacia el norte del límite departamental con Lavalleja. Cuadro N° 19 CENSO 1975 1985 1996 2004

POBLACIÓN 111 93 95 74

VIVIENDA 45 47 41 39

HOGARES 43 37 33 25

Fuente: INE

Este pequeño centro poblado cuenta con un núcleo urbano mínimo y poco ocupado, presentando como equipamientos principales una escuela pública, el servicio de ANTEL, una policlínica municipal y una comisaría además de servicios urbanos de luz eléctrica, alumbrado y agua potable.

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1.7 CUENCA HIDROGRÁFICA DEL DEPARTAMENTO El departamento de Treinta y Tres, hidrográficamente cuenta con una gran cantidad de ríos, arroyos y lagunas. Los ríos más importantes son el Olimar, Cebollatí (en la frontera meridional del departamento), y el Tacuarí (sobre la frontera septentrional); y como arroyos más importantes, el Yerbal en los alrededores de la Ciudad de Treinta y Tres y afluente del Olimar, y el Parao que baña a la ciudad de Vergara, segunda localidad en población del departamento. El Olimar es un río cuyo curso se ubica dentro del departamento. Tiene sus nacientes en las inmediaciones de la ciudad de Santa Clara, en la Cuchilla Grande al oeste del departamento y recorre el territorio hacia el este, recibiendo las aguas del río Olimar Chico y de los arroyos Yerbal (Chico y Grande) y Corrales para, finalmente, desembocar en el río Cebollatí, de quien es el principal afluente; con una extensión de su cuenca es de 5.320 km2. El Olimar presenta otros tributarios menores, como por ejemplo, los Arroyos Avestruz Grande y Chico, de las Averías, de las Pavas, entre otros. La cuenca del Río Olimar resulta un componente natural definitorio de la geografía y de la historia de la ciudad de Treinta y Tres. De acuerdo a información proporcionada por DINAGUA, existen en el departamento 34 represas y 19 reservorios de agua declarados (tajamares, polder, tanques escavados), que sumados tienen un volumen en miles de m3 de 175.593,42, lo que evidencia la gran fortaleza que cuenta el departamento en lo referente a disponibilidad de agua en embalses. Si consideramos que el número de tajamares, polder u otra forma de reservorio es mucho mayor que la declarada ante DINAGUA, los volúmenes de agua en embalses son muy superiores a los anteriormente mencionados.

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Gráfico N° 5 – Cuenca Hidrográfica

Fuente: Elaborado por Equipo Ordenamiento de la IDTT.

Cuadro N° 20 - Forestación en las subcuencas hidrográficas (Carta Forestal-MGAP, 2004). Macrocuenca

Subcuenca (1)

Laguna Merin

Cebollatí

Área Hás (2) 886.072

Forestación Categorías

Área efectiva Hás

% de la Subcuenca Forest.Artif.

Plantaciones industriales 32.369 3,65% (*) Otros 4.409 0,46% (**) Bosque Nativo 66.992 493.856 Plantaciones industriales Laguna Olimar 4.305 0,87% Merin (*) Otros 3.348 0,63% (**) Bosque Nativo 37.446 217.439 Plantaciones industriales Laguna Parao 4.261 1,96% Merin (*) Otros 955 0,42% (**) Bosque Nativo 11.251 448.571 Plantaciones industriales Laguna Tacuarí 995 0,22% Merin (*) Otros 1.876 0,4% (**) Bosque Nativo 18.655 (1) Subcuencas donde el área de prioridad forestal supera el 20% de la misma. (2) Área de la Subcuenca libre de Bosques Nativos. (*) Plantaciones industriales: Pino, Grandis, Globulus, Salicáceas. (**) Otros: Eucaliptus y Montes de abrigo, Parque. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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1.8 CONDICIONES CLIMÁTICAS El área como en el resto del país, se encuentra comprendida en la zona templada; con una temperatura media anual de 16.5-17 °C, y las precipitaciones totales anuales medias de 1.000-1.200 mm, sin estación seca y con temperatura media del mes más cálido mayor a 22 °C, caracterizada por la presencia de inviernos frescos y veranos húmedos. En el siguiente cuadro se observan las temperaturas medias, precipitaciones y temperaturas mínimas mensuales en el período 1961/1990 en la estación meteorológica de Treinta y Tres. Cuadro N° 21 – Registros Meteorológicos Variable Tmed PP Tn

Período 61-90 61-90 61-90

Ene. 22,9 119 1,8

Feb. 22,8 131 4,5

Marz. 20,6 95 2

Abr. 17,2 80 -1,2

May. 13,9 98 -1,7

Jun. 11,2 107 -7,6

Jul. 11,3 133 -4,6

Ago. 12,2 114 -3,6

Set. 13,8 119 -4,2

Oct. 16,3 98 -1,2

Nov. 18,7 104 1,4

Dic. 21,5 95 3

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Anual 16,8 1.292 -7,6


Gráfico N° 6 – Mapa Climático del Uruguay

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1.9 VEGETACIÓN Desde el punto de vista fitogeográfico, el departamento de Treinta y Tres, al igual que todo el Uruguay, se encuentra dentro de la denominada Provincia Uruguayense, caracterizada por la presencia de la pradera como vegetación dominante. Considerando la propuesta del profesor Clavijo (1970), la vegetación, en función del tipo de ecosistema en donde se encuentran, distingue cuatro formaciones representativas: • Vegetación de bañados: compuesta por juncos, paja brava, totora, entre otras; • Vegetación de pradera: compuesta, en general de gramíneas y leguminosas, donde alternan pajonales, cardillales y chircales; • Vegetación de arenales costeros y playas: compuesta por pasto blanco, espartina, pasto punzante, entre otras; y • Vegetación fluvial e insular: se encuentra aquí abundancia de especies arbóreas y subarbóreas; entre las cuales se destacan, los montes de arrayanes, los sauces criollos y las palmeras pindó o chirivá. A la clasificación citada anteriormente, el monte serrano, podría considerarse como una mancha en la matriz de pradera. Por otro lado, se desataca la vegetación asociada al ecosistema de quebradas, que presenta una gran variedad de especies, que incluyen, helechos, palmeras chirivá, arrayanes, enredaderas, líquenes, otras, incluso el árbol de la yerba mate que crece de forma espontánea. Gráfico N° 7 - Mapa de vegetación en el departamento de Treinta y Tres

Fuente: PROBIDES (2000).

Existen zonas en el departamento constituidas por sedimentos del cenozoico y áreas de rocas graníticas y metamórficas, asociadas a una morfología particular, lo que imprime al paisaje características diferenciales. La consideración de estas Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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características estaría explicando la presencia de muchas especies arbóreas en esas zonas del departamento. Las especies que conforman la Flora Oriental dan lugar a las formaciones conocidas como bosques o selvas “de quebrada”, “serranos” y “ribereños”, y se encuentran localizadas prácticamente al norte del departamento, existiendo algunas especies en otras áreas. En la zona de la Quebrada de la Teja y Quebrada de los Cuervos, se encuentran especies como Ilex paraguariensis (la “yerba mate”), una de las dos especies de helecho arborescente (Dicksonia sellowiana), Heterothalamus psiaidoides (especie típica de la zona norte), Erythroxylum microphyllum y Maytenus cassiniiformis han sido detectadas exclusivamente en la Quebrada de los Cuervos y en el bosque del río Tacuarí, Myrcianthes gigantea y Phytolacca sp. han sido recolectados en la Quebrada de los Cuervos, conjuntamente con una abundante vegetación relacionada con la mayor presencia de especies subtropicales. Otras especies exclusivas de la Flora Oriental presentes en el departamento son: Azara uruguayensis, Acca sellowiana, Agarista chlorantha, Banara tomentosa, Condalia buxifolia, Aegiphila hassleri, Agarista eucalyptoides, Myrciaria tenella, Heterothalamus alienus, Aloysia chamaedryfolia, Butia paraguayensis, Schinus ferox, Calliandra twediei, Caesalpinia epunctata, Xylosma pseudosalzamannii, Lithraea brasiliensis, Calyptranthes concinna, Campomanesia aurea, Sapium glandulosum, Carica quercifolia, Campomanesia aurea var. Hastbachii, Schinus lentiscifolius, Casearia decandra, Cinnamomum amoenun, Solanum sanctae-catharinae, Citronella gongonha, Erythroxylum myrsinites, Styrax leprosus, Citronella paniculata, Hexachlamys humilis, Zanthoxylum sp., Gomidesia palustris, Ilex dumosa, Heterothalamus psiadioides, Miconia hyemalis, Myrceugenia myrtoides, Mimosa daleoides, Nectandra megapotamica, Myrcia verticillaris, Ocotea puberula, Myrciaria sp., Quillaja brasiliensis, Ocotea pulchella, Symplocos unifora, Parapiptadenia rigida, Vitex megapotamica, Sebastiania serrulata, Xylosma schroederi, Berberis laurina y Xylosma venosum. La fauna del departamento, en general, se corresponde con las formaciones vegetales, el profesor Clavijo (1970), agrupó a las diversas especies, también en función del tipo de ambiente en el que se encuentran. Así, las especies se pueden agrupar en tres tipos de ambientes: • Fauna de bañados: compuesta por una enorme variedad de aves, entre las que se destacan varios tipos de patos (picazo grande, sirirí, alas azules, etc.), entre otras. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Entre los mamíferos más frecuentes, se encuentran las ratas de agua, falsas nutrias, gatos de los pajonales, entre otros. • Fauna de campos, arenales y playas: también aquí abundan las aves, entre las cuales se destacan una gran cantidad de pájaros (teros, caranchos, gavilanes, chimangos, entre otros). Entre los mamíferos, los más numerosos son los peludos, apereás, zorrillos, hurones, ratones de arena y de campo; mientras que, aunque no tan comunes, también aparecen mulitas y tatúes. • Fauna de montes fluviales e islas: como en el resto del departamento, abundan las aves, destacándose una enorme variedad de pájaros (cardenal azul, pecho amarillo, currinche, entre otros). Los mamíferos más comunes son el lobito negro, manopelada, gato montés, zorro de monte, carpincho, comadreja mora, entre otros. Aquí también, se podría destacar la fauna asociada al ecosistema de quebradas, que incluye una gran variedad de especies, como aves (buitres, pava de monte, urraca, otras), invertebrados (insectos y arácnidos) y reptiles. Mamíferos En la región Este existen al menos 11 especies de mamíferos individualizados como de “afinidad brasílica”. Para Treinta y Tres serían 5 especies: el Oso Hormiguero Chico (Tamandua tetradactyla), el Raton de Monte (Akodon reigi), el Gato Margay (Leopardus wiedii), el Tatu de Rabo Molle (Cabassous tatouay) y la Paca (Cuniculus paca). Los llamados Cerros del Sudeste en Río Grande del Sur y su continuidad por sistemas de altura (Sierra de Ríos, Cuchilla Grande) y bosque ribereño del Río Negro estarían oficiando como corredores biológicos. Aves Ya es cosa probada la influencia de la denominada Mata Atlántica Brasileña en territorio uruguayo, especialmente en la zona de influencia de la Laguna Merín. Los ríos Yaguarón, Tacuarí y Cebollatí y en menor grado Olimar Grande y Chico, los cuales poseen elementos de flora y fauna que lo vinculan a esa formación vegetal. Algunas especies que ocurren en nuestro departamento y que pertenecen a un elenco subtropical son: el picaflor “coqueta verde” (Lophornis chalybeus) y el negro (Melanotrochilus fuscus), el loro chiripepe (Pyrrhura frontalis).Reptiles Varias especies tienen una distribución restringida a la zona Este y estan presentes en Treinta y Tres como la Tortuga de Canaleta (Acantochelys spixii), el Caiman de Hocico Ancho o Yacare (Caiman latirostris), la Culebra Jaspeada (Calamodontophis paucidens), la manchada (Echinanthera occipitalis) y la listada (E. poecilopogon), y la culebra de Almada (Liophis almadensis), entre otras. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Anfibios En los últimos años han sido colectadas varias especies de sapos y ranas referidas para zonas subtropicales como la Ranita Rayada (Dendropsophus minutus) y la de las tormentas (Scynax aromothyella). Otras si bien referidas con anterioridad estan restringidas a esta zona del territorio como la ranita uruguaya (Scynax uruguayus), el sapo de Achaval (Rhinella achavali) y el sapito de San Martin (Melanophrynoscus sanmartini) , dos especies vinculadas a la zonas de serranías. Peces La diversidad de peces de agua dulce en Uruguay es muy alta, considerando el área de cuencas que ocupa nuestro país, se estima que existen entre 220 y 250 especies habitando nuestros cursos de agua. Al menos 14 especies de peces tiene una distribución restringida o casi restringida a nuestro territorio departamental como: Mojarras (Hyphessobrycon boulengeri), (Mimagoniates inequalis) el Pintado (Pimelodus pintado), una pequeña vieja del agua (Rineloricaria strigilata), un pez eléctrico (Brachypopomus bombilla), peces anuales como Austrolebias reicherti, A. charrua, A. luteoflamulatus, A. cheradophilus, A. wolterstorffi y Cynopoecilus melanotaenia. Castañetas como Gymnogeophagus labiatus, Geophagus brasiliensis.

2. ECONOMÍA DEPARTAMENTAL Los datos del año 2006 muestran una elevada participación del sector primario, con un 44% del total del valor agregado bruto (el departamento con mayor participación del sector primario); el sector secundario presenta una baja participación en relación con el resto del país, un 18% del valor agregado bruto departamental, concentrado prácticamente en el sector arrocero; finalmente el sector terciario (servicios) representa el 38% del valor agregado bruto departamental, no hay desarrollo importante de servicios para los sectores productivos (a excepción de la cadena arrocera), por lo que los servicios son fundamentalmente públicos, los asociados a las demandas básicas de la población y en cierta medida para el sector primario. La tasa de empleo de Treinta y Tres es 50.3%, inferior al promedio del interior (53.5%) y del país (54.1%); esto permite decir que la mitad de la población en condiciones de trabajar (mayores de 14 años) está inactiva o desocupada. El análisis de las categorías de ocupación de la población que trabaja, muestra la menor proporción de ocupados privados y el mayor peso del empleo público (20% del empleo total). Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Respecto a la ocupación según sector de actividad, predomina el empleo en servicios (59%), seguido del sector primario (25%), y por último el sector secundario (16%). El empleo en los sectores secundario y terciario tiene un porcentaje inferior al de los promedios del país y del interior; en cambio el empleo en el sector primario está por encima del promedio del país y del interior. Según la ENHA, la tasa de desempleo en 2006 era de 13.3%, valores estos que han tenido una mejora significativa en el 2007 y 2008, con un 10.4% y 8.3% respectivamente; según el Instituto Nacional de Estadísticas (INE). El índice de habitantes con necesidades básicas insatisfechas asciende al 37%; en cuanto a la distribución geográfica de la población carenciada, la misma se halla en las periferias de las ciudades.

2.1. POSICIONAMIENTO COMO CENTRO URBANO EN LA REGIÓN El principal centro urbano con el que se relaciona Treinta y Tres es Montevideo, particularmente con los referidos a vínculos económicos, mostrando una alta dependencia, y una débil relación económica con las localidades próximas del departamento y la región. Muestra una supremacía jerárquica con localidades próximas como Vergara y José Pedro Varela (Lavalleja) a través de la prestación de servicios básicos como salud, educación y administración pública; siendo el vínculo económico muy débil, más allá del arroz y los molinos. Más allá de las fronteras departamentales, presenta un vínculo económico-productivo con las localidades de Lascano (Rocha) y Río Branco (Cerro Largo), que es superior al que muestran estas localidades con sus capitales departamentales.

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2.2. PRINCIPALES ACTIVIDADES PRODUCTIVAS 2.2.1 ACTIVIDAD AGROPECUARIA El uso del suelo rural está marcado por un alto porcentaje de suelo dedicado al pastoreo, un porcentaje importante ocupado por el cultivo de arroz y un crecimiento significativo del área dedicada a la forestación y a cultivos de secano. Actualmente la superficie de campo mejorado y fertilizado ha mostrado un incremento con las nuevas modalidades productivas, en donde la incorporación de pasturas ha pasado a formar parte de un sistema de rotación, tanto con el arroz como con los cultivos de secano. Las principales actividades productivas del departamento de Treinta y Tres son la ganadería (vacuna y ovina) y el cultivo de arroz, lo cual queda plenamente establecido por las superficies ocupadas por estas actividades. En los últimos años se puede apreciar un incremento muy significativo en el área destinada a forestación comercial, al cultivo de soja (el cual se mantiene en un proceso de expansión) y un área importante destinada a la plantación de olivos, destacándose el casi nulo desarrollo de actividades de granja a pesar de que existe, como en todo departamento, un mercado local en los alrededores de las ciudades. Según el relevamiento censal del 2000, el número de explotaciones en el departamento de Treinta y Tres era de 2.036, ocupando una superficie de 851.427 hás.

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Cuadro N° 22 – Número de Explotaciones Tamaño de la explotación Ha De 1 a 4 De 5 a 9 De 10 a 19 De 20 a 49 De 50 a 99 De 100 a 199 De 200 a 499 De 500 a 999 De 1000 a 2499 De 2500 a 4999 De 5000 a 9499 10000 y más Total

Número 57 105 119 242 287 365 434 215 163 37 9 3 2.036

% del Total 3% 5% 6% 12% 14% 18% 21% 11% 8% 2% 0% 0% 100%

Fuente: Censo Agropecuario 2000

El número de explotaciones por principal rubro de ingreso en el departamento era de un 72% para vacunos de carne; 13% para ganadería ovina; 4.5% para cereales y un 0.3% para forestación. Se puede observar la pérdida de importancia relativa que se registra en la producción ovina y la sustitución de la misma por los vacunos de carne, registrándose una disminución en el número de explotaciones que reportan como ingreso principal a los lanares con respecto a 1990 (ver mapas adjuntos). Actualmente, dado los buenos precios en lana y carne ovina, se viene registrando un aumento en el número de ovinos, sin llegar a cubrir las necesidades para recuperar el stock. Cuadro N° 23 - N° de Bovinos y Ovinos en el Departamento (miles de cabezas) N° Bovinos N° Ovinos

2001 567 605

2002 595 527

2003 618 474

2004 641 461

2005 625 480

2006 635 488

2007 650 450

2008 702 398

Fuente: DIEA/MGAP

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El siguiente cuadro muestra el porcentaje de productores que viven en el predio, comparando aquellos cuyo principal rubro es la ganadería vacuna y la ganadería ovina. Cuadro N° 24 – Residencia Según Tipo de Explotación PRINCIPAL RUBRO Ganadería vacuna Ganadería ovina Arroz

VIVE EN LA EXPLOTACIÓN 54 100 21.7

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Gráfico N° 8 – Comparación stock ovino año 1990-2000

A partir de la información obtenida, se identifican tres zonas en las que predominan las siguientes actividades productivas:

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Gráfico N° 9 – Microrregiones Departamentales

Fuente: Elaborado por Equipo Ordenamiento de la IDTT.

Zona 1: arrocera-ganadera este En esta zona se encuentran 84 establecimientos que declaran que el arroz es su principal fuente de ingresos y ocupan el 85% de la superficie cultivada en el departamento; y un 18% de los establecimientos del departamento que declaran que la ganadería es su principal fuente de ingresos; en términos de superficie, la zona tiene el 33% de la superficie explotada en el departamento con la ganadería vacuna como principal fuente de ingreso. De estos datos se desprende que ésta es una zona arrocera fuerte y con una actividad vacuna ganadera también importante, donde el rubro ovino aparece como un complemento. Al sur, sobre el eje de la ruta 8, existen emprendimientos relacionados con cultivos de secano, con un fuerte sesgo hacia el cultivo de soja.Existen áreas de particular valor por sus condiciones ecosistémicas (Humedales, Laguna Guacha, Laguna de las Garzas,), de interés histórico, cultural y arqueológico (Cerritos de Indios, Paleonivles del Cuaternrio ), Ecosistemas de bañados, bosque marginal, sistemas de playas de la

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Laguna Merín, paisaje de bañados y lagunar, bosques ribereños, avistamientos de aves acuáticas y migratorias.

Zona 2: ganadera-forestal oeste Las actividades predominantes son la ganadería extensiva vacuna y ovina. Los establecimientos de ganadería vacuna que declaran que esa actividad es su principal fuente de ingreso representan el 51% de la superficie dedicada a ganadería vacuna; en el caso de ganadería ovina, los establecimientos que hacen de esa actividad su principal fuente de ingreso son el 58% del total de la superficie dedicada en igual forma en el departamento. Esta zona tiene el 44% de los establecimientos con vacunos en el departamento y el 30% de las existencias de ganado vacuno. Existe una presencia fuerte de la forestación que ha venido acompañando el proceso expansivo que esta actividad ha registrado en el Uruguay, mostrando un potencial de suelos aptos muy importante, que permite inferir un crecimiento aún mayor. En las proximidades de la ciudad de Treinta y Tres y a la ruta nacional N° 8, el cultivo de soja ocupa los mayores porcentajes de la superficie dedicada a este cultivo en el departamento. Es una zona con potencial minero importante, tanto para la minería metálica como la no metálica, encontrándose importantes yacimientos de hierro y calcáreos. Existen áreas vulnerables, con un potencial turístico y valor paisajístico muy importante (Sierra del Tigre, Salto de Agua en Cerro Chato), así como, áreas con características históricas, culturales y arqueológicas (Cerritos de Indios, Amontonamiento Artificial de Piedras Prehispánicas).

Zona 3: ganadera-forestal norte La ganadería extensiva (vacuna y ovina), como principal fuente de ingreso ocupa el 86% de la superficie de la zona y el 24% de la superficie destinada en el departamento a la producción vacuna como principal fuente de ingreso. La superficie destinada a la producción de ovinos como principal fuente de ingreso es el 38% de la superficie que se destina a tal fin en el departamento y representa el 41% del total con esta característica en el departamento. Esta es, por tanto, una zona ganadera de vacunos y ovinos, con un sistema de explotación extensiva. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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La forestación, al igual que en la zona 2, ha experimentado un fuerte crecimiento, mostrando un fuerte potencial para desarrollar esta actividad en el futuro próximo. Los cultivos de secano están ubicados próximos a la ciudad de Treinta y Tres y sobre la ruta nacional N° 18, en menor importancia comparados con la zona anterior. Es una zona rica en calcáreos, donde se encuentran localizados varios de los emprendimientos mineros de producción de calizas y cemento portland. Presenta atributos paisajísticos muy importantes, con un potencial turístico de serranías y ecoturismo desarrollados y a desarrollar de gran envergadura (Quebrada de los Cuervos, Cañada del Brujo y Quebrada de la Teja), así como, áreas con características históricas, culturales y arqueológicas (Cerritos de Indios, Amontonamiento Artificial de Piedras Prehispánicas).

Cuadro N° 25 – USO DEL SUELO Uso del suelo Campo natural Campo mejorado Cultivo de arroz Cultivo forrajero anual Total de hectáreas

Porcentaje 71 14 13 2 100

Fuente: Censo Agropecuario 2000

Según el cuadro anterior la superficie de pastoreo es el 87 %, de los cuales el 16 % es destinado a praderas artificiales y el 2,3 % corresponde a mejoramientos, de acuerdo al último censo agropecuario; estos valores han sufrido modificaciones con los actuales sistemas productivos. Cuadro N° 26 - Uso del Suelo según Zona Geográfica (%) Uso del suelo Campo natural Campo mejorado Cultivo de arroz Cultivo forrajero anual

Zona 1 ESTE 48,6 19,0

Zona 1 SUR 64,2 12,3

Zona 2 y 3 88,6 10,1

30,5 1,9

21,0 2,5

0,0 1,3

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Cuadro N° 27 - Infraestructura de Energía según Zona Geográfica (%) Zona geográfica Arrocera ganadera Zona 1 este Arrocera ganadera Zona 1 sur Ganadera zona 2 y 3

UTE

Panel solar

78.4

Grupo electrógeno 13.2

No tiene

0

Gas o combustible 0

17.2

3.4

28.2

0

51.2

40.4

11.4

21.5

1.8

24.9

8.4

Tomando en cuenta solamente la región este del país, el departamento de Treinta y Tres presenta el Índice de Productividad más bajo (basado en la producción de carne y lana); si consideramos que más del 30% del área sembrada de arroz en la región está localizada en el departamento, esos suelos muestran una producción/há muy superior a la considerada para carne y lana exclusivamente. Los actuales sistemas de producción, tanto para el cultivo de arroz como en los cultivos de secano, han incorporado en la rotación la siembra de pasturas (praderas permanentes, verdeos de invierno), han permitido incrementar los indicadores productivos y reproductivos de la región. El potencial productivo de estos suelos se ve incrementado significativamente en aquellos sistemas que incluyen la siembra de pasturas en sus rotaciones. Cuadro N° 28 – Índice de Productividad DEPARTAMENTO Treinta y Tres Maldonado Rocha Cerro Largo

ÍNDICE DE PRODUCTIVIDAD PROMEDIO 68 71 71 78

Lavalleja Región Este

79 74

Fuente: MGAP

La actividad agrícola de secano ha mostrado un reciente proceso expansivo de fuerte intensidad, más precisamente en el cultivo de soja. La superficie agrícola de secano se ha localizado históricamente en la región litoral oeste del País, donde se ubican suelos adecuados para la actividad. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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El fuerte sesgo hacia la actividad sojera de la reciente expansión, ha introducido cambios importantes en el patrón de cultivos, alterando sustancialmente la ocupación de los suelos durante el año y los momentos de ingresos de la oferta agrícola. El primero de los aspectos tiene influencia sobre el uso de los recursos naturales disponibles y el segundo sobre la utilización de la infraestructura física para el acondicionamiento de las cosechas.

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Gráfico N° 10 – Unidades de Suelo en el Departamento (División Suelos MGAP).

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De acuerdo a la división de Suelos y Agua (DSA-MGAP-DGRNR), la aptitud de los suelos para su uso agrícola con cultivos de verano, muestra la siguiente zonificación (en base a Grupos CONEAT): Gráfico N° 11 - APTITUD DE SUELOS PARA CULTIVOS DE SECANO

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Cuadro N° 29 – Aptitud de Suelos para Cultivos de Secano a Nivel Nacional APTITUD Tierras Muy Aptas Tierras Aptas Tierras Medianamente Aptas Tierras Marginales Tierras No Aptas TOTAL

Hás 1.046.054 3.057.770 2.523.177 2.284.153 8.500.144 17.411.297 Fuente: DSA-MGAP

La superficie cubierta por los suelos de mejor aptitud alcanza en todo el país a 4.069.972 hás; pudiéndose desarrollar agricultura en los suelos medianamente aptos y en los marginales, dentro de un sistema que implique un uso agrícola menos intenso, con un mayor peso relativo de las pasturas en la rotación y con mayor atención a las prácticas conservacionistas. Según la DSA – MGAP el departamento de Treinta y Tres posee tan solo el 0.6% de las tierras aptas y muy aptas del País para desarrollar cultivos estivales de secano, lo cual está limitando la expansión del cultivo de soja, considerando las cualidades de sus suelos, como resistencia a erosión, capacidad de almacenaje de agua, drenaje, rococidad, pH, etc. De acuerdo a la misma fuente, la superficie de tierra medianamente aptas para agricultura de secano, en el departamento de Treinta y Tres, es de 136.700 hás, lo que representa el 5.5% de los suelos medianamente aptos del País, donde se puede desarrollar el cultivo con una menor intensidad de siembra y en donde las pasturas tengan un peso importante en la rotación. En lo que se refiere a intensidad de uso de los suelos, los mayores niveles en el país, se localizan en la región agrícola tradicional, sin embargo, como consecuencia del proceso expansivo agrícola, Treinta y Tres muestra valores altos determinados por la reducida disponibilidad de tierras agrícolas. Considerando la información manejada por OPYPA (Anuario 2011), el porcentaje de la superficie agrícola (suma de las superficie de cultivos de secano, excepto los de segunda) respecto a la superficie de tierras muy aptas y aptas, es de 63.1% y de 9.6% con respecto a las tierras muy aptas, aptas y medianamente aptas para agricultura, en el departamento.

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Cuadro N° 30 – Usos de Suelos Proyectados y Aptitud Agrícola (para cultivos estivales de secano) DEPARTAMENTO

Artigas Canelones Cerro Largo Colonia Durazno Flores Florida Lavalleja Maldonado Paysandú Río Negro Rivera Rocha Salto San José Soriano Tacuarembó Treinta y Tres TOTAL

SUELOS MUY APTOS Y APTOS (Hás) 307.324 128.540 203.163 287.792 311.235 180.911 228.870 108.434 60.379 480.072 330.565 32.930 117.463 435.923 169.821 374.411 292.446 24.684 4.069.972

Fuente: DSA – MGAP

De acuerdo al mapa geomorfológico del Uruguay, Treinta y Tres presenta al este toda una franja de planicies, llanuras atlánticas y bañados correspondiente a la cuenca arrocera; al centro, sur y norte colinas y lomadas del este , donde se desarrollan actividades ganaderas y agrícolas de secano y forestación; y al noroeste y suroeste serranías ígneas y metamórficas del este, cuya actividad económica-productiva es la ganadería extensiva principalmente, con un creciente aumento del área forestada y con un potencial minero importante (ver mapa geomorfológico y Fisiográfico adjuntos).

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Gráfico N° 12 – Mapa Fisiográfico del Uruguay

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Condiciones Físico-Naturales La descripción de las condiciones físico – naturales de Treinta y Tres, se apoyará, en el concepto de ecosistema, y en sus respectivos componentes. No se pretende realizar un análisis exhaustivo sobre la geografía física del departamento, pero nos permite visualizar el potencial en recursos naturales con que cuenta el departamento. Gráfico N° 13 - Ecosistemas Relevantes del Departamento

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Geología del Departamento A partir de la carta geológica, en el departamento de Treinta y Tres se destacan básicamente 3 unidades geológicas (ver mapa adjujnto):  Una región cristalina, que se extiende por el oeste del departamento, y que cubre, aproximadamente, el 60 % del subsuelo total. En la misma, se destacan, entre otras, las rocas del Grupo Lavalleja.  Un área con subsuelo basáltico, que ocupa unos 50 Km2, inmediatamente al este de la ciudad de Treinta y Tres. El mismo está representado por la formación Puerto Gómez, caracterizada por basaltos espilíticos vacuolares.  Una extensa planicie de subsuelo sedimentario, que ocupa la cuenca inferior del Río Cebollatí y la de la Laguna Merín. La misma se caracteriza por la presencia de: limos y loess calcáreos de la formación Fray Bentos, areniscas y conglomerados terciarios, limos arcillosos de la formación Libertad, y sedimentos marinos, de la formación Vizcaíno, depositados por la transgresión (del mar) ocurrida en el período Cuaternario (Bossi, 1969).

Suelos Agrupados por Geoformas Desde el punto de vista geomorfológico, en el departamento de Treinta y Tres, se pueden distinguir, tomando como referencia su topografía, tres tipos de relieve (ver mapa adjunto):  Al norte y oeste sierras rocosas y no rocosas, donde se encuentran las mayores alturas y pendientes del departamento, forman parte del sistema de la Cuchilla Grande, que divide las cuencas del Cebollatí y del Río Negro; al interior del departamento se destacan, las cuchillas de los Ladrones, del Medio, entre otras.  Al centro lomadas y colinas, con un relieve ondulado, donde las pendientes no son tan pronunciadas como en las sierras.  Las zonas más bajas y de relieve aplanado, conforman las planicies de Treinta y Tres, ubicadas al este y sureste del mismo.

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Gr谩fico 14 - Mapa Geol贸gico

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Gráfico N° 15 - Mapa Geomorfológico

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En el mapa geológico-económico se puede observar los terrenos geológicos (tipos de rocas) y los recursos mineros del departamento. Gráfico N° 16 – Recursos Mineros a Nivel Nacional

El proceso de expansión e intensificación agrícola que se ha desarrollado en el País, ha adquirido una dimensión con la peculiaridad de una mayor intensidad de uso del suelo. Este fenómeno se viene dando fundamentalmente en las tierras tradicionalmente agrícolas del litoral oeste del País. Por otra parte el recurso suelo se ha transformado Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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en una limitante en las áreas tradicionales, lo que ha generado que superficies importantes de suelos del departamento de Treinta y Tres, hayan sido incorporados a un sistema de agricultura continua, a pesar de la zonificación anteriormente mencionada y la aptitud de nuestros suelos para cultivos de verano. Las principales limitantes agrícolas son riesgo de erosión moderado a alto, superficialidad de los suelos, riesgo de sequía, fertilidad media, etc. Como consecuencia de otros períodos de intensificación agrícola, han dejado amplias áreas con su capacidad productiva afectada debido a procesos de erosión severa, por ejemplo en las proximidades del pueblo El Oro, conjuntamente con ello se puede observar una degradación del tapiz natural provocado por una prolongación de condiciones climáticas adversas, y por el sobre y sub-pastoreo. Si bien la tecnología utilizada actualmente para el cultivo es muy diferente a la anterior y es considerada como una buena medida de conservación de los suelos (siembra directa), la rotación, mayormente utilizada es soja-trigo-soja de segunda, agricultura continua sin suelos cubiertos, en donde la siembra de trigo está en función de los precios internacionales, dándose el caso de haberse hecho aplicación de herbicida y no sembrarlo, luego con lo cual el suelo permanece desnudo por muchos meses, aumentando el riesgo de erosión de los mismos. La intención de siembra de cultivos de verano es de 13.800 hás (DIEA, 2009); el área cultivada de arroz es de 48.336 hás (A.C.A., 2009/2010).

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Gráfico N° 17 – Riesgo de Erosión

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Gráfico N° 18 – Intensidad del Proceso de Cárcavas

Actualmente la forestación ha tenido un impulso importante en el departamento, en su mayoría ubicada en suelos de prioridad forestal; lo mismo está sucediendo con plantaciones de olivos, la cual supera actualmente las 2.000 hás. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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La superficie departamental de prioridad forestal es de 278.442 hás y las de prioridad forestal condicionada es de 148.151 hás, totalizando un área factible de 426.593 hás, aproximadamente el 46% de la superficie del departamento (DGRNR/MGAP, 1994). De acuerdo a la Sociedad de Productores Forestales del Uruguay, las plantaciones forestales ocupan una superficie total que se ubica en el entorno de las 24.000 hás, correspondiendo la mayoría al género Eucalipto (aproximadamente el 80% del área plantada). Aproximadamente el 70% de la superficie destinada a Eucalipto fue plantada entre los años 2.000 y 2.010. Cuadro N° 31 - PLANTACIONES FORESTALES POR SECCIONAL EN EL DEPARTAMENTO (1975-2010)

SECCIÓN POLICIAL 6a 3a 1a 8a 4a 2a 9a 5a 7a TOTAL

SUPERFICIE PLANTADA (Hás) 10.061 3.480 1.859 1.843 1.809 1.559 1.265 1.183 681 23.740

Fuente: elaborado en base a datos de la Sociedad de Productores Forestales del Uruguay, mayo 2011.

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Gráfico N° 19 – Zonas de Prioridad Forestal en el Departamento

De acuerdo a información obtenida del 2010, los porcentajes de suelo con prioridad forestal según subcuencas son: subcuenca del Olimar 66,91%, del Cebollatí 42,03% y del Tacuarí 2,65%. Como se puede observar en el siguiente mapa los emprendimientos forestales se encuentran ubicados en su gran mayoría sobre suelos de prioridad forestal.

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Gráfico N° 20 – Áreas Forestadas

Fuente: DINOT (2011)

El número de emprendimientos forestales en el período 2009 – 2011 en el departamento de Treinta y Tres alcanzó a 11, superado solamente por los realizados en el departamento de Cerro Largo con 14. La superficie afectada por estos emprendimientos en igual período es de 11.500 hás para el departamento de Treinta y Tres, superado solamente por Cerro Largo con 12.500 hás.

Aptitud Arrocera del Departamento La cuenca arrocera del departamento muestra un porcentaje muy alto de suelos aptos y en su mayoría muy aptos para el cultivo de arroz (ver mapa de Aptitud Arrocera), siendo el departamento de la región este, que cuenta con el mayor porcentaje de suelos aptos y muy aptos para desarrollar el cultivo. El área sembrada de arroz durante la zafra 2009/10, la región este cuenta con el 54,8% del total sembrado en el país. El departamento de Treinta y Tres es el de mayor área sembrada con 48.336 hás, lo que representa algo más del 30% del área sembrada en ela región.

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Gráfico N° 21 – Área Sembrada de Arroz

Fuente: DINOT (2011)

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Gráfico N° 22 – Aptitud Arrocera

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En el mapa de cobertura de suelo que se muestra a continuación, elaborado por: MGAP-RENARE-DINAMA-DINOT, a través del sistema LCCS, se puede observar las áreas cubiertas por las diferentes actividades agropecuarias en el departamento en el año 2011. Gráfico N° 23 – Cobertura de Suelo

Elaborado por : RENARE, MGAP, DINAMA, DINOT, MVOTMA

FECHA: 2011

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Según el Censo Agropecuario del año 2000, en el medio rural del departamento se generaba algo más de 5.500 empleos permanentes; de estos el 73% eran aportados por la ganadería (vacuna y ovina), el 19% por el arroz y menos del 3% en la lechería; a pesar de ello la ganadería es una actividad que emplea menos personas por hectárea (cinco cada mil hectáreas), al igual que el cultivo de arroz (10 cada mil hectáreas). El siguiente cuadro muestra los puestos de trabajo permanente en establecimientos según rubro principal de ingresos, en porcentajes.

Cuadro N° 32 – Trabajo permanente según principal rubro de ingresos Rubro de Actividad Ganaderos vacunos chicos Ganaderos vacunos medianos Ganaderos vacunos grandes Ganadería ovina Arroceros chicos Arroceros grandes

N° empleados 1a2 64,9

N° empleados 3a4 28,3

N° empleados 5a9 6,8

N° empleados 10 a 19 0

N° empleados 20 a 75 0

12,4

55,5

32,1

0

0

0

8,9

51,8

19,6

19,6

70,6

29,4

0

0

0

27,2

21,9

50,9

0

0

12,9

0

41,9

3,2

41,9

Fuente: Censo Agropecuario 2000

Cuadro N° 33 - Categorías de empleo según rubro de actividad (%) Rubro principal fuente de ingreso y tamaño

Empleado s/especialización

Empleado c/especialización

Ganaderos vacunos chicos Ganaderos vacunos medianos Ganaderos vacunos grandes Arroceros chicos Arroceros grandes

42,1 65,6

51,9 16,3

59,8 37,3 39,7

36 54 52,2

Fuente: Censo Agropecuario 2000 Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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2.2.2 ACTIVIDAD INDUSTRIAL El sector secundario es el responsable del 18% del VAB departamental, muy por detrás de los sectores primarios y de servicios. Se destaca la industria de molinos, única de dimensión relevante en el departamento. El sector de arroz y molinos ha presentado una dinámica diferente a otras ramas, debido a que: -

Tiene una orientación casi exclusiva al mercado externo.

-

Se trata de una cadena productiva con organización y representatividad institucional de cada fase.

-

Presenta una constante innovación tecnológica con altos niveles de productividad.

-

Cuenta con la Estación Experimental del Este del INIA, que es un soporte institucional y tecnológico que explica en gran medida el éxito de esta cadena productiva.

Entre la presencia de varios molinos, se destaca ARROZUR, que es también la mayor empresa industrial del departamento. Este molino, que es una sociedad de los molinos SAMAN, PROCIPA, COOPAR, y ARROZAL 33, es la única fábrica de arroz parboilizado y aceite de arroz en Uruguay. Procesa 80,000 toneladas de arroz cáscara y 25,000 toneladas de afrechillo de arroz al año. La empresa líder del mercado arrocero es SAMAN, que procesa el 60% del arroz de Uruguay y posee la mayoría del paquete accionario de ARROZUR. Otras empresas arroceras en el departamento son: ARROZAL 33, PROCIPA, GLENCORE. En el año 2007 se inauguró la empresa GALOFER, que pertenece a Arrozur. Generará energía a partir de la cáscara de arroz proveniente del departamento y de zonas de cultivo próximas, procesando casi la mitad de la generación de cáscara de arroz del este del país. La industria frigorífica no es relevante en el departamento; existiendo un frigorífico de carne equina en la ciudad de Treinta y Tres.

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2.2.3 ACTIVIDAD MINERA y EXTRACTIVA Existe en el departamento una planta para la explotación de piedra caliza (CIMSA), con el objetivo de exportar un producto procesado a partir de esa piedra para la elaboración del cemento de pórtland (clinker); los reservorios de calizas de excelente calidad son ampliamente conocidos. Existen también emprendimientos de ANCAP, y otras empresas privadas, para la explotación de piedra caliza para la elaboración de cemento pórtland, cemento para albañilería y clinker. En las localidades de Valentines y Cerro Chato se comenzó a hacer cateos en procura de Hierro, los estudios están a cargo de la empresa minera ARATIRÍ; donde ya se han realizado las etapas de Prospección y Exploración, procesamiento de cantidad y calidad de hierro, encontrándose hasta la actualidad 27 cuerpos mineralizados. Se encuentran actualmente en la etapa de Análisis de Factibilidad del Proyecto en forma global. La instalación de esta empresa en la región está generando una gran expectativa social y económica para el momento en que se comience a realizar la explotación de dicho mineral. La producción minera actual en el departamento; según DINAMIGE año 2007; es la siguiente: Cuadro N° 34 – Producción Minera en el Departamento Arena limpia Basalto Caliza metamórfica Piedra bruta

1.647 4.280 1.435 83

2.2.4 ACTIVIDAD APÍCOLA La Dirección de Desarrollo de la Intendencia Municipal de Treinta y Tres, apoya el rubro apícola con el Programa ”Desarrollo de la Apicultura Departamental”, mediante un Fondo de Materiales Apícolas, salas de extracción de miel de uso comunitario, capacitación y asistencia técnica. Según relevamiento realizado en el año 2007, unos 200 productores del rubro se benefician con uno o varios componentes del programa. Estos productores son muy pequeños, tienen un promedio de 20-25 colmenas cada uno y su producción se estimó Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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en unos 15 kg de miel por colmena. En su mayoría, la venta de miel la realizan a granel a acopiadores-exportadores del sur del país, siendo muy poco el volumen que se vende fraccionado y dentro del departamento.

2.2.5 ACTIVIDAD PESQUERA Actualmente solo se encuentra en el departamento la Cooperativa de pescadores de La Charqueada que funciona en dicha localidad. Desde la Intendencia, se lleva adelante un Programa de Desarrollo de la Pesca Artesanal Departamental con el objetivo de promover y revalorizar el recurso pesquero y posicionar a La Charqueada como centro regional de la pesca artesanal. Es interés de la actual Administración Departamental impulsar y desarrollar la acuicultura en el departamento, aprovechando los volúmenes de agua almacenados en represas y tajamares, y toda la infraestructura montada en torno al cultivo de arroz; estando en estudio proyectos privados con apoyo público para llevar adelante esta actividad productiva.

2.2.6 ACTIVIDAD TURÍSTICA Si bien el turismo es una actividad económica fundamental para otros departamentos, no lo es para Treinta y Tres, cuyo aporte al Valor Agregado Bruto (VAB) es muy bajo. Es un departamento que tiene todas las oportunidades para desarrollarse:     

estratégica ubicación geográfica paisajes inigualables un perfil de la población con aptitudes para capacitarse zona de riqueza en suelos cultura deportiva, hípica, canotaje

Actualmente la Intendencia Departamental de Treinta y Tres, a través de la Dirección de Turismo, se encuentra apoyando diversos emprendimientos turísticos basados en una estrategia de fortalecimiento del turismo departamental. La oferta turística en el departamento no es la tradicional de sol y playa; y se caracteriza fundamentalmente por su estacionalidad.

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- En Semana Santa o Turismo a orillas del río Olimar en la ciudad de Treinta y Tres se lleva a cabo el Festival de Música Folclórica al cual concurren personas de todo el país e incluso de países vecinos. - En el pueblo General Enrique Martínez (La Charqueada) durante la temporada presenta varios eventos: certámenes de pesca, dos pruebas de ciclismo (doble José Pedro Varela – La Charqueada y Río Branco – La Charqueada). El punto más alto de la temporada es la tradicional Semana Santa, donde se congregan allí aproximadamente 2.500 personas a orillas del Cebollatí, realizándose eventos tradicionales con mucho arraigo nacional e internacional que hay que promover, además de la regata internacional Treinta y Tres-Puerto Charqueada, prueba que integra el calendario Internacional de la Asociación de Canotaje. Se trata de una travesía en remo (kayacs, canoas, etc) que se realiza en 5 etapas, totalizando 150 kms. - En La Charqueada se desarrolla año a año una etapa del Campeonato de la Asociación de Jet Sky y de Motos de Agua, donde los competidores realizan pruebas en circuito en el río Cebollatí y participan de una carrera de 24 km, uniendo esa localidad con la desembocadura de la Laguna Merín. - La Quebrada de los Cuervos como una actividad eco-turística; se la define como una garganta abierta sobre rocas metamórficas recorridas por el arroyo Yerbal Chico, cuyas márgenes están pobladas de una vegetación exuberante. Es un lugar emblemático por su geomorfología flora y fauna, y también por las historias y leyendas que encierra. - El Salto de Agua en Cerro Chato lugar turístico único en la región serrana del eje de R:7, el A° La Valija corre por su lecho rocoso y conforma una serie de hermosas piscinas naturales; cuenta con terrazas, área de recreación y camping con servicios para los visitantes. - En Carnaval se desarrolla el Festival de Canto Popular del Salto de Agua. - La cañada del Brujo: se caracteriza por ser uno de los lugares más solitarios del país. Las sierras del Yerbal Chico constituyen un mundo rocoso y selvático de complicado acceso. Fue un enclave situado en la ruta indígena en el pasado, y los cultos que se hacían en sus orillas acercaron el nombre: “del Brujo”. - Navegando el Río Cebollatí y la Laguna Merín: desde el Puerto la Charqueada se puede navegar el río en distintas embarcaciones y recorrer afluentes como el Río Olimar, conociendo parajes emblemáticos como Los Corralitos, Las Cristinas, Tres Bocas. En esta zona son una tradición la pesca deportiva y de recreación. - En temporada de caza de patos, la presencia de extranjeros, tanto americanos como europeos (1° de Mayo – 15 de Setiembre).

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- Fecha Nacional de Rally: competencia deportiva a nivel uruguayo que tradicionalmente se realiza en nuestro departamento. La caminería rural y paisajes de la zona hacen que sea uno de los rallys más destacados del Uruguay lo cual atrae a muchos aficionados a este deporte entre los que se encuentran pilotos locales. - Exposición Nacional y Departamental de Ganadería: la exposición se realiza anualmente en el mes de octubre. Se caracteriza por contar con la participación de cabañas de todo el país con excelente genética. - Travesía integración Vergara-La Charqueada, que consiste en carrera de mountain bike, uniendo las localidades de Vergara y La Charqueada; pruebas de ruta y contrarreloj en circuitos. La misma se lleva a cabo en el mes de Febrero. - Torneo Internacional de Ajedrez a orillas del Olimar, contando con la participación de jugadores de Uruguay, Brasil y Argentina. - Cabalgata radial, que une la ciudad de Treinta y Tres con sierras del Yerbal, desarrollada en Semana Santa. - Trilla de los Cuervos, que consiste en una caminata guiada desde Isla Patrulla hasta la Quebrada de los Cuervos, en las Sierras del Yerbal, durante el mes de Mayo. - Raid federado “Coco Cuadrado” en la localidad de Vergara, es un raid hípico federado y en pista, feria gastronómica y artesanal, desarrollado en el mes de Julio. - Raid Independencia Nacional en la localidad de Santa Clara de Olimar durante el mes de Agosto. - Fiesta de la Virgen Auxiliadora en la localidad de La Charqueada durante el mes de Diciembre, consistente en una Procesión por el pueblo, festival folclórico, danzas y cantos. - Festival Internacional de Danzas Folclóricas en la localidad de Vergara, durante el mes de Diciembre, consistente en danzas folclóricas en espacio abierto. - Fiesta Criolla La Gauchada en Cerro Chato, que consiste en una Fiesta Criolla con jineteadas de caballos y de vacunos. - Establecimientos turísticos en el medio rural: El Capricho, Los Plátanos, La Soledad, Rincón de los Matreros, Pinos de la Quebrada, entre otros. - Áreas naturales con atributos turísticos de importancia: Quebrada de la Teja, Sierra del Tigre. - Avistamientos de aves en diferentes puntos del departamento: en la microrregión La Charqueada-Cebollatí, a través del paseo Caraguatalí-La Charqueada, desde la localidad de La Charqueada hasta su desembocadura en la Laguna Merín, ingresando por el kilómetro 339 de la ruta 17, rumbo a Villa Passano; muchas de las especies amenazadas a nivel internacional.

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- Áreas con características históricas, culturales y arqueológicas: Paleo niveles de la Era Cuaternaria, Cerritos de Indios y Amontonamiento Artificial de Piedras Prehispánicas. Treinta y Tres es un departamento que reúne las condiciones necesarias cuando se piensa en realizar una inversión: es un lugar multifacético con tanta diversidad de oportunidades disponibles al inversor.

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Gráfico N° 24 – Potencialidad Turística

Fuente: Elaborado por Equipo Ordenamiento de la IDTT.

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2.2.7 SERVICIOS El sector de servicios no presenta capacidad para funcionar como soporte de la cadena productiva arrocera, concentrándose en servicios a la población y al resto del sector agropecuario; representando un 38% del VAB total departamental.

2.2.8 OTROS En el sector de la construcción, la ciudad de Treinta y Tres cuenta con una fábrica de elementos prefabricados de hormigón y una fábrica de mampuestos cerámicos huecos (ticholos). En el sector de industria de bebidas, Treinta y Tres cuenta con una empresa de pequeño porte que produce refrescos y embotella agua gasificada. Existen emprendimientos tendientes a instalar dos fábricas de aceite de oliva, dado que en el departamento esta actividad ha tenido un empuje significativo, ocupando un área aproximada a las 2.000 hás.

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BIBLIOGRAFÍA Asociación Cultivadores de Arroz. Achaval, F. y A. Olmos. 2003. Anfibios y Reptiles del Uruguay, Graphis, 136 pp Arballo, E. y J. CRavino. 2000. Aves del Uruguay.Hemisferio Sur Tomo 1, 466 pp Bossi, J. (1969). Geología del Uruguay. Universidad de la República, Departamento de Publicaciones, Montevideo. Caffaro, A., Robayna, A.,(2006) Ordenamiento Territorial Rural. Universidad de la República – Facultad de Ciencias. Caorsi, J. y Goñi, J. (1958). Geología Uruguaya. Instituto Geológico del Uruguay, Boletín N° 37, Montevideo. Carreira, S- et al. 2005. Reptiles del Uruguay. UDELAR, FAC. CIENCIAS. 637 pp. Censo General de Población y Vivienda Año 2004. Clavijo, F. (1970). Treinta y Tres. En colección: Los Departamentos, N° 4. Editorial Nuestra Tierra, Montevideo. Código Minero. Dirección de Estadísticas Agropecuarias (2000). Censo General Agropecuario: 2000. MGAP. Montevideo. Dirección de Estadísticas Agropecuarias (DIEA). Dirección de Suelos y Agua (MGAP). Dirección Forestal (MGAP). Montevideo. Dirección Nacional de Aguas (DINAGUA). Dirección Nacional de Geología y Minería (MIEM). Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA). Dirección Nacional de Minería y Geología (DINAMIGE). Dirección Nacional de Transporte (MTOP). Montevideo. Dirección Nacional de Vialidad (MTOP). DNP. Santa Fe de Bogotá. En: Asesoría para el apoyo a los procesos de Ordenamiento Ambiental Territorial. González, E.M. y J. Martínez Lanfranco.2010. Mamíferos de Uruguay, 463 pp. GEOGRAFÍA FLORÍSTICA DE LAS ESPECIES ARBÓREAS DE URUGUAY: PROPUESTA PARA LA DELIMITACIÓN DE DENDROFLORAS - Iván A. Grela. Instituto Nacional de Estadística. Montevideo. MGAP (1994). Compendio actualizado de información de suelos del Uruguay (a escala 1:1.000.000). Dirección de Recursos Naturales Renovables. División de suelos y aguas, Montevideo. Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible – Ley N° 18.308 del 18/06/2008 y modificativa Ley N° 18.367 del 10/10/2008. OPYPA – Anuario 2011. Poinsot (1992). En: Paramo Rocha, G. (1997). Aproximación conceptual, metodológica y aplicada del Ordenamiento Ambiental del Territorio en Colombia. PROBIDES. Proyecto de Integración y Desarrollo – Turismo – Región Este. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Pujadas, R. y Font, J (1998). Ordenación y Planificación Territorial. Editorial Síntesis. Madrid. Programa de Desarrollo de las Ciencias Básicas (PEDECIBA) - Ministerio de Educación y Cultura - Universidad de la República - Tesis de Maestría en Ciencias Biológicas, Opción Botánica. Recursos Naturales Renovables (RENARE). Reglamentación de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible Decretos N° 221/2009 del 11/05/2009, N° 400/2009 del 26/08/2009 y N° 523/2009 del 16/11/2009. Robayna, A. (2003c). Aproximación al sistema turístico de Treinta y Tres: I relevamiento de la Planta Turística y los Recursos Turísticos. Universidad de la República. Montevideo. Rodríguez, A., Sienra, M .(2008). Claves del Desarrollo Local. Sociedad de Productores Forestales del Uruguay. Teixeira de Mello, F; González-Bergonzoni, I. & Loureiro, M. 2011. Peces de agua dulce del Uruguay. PPR-MGAP. 188 pp Uso y Conservación de los Suelos y de las Aguas Ley N° 15.239.

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CAPITULO II 1. DIRECTRICES DEPARTAMENTALES 1.1 FORMULACIÓN DE DIRECTRICES DEPARTAMENTALES A partir del diagnóstico o estado de situación y de un análisis FODA realizado para el departamento, se elaboraron las Directrices Departamentales, Líneas de Acción, Proyectos Estratégicos y Gestión. Estas directrices, responden a la estrategia de ordenamiento y desarrollo sostenible, las que serán consideradas en todas las intervenciones a realizarse en el territorio departamental, tanto del Gobierno Nacional, el Gobierno Departamental, los Gobiernos Locales y la Sociedad Civil.

1.2 ALCANCE DEL DOCUMENTO La elaboración de las DIRECTRICES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE PARA EL DEPARTAMENTO DE TREINTA Y TRES, fueron llevadas adelante por la Intendencia Departamental de Treinta y Tres con el apoyo del Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA) a través de la Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial (DINOT), quienes celebraron un Convenio de cooperación. Las presentes Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible se integran en el sistema normativo de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, constituido por el conjunto de normas de legislación nacional y departamental vigentes en esa materia y especialmente en las disposiciones de los art. 7,47,72 y 332 de la Constitución de la República, leyes N° 18.308 de 18 de junio de 2008, 18.367 de 10 de octubre de 2008, ambas de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible y sus decretos reglamentarios respectivos (Decretos N° 221/09 del 11 de mayo de 2009; N° 400/09 del 26 de agosto de 2009 y N° 523/09 del 16 de noviembre de 2009); leyes N° 18.567 de 13 de setiembre de 2009, 18.644 de 12 de febrero de 2010 y 18.653 de 15 de marzo de 2010 sobre Descentralización Política y Participación Ciudadana; 17.283 de 28 de noviembre de 2000 sobre Protección del Medio Ambiente y su reglamentación; ley N° 17.234 de fecha 22 de febrero de 2000 sobre Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas y su reglamentación; ley 16.466 de 19 de enero de 1994 sobre Evaluación de Impacto Ambiental y su reglamentación; Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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ley 15.939 de 28 de diciembre de 1987 sobre Desarrollo Forestal; ley 15.239 de 23 de diciembre de 1981 sobre Uso y Conservación de suelos y aguas; decreto ley 14.859 de 15 de diciembre de 1978 y modificativas sobre Código de Aguas; ley 18.610 de 2 de octubre de 2009 sobre Política Nacional de Aguas; decreto ley N° 15.242 de 8 de enero de 1982 y modificativas sobre Minería; leyes 10.723 de 21 de abril de 1946 y 10.866 de 25 de octubre de 1946 y modificativas sobre Centros Poblados; ley 19.044 del 28 de diciembre de 2012, Artículos 607 y 610 de la ley de Presupuesto N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010; ley 14.044 de 20 de octubre de 1971 sobre Patrimonio Cultural de la Nación y modificativas y ley 9.515 de 28 de octubre de 1935 Ley Orgánica Municipal, Decreto 849/88 del 14 de diciembre de 1988 sobre Disposiciones al Combate de Incendios Forestales, modificativas y concordantes.

Los lineamientos que ellas esbozan se aplican y se extienden a todo el ámbito del territorio del Departamento de Treinta y Tres.

1.3 CONCEPTO Y ALCANCE DE DIRECTRICES DEPARTAMENTALES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE. Las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, constituyen el instrumento estratégico que establece el ordenamiento estructural del territorio departamental, determinando las principales decisiones sobre el proceso de ocupación, desarrollo y uso del mismo. Tienen como objeto fundamental planificar el desarrollo integrado y ambientalmente sostenible del territorio departamental, mediante el ordenamiento del suelo y la previsión de los procesos de transformación del mismo. Las Directrices Departamentales guardan directa relación con los objetivos de desarrollo integral de los territorios en sus diferentes escalas aplicando principios de solidaridad y cohesión social, competitividad económica y sostenibilidad ambiental.

1.4 OBJETIVOS DEL INSTRUMENTO 1. Planificar el desarrollo integrado y ambientalmente sostenible del territorio departamental, mediante el ordenamiento del suelo y la previsión de los procesos de transformación del mismo.

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2. Categorizar el suelo en todo el Departamento y planificar sus posibilidades de desarrollo sustentable. 3. Ordenar el territorio departamental desde una perspectiva de desarrollo contribuyendo a mejorar la calidad de vida de la población, la integración social en el territorio y el uso y aprovechamiento ambientalmente sustentable de los recursos naturales y culturales. 4. Proteger el ambiente, los ecosistemas frágiles, calificar el paisaje y valorizar el patrimonio natural, cultural, arqueológico y arquitectónico. 5. Compatibilizar los usos del suelo y las actividades allí desarrolladas. 6. Evitar aquellas situaciones que atentan contra el bienestar y calidad de vida de la población, prohibiendo la ocupación en zonas inundables y en zonas de inadecuados drenajes pluviales y situaciones de contaminación ambiental.

1.5 ÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL El presente instrumento rige en todo el territorio departamental. El mismo tendrá aplicación dentro de los límites especificados en el Plano Nº 1, considerando las especificidades de cada zona, así como los demás Instrumentos de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible actuales y futuros.

1.6 ÁMBITO DE APLICACIÓN SUBJETIVO El ámbito subjetivo de aplicación del presente instrumento se extiende a todos los habitantes del Departamento de Treinta y Tres y a cualquier persona física o jurídica que actúe, se proponga actuar en el Territorio Departamental o que desarrolle actos u operaciones materiales regulados por el mismo dentro de los límites establecidos en el artículo anterior.

1.7 REVISIÓN GENERAL DEL INSTRUMENTO La revisión del contenido de las presentes Directrices Departamentales, se efectuará ante el acaecimiento de las siguientes circunstancias: a. El presente Instrumento será objeto de estudio y revisión una vez cumplidos 5 años desde su aprobación por la Junta Departamental. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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b. Constatación de transformaciones territoriales de tal importancia, que motiven la alteración de las líneas estratégicas vigentes. c. Podrá asimismo ser objeto de revisión y/o modificación durante su vigencia, cuando se procuren nuevos criterios respecto de alguno de los aspectos sustanciales, motivados por la necesidad de adoptar un modelo territorial distinto al presente, o por la aparición de circunstancias supervinientes cuya influencia en el proceso territorial lo justifique.

1.8 REVISIÓN PARTICULAR DEL INSTRUMENTO Se realizará una revisión particular del presente instrumento de ordenamiento territorial, ante las siguientes circunstancias: a. Ante situaciones de emergencia adecuadamente fundadas, el Ejecutivo Departamental, podrá tomar resoluciones necesarias y urgentes motivadas en la necesidad de salvaguardar el interés público, que afecten transitoriamente y parcialmente las Directrices Departamentales, debiendo dar inmediata comunicación a la Junta Departamental, estándose a lo que ésta resuelva en un plazo de 15 días. Hasta tanto la Junta Departamental no se pronuncie o el Ejecutivo Departamental las modifique o derogue, de acuerdo a lo establecido por la Ley 18.308 de 18 de junio de 2008, las resoluciones necesarias y urgentes se mantendrán vigentes. b. El Ejecutivo Departamental con base en la recomendación fundada de equipos técnicos competentes, remitirá a la Junta Departamental para su consideración, toda modificación que tienda a mejorar las calidades del Instrumento en cuestión.

1.9 VIGENCIA DEL INSTRUMENTO El presente instrumento entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario Oficial.

2. DIRECTRICES DEPARTAMENTALES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE Modelo Territorial del Departamento Las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible del Departamento de Treinta y Tres, constituyen una de las bases normativas y técnicas, que con el conjunto de los demás instrumentos, actos y operaciones Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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materiales, conforman el modelo territorial del Departamento de Treinta y Tres, que responde a la estrategia que en estas materias debe ser respetado en todas las intervenciones a realizarse en el territorio departamental, por todas las entidades y personas físicas y jurídicas, públicas o privadas. En el presente capítulo se establecen las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible del departamento de Treinta y Tres.

DIRECTRIZ 1: EQUILIBRAR LA MOVILIDAD EN EL TERRITORIO: jerarquizar, ampliar y mejorar el sistema de accesibilidad física (carreteras-vía férrea-fluvial y aérea), asegurando la adecuada conectividad inter-departamental/ regional/ nacional y el fácil acceso terrestre o fluvial hacia el potencial puerto la charqueada. Dimensión territorial: Físico-Espacial. Esta directriz apunta a mejorar la integración física del departamento, considerando el potencial productivo de la región y la incorporación de actividades productivas como agropecuarias, forestales, turísticas, pesqueras, logísticas, industriales, agroindustriales, mineras y de producción de energía, entre otras. El tránsito vial de las rutas se ha incrementado, producto de la producción forestal, el fuerte crecimiento del cultivo de soja y la extracción minera; actividades éstas que involucran la presencia de camiones de gran carga y de un tránsito fluido, lo que está afectando las condiciones de las mismas. La conectividad en el interior del departamento, (estado de caminos y carreteras, escaso transporte público) es deficiente en general, presentando mayores dificultades para algunas localidades que para otras, generando dificultad para acceder muchas veces a la cobertura de servicios básicos como salud y educación. El semi-paralelismo existente en las rutas departamentales, determina que muchas localidades no estén conectadas entre sí, lo que hace necesario desarrollar y consolidar el sistema vial de conexiones transversales existentes, favoreciendo así al transporte de personas, bienes y servicios. La evolución de la movilidad de bienes, servicios y personas del departamento, hace necesario una fuerte intervención futura Pública - Privada en las rutas 7, 17, 19 y 98.

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Se busca concebir un sistema de enlace y una forma de cubrir el territorio para promover el desarrollo local en nuevos enclaves productivos y turísticos que promuevan la polifuncionalidad del territorio. Mejorar la accesibilidad y movilidad de las personas a todo el departamento, salvando las barreras hidrográficas y humedales, a través de la construcción de nuevos puentes y caminos rurales de enlace, buscando una mejor conectividad entre las zonas rurales y los centros poblados. Se hace necesario optimizar y complementar la red vial departamental, desarrollando y consolidando el sistema vial de conexiones transversales, que permita la accesibilidad territorial de la población favoreciendo el transporte de bienes y servicios. Generar mecanismos de mantenimiento permanente de la infraestructura vial de caminos y carreteras, necesario por el intensivo uso de transporte de productos agropecuarios, en particular los generados por la agricultura y la forestación. Las líneas férreas operativas que posee el departamento con la capital, constituyen una infraestructura alternativa a la vial, para el transporte de carga y apoyo logístico; por lo que se propone reactivar las mismas principalmente para la salida de la producción del departamento (granos, madera, derivados de la piedra caliza, etc). Promover el emprendimiento “Puerto La Charqueada” como alternativa de salida de productos derivados de la producción agrícola y agroindustrial de la región, en particular granos y madera, asociado a un centro logístico para dichas actividades. Propender a la incorporación de las infraestructuras necesarias para el desarrollo de la navegación aérea, dotándola de las instalaciones y servicios necesarios para la atención de las aeronaves, los requerimientos del tráfico, el embarque y el desembarque de pasajeros y la carga.

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DIRECTRIZ 2: PROMOVER Y REGULAR EL DESARROLLO DE LA PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, MINERA Y PESQUERA A TRAVÉS DEL USO Y MANEJO RESPONSABLE Y SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES Dimensión territorial: Socio-Económica/Ecosistémica. Esta directriz apunta a establecer áreas de uso preferente, para la localización ordenada de actividades agropecuarias, mineras, forestales, turísticas, pesqueras, industriales, logísticas y aquellas relacionadas con la producción energética en el departamento, compatibles entre sí, de acuerdo a sus capacidades, aptitudes y riesgos, en el marco del desarrollo sustentable y aplicando los instrumentos que dispongan las políticas públicas nacionales. Se propone estimular el desarrollo de las actividades productivas departamentales, promoviendo el crecimiento sostenible de las mismas, a través del manejo integrado de los recursos naturales. La actividad productiva del departamento la podemos dividir en tres zonas claramente diferenciadas: arrocera ganadera este-sur, ganadera extensiva noroeste, con una fuerte presencia de la forestación y rica en minerales (hierro y calizas) y una zona ganadera extensiva noreste, con una creciente actividad forestal. El motor productivo del departamento ha sido la ganadería y el cultivo de arroz; presentado potencialidad para otras actividades que se han venido desarrollando, tal es el caso de la forestación y la minería. El departamento dedica el mayor porcentaje de su territorio a la producción ganadera, básicamente dedicada a la cría vacuna y lanar, cuyo principal recurso forrajero destinado a la producción, es el campo natural. Con los actuales sistemas de producción, el porcentaje de suelos mejorados puede incrementarse significativamente, permitiendo impulsar actividades de invernada y lograr un aumento en los indicadores reproductivos. De acuerdo a información proporcionada por DICOSE, el 82,9% del total de los predios del departamento, son menores de 500 hás y un 60% menor de 200 hás.

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Se considera importante promover y apoyar programas de fomento a la producción ganadera, a través de proyectos que tengan como objetivos facilitar el acceso a alternativas tecnológicas, de manejo y/o formación. Muchos de estos recursos se encuentran en conflicto directo con las zonas que integran la declarada Área Protegida de la Quebrada de los Cuervos, y fundamentalmente con su área de influencia. Por estas razones, se considera importante el control de la interferencia que produce la explotación minera y la forestación con fines industriales en la zona protegida y dentro de su área de amortiguación. Para ello se propone promover normativas para la forestación con fines industriales, creando una zona de amortiguación que garantice la minimización de las afectaciones sobre flora, fauna y calidad de los recursos naturales involucrados. La Ley 15.239 de 23 de diciembre de 1981 sobre Uso y Conservación de suelos y aguas, declara de interés nacional la promoción y regulación del uso y de la conservación de las aguas superficiales y la conservación de los suelos destinadas a fines agropecuarios, estableciendo el deber de los titulares de explotaciones agropecuarias de aplicar las técnicas señaladas por el MGAP a los efectos de asegurar la conservación de las aguas pluviales y evitar la erosión y degradación de suelo o lograr su recuperación. Treinta y Tres cuenta con un bajo porcentaje de suelos aptos y muy aptos para cultivos de secano; la expansión de estos cultivos desde zonas tradicionalmente agrícolas a zonas ganaderas, lleva a implementar medidas tendientes a evitar la degradación y erosión de estos suelos. La producción deberá realizarse considerando la capacidad de uso de los mismos. Preocupan de igual manera las áreas de forestación con fines industriales que se encuentran o puedan desarrollarse en las proximidades de cursos de agua naturales, ya que se estaría disminuyendo el escurrimiento y con ello la cuenca natural, teniendo pérdidas importantes de aporte de agua. De igual manera, deberán tomarse recaudos en las proximidades de los bosques nativos presentes en el área, y en las nacientes de los ríos y arroyos, como forma de no afectar el balance de agua y los ciclos hidrológicos. Se establecen normativas para aquellos emprendimientos forestales con fines industriales próximos a centros poblados y zonas urbanas, considerándose el número de habitantes en cada una de ellas. Así mismo, se establecen distancias mínimas a rutas nacionales y departamentales, caminos y líneas de ferrocarril, y para aquellas zonas definidas como de interés arqueológico. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Para las líneas de alta tensión, las distancias quedan establecidas de acuerdo a la reglamentación de UTE que varían según la tensión de las líneas. En las plantaciones existentes, con anterioridad a la aprobación del presente Instrumento de Ordenamiento Territorial, que no cumplan con las distancias establecidas, regularizarán las mismas en el proceso de reforestación. Si bien se establece que los emprendimientos forestales con fines industriales deben de estar localizados sobre suelos de prioridad forestal, se debe considerar un máximo aceptable en suelos accesorios, dado que el área a plantar siempre presenta un mosaico de diferentes tipos de suelos. Al considerar la distribución del área plantable por tipo de suelos, se establece un porcentaje del área efectiva que se plante sobre suelos de Prioridad Forestal, permitiendo hacer un uso racional de los predios. Los actuales sistemas de producción agrícola y el incremento en las áreas, ha provocado un uso cada vez mayor de productos agroquímicos, haciéndose necesario una restricción de los mismos como forma de reducir los posibles riesgos derivados de su aplicación. Para ello se establecen distancias mínimas a cualquier zona urbana y centro poblado, prohibiéndose las aplicaciones aéreas de agroquímicos en todo tipo de cultivo, cuando no se respeten las distancias mínimas estipuladas (500 mts.). De igual manera, se establecen distancias mínimas a cualquier zona urbana y centro poblado, para las aplicaciones terrestres autopropulsadas o de arrastre (300 mts.) (Art. 137 de la Ley 13.640 de 29 de diciembre de 1957 sobre Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones y decreto N° 367/968 de 6 de junio de 1968). Se plantea la necesidad de establecer restricciones a la aplicación de productos agroquímicos, cuando la misma se realice en cultivos próximos a corrientes naturales de agua o fuentes de agua superficiales, (aéreas 30 mts. y terrestres 10 mts.), y establecer mayores precauciones para el llenado con agua de las máquinas terrestres de aplicación (Art. 137 de la Ley 13.640 de 29 de diciembre de 1957 y decreto N° 367/968 de 6 de junio de 1968). Se prohíbe el llenado con agua de las máquinas de aplicación, directamente de corrientes naturales o fuentes superficiales. El mismo deberá realizarse mediante el uso de recipientes intermedios (Art. 137 de la Ley 13.640 de 29 de diciembre de 1957 y decreto N° 367/968 de 6 de junio de 1968). Conjuntamente con ello se deberán crear los mecanismos para asegurar un correcto manejo de los envases vacíos de agroquímicos y los instrumentos para que se implemente el triple lavado, así como, la creación de centros de acopio temporarios. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Sensibilizar y capacitar a productores, empresas, trabajadores rurales y pobladores del campo, en el uso responsable de los productos fitosanitarios y sus envases en relación al cuidado de la salud y el medio ambiente. En cuanto al manejo de agroquímicos para su almacenamiento, se debe contar con un recinto de uso exclusivo, correctamente identificado, adecuadamente ventilado, permitiendo el acceso solo a personal capacitado. Se deberá establecer planes de gestión para los envases usados y restos de productos. Los aspectos implicados o derivados de la producción arrocera, como ser tomas de agua en los ríos, perdida de caudal de los mismos, contaminación por fumigaciones, depredación de fauna, forman parte de los temas a resolver o considerar en el Plan de Ordenamiento para el departamento. En este sentido resulta básica la implementación de diferentes instrumentos que permitan actuar sobre estas situaciones a partir de un concepto integral de gestión. “Las aguas superficiales, así como las subterráneas, con excepción de las pluviales, integradas en el ciclo hidrológico, constituyen un recurso unitario, subordinado al interés general, que forma parte del dominio público estatal, como dominio público hidráulico” (Artículo 47 numeral 2 de la Constitución de la República). Se hace necesario avanzar en la consolidación de las cuencas hidrográficas como espacio de participación ciudadana y de gestión de los bienes de la naturaleza. Las cuencas hidrográficas entendidas como un sistema natural, reconociendo sus componentes, su organización, funcionamiento, comportamiento y sistema natural. Se hace imperioso impulsar un plan de manejo de los recursos hídricos que permita prever reservas que aseguren la producción y un acuerdo claro acerca del cumplimiento de las normas ambientales vigentes que pongan sobre relieve el respeto por la biodiversidad y la naturaleza. Se pretende buscar la recuperación, conservación y uso sustentable de los recursos ícticos, mejorando las condiciones ambientales, de trabajo y de vida de las poblaciones ribereñas. Diferentes causas han motivado la disminución de varias especies deportivas en los diferentes cursos de aguas naturales. Podemos mencionar la pesca indiscriminada de pescadores comerciales en épocas no adecuadas, el uso de redes no permitidas por su ubicación y tamaño, y además la pesca artesanal. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Lo que se busca es volver a tener ríos repoblados de especies, donde la Pesca Deportiva sea un motor del desarrollo Turístico de la zona: competencias de pesca, excursiones de aventura, pescas especiales guiadas. Un soporte turístico de primera y una cultura de servicio al turista por parte de nuestra gente. Deberán aplicarse y controlarse las normativas vigentes en el tema pesca, tanto de brasileños que pescan en aguas uruguayas, como el comercio no legal con el vecino país. Dado el alto potencial de los recursos naturales y toda la infraestructura montada detrás del cultivo de arroz, Treinta y Tres está con condiciones de desarrollar sustentablemente la actividad acuícola y con ello diversificar su producción. Las inundaciones son un episodio recurrente en la ciudad de Treinta y Tres y en la localidad de Vergara, como consecuencia de las crecidas del Río Olimar y de los Arroyos Yerbal y Parao. En el evento de mayo del 2007, el número de evacuados en la ciudad de Treinta y Tres alcanzó a 2.800 personas y cuantiosas pérdidas económicas. Como forma de disminuir las pérdidas materiales, humanas y económicas, se hace necesario crear un plan de alerta temprana que opere en tiempo real y formar un equipo multidisciplinario que estudie y evalúe la factibilidad de canalización y drenaje en ríos, arroyos y cañadas, como forma de amortiguar las fuertes crecidas. Se hace necesario un estudio del comportamiento de los drenajes urbanos y la delimitación de zonas en las cuales no se quiere consolidar la estructura urbana por ser sectores de topografía o ubicación, fácilmente inundables. Es necesario dictar medidas de protección en el ámbito territorial previsto para la Ciudad de Treinta y Tres y su Microrregión, a los efectos de precaver la incidencia negativa de riesgos derivados de inundaciones, urbanizaciones indebidas e inconvenientes, afectación o deterioro de suelo rural productivo o áreas vulnerables o con valores paisajísticos o escénicos. De esta circunstancia se deriva la necesidad de establecer Zonas de Riesgo Periódico de Inundación sobre el comportamiento del Sistema Yerbal-Olimar en su pasaje por la ciudad de Treinta y Tres, estableciendo medidas restrictivas referentes a nuevas construcciones habitacionales, subdivisión de tierras, autorización para construcciones permanentes o temporales.

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Los cambios climáticos que se vienen dando, están generando períodos prolongados de sequía con una recurrencia cada vez mayor, provocando daños productivos y económicos de gran magnitud, lo que lleva a pensar en la necesidad de crear reservorios de agua. En los actuales sistemas de producción, el engorde de bovinos a corral ha venido adquiriendo importancia dentro del departamento. Por tal motivo se establecen distancias mínimas a centros poblados, cursos de agua, a tomas de agua superficial para captación de agua con destino a potabilización, a viviendas en predios linderos, a rutas nacionales y departamentales. Se protegerán las zonas de cargas de acuíferos, para lo cual se establecen distancias mínimas cuando el número de animales sea superior a los 5.000. La regulación de las condiciones sanitarias y ambientales de los establecimientos que realizan esta actividad, estará determinada por el Decreto 178/2010 de 7 de junio de 2010. Para la instalación, operación y/o ampliación de plantas de acondicionamiento y/o procesamiento de granos, se establecen criterios de localización, manejándose distancias mínimas respecto a viviendas de linderos. Las empresas deben contar con un plan de gestión de residuos sólidos para todos los residuos que incluya: los generados en el proceso, en la limpieza, sistemas de mitigación de material particulado y los materiales o productos que no cumplan especificaciones, no autorizándose la quema a cielo abierto. El departamento cuenta con una riqueza importante en minerales, sean éstos metálicos o no metálicos (hierro-calizas), donde existen empresas que han comenzado con las obras de instalación, básicamente en calizas, y un mega-emprendimiento para la extracción de hierro al noroeste del departamento. Las actividades mineras y extractivas se deberán regir a través de las condiciones de buenas prácticas mineras tomando en cuenta los más altos estándares internacionales, como forma de equilibrar y mitigar el impacto ambiental negativo que pueda derivar de dichas actividades. La actividad minera estará regulada de acuerdo a lo dispuesto en el decreto 110/982 de 26 de marzo de 1982. Se establece como norma general, otorgar la prioridad a la intendencia departamental de Treinta y Tres para la adquisición y/o permiso de explotación de yacimientos de materiales de construcción (balasto, piedra y arena). Se propone equilibrar estas actividades con las productivas, la preservación ambiental y los recursos naturales, definiendo distritos o ámbitos de prioridad minera. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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DIRECTRIZ 3: PROMOCIONAR Y DEPARTAMENTO.

DESARROLLAR

LAS

ACTIVIDADES

TURÍSTICAS

DEL

Dimensión territorial: Ecosistémica/Socio-Económica. Treinta y Tres posee una serie de atributos paisajísticos bien determinados y de cierto potencial, asociado a un paisaje serrano de gran atractivo, con numerosos episodios particulares, algunos de ellos de gran belleza natural (como la Quebrada de los Cuervos, Cañada del Brujo, Quebrada de Otazo o Quebrada de la Teja, etc), que le permite desarrollar actividades turísticas. Cuenta con establecimientos turísticos ubicados en el medio rural, tal es el caso de: Rincón de los Matreros, en Isla Patrulla, ruta 98 km 35; El Capricho, entrando por la Quebrada de los Cuervos a 25 km desde ruta 8; Los Plátanos, ruta 7 entrando en el km 234; Cañada del Brujo, entrada a la Quebrada de los Cuervos, 14 km desde ruta 8; La Soledad, frente a la Quebrada de los Cuervos; entrada a Quebrada de los Cuervos 18 km; entre otros. En la microrregión La Charqueada-Cebollatí se han identificado 188 especies de aves, significando más del 41 % de las especies que se registran en todo el Uruguay, especies de importancia internacional para la conservación: ñandú (Rhea americana), capuchino garganta blanca (Sporophila palustris), capuchino de collar (Sporophila zelichi), viudita blanca grande (Xolmis dominicana), dragón (Xanthposar flavus), entre otros; aquellas de interés nacional: pato criollo (Carina moschata), pato crestudo (Sarkidiornis melanotos), pato media luna (Anas discors), águila pescadora (Pandion haliaetus), burrito amarillo (Porzana flaviventer), entre otros. Otra aves de gran belleza como el cisne coscoroba (Coscoroba coscoroba), espátula rosada (Ajaia ajaja), el chajá (Chauna torqueata), el federal (Amblyramphus holoserius); así como aves migratorias: chorlo cabezón (Oreopholus ruficollis), chorlo pecho canela (Charadrius modestus), el sobrepuesto (Lessonia rufa), entre otros. La presencia de estas aves, permite desarrollar el turismo de observación de aves. Realizando un paseo en Caraguatal-La Charqueada, se puede observar la pajonalera pico recto (Limnoctites rectirostris), especie amenazada a nivel mundial, también se puede observar el espinero (Anumbius annumbi), el chimango (Milvago chimango), el halcón caracolero (Rostrhamus sociabilis), el cuclillo común (Coccyzus melacoryphus), entre otros. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Desde la localidad de La Charqueada hasta su desembocadura en la Laguna Merín, se puede observar el águila pescadora (Pandion haliaetus), biguás (Phalacrocorax brasilianus), garzas y especies de monte ribereño, como el pitiayumí (Parula pitiayumí), el ligerito (Phylloscartes ventralis), la paloma montaraz (Leptotila verreauxi), entre otras. El paseo Caraguatalí-La Charqueada, es propiedad privada y un lugar de avistamiento de aves, donde se puede observar la pajonalera pico recto (Limnoctites rectirostris), especie que se encuentra amenazada a nivel global. También es posible observar el espinero (Anumbius annumbi), el chimango (Milvago chimango), el halcón caracolero (Rostrhamus sociabilis) y el cuchillo común (Coccyzus melacoryphus), entre otras especies. Ingresando por el kilómetro 339 de la ruta 17, rumbo a Villa Passano, es posible observar aves típicas del monte ribereño, como el pitiayumí (Parula pitiayumí), el ligerito (Phylloscartes ventralis) y la paloma montaraz (Leptotila verreauxi), entre otras. En esta directriz, se propone asegurar la permanencia de las especies, generando emprendimientos responsables y sostenibles, como herramienta para su efectiva conservación. Los Cerritos de Indios son elevaciones de tierra construidas por las poblaciones indígenas que habitaron la región desde hace 4.500 años hasta la llegada de los colonizadores europeos. Están vinculados a ecosistemas de gran biodiversidad, como los bañados, ríos y lagunas, aunque también es posible localizarlos en las sierras próximas. Fueron utilizados como lugares para vivir, como cementerios, espacios de reunión y celebración, también como áreas para cultivos, sirviendo también como marcadores de territorios. Están construidos con materiales diversos: tierra, fragmentos de rocas, restos de instrumentos y vasijas, tierra quemada, desechos de alimentos y otros materiales orgánicos. Se trata de pequeños montículos, con base circular, cuyos diámetros varían entre los 30 y 60 metros y alturas que van desde los 40 metros hasta los 5 metros. En general, los situados en las sierras y cuchillas, suelen tener menor altura y casi no tienen Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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vegetación arbórea, en cambio, los localizados en los bañados, tienen mayores dimensiones y muchos de ellos se encuentran cubiertos por árboles nativos. Constituyen testimonios de asentamientos que variaron con el tiempo y en el espacio, con itinerarios culturales propios; en el departamento de Treinta y Tres, se sitúan en el noreste, desde la cuchilla de Dionisio hacia la zona pantanosa de la Laguna Merín. En la ruta 91, en el tramo que une las localidades de Vergara y La Charqueada, se localiza una gran cantidad de cerritos. En la localidad de Vergara se encuentra el Museo Antropológico. En diferentes áreas sobre el Río Cebollatí, en las proximidades de la localidad La Charqueada y en su desembocadura con la Laguna Merín, se encuentran Paleo niveles de la Era Cuaternaria, de una gran belleza. Recientemente descubiertos, Amontonamientos Artificiales de Piedras Prehispánicos, estructuras localizadas en varias partes del país y en nuestro departamento, como ser en: Sierra de Pitamiglio, Sierra de Araujo, Cerro Méndez, Cerro Verde en Valentines, Cuchilla Las Pavas, etc, de gran valor histórico, cultural y arqueológico. La forma de los referidos montones es cónica, circular o elíptica y sus dimensiones son pequeñas, variando entre dos o tres metros de diámetro por 0,50 a 1,5 metro de altura. Yacen directamente sobre la tierra unos y otros sobre la roca del suelo, muchos se encuentran actualmente destruidos. Por lo general se ubican en la cima de pequeñas elevaciones del terreno y están constituidas por un amontonamiento de piedras. De acuerdo a investigadores, quienes realizaron estas construcciones pertenecían a algunas de las culturas aborígenes que poblaron nuestra campaña cientos o quizás miles de años atrás y creen que se trate de construcciones con finalidad ceremonial mágico-religiosa desconocida, tumbas, proyección terrestre de astros celestes, entre otras aplicaciones. Hacer un reconocimiento de áreas para desarrollar el Turismo de Naturaleza, a partir de los singulares recursos rurales existentes, mediante una explotación sustentable física, espacial y ecológica; apuntando a un desarrollo del potencial turístico del departamento y reflejar la evaluación de sus recursos naturales y los activos socio culturales.

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Se propone un modelo de desarrollo que se apoye en un mayor acceso a los recursos naturales y un tipo de explotación de los mismos que preserve el equilibrio entre el marco natural y los asentamientos humanos y productivos existentes. El departamento presenta una variedad y calidad de paisajes que permite pensar en el desarrollo de una actividad turística diversa, con acceso a las playas de la Laguna Merín, las áreas de valor eco-sistémico y el paisaje serrano. Tanto en la región serrana como en la de planicies, cuenta con lugares muy aptos para el desarrollo de prácticas turísticas sostenibles. Existen aspectos histórico-culturales de gran importancia que se pueden desarrollar fuertemente como atractivos turísticos; todos ellos constituyen un patrimonio de destacada importancia y aún no desarrollados adecuadamente. La promoción y la capacitación, son dos herramientas fundamentales a desarrollar para poder efectivizar la presente directriz.

DIRECTRIZ 4: PROTECCIÓN Y VALORIZACIÓN DE LOS ECOSISTEMAS SINGULARES, DEL PATRIMONIO NATURAL Y CULTURAL. Dimensión territorial: Ecosistémicas La protección de las áreas rurales de paisaje natural, se trata de los paisajes serranos en general, con especial cuidado de las áreas de naciente de los recursos hídricos, montes nativos, etc. En el departamento de Treinta y Tres se encuentra la Quebrada de los Cuervos (Paisaje Protegido), ya ingresada al SNAP y en distinto estado de estudio la denominada Sierras del Tigre (Paisaje Protegido) y la Laguna Merín (Área protegida con recursos manejados). Quebrada de los Cuervos: Ecosistemas de bosques de quebrada, área asociada a la conservación del sistema de la Cuchilla Grande, Protección de cabeceras de cuencas. Sierras del Tigre: Ecosistemas de praderas naturales sobre la unidad de paisaje de colinas, bosque serrano y ribereño, paisaje serrano y de colinas, vegetación de bosque serrano y praderas, conservación de importantes poblaciones de aves rapaces, Patrimonio histórico. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Laguna Merín: Ecosistemas de bañados, bosque marginal, conservación de sistemas de playas de la Laguna Merín, paisaje de bañados y lagunar, conservación de bosques ribereños, conservación de aves acuáticas y migratorias, Patrimonio histórico– arqueológico. Estas tres zonas forman parte de los Bañados del Este, que comprende las cadenas de sierras que atraviesan los cinco departamentos (Rocha, Lavalleja, C. Largo, Maldonado y Treinta y Tres), donde nacen las aguas de bañados y lagunas, los cuales conforman el corazón de los humedales, junto a la franja costera atlántica y a la imponente reserva de agua dulce de la Laguna Merín. Existen zonas que poseen iniciativas de conservación y uso racional de los recursos naturales, como los denominados sitios RAMSAR y la Reserva de Biósfera Bañados del Este. La importancia de la región este con respecto a la biodiversidad fue formalmente reconocida con su designación como Reserva de Biosfera por el Programa MAB (1976), originalmente con un área de 200.000 hás., y como sitio Ramsar en 1984 por su importancia en relación a las aves acuáticas migratorias. Actualmente la Reserva de Biosfera Bañados del Este cuenta con una superficie total de 1.250.000 ha, de acuerdo a la nueva delimitación aprobada en el año 2004. El área abarca parte de la Cuenca de la Laguna Merín y la vertiente atlántica y se extiende por los territorios de los departamentos de Cerro Largo, Maldonado, Rocha y Treinta y Tres. Las particulares riquezas naturales de la zona, la belleza de sus paisajes y la rica tradición en el uso de sus recursos ofrecen perspectivas muy interesantes para el desarrollo de actividades productivas y turísticas basadas en el uso racional de los recursos. Los recursos hídricos en la Reserva son elementos esenciales tanto para la conservación de los humedales y de la vida silvestre como para la actividad arrocera, una de las principales producciones agropecuarias de la región. Parte del área de la cuenca está protegida por convenios internacionales (especialmente el Convenio de RAMSAR de protección de zonas húmedas de importancia internacional) y por normas nacionales (Art. 458 Ley 16.170 y Decreto 527/992) que han declarado áreas protegidas sobre las que se aplican restricciones de uso, sobre tierras de particulares con fines de conservación. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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La importancia de los humedales radica en que son esenciales para el abastecimiento de agua potable, el mantenimiento de la diversidad biológica, la atenuación de los efectos del cambio climático, la recarga de las aguas subterráneas y la lucha contra las inundaciones, aspectos éstos que llevan a la conservación y al uso racional de los mismos. Los sitios Ramsar localizados en el territorio departamental, incluyen, los humedales de la “séptima baja” y el Bañado de las Tres Islas, en las costas de la Laguna Merín; así como también, las planicies de los sectores inferiores de los cursos Cebollatí, Olimar, Tacuarí; así como también, las lagunas Guacha y de las Garzas, entre otras lagunas menores, próximas a las costas de la Laguna Merín. El Área Natural Laguna Merín, con una superficie de 165.000 hás, se crea en el año 1992, por decreto del Poder Ejecutivo (n° 527/92), estando contenida en la Ley n° 17.234, del año 2000. La política de prohibición de cultivar en las llanuras bajas aplicada por el Estado, hasta ahora se utiliza con el objetivo de conservación de la diversidad biológica. La importancia de la reserva para la conservación de la diversidad biológica está dada por la diversidad de hábitat, que albergan la mayor parte de la biota de Uruguay y un gran número de formas singulares y/o endémicas de interés para la conservación de la biodiversidad a escala global. El siguiente Gráfico muestra la delimitación de la Reserva de Biosfera Bañados del Este, de acuerdo al Documento de Trabajo N° 37 de la UNESCO, año 2007, donde se delimita el área RAMSAR en verde claro.

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El siguiente cuadro muestra la propuesta de PROBIDES, donde se adoptan tres clasificaciones de áreas protegidas de las seis elaboradas por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN): Parque Nacional, Paisaje Protegido y Área Protegida con Recursos Manejados.

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Gráfico N° 26 - Clasificación de Áreas Protegidas propuesta por PROBIDES

Los usos fundamentales de estos territorios: agrícola-ganadero extensivo y turismo recreativo rural, están amenazados por la categorización de bastas áreas de la zona como de prioridad forestal. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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El conflicto de usos que en algunos casos surge a partir de la implantación de proyectos forestales, plantea la necesidad de establecer criterios y gestionar herramientas de control, particularmente en la cuenca alta. Debe tenerse en cuenta que se trata de ecosistemas constituidos por “diversidades” de componentes que interactúan y que además están en permanente cambio. Este aspecto implica que no pueden tomarse decisiones en forma homogénea debiendo considerarse particularmente aquellas zonas más sensibles, frágiles o vulnerables. De allí la importancia de reconocer y categorizar el suelo. En este sentido interesa la identificación de “zonas de fragilidad o vulnerabilidad”, indicándose aquellos sitios de particular valor por sus condiciones ecosistémicas (Humedales, Laguna Guacha, Laguna de las Garzas, Laguna del Cerro), paisajísticas (Quebrada de Otazo o Quebrada de la Teja, Sierra del Tigre, Cañada del Brujo y Quebrada de los Cuervos), turística-paisajística (Isla del Padre), o de interés histórico, cultural y arqueológico (Cerritos de Indios, Paleo niveles de la Era Cuaternaria, Amontonamiento Artificial de Piedras Prehispánicas), siendo fundamentales de proteger y priorizar las actuaciones sobre estas porciones del territorio. El conflicto de usos que en algunos casos surge a partir de la implantación de proyectos forestales, plantea la necesidad de establecer criterios y gestionar herramientas de control, particularmente en la cuenca alta, estableciéndose la creación de áreas de amortiguación exentas de forestación para el caso de la Quebrada de la Teja, Cañada del Brujo, Sierra del Tigre, y para aquellas áreas con características históricas, culturales y arqueológicas, como ser los Cerritos de Indio y los Amontonamientos Artificiales de Piedras Prehispánicos. Existen zonas ambientales en el territorio del departamento, definidas en función de presentar algún tipo de valor significativo particular: valores históricos, culturales o arqueológicos, como los Cerritos de Indios, los Paleoniveles del Cuaternario, Amontonamientos Artificiales de Piedras Prehispánicas; valores paisajísticos de relevancia, como en el caso de la Sierra del Tigre, Quebrada de Otazo o Quebrada de la Teja, Cañada del Brujo; ser significativos por su gran biodiversidad, como es el caso de las llanuras y los humedales asociados a la Laguna Merín, la Laguna de las Garzas y la Laguna Guacha; o bien, como en el caso de la Quebrada de los Cuervos, presentar ambos valores significativos.

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DIRECTRIZ 5: PROMOVER EL DESARROLLO DE LAS LOCALIDADES Dimensión territorial: Socio-Económica. El crecimiento demográfico del departamento es negativo, con una fuerte migración a Montevideo y Maldonado principalmente; proceso que está fuertemente relacionado con la falta de fuentes de trabajo y aspectos educativos. En las últimas décadas se ha venido dando un vaciamiento del interior del departamento, con una alta concentración de la población en la capital departamental. Las líneas de acción propuestas tienden a mejorar los aspectos socio-culturales del departamento y contribuir a la permanencia de la población en los centros poblados; dotar de servicios básicos suficientes a todas las localidades; fomentar la creación de fuentes de trabajo; atender la demanda laboral del sector productivo; promover la cultura en todo el departamento; garantizar el acceso a una vivienda confortable; garantizar el acceso a las tecnologías de la información y comunicación en todo el departamento; desarrollar la electrificación rural, promoviendo el uso de energías renovables o de alternativa (eólica, solar, biomasa, etc); crear espacios libres de uso público, como ámbito de interacción social y participación ciudadana, lugar de ocio y esparcimiento.

DIRECTRIZ 6: MEJORAR LA GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL Dimensión territorial: Ecosistémica Lo que se pretende con esta directriz, es que cualquier empresa, de cualquier índole, pueda llevar a cabo sus actividades tomando una postura amigable con el medio ambiente. Las empresas guardan una estrecha relación con el mismo, cuyos efectos pueden llegar a ser de una importancia significativa, por lo tanto, su deber es minimizar el daño ambiental a través de una política ambiental responsable. El objetivo primordial es unir esfuerzos para alcanzar un desarrollo sostenible concientizando sobre la importancia de la contaminación ambiental por parte de todos los actores. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Ciertos efectos pueden evitarse o mitigarse acatando normas de desempeño, directrices y criterios de diseño generalmente reconocidos. Entre los factores ambientales y laborales relacionados figuran los siguientes: manejo de desechos sólidos, emisiones atmosféricas, protección contra incendios, seguridad personal y respuesta a emergencias. Esta directriz plantea una serie de herramientas a adoptar, a los efectos de mejorar la gestión medioambiental de las empresas:  Desarrollar sistemas de gestión que permitan mejorar el desempeño medioambiental, contemplando eventuales impactos sobre la salud y seguridad.  Establecer medidas que permitan recoger y evaluar la información relativa de sus actividades sobre el medio ambiente, la salud y la seguridad, fijando objetivos y metas cuantificables relacionados con la mejora de los resultados medioambientales.  Mantener planes de emergencias destinados a prevenir, atenuar y controlar los daños graves para el medio ambiente y la salud derivados de sus actividades.  Proporcionar una educación y formación adecuadas a los empleados en materia de medio ambiente, salud y de seguridad; incluido manipulación de materiales peligrosos y la prevención de los accidentes medioambientales. Por su parte la IMTT deberá: 

Preservar y proteger las áreas naturales más singulares y valiosas, así como todas aquellas áreas que merecen especiales medidas de protección.

Impulsar acciones de prevención de la contaminación en las corrientes de aguas y suelos, así como el sistema de tratamiento de residuos líquidos y sólidos.

Instrumentar programas tendientes a la educación ambiental y toma de conciencia ciudadana.

Estudiar los impactos sonoros y sobre la calidad del aire en diferentes escenarios de desarrollo.

En todos los casos se trabajará coordinadamente con DINAMA.

El crecimiento de la población, los estilos de vida, el sobreconsumo y la aparición de una cultura de producción que privilegia lo desechable por sobre lo retornable, han transformado a la basura en uno de los principales problemas ambientales y de contaminación existentes, el cual es necesario afrontar a través de estrategias de gestión y manejo adecuados. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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El manejo y tratamiento de residuos sólidos en las ciudades se debe realizar con una visión integral que considere los factores propios de cada localidad para asegurar su sostenibilidad y beneficios. El objetivo del servicio de limpieza pública, cualquiera sea el tamaño de la localidad, es proteger la salud de la población y mantener un ambiente agradable y sano. Esto se logrará si el servicio de limpieza pública atiende a la mayoría de los pobladores y si maneja adecuadamente cada etapa, desde la producción y almacenamiento en el hogar hasta la disposición final. El reciclado, es una de las alternativas utilizadas en la reducción del volumen de los residuos sólidos. Se trata de un proceso que consiste básicamente en volver a utilizar materiales que fueron desechados y que aún son aptos para elaborar otros productos o refabricar los mismos. Dentro de los materiales reciclables tenemos: los metales, el vidrio, el plástico, el papel o las pilas. El compostaje es otra alternativa para reducir los residuos orgánicos; es la forma que tiene la naturaleza de reciclar sus propios residuos. Se trata de la descomposición controlada de materiales orgánicos por la acción de varios microorganismos e invertebrados. Más del 50% de los residuos domésticos pueden reciclarse con este método. En la actualidad se han realizado trabajos en procura del mejoramiento del sistema de disposición final y en el sistema de recolección de los residuos sólidos urbanos, en la ciudad de Treinta y Tres. Para ello se ha implementado un nuevo sistema de recolección a través del uso de contenedores de residuos, mejorando significativamente la higiene de la ciudad y la gestión municipal. Conjuntamente con ello se han realizado trabajos tendientes a mejorar la disposición final en el vertedero, confinando, compactando y reorganizando el área disponible para el vertido de los residuos sólidos domiciliarios. Se construyó un sistema de desvío de aguas pluviales de la cuenca, una laguna de lixiviados con filtros y procesamiento biológico, para que los residuos sean removidos antes de alcanzar el curso receptor y mejorado sus condiciones sanitarias.

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Como forma de subsanar y prevenir daños al medio físico, fomentando el uso sostenible de los recursos naturales, se propone impulsar un proyecto de construcción de una planta de reciclado.

DIRECTRIZ 7: PROMOVER LA DIVERSIFICACIÓN DE LA MATRIZ ENERGÉTICA Dimensión territorial: Ecosistémica Esta directriz apunta a fomentar la producción energética a partir de fuentes renovables, aprovechando el potencial que tiene el departamento. Para ello se hace necesario planificar y prever el uso de energías alternativas, a través de proyectos de plantas de generación en base a energía eólica, proyectos de plantas de generación en base a energía de biomasa, proyectos de plantas de generación en base de energía solar, en base a energía hidráulica, entre otras. Cualquiera de las plantas mencionadas anteriormente, requieren de estaciones de transformación y líneas de transporte o conducción, que conecten la planta con la red eléctrica nacional. En todo el departamento y en aquellos lugares en que la dotación de recursos naturales así lo indique, se podrán realizar actividades de energía renovable previa autorización de la Intendencia de Treinta y Tres, en las condiciones que ella determine en cada caso. Generación en base a energía eólica La energía eólica, no contamina el medio ambiente con gases ni agrava el efecto invernadero, es una valiosa alternativa frente a los combustibles no renovables como el petróleo, el departamento presenta lugares en donde se puede desarrollar este tipo de energía. El departamento cuenta con excelentes posibilidades de aprovechamiento de la energía del viento, con elevadas velocidades medias anuales para, las cuales, la captación de energía se hace notablemente conveniente. Para la localización de los parques eólicos y con el objeto de evitar un impacto no deseado sobre el entorno de los núcleos de población y de las edificaciones habitadas permanentemente, se establece una distancia mínima de protección de 300 metros desde el perímetro exterior de los mismos a los aerogeneradores. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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De igual forma, los parques eólicos se deben localizar a una distancia mínima de 120 metros del eje de las carreteras, y a una distancia mínima de vez y media su altura respecto a los tendidos eléctricos; además no podrán ocupar cortafuegos ni caminos rurales existentes. Se deberá respetar una distancia mínima de 200 metros para bosques naturales (especies autóctonas) y áreas definidas como ecoturísticas. Generación en base a energía de biomasa Este término es utilizado para referirse al combustible energético que se obtiene directa o indirectamente de recursos biológico (madera, residuos agrícolas). El desarrollo de proyectos productivos, como el forestal o arrocero, pueden ir asociados a la implantación de complejos industriales para la manufactura de la materia prima y de plantas de generación térmica en base a biomasa. El gran crecimiento de la forestación en el departamento, permite pensar en esta alternativa, por su parte ALUR ha iniciado un proyecto de producción de girasol para tal fin. Generación en base a energía a energía solar Se denomina Energía Solar, a los sistemas que aprovechan la radiación solar incidente sobre la tierra para calefacciones y/o generar energía eléctrica. Las plantas de generación en base a energía solar, pueden ser de tipo solar fotovoltaica o solar térmica de concentración. Nuestro país posee muy buenas condiciones, en la totalidad de su territorio.

3. LÍNEAS DE ACCIÓN ESTRATÉGICAS

Directriz N° 1 – EQUILIBRAR LA MOVILIDAD EN EL TERRITORIO 1) MEJORA DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL

Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Captar la inversión pública y privada. b. Coordinar con los organismos competentes el desarrollo y consolidación del sistema vial de conexiones transversales existentes. c. Mejorar la red de caminos rurales. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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d. Construcción de la infraestructura vial faltante. e. Ampliación de servicio de transporte público. f. Coordinar con el Gobierno Nacional la construcción y el mantenimiento de las rutas nacionales y departamentales. g. Promover ante las autoridades competentes, la conectividad con los Departamentos vecinos.

2) PROMOVER LA REACTIVACIÓN DE LÍNEAS FÉRREAS PARA CARGA

Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Coordinar con las instituciones competentes o quien lo gestione, la mejora en el sistema férreo existente. b. Coordinar con las instituciones competentes o quien lo gestione, la construcción de nuevos ramales desde los centros de producción.

3) DESARROLLAR LAS INFRAESTRUCTURAS QUE PERMITAN GENERAR UN POLO LOGÍSTICO EN LA LOCALIDAD DE LA CHARQUEADA Y LA FÁCIL CIRCULACIÓN FLUVIAL HACIA LA LAGUNA MERÍN

Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Impulsar la mejora de la ruta 17 (Treinta y Tres‐Gral. Enrique Martínez). b. Impulsar la construcción del ramal Estación Sanz‐Gral. Enrique Martínez . c. Promover junto al organismo competente o quien lo gestione, el dragado del río Cebollatí hasta su desembocadura con la Laguna Merín. d. Impulsar la localización de actividades logísticas y portuarias sobre el río Cebollatí a la altura de la localidad Gral. Enrique Martínez (Charqueada), dentro del marco de políticas públicas de promoción a la Hidrovía Uruguay-Brasil. e. Promover ante los órganos competentes el desarrollo de los servicios necesarios que permitan viabilizar el desarrollo del polo logístico. f. Promover el fortalecimiento de integración brasileño-uruguayo, sobre transporte fluvial y lacustre en la Hidrovía Uruguay-Brasil.

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4) PROMOVER EL DESARROLLO DEPARTAMENTO.

DE

LA

AERONÁUTICA

EN

EL

Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Propender al desarrollo de las infraestructuras necesarias para la navegación aérea, dotándola de las instalaciones y servicios necesarios para la atención de las aeronaves, los requerimientos del tráfico, el embarque y el desembarque de pasajeros y la carga de acuerdo a las normas vigentes.

Directriz N° 2 – PROMOVER Y REGULAR EL DESARROLLO DE LA PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, MINERA Y PESQUERA A TRAVÉS DEL USO Y MANEJO RESPONSABLE Y SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES y CULTURALES PROTECCIÓN Y MANEJO RESPONSABLE DEL RECURSO AGUA 1) MECANISMOS DE CONTROL DE LA CONTAMINACION Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Velar por el cumplimiento de las normas vigentes sobre aplicación de agroquímicos y control ambiental en estas actividades. b. Coordinar ante la autoridad competente la generación de los mecanismos para el control efectivo y el cumplimiento de la normativa vigente (en especial, art. 137 de la Ley 13.640 de 29 de diciembre de 1957 sobre Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones y Decreto N° 367/968 de 6 de junio de 1968), modificativas y concordantes. c. Establecer la obligatoriedad para los titulares de las explotaciones que utilicen sustancias contaminantes (agroquímicos-fitotóxicos, etc) que asignen un recinto exclusivo para almacenamiento y manejo, adecuado y de acceso restringido solamente a personal capacitado para su almacenamiento. d. Obligatoriedad de planes de gestión para los envases usados y residuos de productos químicos.

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2) IMPULSAR Y GENERAR MAYORES RESERVAS DE AGUA Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Impulsar un plan departamental y regional de reserva y manejo sostenible de acuíferos. b. Impulsar las facilidades de canales, represas y embalses con restricto apego a la salvaguarda de los caudales que aseguren la sustentabilidad del recurso comprometido. c. Impulsar y potenciar el desarrollo pesquero y turístico.

3) CONSERVACIÓN AMBIENTAL, CONTROL Y MANEJO INTEGRADO DE LOS RECURSOS HÍDRICOS Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Impulsar un plan de control y monitoreo ambiental. b. Establecer medidas de protección de la faja costera de los ríos, arroyos y lagunas. c. Implementar sistemas de monitoreo para asegurar el mantenimiento de las principales características de los recursos hídricos.

4) ACCESIBILIDAD A LA COSTA DE LA LAGUNA MERÍN Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Velar por el cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 47 de la Constitución de la República y Artículo 6 literal e de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible. b. Promover en primera instancia, acuerdos para acceder a la costa de la Laguna Merín o cualquier curso de agua, sin perjuicio de la oportuna aplicación de los poderes-deberes del gobierno departamental al respecto.

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5) PREVENIR, MITIGAR Y CONTROLAR, EN EL MARCO DE LAS COMPETENCIAS Y MARCOS JURÍDICOS DEL GOBIERNO DEPARTAMENTAL Y EN COORDINACIÓN CON LOS ORGANISMOS COMPETENTES NACIONALES, LOS EFECTOS DE LAS INUNDACIONES, SEQUÍAS Y OTRAS INCLEMENCIAS CLIMÁTICAS Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Promover la creación de un plan de alerta temprana en coordinación con las autoridades y organismos competentes.

b. Generar las condiciones que garanticen la actuación inmediata y efectiva ante situaciones de inundación y sequías, instrumentando mecanismos de gestión y monitoreo de riesgos, además del control de los impactos negativos. c. Estudiar el comportamiento de los drenajes urbanos y la delimitación de zonas en las cuales no se quiere consolidar la estructura urbana por ser sectores de topografía o ubicación, fácilmente inundables. d. Dictar medidas de protección en el ámbito territorial a los efectos de precaver la incidencia negativa de riesgos derivados de inundaciones, urbanizaciones indebidas e inconvenientes, afectación o deterioro de suelo rural productivo o áreas vulnerables o con valores paisajísticos o escénicos. e. Establecer Zonas de Riesgo Periódico de Inundación, definiendo las medidas restrictivas referentes a nuevas construcciones habitacionales, subdivisión de tierras, autorización para construcciones permanentes o temporales, etc. f. Incorporar a la Ordenanza Departamental de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, zonas de riesgo periódico de inundación establecidas.

MANEJO RESPONSABLE DEL USO Y OCUPACIÓN DEL SUELO 1) REGULACIÓN DEL USO PARA LA CONSERVACIÓN DE LOS SUELOS Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Promover ante las autoridades nacionales la efectiva implementación de los planes de manejo que consideren la aptitud y capacidad de los suelos, de acuerdo a las normas sectoriales aplicables. b. Velar por el cumplimiento a lo establecido en la Ley 15.239 de 23 de diciembre de 1981 sobre Uso y Conservación de suelos y aguas y la Ley N° 18.610 de 2 de octubre de 2009 sobre Política Nacional de Aguas, en lo que a los gobiernos departamentales corresponde. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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2) HERRAMIENTAS PARA LA VIABILIDAD DE PROYECTOS FORESTALES CON FINES INDUSTRIALES Regulaciones Básicas: a. Los proyectos forestales con fines industriales quedan limitados a las áreas de prioridad forestal, debiéndose dar cumplimiento en su desarrollo a las normas vigentes. b. Se establece un área de amortiguación exenta de forestación en una extensión de 40 mts de las nacientes de ríos y arroyos y un área adyacente a ésta de 40 mts en donde la densidad de plantas sea significativamente menor al resto del área. c. Se estable un área de amortiguación exenta de forestación de 20 mts a ambos lados de las riberas de los cursos de agua naturales (ríos y arroyos). d. Se establece un área de amortiguación exenta de forestación próxima a las localidades: de 1.000 mts para localidades con una población mayor a 500 habitantes, y de 300 mts para localidades con una población menor a 500 habitantes, sin perjuicio de las plantaciones de sombra, ornato, paisaje y abastecimiento doméstico. e. Todo emprendimiento forestal podrá estar localizado a una distancia mínima de 12 mts. de rutas nacionales, carreteras y líneas de ferrocarril, desde los alambrados perimetrales. f. Para las líneas de alta tensión, se establece las distancias indicadas en la reglamentación de UTE, que varían según la tensión de las líneas. g. En las zonas de interés arqueológico se establece un radio protector de 30 mts., medidos desde el punto medio de la zona; si ésta tuviese un radio superior a 30 mts., se procederá a contar 10 mts. desde el límite externo. h. Las oficinas departamentales estudiarán los casos especiales u otros, y podrán exigir evaluaciones de impacto ambiental y territorial de acuerdo a instrucciones que se impartirán a los promotores por las oficinas técnicas departamentales, todo sin perjuicio del cumplimiento de la normativa nacional aplicable. i. Se establece una zona de amortiguación exenta de forestación de 40 mts próxima a las áreas naturales establecidas como vulnerables y aquellas con potencial turístico. j. Se dará cumplimiento a lo establecido en el Decreto 849/988 de 14 de diciembre de 1988 sobre Prevención y combate de incendios forestales. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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k. Las áreas forestadas anteriormente al presente decreto, que no cumplan con las distancias establecidas precedentemente, regularizarán las mismas, en el proceso de reforestación. l. Se permitirá un 20 % máximo de plantaciones en suelos accesorios, dentro de un mismo predio. m. Aquellos emprendimientos que incluyan más de un 20% y no más del 30% de plantaciones en suelos accesorios, debidamente fundamentados, serán enviados a la Junta Departamental para su estudio, quién dará su anuencia a fin de aceptar o rechazar la propuesta planteada.

3) EQUILIBRAR LAS ACTIVIDADES EXTRACTIVAS CON LAS PRODUCTIVAS, LA PRESERVACION AMBIENTAL Y LOS RECURSOS NATURALES Regulaciones Básicas: a. La IDTT tendrá prioridad para la adquisición y/o permiso de explotación de yacimientos de materiales de construcción (áridos). b. En las proximidades a áreas a proteger por sus características ecosistémicas, turísticas, culturales, históricas y /o arqueológicas, se establece una zona de amortiguación de 40 mts. como forma de no comprometer su conservación. Dicha distancia podrá ser modificada según la escala del proyecto y de los recursos a conservar, siendo competencia de la IDTT el estudio caso a caso. c. La explotación de los recursos naturales no renovables del subsuelo del Departamento de Treinta y Tres, se deberá realizar racionalmente, en función de sus características estratégicas para el desarrollo económico local y regional, con responsabilidad social y ambiental. d. La actividad minera estará regulada de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 110/982 de 26 de marzo de 1982, modificativas y concordantes y por las presentes Directrices Departamentales. e. Para las explotaciones que se realicen dentro del territorio del Departamento de Treinta y Tres, se exigirá la aplicación de buenas prácticas mineras según los más altos estándares internacionales, como forma de equilibrar y mitigar el posible impacto ambiental negativo que dichas explotaciones puedan producir, lo que se coordinará con las autoridades nacionales para realizar los diferentes controles ambientales, poniéndose especial atención en el cuidado de los cursos de agua que puedan verse afectados por éstas actividades. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Coordinar con los organismos competentes, la planificación en áreas de factible explotación de minerales (metálicos o no), exigiéndose se respeten las presentes Directrices Departamentales. b. Definir distritos o ámbitos de prioridad minera, compatibles con otras actividades productivas. c. Promover procesos de industrialización de los recursos mineros y de aquellas actividades vinculadas a la industria derivada de la extracción minera en el departamento.

PROMOCIÓN Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LAS ACTIVIDADES AGROPECUARIAS y AGROINDUSTRIALES 1) DIVERSIFICAR LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Aprovechar las potencialidades de la región para articular el desarrollo de otras actividades. b. Promover los emprendimientos que generen valor agregado a las actividades productivas, favoreciendo la complementariedad. c. Generar espacios destinados a la capacitación técnica y de gestión empresarial (emprendimientos de pequeña escala), en coordinación con las autoridades competentes.

2) HERRAMIENTAS PARA LAS ACTIVIDADES DE ENGORDE A CORRAL Regulaciones Básicas: a. Se establece una distancia mínima a centros poblados de 5.000 mts. b. En lo referido a condiciones sanitarias y ambientales, se dará cumplimiento a lo establecido en el Decreto 178/2010 de 7 de junio de 2010. c. Se establece una distancia mínima a los cursos de agua de 200 mts., tomados desde el límite exterior del punto más próximo del corral o la zona de apilado de estiércol, cuya distancia podrá variar de acuerdo a la ubicación y topografía del terreno. En esos casos particulares, la Intendencia Departamental hará un estudio caso a caso. d. Se establece una distancia mínima de 5.000 mts. a toma de agua superficial para captación de agua con destino a potabilización. En aquellos casos en que Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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e. f.

g. h.

la cuenca de captación sea menor a 200 km2 no se permite llevar a cabo dicha actividad. Se establece una distancia mínima de 200 mts a rutas nacionales o departamentales. Para instalaciones mayores a 5.000 animales, se deben realizar estudio hidrogeológico en el área de influencia, para determinar si se encuentra en una zona de recarga de acuíferos. Se establece una distancia mínima a viviendas en predios linderos de 500 mts. Para evitar la contaminación paisajística y mitigar los malos olores se recomienda implementar diferentes mecanismos al respecto, con la aquiescencia de las autoridades competentes.

3) HERRAMIENTAS PARA LA INSTALACIÓN, OPERACIÓN Y/O AMPLIACIÓN DE PLANTAS DE ACONDICIONAMIENTO Y/O PROCESAMIENTO DE GRANO Regulaciones Básicas: a. Todas las instalaciones vinculadas a sus operaciones, deberán estar localizadas a una distancia mínima de 200 mts. respecto a viviendas de linderos. b. Deberán contar con un plan de gestión de residuos sólidos, que incluya los generados: durante el proceso, en la limpieza, en los sistemas de mitigación de material particulado y en los materiales o productos que no cumplan especificaciones. c. Deberán contar con playa de estacionamiento para camiones, la que deberá tener capacidad mínima adecuada a la demanda máxima de la zafra. d. En caso de existir almacenamiento transitorio, deberá ser en condiciones que no generen olores, dispersión de material particulado a predios linderos o afecte la calidad ambiente. e. Para el manejo de productos agroquímicos, deberán de contar con un recinto de uso exclusivo, correctamente identificado, adecuadamente ventilado y de acceso restringido solamente a personal capacitado para su almacenamiento. f.

Deberán de contar con planes de gestión para los envases usados y restos de productos.

g. Todas estas actividades deberán contar con habilitación de la Intendencia de Treinta y Tres.

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4) PROTEGER LA PRODUCCIÓN FAMILIAR Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Se promoverá, estimulará y protegerá la producción familiar, a través de programas de fomento a la producción (ganadera, hortícola, granjera, apícola, entre otras), que tengan como objetivos facilitar el acceso a alternativas tecnológicas y formación, a través de convenios con instituciones públicas, privadas y ONGs. b. Coordinar con organismos públicos, privados y ONGs, proyectos que atiendan aspectos de manejo de la cría, manejo de pasturas naturales y sembradas, producción y uso de reservas de forrajes y suplementación, riego, infraestructuras de producción, etc.

PROMOCIONAR Y DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA PESCA 1) CONTROLAR LA ACTIVIDAD PESQUERA Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Coordinar con el órgano competente (DINARA), la regulación y control de la veda de pesca. b. Se velará el cumplimiento de las normas vigentes. c. Se promoverá la creación de mercados estables e infraestructuras.

2) ACTIVIDADES PRODUCTIVAS RELACIONADAS CON LA PESCA Son Proyectos Estratégicos: a. Promocionar, apoyar y desarrollar la acuicultura a nivel departamental. b. Promover el agregado de valor a los productos obtenidos con la pesca.

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Directriz N° 3 – PROMOCIONAR Y DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES TURÍSTICAS DEL DEPARTAMENTO 1) PUESTA EN VALOR DE LAS CUALIDADES DEL PAISAJE NATURAL Y CULTURAL DE LAS ÁREAS RURALES Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Definir pautas y criterios para fomentar el turismo en base al paisaje natural y cultural. b. Detectar, inventariar y catalogar áreas singulares y de oportunidad a ser promovidas y/o protegidas. c. Promocionar circuitos turísticos, así como, lugares de interés histórico y cultural. d. Capacitar recursos humanos para el turismo y la conservación. e. Apoyar emprendimientos de desarrollo turístico. f. Facilitar el acceso a los recursos naturales que presenten potencial turístico.

2) IMPULSAR EL TURISMO REGIONAL. Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Apoyar emprendimientos de desarrollo turístico a nivel regional. b. Promover la creación de un turismo regional. c. Crear circuitos turísticos departamentales e interdepartamentales.

Directriz N° 4 – PROTECCIÓN Y VALORIZACIÓN DE LOS ECOSISTEMAS SINGULARES, DEL PATRIMONIO NATURAL Y CULTURAL Líneas de Acción 1) RECONOCIMIENTO DE ÁREAS SINGULARES DEL TERRITORIO Son Proyectos Estratégicos: a. Identificar ecosistemas y áreas patrimoniales con fragilidad o vulnerabilidad ambiental. b. Identificar zonas de protección paisajísticas y de valores naturales a preservar. c. Controlar y sancionar la tala indiscriminada de árboles nativos: c.1) impulsar un plan de manejo y control. c.2) coordinar con el órgano competente el cumplimiento a la Ley N° 15.939 de 28 de diciembre de 1987. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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d. Coordinar con el órgano competente el cumplimiento de la normativa de conservación y uso racional de los humedales. e. Crear y mantener un registro actualizado. f. Establecer por sus condiciones ecosistémicas como áreas de interés turístico, a las áreas de humedales, Laguna Guacha, Laguna de las Garzas y el área natural de la Laguna Merín. g. Establecer por sus condiciones paisajísticas como áreas turísticas departamentales, a la Quebrada de los Cuervos, Quebrada de Otazo o Quebrada de la Teja, Sierra del Tigre. h. En el caso particular del paisaje protegido Quebrada de los Cuervos estará regulada por la normativa vigente. i. Establecer por sus condiciones históricas, culturales y arqueológicas, como áreas de protección departamental, a los Cerritos de Indios, los Paleoniveles del Cuaternario y los Amontonamientos Artificiales de Piedras Prehispánicas, así como, otras áreas con características similares.

Directriz N° 5 – PROMOVER EL DESARROLLO DE LAS LOCALIDADES 1) DOTACIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS SUFICIENTES A TODAS LAS LOCALIDADES. Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Coordinar con el órgano competente la concreción de obras de saneamiento en las diferentes localidades. b. Coordinar con el órgano competente las conexiones de agua corriente en las localidades del interior del departamento. c. Coordinar con el órgano y/o institución competente la cobertura de salud en las localidades. d. Coordinar con el órgano competente o quien lo gestione, la extensión de la electrificación rural a todo el departamento.

2) FOMENTAR LA CREACIÓN DE FUENTES DE TRABAJO. Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Impulsar el desarrollo de actividades generadoras de empleo que consideren la inclusión social y la mejora en la calidad de vida (horticultura‐granjaapicultura‐etc). b. Apoyar la generación de micro emprendimientos. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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c. Coordinar con el órgano competente de manera de relacionar la educación y el trabajo, creando programas de estudios y conformando carreras técnicas vinculadas a los actuales sistemas productivos y estrategias de desarrollo.

3) FOMENTAR LA CULTURA EN TODO EL DEPARTAMENTO. Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Fomentar concursos literarios. b. Fomentar exposiciones de artistas locales, regionales y nacionales. c. Fomentar eventos culturales de música popular, danza, expresión plástica, teatro, etc. d. Apoyar los eventos culturales ya existentes.

4) PROMOVER EL ACCESO A UNA VIVIENDA CONFORTABLE. Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Implementar junto con los organismos correspondientes soluciones en materia de vivienda de interés social. b. Apoyar la creación de programas por autoconstrucción asistida. c. Articular con otros organismos del estado que cuentan con tierras y/o financiamiento y contribuir a la construcción de una cartera de tierras. d. Apoyar programas de refacción y reformas para situaciones de precariedad socio‐habitacional urbanos y rurales. e. Impulsar plan de rehabilitación urbana. f. Impulsar plan de consolidación urbana a través de nuevas unidades en sistemas cooperativos.

5) PROMOVER EL ACCESO A LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN EN TODO EL DEPARTAMENTO. Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Fomentar la generalización de servicios, tales como: a.1) Internet. a.2) Centros de acceso informáticos para la sociedad. a.3) Fibra óptica. b. Fomentar la mejora de la cobertura del acceso a las tecnologías de la información y comunicación en todo el departamento.

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Directriz N° 6 – MEJORAR LA GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL Líneas de Acción a. Determinar la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible, entendiéndose por protección del medio ambiente, cualquier medida encaminada a subsanar o prevenir los daños al medio ambiente o a los recursos naturales o a fomentar el uso racional de estos recursos. b. Proteger y preservar el medio ambiente para alcanzar un desarrollo sostenible, siendo una responsabilidad de todos quienes participan, ya sea de una forma directa o indirecta, en todos los procesos de transformación. c. Mejorar el desempeño medioambiental de las empresas. d. Implementar una política ambiental para que las empresas de cualquier índole, puedan llevar a cabo sus actividades, tomando una postura amigable con el medio ambiente, minimizando el daño ambiental.

e. Preservar y proteger las áreas naturales más singulares y valiosas, así como todas aquellas áreas que merecen especiales medidas de protección. f. Impulsar acciones de prevención de la contaminación en las corrientes de aguas y suelos, así como el sistema de tratamiento de residuos líquidos y sólidos. g. Instrumentar programas tendientes a la educación ambiental y toma de conciencia ciudadana.

1) CLASIFICACIÓN BÁSICA DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Promover el reciclado de residuos sólidos domiciliarios. b. Propender la elaboración e implementación de un sistema de residuos sólidos domiciliarios. c. Propender un plan de gestión y disposición final de los envases vacíos de agroquímicos.

2) ESTABLECER UN SISTEMA MEDIOAMBIENTAL. Son Líneas de Acción Estratégicas:

DE

GESTIÓN

EMPRESARIAL

a. Exigir un plan de gestión ambiental, de seguridad e higiene laboral, así como, un informe anual que incluya información sobre: manejo de residuos sólidos, programas de entrenamiento sobre salud, seguridad ocupacional y respuesta a emergencias, informe de accidentes y asuntos relacionados con la seguridad Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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alimenticia, a todas las empresas relacionadas a actividades agroindustriales, industriales, extractivas, de producción de energía, entre otras, asegurando el cumplimiento de la normativa nacional vigente y las pautas con respecto a los aspectos medioambientales.

3) CONTROLAR LA CALIDAD DEL AIRE y EMISIONES SONORAS. Son Líneas de Acción Estratégicas: a. Coordinar con los organismos competentes (DINAMA-MSP) el estudio de los impactos sobre la calidad del aire y las emisiones sonoras en diferentes escenarios de desarrollo.

Directriz N° 7 – PROMOVER LA DIVERSIFICACIÓN DE LA MATRIZ ENERGÉTICA Líneas de Acción 1) PLANIFICAR Y PREVER EL USO DE ENERGÍAS ALTERNATIVAS. Regulaciones Básicas: a. Se establecen las siguientes distancias para instalación de parques eólicos, con el objeto de evitar un impacto no deseado sobre el entorno de: núcleos de población, de edificaciones habitadas permanentemente, de carreteras, de bosques naturales, de áreas definidas como eco-turísticas, de tendidos eléctricos, entre otros: a.1) distancia mínima de protección de 300 mts desde el perímetro exterior de los centros poblados a los aerogeneradores. a.2) distancia mínima de 120 mts del eje de las carreteras. a.3) distancia mínima de 100 mts para bosques naturales y áreas definidas como eco‐turísticas. a.4) distancia mínima de vez y media su altura respecto a los tendidos eléctricos. a.5) No podrán ocupar cortafuegos. a.6) Se debe dar cumplimiento a las normativas vigentes para instalación de parques eólicos. b. Requerirán previa autorización de la intendencia departamental de Treinta y Tres y en las condiciones que ella determine en cada caso, las actividades de energía renovable en todo el departamento y en aquellos lugares en que la dotación de recursos naturales así lo indiquen. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Líneas de Acción Estratégicas a. Aprovechar el potencial departamental para la generación de energía solar, eólica, biomasa, hidráulica, entre otras. b. Compatibilizar la localización de los emprendimientos de generación y trasmisión de energía con otros usos del suelo. Los espacios necesarios para la alimentación, transformación de tensión, medición, protección y medida asociados a la infraestructura eléctrica, las servidumbres y uso de la faja non edificandi para el transporte o conducción de energía eléctrica, están al amparo de las disposiciones legales vigentes al respecto.

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CAPÍTULO III INSTRUMENTOS DE ACTUACIÓN Y EJECUCIÓN 1- Dirección de la Gestión y el Ordenamiento Territorial. La dirección y control de la Gestión y el Ordenamiento Territorial corresponde en todo caso, al Gobierno Departamental. Cuando el mejor cumplimiento de los fines y objetivos del ordenamiento territorial así lo aconseje, se suscitará la iniciativa privada en la medida más amplia posible, mediante los mecanismos previstos en el presente Instrumento y en la Ley 18.308 de 18 de junio de 2008. En la formulación, tramitación, gestión y ejecución del Ordenamiento Territorial, la Intendencia asegurará la participación de los interesados así como la coordinación y participación de los agentes y autoridades locales y, en particular, los derechos de iniciativa e información por parte de las organizaciones representativas de los intereses que resulten afectados. La ordenación del territorio que comprende el presente Instrumento se llevará a cabo, según los casos, mediante los siguientes instrumentos o institutos de actuación y ejecución territorial: A. Dirección técnica del Instrumento. B. Comisiones sectoriales o especiales. C. Planes Locales, Parciales, Sectoriales, Programas de Actuación Integrada, e Inventarios, catálogos e Instrumentos que integran sistema de protección ambiental y patrimonial. D. Unidades de Actuación. E. Equidistribución de cargas y beneficios. F. Expropiación. G. Cartera de Tierras.

A) Dirección técnica del Instrumento. Será efectuada por el Gobierno Departamental, específicamente por la Oficina Técnica designada al efecto por el Ejecutivo Comunal.

B) Comisiones sectoriales o especiales. Podrán asimismo crearse Comisiones sectoriales o especiales para llevar adelante proyectos específicos o monitorear actividades o zonas concretas de acuerdos a los programas específicos de actuación. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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C) Planes Locales, Planes Parciales y Planes Sectoriales. Los Planes Locales de Ordenamiento del Territorio son los instrumentos para el ordenamiento de ámbitos geográficos locales dentro del Departamento. Los Planes Parciales constituyen instrumentos para el ordenamiento detallado de áreas identificadas por el Plan Local o por otro instrumento, con el objeto de ejecutar actuaciones territoriales específicas de: protección o fomento productivo rural; renovación, rehabilitación, revitalización, consolidación, mejoramiento o expansión urbana; conservación ambiental y de los recursos naturales o el paisaje; entre otras. Los Planes Sectoriales son aquellos instrumentos de gestión territorial cuyo objeto es regular los aspectos o temas específicos del ordenamiento de los aspectos territoriales de las políticas y proyectos sectoriales con impacto estructurante. Los Instrumentos Especiales son los instrumentos complementarios o derivados de los anteriores, entre los que se podrán incluir, además de los Planes Parciales y Planes Sectoriales, Programas de Actuación Integrada y los Inventarios, Catálogos y otros instrumentos de protección de bienes y espacios. Los Instrumentos Especiales deberán ser aprobados por los respectivos Gobiernos Departamentales y tendrán efecto vinculante sobre los derechos y deberes de las personas y de la propiedad inmueble. El Gobierno Departamental promoverá la iniciativa privada de Instrumentos Especiales y, en general, de Instrumentos y actuaciones de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible como forma de alcanzar efectivamente los objetivos estratégicos expresados en estas Directrices Departamentales y demás instrumentos y disposiciones aplicables en la materia.

D) Unidades de Actuación. Podrán definirse unidades concretas de actuación para el desarrollo de alguno de los programas soporte de las Directrices definidas por el presente Instrumento. E) Programas de Actuación Integrada. Los Programas de Actuación Integrada, constituyen el instrumento para la transformación de sectores de suelo categoría urbana, suburbana o con el atributo de potencialmente transformable e incluirán al menos: a. La delimitación del ámbito de actuación en una parte de suelo con capacidad de constituir una unidad territorial a efectos de su ordenamiento y actuación. b. La programación de la transformación del espacio a través de la ejecución material de los proyectos. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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c. Las determinaciones estructurante, la planificación pormenorizada y las normas de regulación y protección específicas aplicables al ámbito espacial. Podrán ser efectuadas por la Intendencia, de oficio y en ejercicio de sus funciones o por particulares. En ambos casos el Programa de Actuación Integrada constará de una propuesta circunstanciada relacionada con su justificación y viabilidad. La gestión y ejecución de los Programas de Actuación Urbanística podrán ser públicas, privadas o mixtas. Los interesados podrán efectuar expresiones de interés y participar de las correspondientes licitaciones públicas. La elaboración de Programas de Actuación Integrada sólo será autorizada, cuando cuente con la conformidad de la mayoría de los propietarios de suelo en el ámbito propuesto y se ofrezcan garantías suficientes de su correcta ejecución. De acuerdo al artículo 34 de la ley 18.308 de 18 de junio de 2008, queda prohibida toda transformación de suelo categoría rural a través de Programas de Actuación Integrada, cuando no posea el atributo de potencialmente transformable.

F) Equidistribución de cargas y beneficios. La ejecución del Planeamiento se desarrollará por los procedimientos establecidos en el presente Instrumento y de la ley 18.308 de 18 de junio de 2008, que garantizarán la distribución equitativa de los beneficios y cargas entre los afectados, así como el cumplimiento de los deberes de cesión para equipamientos, infraestructuras y espacios libres, al igual que el costo y, en su caso, la ejecución de la urbanización de acuerdo a los mecanismos previstos en la Ley 18.308 de 18 de junio de 2008.

G) Expropiación. Declárese de utilidad pública la expropiación de inmuebles necesarios para el cumplimiento del presente Instrumento. La expropiación, se aplicará, de conformidad con las disposiciones nacionales vigentes, para el cumplimiento de las siguientes finalidades: A) para la ejecución de los sistemas territoriales de saneamiento, vialidad, espacios públicos, centralidades y equipamientos públicos, etc.

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B) para la ejecución de Programas de Actuación Integrada en suelo suburbano con el atributo de potencialmente transformable a fin de transformarlo en suelo urbano. C) para la ejecución de Unidades de Actuación conforme a un Proyecto de Detalle. D) para la incorporación de terrenos en la Cartera Municipal de Tierras para viviendas. E) para dar respuesta a alguna medida de Cautela Urbanística. F) para todos aquellos casos que el Gobierno Departamental entendiera oportuno, siempre que se ajuste a la normativa legal vigente. En los casos de inmuebles en estado de abandono en el ámbito de aplicación del presente instrumento, que teniendo potencialidades productivas o de utilidad social, no hayan sido explotados por más de diez años, se declara de utilidad pública la expropiación de los mismos. Sin perjuicio de la posibilidad de hacer efectiva la expropiación ante la constatación de incumplimiento de los deberes territoriales de acuerdo al artículo 63 de la ley 18.308 de 18 de junio de 2008, los propietarios de solares baldíos o terrenos en situación de abandono que se encuentren ubicados en suelo categoría urbana, deben, en el plazo de 3 años a partir de la notificación de la Intendencia Departamental, edificar o rehabilitar las construcciones a su costo de acuerdo al proyecto que previamente deberá aprobar la Intendencia Departamental, todo ello sin perjuicio de la aplicación de las normas que regulan la prevención de daños que amenazan obras viejas o ruinosas.

H) Cartera de Tierras. El Gobierno Departamental creará una cartera de tierras para los fines de Ordenamiento Territorial, para la gestión del presente instrumento. La misma se realizará como un Programa Especial, reglamentando su destino y utilización en el marco de las competencias Departamentales.

I) Inventarios, catálogos e Instrumentos que integran sistema de protección ambiental y patrimonial. Podrán elaborarse Inventarios de bienes como necesidad de protección desde el punto de vista patrimonial o ambiental, incluyéndose la figura en el interior Departamental del paisaje natural protegido.

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J) Se establece el Programa Patrimonial Departamental, que será reglamentado por la Intendencia, a propuesta coordinada por las Direcciones de Ordenamiento Territorial y Cultura, sin perjuicio de la participación de otros servicios, sobre la base del Inventario y Catálogo de Protección de Bienes y Espacios, en calidad de instrumentos especiales y de las disposiciones al respecto que se incluyan en la Ordenanza Departamental de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible y en los Planes Locales u otros instrumentos.

2. AJUSTES LEGALES 2.1 De acuerdo al Art. 1 de la ley 18.367 de 10 de octubre de 2008, en los suelos de categoría suburbana con uso turístico previstos en las directrices se podrán admitir superficies mayores a los diez mil metros cuadrados para las áreas comprendidas entre los componentes de la trama de la circulación pública, en función de la estructura territorial adoptada y del uso turístico como destino principal, siempre que se asegure la continuidad de la trama de circulación pública y la libre accesibilidad a los espacios públicos actuales y a aquellos que se creen simultáneamente con el acto de aprobación de fraccionamientos en propiedad horizontal. 2.2 En aplicación del Artículo 1° de la Ley N° 10.723 de 21 de abril de 1946, en la redacción dada por el artículo 83 numeral 1) literal a) de la ley 18.308 de 18 de junio de 2008, el Gobierno Departamental podrá autorizar toda creación de predios, así como, la subdivisión de predios con destino directo o indirecto a la formación de centros poblados y aprobar el trazado y la apertura de calles, caminos o sendas o cualquier otro tipo de vías de circulación o tránsito que impliquen o no amanzanamientos o formación de centros poblados. 2.3 En aplicación del Artículo 2 de la Ley N° 18.367 de 10 de octubre de 2008, con carácter excepcional, en las actuaciones de los programas públicos de viviendas de interés social, se permite toda división de la tierra que implique la creación de lotes independientes menores en superficie a trescientos metros cuadrados. 2.4 En aplicación del Artículo 16 de la ley N° 10.723 de 21 de abril de 1946, en redacción dada por el artículo 1° literal A) de la ley 19.044 de 28 de diciembre de 2012, con carácter excepcional, en las actuaciones de los servicios de interés público declarados por el Poder Ejecutivo o los Gobiernos Departamentales se permite toda división de tierra que implique crear predios independientes menores a trescientos metros cuadrados en suelo urbano o suburbano. 2.5 En aplicación del Artículo 16 de la ley N° 10.723 de 21 de abril de 1946, en redacción dada por el artículo 1° literal C) de la ley 19.044 de 28 de diciembre Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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de 2012, con carácter excepcional, en sectores particulares, delimitados dentro de suelo categoría urbana consolidado definido en el literal a) del artículo 32 de la ley N° 18.308, se permite toda división de tierra que implique crear predios independientes menores a trescientos metros cuadrados. 2.6 Sin perjuicio de la posibilidad de hacer efectiva la expropiación ante la constatación de incumplimiento de los deberes territoriales de acuerdo al artículo 63 de la ley 18.308 de 18 de junio de 2008, los propietarios de solares baldíos o terrenos con edificación en situación de abandono que se encuentren ubicados en suelo categoría urbana, deben, en el plazo de 3 años a partir de la notificación de la Intendencia Departamental, edificar o rehabilitar las construcciones a su costo de acuerdo al proyecto que previamente deberá aprobar la Intendencia Departamental, todo ello sin perjuicio de la aplicación de las normas que regulan la prevención de daños que amenazan obras viejas o ruinosas. 2.7 Con respecto a la Instalación de Antenas de Comunicaciones (transmisión de señales de telefonía celular, televisión, radiodifusión y cualquier otro tipo que implique la instalación de estructuras soportes y antenas de gran porte), la Intendencia Departamental de Treinta y Tres tiene jurisdicción territorial en el Departamento para regular las condiciones urbanísticas de emplazamiento, ubicación e instalación de estructuras de sustentación de antenas de comunicaciones, cualquiera sea su naturaleza, en zonas Urbanas, Suburbanas y Rurales, así como, aquellas Subcategorías que surgen del presente instrumento de ordenamiento territorial, de acuerdo a las normas vigentes a nivel nacional.

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CAPITULO IV CATEGORIZACIÓN DE SUELOS La Ley destaca la exclusiva competencia del Gobierno Departamental en esta materia, la cual se ejercerá a través de los distintos instrumentos previstos (Artículo 30 de la Ley 18.308 de 18 de junio de 2008, sobre Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible). Esa competencia ya estaba dada por las Leyes de Centros Poblados de 1946, aunque con un concepto antiguo de ordenamiento en el sentido que el Gobierno Departamental no se presentaba pro-activo para categorizar zonas con un criterio prospectivo, sino que actuaba más bien como reacción reguladora de la iniciativa de los particulares para crear centros poblados, con la consiguiente subdivisión de la tierra. Dentro del ámbito Departamental y del Plan Local para la ciudad y su microrregión, el suelo se categorizó de acuerdo a los artículos 31, 32, 33 y 34 de la ley 18.308 de 18 de junio de 2008. El texto legal establece tres posibles categorías de suelo: urbano, suburbano y rural, que luego a su vez podrán ser objeto de sub-categorizaciones más específicas en los propios instrumentos que se elaboren a nivel departamental. Se proporciona una descripción de cada una de las categorías matrices. SUELO CATEGORÍA RURAL El suelo categoría rural, excluido de todo proceso de urbanización y de fraccionamiento con propósito residencial, no requiriendo autorización para edificar la vivienda del productor, vivienda del personal del establecimiento y edificaciones directamente referidas a actividad rural, salvo exigencia de un Instrumento de Ordenamiento Territorial (IOT). Se identifica con las sub-categorías: Suelo Rural Productivo El suelo categoría rural productivo será aquel cuyo destino principal sea agrario, pecuario, forestal o similar, minería o actividad extractiva, o el que los instrumentos de

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ordenamiento territorial establezcan para asegurar la disponibilidad de suelo productivo y áreas en que éste predomine. Suelo Rural Natural El suelo categoría rural natural son aquellas áreas del territorio protegido con el fin de mantener el medio natural, la biodiversidad, el paisaje u otros valores patrimoniales, ambientales o espaciales (Artículo 31 de la ley 18.308 de 18 de junio de 2008). Dentro de la categoría de Suelo Rural, se crean las siguientes subcategorías: Suelo Rural Productivo Turístico El suelo categoría rural productivo turístico es aquel cuyo destino principal sea agrario, pecuario, forestal o similar, minería o actividad extractiva y cuyo destino secundario sea la actividad turística asociada a la actividad principal. Suelo Rural Natural con Orientación Turística-Ecológica Corresponde a aquellas áreas del territorio, donde no se permite el desarrollo de actividades que por su naturaleza, intensidad o modalidad, conlleven la alteración de las características ambientales (plantaciones forestales con fines industriales, actividades mineras, extractivas, construcciones industriales, la introducción de organismos genéticamente modificados, entre otras), permitiéndose actividades relacionadas con la ganadería pastoril, así como, instalaciones con finalidad turística, cuyo diseño y gestión guarde relación con el paisaje natural que lo rodea. Suelo Rural Natural Protegido Corresponde a aquellas áreas del territorio donde se prohíbe todo tipo de actividades productivas, que por su naturaleza, intensidad o modalidad, conlleven la alteración de las características ambientales (principalmente plantaciones forestales exóticas, actividades mineras, extractivas, construcciones industriales, la introducción de organismos genéticamente modificados, entre otras) y donde las actividades permitidas se realicen con regulaciones conforme a lo establecido en la declaración del área y en el Plan de Manejo en atención a los objetivos de conservación de la misma. SUELO CATEGORÍA URBANO El suelo categoría urbano comprende “…las áreas de territorio de los centros poblados, fraccionadas, con las infraestructuras y servicios en forma regular y total, así como aquellas áreas fraccionadas parcialmente urbanizadas en las que los instrumentos de Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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ordenamiento territorial pretenden mantener o consolidar el proceso de urbanización.” (Artículo 32 de la ley 18.308 de 18 de junio de 2008). Como sub-categorías, se prevé el suelo categoría urbano consolidado, previsto para áreas urbanizadas dotadas al menos de redes de agua potable, drenaje de aguas pluviales, red vial pavimentada, evacuación de aguas servidas, energía eléctrica y alumbrado público, todo ello en calidad y proporción adecuada a las necesidades de los usos a que deben destinarse las parcelas. El suelo categoría urbano no consolidado, sería para aquellos casos en que aun existiendo un mínimo de redes de infraestructuras, las mismas sean insuficientes para dar servicio a los usos previstos, y para aquellas áreas degradadas o en desuso destinadas a recibir actuaciones para su consolidación o renovación (Artículo 32 de la ley 18.308 de 18 de junio de 2008). Dentro del suelo categoría urbana, se crean la siguiente subcategoría: Suelo Urbano Parquizable Créase la subcategoría “Suelo Urbano Parquizable” la que queda definida como: aquellos espacios que, siendo urbanos, se reservarán para la creación de parques, dado su alto grado de inundabilidad, inapropiados para la construcción de viviendas. SUELO CATEGORÍA SUBURBANA El suelo categoría suburbana “…comprenderá las áreas de suelo constituidas por enclaves con usos, actividades e instalaciones de tipo urbano o zonas en que éstas predominen, dispersos en el territorio o contiguos a los centros poblados, según lo establezcan los instrumentos de ordenamiento territorial…”. A vía de ejemplo, se mencionan como instalaciones a las que refiere la ley, aquellas destinadas a fines habitacionales, turísticos, residenciales, deportivos, recreativos, industriales, de servicio, logística o similares. (Artículo 33 de la ley 18.308 de 18 de junio de 2008). Tanto para el suelo categoría urbano como para el suburbano, y en relación con el Artículo 297 numeral 1 de la Constitución de la República, se dispone que tanto a los efectos de dicha norma constitucional como para toda otra legislación y en especial sobre fraccionamientos, el concepto de propiedad inmueble urbana se podrá adjudicar al suelo categoría urbana.

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A su vez en relación al suelo categoría suburbano, y a los mismos efectos, se expresa que el concepto de propiedad inmueble suburbana se podrá adjudicar, en todo o en parte del predio, indistintamente al suelo categoría suburbana o urbana. Dentro del suelo categoría suburbana, se crea la subcategoría: Suelo Categoría Suburbano Subcategoría Rururbano En aplicación del inciso segundo del artículo 30 de la ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo sostenible, ley Nº 18.308 de 18 de junio de 2008, créase la subcategoría “Suelo Rururbano” la que queda definida como: aquellos espacios plurifuncionales en los que coexisten características y usos de suelo, tanto urbanos como rurales, localizado próximo a áreas urbanas, con una presencia dispersa de funciones urbanas, junto con la ausencia de una estructura urbana coherente que proporcione unidad espacial, sobre una base rural que constituye su soporte. Son aquellas áreas próximas a las áreas urbanas que están en su influencia funcional local. En las mismas se desarrollan actividades que, no siendo propiamente urbanas, dependen de un vínculo estrecho con la ciudad o sirven de apoyo a ésta. Son actividades propias de esta subcategoría las relacionadas directamente con la residencial y agropecuaria de pequeña escala, la que incluye: avicultura (establecimientos avícolas de reproducción, de producción de aves de engorde, de producción de huevos), las que deberán cumplir con las normas de bioseguridad sanitarias del MGAP, horticultura, cunicultura, entre otras. Quedan expresamente excluidas las actividades vinculadas con la producción porcina (cría y engorde). Los fraccionamientos a realizarse en las áreas incluidas dentro de esta subcategoría, no podrán tener un tamaño menor de 2.500 m2. Suelo Suburbano con Destino a Infraestructuras Comprende aquellas áreas del territorio cuyo destino sea exclusivamente para actividades agroindustriales, industriales, de servicios, logísticas y producción de energía, previo estudio caso a caso por parte de la Intendencia Departamental de Treinta y Tres. Quedan excluidas de esta subcategoría, aquellas construcciones con fines habitacionales. ATRIBUTO DE POTENCIALMENTE TRANSFORMABLE Para la transformación de un suelo incluido dentro de una categoría en otra, se prevé la calificación de áreas con el atributo de potencialmente transformable, para lo que se requiere la elaboración y aprobación de un programa de actuación integrada que Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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abarque un perímetro de actuación específicamente delimitada (Artículo 34 de la ley 18.308 de 18 de junio de 2008). A su vez se dispone la posibilidad de cautelar áreas de territorio que se entiendan necesario proteger, mediante la categorización provisoria por un plazo predeterminado como suburbano o rural, hasta tanto se elaboren instrumentos que lo categoricen en forma definitiva (Artículo 30 de la ley 18.308 de 18 de junio de 2008).

CENTROS POBLADOS, PARAJES RURALES Y ZONAS DE PROTECCIÓN TURÍSITCA Definiciones conceptuales. Centro Poblado.- Es todo lugar del territorio departamental rural o urbano, identificado mediante un nombre y habitado con ánimo de permanencia. Sus habitantes se encuentran vinculados por intereses comunes de carácter económico, social, cultural e histórico, con su población asentada en el territorio y con un mínimo de densificación.

Categorías.- Dichos centros poblados pueden acceder, según sus atributos, a categorías como: paraje rural, pueblo, villa, ciudad. Asimismo se identifica la categoría zona de protección turística como territorios identificados con dicha actividad. A los efectos de este instrumento es que se definen las siguientes categorías:

Paraje Rural: reconocimiento de “un lugar” por parte de sus pobladores, situación dada en general por la existencia de una escuela aislada, un almacén, u otros servicios básicos de apoyo a la población dispersa.

Pueblo: Conjunto de viviendas con un mínimo de densificación y un destino de uso similar a lo urbano, que comparten una estructura en común, en cuanto a lo económico, social, cultural e histórico, el uso de infraestructura básica de servicios, etc.

Zona de Prioridad Turística: Se define y delimitan zonas donde la actividad principal sea turística. Donde se pueden desarrollar emprendimientos turísticos prioritariamente. En esta zona se permite transformar el suelo únicamente para este destino.

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Ciudad: Área urbana con alta densidad de población, en la que predominan fundamentalmente la industria y los servicios, sobresale por sus grandes construcciones, como edificios e inclusive por la diferencia de la arquitectura residencial, se distingue por tener la mayoría de sus calles pavimentadas, todas sus zonas o la mayoría cuentan con los principales servicios públicos y privados, como lo son: alumbrado público, vigilancia policiaca, agua, luz, drenaje, teléfono, internet, entre otros.

Villa: Población que cuenta con algunos privilegios que la diferencian de los pueblos, parajes, pero que no llega a ser considerada una ciudad.

DELIMITACION DE CENTROS POBLADOS Y CATEGORIZACIÓN DE SUELO DE LOS MISMOS. CERRO CHATO (ver plano N° 1) Suelo Categoría Urbano: quedará comprendido dentro del límite de las siguientes calles: Julio A. Godoy Echenique, camino al Salto de Agua, calles N° 26, 22 y 31 de complejo MEVIR, límite este y sur de complejos de viviendas, Bvard. Padre Miguel García, camino de Tropas, calle pública, Saénz Peña, calle al Cementerio, manzana 30 y 29, límite departamental. Quedan incluidos los siguientes padrones: 66, 209, 208, 207, 206, 205, 204, 203, 202, 201, 200, 199, 198, 197, 196, 2132, 2136, 2604, 2188 y parte del 2196. Suelo Categoría Suburbana: queda comprendido el padrón N° 5891 (Salto de Agua). Suelo Rural con Atributo Potencialmente Transformable a Suburbano: afecta parte de los siguientes padrones: 6557, 7789, 2451, 4676, 6073 y 6778 (ver plano). Suelo Rural Subcategoría Productivo: se define suelo rural productivo a los demás padrones comprendidos dentro de la 6ta. Secc. Catastral del Departamento.

SANTA CLARA de OLIMAR (ver plano N° 2) Suelo Categoría Urbano: quedará comprendido dentro del límite de las siguientes calles: camino rural, límite departamental, calle N° 3, calle N° 12, calle N° 2, calle N° 13, límite departamental, parte de la manzana 301, manzanas 302, 283, 265, 172 y 170, ruta nacional N° 7, vía férrea, calle Agraciada, calle 25 de Agosto, calle Solís, Calle Artigas, calle Manuel Fernández Cruz, calle 19 de Abril, calle Manuel Etchandi, calle Maldonado, calle Montevideo, Av. Chiquito Saravia, calle Tacuarembó, calle 1.000, camino nacional y parte de los padrones N° 2224 y N° 2003 (ver plano). Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Suelo Rural con Atributo Potencialmente Transformable a Suburbano: se incluyen dentro de esta categoría parte de los padrones N° 2224 y N° 2003 (ver plano). Suelo Rural Subcategoría Productivo: comprende el resto de los padrones incluidos en la 8a Secc. Catastral del Departamento.

VERGARA (ver plano N° 3) Suelo Categoría Urbano: está comprendido dentro de los siguientes límites: ruta nacional N° 18, calle 1180, calle 1178, trazado viejo ruta nacional N° 18, A° Parao, calle Graciana Gómez, calle Cnel. Marcelo Barreto, José Gorosito Tanco, Manzanas 179 y 181, vía férrea, ruta N° 91, calle Río Negro, manzanas 131, 132, 133 y 134, Av. Treinta y Tres, manzana 262, calle Cebollatí y calle 2480. Quedan comprendidos dentro de esta categoría los padrones: 7549, 4651, 743 y parte del padrón 3394. Suelo Categoría Suburbana: como Suelo Suburbano se categorizan los padrones N° 6229, 6644, 824 y 6197. Suelo Subcategoría Rurubano: queda delimitado por las siguientes calles: Graciana Gómez, ruta N° 91, Ricardo Ferres y Ricardo M. Druillet. Suelo Rural con Atributo Potencialmente Transformable a Urbano: será el área que comprende a los siguientes padrones: 924, 713, 2919, 683, 710, 712 y parte del área del padrón 715 (ver plano). Suelo Rural con Atributo Potencialmente Transformable a Suburbano: comprende a los padrones 6196, 6197 y parte del área de los padrones 704 y 6604. Suelo Rural Subcategoría Productivo: quedan comprendidos aquellos padrones de la 9a Secc. Catastral del Departamento que no se encuentren dentro de las categorías en los ítems anteriores.

Gral. ENRIQUE MARTÍNEZ (ver plano N° 4) Suelo Categoría Urbano: será el comprendido dentro de los siguientes límites: ruta N° 91 al este, parte del padrón N° 5387 (ver plano), calle Santiago Vázquez al sureste, deslinde suroeste de los padrones N° 8944 y 697, deslinde noreste de padrones N° 710, 711 y 712, Río Cebollatí al oeste, A° Charqueada al norte, Gral. Basilio Muñoz al noreste y calle Santiago Vázquez al sureste.

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Quedan incluidos los padrones: 710,711, 712, 783, 784, 785, 794, 805 al 837 inclusive y parte del padrón 5387 (ver plano). Suelo Categoría Suburbana: queda conformado por los padrones: 697, 8944, 8945, 8946, 8947, parte de los padrones 5387 y 9680 (ver plano). Suelo Rural con Atributo Potencialmente Transformable a Urbano: queda conformado por el padrón N° 3836 y parte del padrón 9677 (ver plano). Suelo Rural con Atributo Potencialmente Transformable a Suburbano: estará orientado exclusivamente a la instalación de emprendimientos agro‐industriales, industriales, parques industriales o logísticos, queda conformado por: los padrones N° 9734, 9735 y 9679. Suelo Rural Subcategoría Productivo: quedan comprendidos aquellos padrones de la 2a Secc. Catastral del Departamento que no se encuentren dentro de las categorías en los ítems anteriores.

RINCÓN (ver plano N° 5) Suelo Categoría Urbano: está comprendido dentro de los siguientes límites: ruta nacional N° 18, calle Taiperos, Cno. Departamental al Tigre, Cno. de los Troperos, calle Reneé Rosano de Garate, vía férrea, calle Pitanguero, hasta ruta nacional N° 17. Queda incluido dentro de esta categoría parte del padrón N° 1794 (ver plano). Suelo Categoría Suburbana: quedan comprendidos los siguientes padrones: 6503, 6816, 7011, 7012, 7016, 7017, 7443, 7436, 7019, 7020, 7021, 7022, 1847, 8580, 8581, 7436 y parte de los padrones 1795, 5080, 5083 y 7677. Suelo Rural con Atributo Potencialmente Transformable a Suburbano: queda conformado por el padrón N° 9840. Suelo Rural con Atributo Potencialmente Transformable a Suburbano: comprende parte de los padrones 5083 y 7677 (ver plano). Suelo Rural Productivo: quedan comprendidos aquellos padrones de la 3a Secc. Catastral del Departamento que no se encuentren dentro de las categorías en los ítems anteriores.

VILLA MARÍA ISABEL (Isla Patrulla) (ver plano N° 6) Suelo Categoría Urbano: queda delimitado por las siguientes calles: Isla Patrulla, Nacho Silvera, Tacuarembó, Río Negro, Fco. Fernández Ameijeiras, Colonia, Treinta y Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Tres y Minas. Suelo Rural Subcategoría Productivo: quedan comprendidos aquellos padrones de la 5a Secc. Catastral del Departamento que no se encuentren dentro de las categorías en los ítems anteriores.

MARÍA ALBINA (ver plano N° 7) Suelo Categoría Urbano: queda definido por el área delimitada por las siguientes calles: Manuel Coronel, José M. Leite, E. Valdéz y Con. Vecinal a Treinta y Tres. Suelo Rural Subcategoría Productivo: quedarán comprendidos todos los padrones correspondientes a la 7a Secc. Catastral del Departamento no incluidos en las categorías anteriormente descriptas.

VILLA PASSANO (ver plano N° 8) Suelo Categoría Suburbana: queda definido por los siguientes límites: por el norte por calle pública paralela a calle Río de la Plata; por el este por calle pública paralela a calle Uruguay; por el sur por calle Treinta y Tres incluyendo manzana 22; por el noroeste por camino vecinal y por el oeste por calle Paysandú. Suelo Rural Subcategoría Productivo: quedarán comprendidos todos los padrones correspondientes a la 7a Secc. Catastral del Departamento no incluidos en las categorías anteriormente descriptas.

MENDIZABAL (El Oro) (ver plano N° 9) Suelo Categoría Urbano: queda delimitado por las siguientes calles: Bernardo Berro, Lorenzo Latorre, camino departamental, Velardi, Juan Lindolfo Cuestas y de los Treinta y Tres. Suelo Rural con Atributo Potencialmente Transformable: el suelo rural con atributo potencialmente transformable a urbano queda conformado por el padrón N° 8595. Suelo Rural Subcategoría Productivo: quedarán comprendidos todos los padrones correspondientes a la 9a Secc. Catastral del Departamento no incluidos en las categorías anteriormente descriptas.

VALENTINES (ver plano N° 10) Suelo Categoría Urbano: ver plano, dado que Dirección Nacional de Catastro e Intendencia Departamental de Treinta y Tres no cuentan con información referente a Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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la localidad. Suelo con Atributo Potencialmente Transformable: el suelo rural con atributo potencialmente transformable a urbano queda conformado por una fracción de los padrones N° 2981 y 7996. El suelo rural con atributo potencialmente transformable a suburbano queda conformado por el padrón N° 2525. Suelo Rural Subcategoría Productivo: quedarán comprendidos todos los padrones correspondientes a la 6ª Secc. Catastral del Departamento no incluidos en las categorías anteriormente descriptas.

POBLADO ALONSO (ver plano N° 11) Suelo Categoría Suburbano: quedan incluidos dentro de esta categoría los siguientes padrones: 30, 23, 3636, 28, 21, 41, 2396, 6161, 6162, 51, 52, 79, 4009, 4007, 61, 29, 4010, 17, 60, 1068, 62, 27, 4424, 43, 2819 y 1042.

POBLADO BELLACO Por tratarse de un enclave con usos, actividades e instalaciones de tipo urbano, se categoriza como Suelo Categoría Suburbana.

POBLADO PUNTAS DEL PARAO Por tratarse de un enclave con usos, actividades e instalaciones de tipo urbano, se categoriza como Suelo Categoría Suburbana.

POBLADO ACOSTA Por tratarse de un enclave con usos, actividades e instalaciones de tipo urbano, se categoriza como Suelo Categoría Suburbana.

PARAJE LA CALAVERA Por tratarse de un enclave con usos, actividades e instalaciones de tipo urbano, se categoriza como Suelo Categoría Suburbana.

PARAJE CERROS DE AMARO Por tratarse de un enclave con usos, actividades e instalaciones de tipo urbano, se categoriza como Suelo Categoría Suburbano.

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TREINTA Y TRES (ciudad) (ver plano N° 12) Suelo Categoría Urbano: queda delimitado por el área comprendida dentro de los siguientes límites: ruta nacional N° 8, límite sur padrón 965, límite oeste de padrones 1053 y 3234, al sur de camino al Paso de la Calera, Ibirapitá, límite norte de los padrones 4252 y 4246, Venancio Flores, Ignacio Medina, Ibirapitá, ruta N° 17, Walter “Coco” Cuadrado, límite norte de padrones 4125, 4325 y 11154, Cañada de las Piedras, límite noroeste de los padrones 5833, 5865 y 6644, río Olimar, A° Yerbal hasta camino Paso de la Calera. Se incluye en esta categoría las manzanas 616, 617, 618, 619, 620 y 621. Quedan excluidos de esta categoría los suelos categorizados como Suelo suburbano y Suelo Subcategoría Rururbano, comprendidos dentro del área precedentemente descripta. Suelo Urbano Subcategoría Parquizable: quedan incluidos dentro de esta subcategoría los siguientes padrones: 3681, 3683, 4543, 4544, 4753, 5419, 7796, 7955, 8773, 8903, 11751, 7323, 7795, 10153, 10132, 3508, 60000, 11740, 8699, 10326, 10044, 11798, 11796, 3690, 14309, 15312, parte de los padrones 3505, 3688, 3712, 10313, 12271, 14308, 14309, 14310 y 14311, y el área comprendida dentro de los siguientes límites: Cno. de las Tropas, Laguna de Arnaud, Río Olimar y vía férrea.

Suelo Categoría Suburbano: quedan incluidas dentro de esta categoría las siguientes áreas: a) la comprendida entre las calles Luciano Romero, del Sarandí, ruta de enlace y Valentín Olivera Ortuz; b) las manzanas 906 (p:6503) y 908 (p:10291); c) el área comprendida entre Venancio Flores, límite norte de los padrones 4252 y 4246, calle Ibirapitá, límite norte de los padrones 4240, 4241, 4282, 4283 y 4323, Cañada de las Piedras, límite norte de los padrones 11154, 4325 y 4125, calle Walter “Coco” Cuadrado, ruta 17, calle Ibirapitá y calle Ignacio Medina; d) la comprendida entre las calles: Tomás Gómez, Juan Acosta, límite este de padrones 9133, 3467, 3477, 3476, calle Dionisio Coronel, límite suroeste y noroeste de padrón 8153, límite suroeste de padrones 3466 y 3465. Suelo Subcategoría Rururbano: queda comprendida dentro de los siguientes límites: Venancio Flores, límite norte de los padrones 4252 y 4246, calle Ibirapitá, límite norte de los padrones 4240, 4241, 4282 y 4283, calle Walter “Coco” Cuadrado, ruta 17, calle Ibirapitá y calle Ignacio Medina. También queda comprendida la siguiente área: Cañada de las Piedras, límite sur manzana 777, Agustín Velázquez, Ramón Ortiz, 4 de Octubre y Carlos Vaz Ferreira. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Suelo Rural Subcategoría Productivo: quedarán comprendidos todos los padrones correspondientes a la 1ª Secc. Catastral del Departamento no incluidos en las categorías anteriormente descriptas.

VILLA SARA (ver plano N° 12) Suelo Categoría Urbano: queda comprendido dentro del área definida por: ruta nacional N° 8, calle Cerro Largo y límites sur de las siguientes manzanas: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 , 8, 9, 10, 12, 14, 18, 19, 20, 24, 25, 26, 28, 29, 30, 31, 32, 33; ruta nacional N° 8, límite este del padrón 6517, límite sur del padrón 1397, límite sur del padrón 4272 a definir según plano, límite sur del padrón 1767, límite este de las manzanas 58, 59, 60 y ruta 8. Se incluyen las manzanas 36, 63, 64 y parte del padrón 9143. Suelo Categoría Suburbano: queda comprendido dentro del área definida por: límite sur padrones 1767, 1413, límite oeste y sur del padrón 1371, límite oeste del padrón 1388, ruta nacional N° 8 y límite oeste de padrón 732. Además quedan incluidos dentro de esta categoría los padrones: 71, 72, 73, 238, 242, 133, 29, 157, 240, 305, 9881 y 9882, 732 (manzana 65 y 66), manzana 37, parte del padrón 9143, padrones 4630 y 1432, 1439, 6578, 6523, 1701, 1713, 6730, 2558, 2559, 3986, 4435, 5592, 5870, 5875, 5997, 7387, 8181, 8182, 6897, 8158, 8159, 8160, 8305, 8304 y parte del padrón 6517. Suelo Rural Productivo: quedarán comprendidos todos los padrones correspondientes a la 7ª Secc. Catastral del Departamento no incluidos en las categorías anteriormente descriptas.

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Se establecen las siguientes normas generales para todo el departamento: 1. Es categorizada como Suelo Suburbano con Destino a Infraestructuras, la franja sobre ruta N° 8, desde su intersección con la ruta N° 19 (reductora de UTE), hacia el sur 4 km de largo y 2.500 mts de ancho a ambos lados de la misma. 2. Es categorizada como Suelo Suburbano con Destino a Infraestructuras, la franja sobre ruta N° 8, desde A° Corrales hacia el norte, 3 km de largo, hacia el oeste 500 mts de ancho y hacia el este hasta la vía férrea. 3. Es categorizada como Suelo Suburbano con Destino a Infraestructuras, el área de territorio sobre ruta N° 17 a la altura de Estación Sanz en un radio de 3.000 mts. 4. Son categorizados como Suelo Rural con el Atributo de Potencialmente Transformable a Suburbano, las áreas pertenecientes en parte o total, a los padrones rurales ubicados dentro de la línea de deslinde a 2.000 mts. a ambos lados de la ruta nacional N° 8, en el tramo que va desde A° Corrales hasta el límite de ingreso a Villa Sara, quedando excluidas aquellas áreas comprendidas dentro de los Artículos 126 y 127 del presente Decreto. 5. Son categorizados como Suelo Rural con el Atributo de Potencialmente Transformable a Suburbano las áreas pertenecientes en parte o total, a los padrones rurales ubicados dentro de la línea de deslinde a 2.000 mts a ambos lados de la ruta N° 17 desde el puente sobre Cañada de las Piedras hasta su intersección con vía férrea. 6. Son categorizados como Suelo Rural con el Atributo de Potencialmente Transformable a Suburbano para actividades agro‐industriales, industriales, de logística, servicios, entre otras, las áreas pertenecientes en parte o total, a los padrones rurales según se establece en el gráfico N° 27. 7. Son categorizados como Suelo Rural con el Atributo de Potencialmente Transformable a Suburbano, las áreas pertenecientes en parte o total, a los padrones rurales ubicados dentro de la línea de deslinde a 1.000 mts. al este de la ruta nacional N° 8, desde el km 290 hasta el km 294.

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8. Son categorizados como Suelo Rural con el Atributo de Potencialmente Transformable a Suburbano, las áreas pertenecientes en parte o total, a los padrones rurales ubicados dentro de la línea de deslinde a 2.000 mts. a ambos lados de la ruta nacional N° 17, desde el km 336 hasta las proximidades de la localidad de Gral. Enrique Martínez. 9. Son categorizados como Suelo Rural con el Atributo de Potencialmente Transformable a Suburbano, las áreas pertenecientes en parte o total, a los padrones rurales ubicados dentro de la línea de deslinde a 2.000 mts. a ambos lados de la ruta nacional N° 18, desde 10 kms. antes de los límites urbanos de la localidad de Vergara hasta 10 kms. posterior a los límites urbanos de la localidad de Rincón. 10. Son categorizados como Suelo Rural con el Atributo de Potencialmente Transformable a Suburbano, las áreas pertenecientes en parte o total, a los padrones rurales ubicados dentro de la línea de deslinde a 2.000 mts. al este de la ruta nacional N° 7 (en los tramos correspondientes al Departamento de Treinta y Tres), desde 10 kms. después de los límites urbanos de la localidad de Santa Clara de Olimar, en sentido norte, hasta 10 kms. posterior a los límites urbanos de la localidad de Valentines, sobre ruta N° 19 en sentido sur. 11. Son categorizados como Suelo Rural con el Atributo de Potencialmente Transformable a Suburbano, las áreas pertenecientes en parte o total, a los padrones rurales ubicados dentro de la línea de deslinde a 1.000 mts. a ambos lados de las rutas departamentales a 10 km de las localidades y a 8 km de la intersecciones de las rutas departamentales N° 19 con ruta nacional N° 8 y N° 98 con ruta nacional N° 7 (en los tramos correspondientes al Departamento de Treinta y Tres). 12. No están comprendidas en los Artículos N° 133, 134, 135 y 136 del presente Decreto, las áreas categorizadas en el numeral 3 del Capítulo IV Categorización de Suelos y Delimitación de Localidades. 13. Son categorizadas como Suelo Rural con el Atributo de Potencialmente Transformable a Suburbano, para actividades agro‐industriales, industriales, de logística, servicios, entre otras, las áreas en parte o total, pertenecientes a los padrones rurales ubicados en una franja de 500 mts. a ambos lados de la vía férrea, en un radio de 3 kms. a infraestructuras instaladas o a instalarse de AFE o en un radio de 15 kms. de la ciudad de Treinta y Tres, sin perjuicio de lo establecido en los Artículos 126, 128, 129, 130, 131, 134 y 135 del presente Decreto. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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14. Las áreas de monte nativo a ambas márgenes del A° Yerbal Chico, en su pasaje por el área adyacente (según Decreto 462/008, límites actuales), del Área Protegida “Quebrada de los Cuervos”, son categorizadas como Suelo Rural Subcategoría Natural. 15. Sin perjuicio de la protección que la legislación nacional otorga a los bosques ribereños, en general, y al monte indígena en particular, quedan sometidas a autorización previa de la Intendencia todas las intervenciones que supongan alteración física o paisajística, como vertimientos, desmonte, extracción de recursos de cualquier tipo e instalación de artefactos que supongan la realización de obras o la derivación de aguas, en las riberas de los ríos y arroyos del Departamento. Atendiendo a las características de los recursos impactados, inclusive del paisaje, de la duración de los efectos de las acciones así como del porte de las mismas, la Intendencia podrá subordinar la antedicha autorización a la realización de un estudio de impacto ambiental y territorial, debiendo en el mismo acto en que comunique esa decisión establecer las bases y el alcance del mencionado estudio. La autorización departamental puede dictarse, en todos los casos sujetos al cumplimiento de condiciones que especificará detalladamente. 16. Todo el Paisaje Protegido Quebrada de los Cuervos, integrado al SNAP según decreto del Poder Ejecutivo 462/008 del 29 de setiembre de 2008 con la modificación del decreto del Poder Ejecutivo 524/008 del 27 de octubre de 2008, corresponden a Suelo Rural Subcategoría Natural Protegido y será regulado de acuerdo a lo establecido en dichos decretos nacionales y en el plan de manejo del área, según lo dispuesto en la Ley 17.234 del 2000. 17. Según lo dispuesto en decreto del Poder Ejecutivo 462/008 del 29 de setiembre de 2008 con la modificación del decreto del Poder Ejecutivo 524/008 del 27 de octubre de 2008, la Zona Adyacente del Paisaje Protegido Quebrada de los Cuervos, es categorizada como Suelo Rural Subcategoría Natural Orientación Turística-Ecológica. 18. Las áreas naturales de la Laguna Guacha, Laguna de las Garzas, Isla del Padre, en un radio de 40 mts, son categorizadas como Suelo Rural Subcategoría Natural con Orientación Turístico-Ecológico.

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19. Las áreas naturales pertenecientes a: Quebrada de la Teja, Cañada del Brujo, Sierra del Tigre, en un radio de 40 mts, son categorizadas como Suelo Rural Subcategoría Natural con Orientación Turístico-Ecológico. 20. Aquellas áreas del territorio cuya actividad primaria sea Agropecuaria, Industrial u otras y tengan como actividad secundaria asociada a ésta el turismo, son categorizadas como Suelo Rural Subcategoría Productivo Turístico. 21. Aquellas áreas del territorio que presentan características históricas, culturales y arqueológicas, como los Cerritos de Indios, los Paleoniveles de la Era Cuaternaria y los Amontonamientos Artificiales de Piedras Prehispánicas, así como, otras áreas con características similares, son categorizadas como Suelo Rural Subcategoría Natural. 22. Al norte de la Ruta Nacional N° 8, a la altura de los centros poblados de Cerro de Amaro y La Calavera, las áreas perteneciente en parte o total, a los padrones rurales ubicados dentro de la línea de deslinde a 1.000 mts. a ambos lados de la mencionada ruta, son categorizadas como Suelo Suburbano. 23. El área perteneciente en parte o total a los padrones rurales ubicados en las proximidades a Parajes Rurales, en un radio de 300 mts., es categorizada como Suelo Rural con el Atributo de Potencialmente Transformable a Suburbano. 24. El área donde se encuentran las viviendas del personal en las arroceras, es categorizada como Suelo Categoría Suburbano. 25. Los padrones rurales N°: 8788, 9744, 3667, 9860, 4858 (parte del padrón) y 3342, son categorizados como Suelo Categoría Suburbano. 26. Es categorizada como Suelo Rural Productivo con el Atributo de Potencialmente Transformable a Suburbano exclusivamente para actividades turísticas las áreas pertenecientes en parte o total, a los padrones rurales según lo indicado en el gráfico N° 28. Dichos emprendimientos serán estudiados caso a caso por parte de la Intendencia Departamental de Treinta y Tres. 27. Es categorizada como Suelo Rural Productivo con el Atributo de Potencialmente Transformable a Suburbano orientado a la instalación de emprendimientos agro‐industriales, industriales, parques industriales o logísticos, entre otros, las áreas pertenecientes en parte o total a los padrones rurales, comprendidos en el tramo a Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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orillas del A° Parao entre las coordenadas 33°14’18.27” S – 53°46’03.87” O y 33°10´35.87” S – 53°43’25.28” O, según lo indicado en el gráfico N° 30. 28. Sobre las márgenes de la Laguna Merín, las áreas pertenecientes en parte o total, a los padrones rurales ubicados dentro de la franja que va desde los 2.500 mts de la costa hasta los 6.000 mts. de la misma, cuyo destino final sea la instalación de emprendimientos industriales, agroindustriales, de servicios o logísticos de gran porte, demandantes de agua, entre otras, son categorizadas como Suelo Rural con el Atributo de Potencialmente Transformable a Suburbano. 29. Una vez definida la unidad territorial industrial, agroindustrial, de servicios o logísticos de gran porte dentro del área potencialmente transformable establecida en el artículo precedente, ésta mantendrá el atributo de potencialmente transformable, caducando el mismo para los restantes padrones. También caducará al cumplirse diez años de aprobada la presente norma. 30. Aquellas áreas del territorio pertenecientes en parte o total a los padrones rurales ubicados en la desembocadura de la Laguna Merín o próximos a ella, sobre los ríos Tacuarí y Cebollatí, comprendidas dentro de los 3.000 mts desde las márgenes de cada uno de los mencionados ríos, cuyo destino final sea la instalación de emprendimientos industriales, agroindustriales, de servicios o logísticos de gran porte, demandantes de agua, entre otras, son categorizados como Suelo Rural con el Atributo de Potencialmente Transformable a Suburbano. Queda comprendido dentro de la presente categorización, los siguientes tramos medidos desde la desembocadura con la Laguna Merín: sobre el río Tacuarí 20 kms y sobre el río Cebollatí 8 kms. 31. Sobre la costa de la Laguna Merín, las áreas pertenecientes en parte o total, a los padrones rurales ubicados dentro de la franja que va desde la orilla hasta los 1.000 mts. de la misma, son categorizadas como Suelo Rural con el Atributo de Potencialmente Transformable a Suburbano con destino a Balneario. 32. Los artículos que hacen referencia a padrones en el presente documento, corresponden a los padrones actuales o a los que deriven de ellos. 33. Dado que el presente Decreto tiene un ámbito de aplicación territorial que abarca a todo el Departamento de Treinta y Tres, se categoriza al resto del territorio departamental, no regulado por los artículos anteriores, como Suelo Rural Subcategoría Productivo. Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

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Gráfico N° 27 – Suelo Rural Potencialmente Transformable a Suburbano.

Fuente: Elaborado por Equipo Ordenamiento de la IDTT

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Gráfico N° 28 – Suelo Rural Potencialmente Transformable a Suburbano con Destino Turístico.

Fuente: Elaborado por Equipo Ordenamiento de la IDTT.

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Gráfico N° 29 – CATEGORIZACIÓN DEPARTAMENTAL

Fuente: Elaborado por Equipo Ordenamiento de la IDTT.

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Gráfico N° 30 – Suelo Rural Potencialmente Transformable a Suburbano

Fuente: Elaborado por Equipo Ordenamiento de la IDTT.

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CONTROL TERRITORIAL El Gobierno Departamental ejercerá la Policía Territorial a los efectos de identificar todas aquellas acciones, obras, fraccionamientos, loteos u operaciones de todo tipo realizadas en contravención de las normas aplicables y sancionar a los infractores. Para ello, cuenta con las potestades previstas en los arts. 68 y siguientes de la Ley 18.308 de 18 de junio de 2008, así como por el art. 35 numeral 43 literal B de la Ley 9.515 de 28 de octubre de 1935 Ley Orgánica Municipal, en la redacción dada por el art. 83 numeral 4) literal b) de la Ley 18.308 de 18 de junio de 2008.

INDICADORES Para el seguimiento, control y evaluación técnica y monitoreo, durante el período de vigencia del presente instrumento de ordenamiento territorial, se establecen los siguientes indicadores: Objetivos específicos y/o Lineamientos estratégicos

Indicador

Alcance geográfico

Fuentes de información

Periodici dad

1.1 Mejora de la infraestructura vial.

Kms de infraestructura vial mantenida y mejorada. Kms de vía mejorada o mantenida. -Áreas Forestadas.

Departamental.

MTOP - IDTT

Anual.

Departamental.

MTOP - AFE

Anual.

Departamental.

MGAP

Anual.

-Áreas Cultivos Secano.

Departamental.

MGAP

Anual.

-N° personas establecidas en zonas inundables.

Ciudad de Treinta y Tres.

IDTT

Quinque nal

-Calidad del agua en cursos naturales.

Departamental.

IDTT

Objetivo general 1. Equilibrar la movilidad en el territorio.

1.2 Reactivación de líneas férreas. 2. Promover y Regular el Desarrollo de Actividades Productivas y Extractivas.

3.Promover y

2.1 Uso y manejo responsable de los recursos naturales.

3.1 Potenciar

Anual.

-N° intoxicados/ agroquímicos.

Departamental.

M.S.P./Instit uciones privadas.

Anual.

-Cantidad de

Departamental.

IDTT

Anual.

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Desarrollar el Turismo.

4. Promover Desarrollo de Localidades.

5. Mejorar la Gestión Medioambiental.

6. Promover la diversificación de la matriz energética.

atributos paisajísticos, aspectos históricos y culturales.

visitantes que recibe el departamento. - Cantidad y calidad de las vías de acceso a los recursos naturales con potencial turístico.

4.1 Dotación de Servicios.

-N° de servicios rurales.

4.2 Mejora de aspectos socioeconómicos.

-Necesidades Básicas Insatisfechas.

5.1 Reciclado de RSD.

6.1 Uso de energías alternativas.

Departamental.

Departamental.

IDTT

Anual.

UTE.

Anual.

INE.

Quinque nio.

-Evolución del mercado de empleo.

Departamental.

INE.

Quinque nio.

- N° habitantes/loca lidad.

Departamental.

INE:

Década.

-Volumen de RSD potencialmente a reciclar.

Ciudad T.y Tres.

IDTT.

Anual.

-Volumen de RSD efectivamente reciclados. - Cantidad de energía obtenida a partir de recursos renovables.

Ciudad T.y Tres.

IDTT.

Anual.

Departamental.

UTE.

Bianual.

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PENALIDADES Los infractores de cualquier índole del presente Decreto, serán penados con multas que irán de 50 a 500 Unidades Reajustables de acuerdo a la naturaleza de la misma. Subsistirá además la obligación de ajustarse al presente Decreto en un plazo máximo de un año. Si expirara ese plazo sin haberse normalizado la situación, se iniciarán las acciones específicas previstas por el art. 69 de la ley 18.308 de 18 de junio de 2008. En lo que corresponda se aplicará todo lo dispuesto en las “Leyes Nos. 10.723 de 21 de abril de 1946 y 10.866 de 25 de octubre de 1946 y modificativas sobre Centros Poblados, 13.493 del 20 de Setiembre de 1966.y modificativas. Queda autorizado el Ejecutivo Departamental a realizar las correcciones que correspondan ante errores manifiestos e involuntarios en la aplicación del presente instrumento de ordenamiento territorial, dando inmediata comunicación a la Junta Departamental.

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ANEXOS PLANO N째1 _ CERRO CHATO

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PLANO N째2 _ SANTA CLARA

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PLANO N째3 _ VERGARA

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PLANO N째4_ CHARQUEADA

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PLANO N째5 _ RINCON

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PLANO N째6_ ISLA PATRULLA

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PLANO N째7_ MARIA ALBINA

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PLANO N째8 _ PASSANO

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PLANO N째9 _ MENDIZABAL (POBLADO EL ORO)

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PLANO N째10_ VALENTINES

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PLANO N째11 _ POBLADO ALONSO

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PLANO N째12 _ TREINTA y TRES

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