EL ECONOMISTA - HP 874

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uNa seleccióN de

jueves 10 de noviembre del 2016

Nº 7135

$10

eleconomista.mx

el aumento de precios de la electricidad también influyó

El Índice Nacional de Precios al Productor se ubicó en 6.70% anual; el índice subyacente hiló cuatro meses de avances para ubicarse en 3.10%m En el detalle del reporte se observa que en octubre, entre los 10 productos identificados como los La infLación en octubre registró de mayores precios al alza, las tauna variación de 3.06% anual, im- rifas eléctricas registraron la mapulsada por el aumento de precios de yor variación, correspondiente con 20.34% en el registro anual, seguida luz y gasolina, informó el inegi. Pese a que el Índice nacional de por el aumento de 0.67% del precio Precios al consumidor rebasó el 3% de la gasolina de bajo octanaje y del objetivo, aún se mantiene dentro del incremento de 5.62% del jitomate. Sólo en el mes, el índice registró rango establecido por el Banxico.

Yolanda Morales

el economista

Larga noche

PERUJO

foto: especial

Inflación rebasa 3%; presionan gasolinas

El precio del jitomate fue uno de los 10 productos con mayores alzas.

una variación de 0.61%, que resultó la fluctuación más alta para un periodo similar desde el 2011. Por tercer mes consecutivo, el subíndice de los energéticos registró la mayor variación entre los nueve subgrupos que componen al índice. En el décimo mes del año, los energéticos registraron una variación anual de 4.30 por ciento. Los precios que hicieron contrapeso a estas variaciones al alza fueron los de: naranja, tomate verde, limón, plátano, papa y otros tubérculos. Todos registraron variaciones negativas en el mes.

aceleración que pone en evidencia la presión que genera la depreciación cambiaria, continúa. El economista de Banamex Eduardo González destacó que el ascenso de la inflación subyacente en la tasa anual de octubre provino de mercancías. Los datos lo confirman. Los precios de mercancías alcanzaron una variación anual de 3.97%, mientras que los de servicios registraron una fluctuación a 12 meses de 2.36 por ciento. En tanto, el Índice nacional de Precios Productor total, excluyendo petróleo, que suele anticipar presiones de inflación futura, incluidas las EFECTO CAMBIARIO PRESIONA de tipo cambiario,en octubre, regisEn el mismo reporte, el inegi infor- tró un aumento anual de 6.70%, que mó que la inflación subyacente anual incluye un aumento mensual de registró su cuarto repunte consecu- 0.20 por ciento. tivo, para ubicarse en 3.10%, una ymorales@eleconomista.com.mx

La fed subiría sus tasas en diciembre El banco central proyectaba cuatro aumentos en el 2016 Reuters el economista

EL SorPrESivo triunfo del republicano Donald Trump en la elección presidencial de EUhabría generado algunos temblores en los mercados, pero la reserva federal (fed) aumentará las tasas el mes que viene, dijeron economistas encuestados. alrededor de 85% de los 62 encuestados en el sondeo realizado ayer, indicó que la fed seguiría adelante con un aumento de la tasa de interés que será el primero en un año. Las estimaciones provienen de varios importantes operadores de Wall Street y analistas europeos.

“creemos que las condiciones económicas y la retórica de la fed apuntan a un alza en diciembre”, dijo Jeremy Schwartz, economista de credit Suisse en nueva York. En diciembre del 2015, cuando la fed subió la tasa por última vez tras casi una década de mantenerla cerca de cero, proyectaba aplicar cuatro incrementos más en el transcurso del 2016, pero pospuso los aumentos, entre otros motivos porque la inflación no se aceleró lo suficiente. charles Evans, presidente de la fed de chicago, mencionó que sólo una sorpresa negativa “de considerable envergadura” convencería a la fed de no subir las tasas.


una selección de

signos vitales Alberto Aguirre

aam@mexico.com

foto: especial

De los dichos a los hechos

El director general del Infonavit participó en el V Congreso de Desarrollos e Inversiones Inmobiliarias.

“Volatilidad no despeinará al Infonavit” En 2017 el organismo tendrá una inversión importante: Penchyna Fernando Gutiérrez eL eCOnOMistA

LA VoLAtILIDAD que se vive en los mercados, no impactará en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores (Infonavit) y ya se prepara un plan de trabajo para el siguiente año con una propuesta agresiva en beneficio de sus derechohabientes, indicó David Penchyna, director general de la dependencia. Al participar en el V Congreso de Desarrollos e Inversiones Inmobiliarias, Penchyna comentó, sin precisar cifras, que el organismo para el 2017 tendrá una inversión muy importante para que otorgue más financiamiento y así se fortalezca la parte pensionaria del instituto. “Va a ser un incremento (en inversión) muy relevante para el Infonavit, pero por respeto a consejeros, asambleístas del organismo y por mantener un orden en este país no puedo adelantar cifras”, comentó el funcionario. El director general del Infonavit añadió que dicha inversión se sustenta en la demanda de sus derechohabientes, la cual se basa en la generación de empleos de los últimos meses. FORTALECER PARTE PENSIONARIA

Penchyna Grub expresó que un reto para el siguiente año es hacer más redituable su fondo de inversiones, el cual impacta en la subcuenta de vivienda de cada trabajador afiliado al Instituto. El organismo concentra del ahorro del trabajador en una subcuenta de vivienda, 5% de su salario, que se compone de las aportaciones patronales. Al final de la vida laboral de la persona, el monto ahorrado en caso de no haber sido utilizado para un crédito hipotecario se le devuelve. “El Infonavit es de los trabajadores y el dinero que gane el Instituto, tanto en su colocación crediticia, como en el manejo de su fondo de inversiones, se le reditúa a cada trabajador en su subcuenta de vivienda”, explicó. A pesar de que el Infonavit es la principal entidad ejecutora del esquema de subsidios para la vivienda, Penchyna indicó que el recorte que tendría este programa, de acuerdo con el PPEF 2017, no impactaría en la operatividad del Instituto. fernando.gutierrez@eleconomista.mx

e

l ministro Alberto Pérez Dayán apeló a una “decisión de corte” en respaldo a su propuesta para decretar la invalidez de la ley sobre derecho de réplica. Ese mismo criterio fue aplicado por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para otras contradicciones de tesis sobre el artículo 1 de la Carta Magna. Pérez Dayán procedió a formular una “teoría de las restricciones” para precisar conceptos y aclarar confusiones. Mejor, referirse al derecho humano a la rectificación o a la aclaración, propuso. Y procedería, en caso de la divulgación de información falsa, inexacta o agraviante. “La información entendida como la afirmación de un hecho es falsa o inexacta, cuando no corresponde con la realidad, y agraviante, cuando en la aseveración de un hecho se afecta la honra o reputación de una persona injustificadamente, como sucede cuando se emplean palabras humillantes, vejatorias u ofensivas, o bien, cuando se omite información que trascienda significativamente a la percepción de la realidad”, definió. “La libertad de expresión no es un derecho absoluto, toda vez que el derecho a difundir, emitir o publicar cualquier idea, opinión o información, encuentra su límite en el respeto a los derechos de los demás; como lo es en el caso específico, la honra o reputación de las personas; de ahí que la afectación a sus derechos deba ser reparada a través de mecanismos de responsabilidad ulterior, ya sea de carácter civil o penal —que no es el caso atender aquí— o bien, a través del derecho de réplica, tema específico de esta acción de inconstitucionalidad”, enfatizó el ministro ponente. La propuesta de Pérez Dayán concitó la unanimidad de sus colegas… pero en contra. El primero en separarse del proyecto fue el ministro José Ramón Cossío, quien marcó la pauta de las objeciones del resto de sus colegas: “Si fuera posible responder a todas las opiniones o críticas que se plantean en un medio de comunicación —más allá de las informaciones falsas y agraviantes—, se desvirtuaría la dirección editorial de columnistas y periodistas, ya que se verían obligados a conceder todos los pedidos de respuesta o réplica que recibieran en función de un elemento tan subjetivo como sentirse agraviado, ofendido o vejado. Por lo mismo, y con independencia del ejercicio de las acciones civiles y penales que la población tiene expeditas y bien garantizadas, se silenciarían voces y se domesticaría indebidamente el debate nacional”. Al final de la sesión de ayer se habían acumulado siete votos contra el proyecto de Pérez Dayán. La mayoría de los ministros está por privilegiar la libertad de expresión, frente al derecho de réplica. ¿Y los derechos de personalidad? A su juicio, es necesario diferenciar entre personas privadas (sic) y las figuras pú-

blicas. El jueves ocurrirá el debate final y se escucharán los posicionamientos de los ministros que ayer quedaron pendientes de hacerlo: Jorge Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y el presidente de la SCJN, Luis María Aguilar. Entre los dichos y los hechos. En vísperas del fallo de los ministros de la SCJN sobre la acción de inconstitucionalidad de la ley sobre el derecho de réplica, el juez décimo cuarto de Distrito en materia civil de la Ciudad de México encontró culpable a la periodista Carmen Aristegui de haber infringido daño moral al empresario Joaquín Vargas. El pasado jueves 3 de noviembre el juzgador resolvió el expediente de la causa 495/2015, interpuesta por el presidente de MVS Comunicaciones a raíz de la publicación de La Casa Blanca de Peña Nieto (Penguin Random House, 2015). Joaquín Vargas rechazó haber dejado a un lado el prestigio familiar para ser un instrumento y asestar una puñalada con cobardía contra la conductora, quien además de su alevosía, denunció el derrumbe moral del empresario radiofónico, quien —en resumen— “sucumbió a presiones del poder” y, a cambio del despido de la periodista, obtuvo fallos favorables para sus negocios. Y acusó a la periodista de proceder dolosamente, con la única finalidad de dañar y sin corroborar las declaraciones contenidas en el prólogo. “Actuó con negligencia inexcusable, es decir, temeraria despreocupación o malicia efectiva”. Por no comprobar que Joaquín Vargas fue cobarde y alevoso, Carmen Aristegui fue sentenciada. El juez determinó que incurrió en los ilícitos descritos en el artículo 1830 del Código Civil para el Distrito Federal y que sus dichos causaron denostación y desprestigio al empresario radiofónico. Joaquín Vargas Guajardo pretendía que el juez decretara la violación al derecho de la vida privada y honor por parte de Carmen Aristegui y Penguin Random House derivado del prólogo del libro La Casa Blanca de Peña Nieto y su publicación; una justa indemnización a consecuencia del daño prohibido, así como la condenación a la eliminación del prólogo de referencia, la publicación de la presente sentencia en dos periódicos de mayor circulación en la Ciudad de México y el pago de gastos y costos del juicio. En vez de eso, el juez mandató la inclusión de un extracto de la sentencia en la obra impresa. Y en el juzgado décimo cuarto de Distrito en materia civil de la Ciudad de México está pendiente la resolución del expediente 258/2015, por la demanda presentada por Aristegui Flores contra Stereo Rey México. Ahora se sabe que MVS alega que dio por terminado el contrato con la periodista “derivado de diversos incumplimientos”.


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