Revista de AETRAM - 5

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ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS DE TRANSPORTE EN AUTOCAR DE MADRID

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05 Otoño 2007

LA CAÍDA DE MATRICULACIONES SE SUMA A LA CRISIS FINANCIERA


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SUMARIO Nº 5 OTONO 2007

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Editorial

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La Asociación Criterios Económicos Reinserción del Menor Infractor

Paseo del Prado nº12 1º Derecha 28014 - Madrid Tel: 915 353 060 Fax: 915 591 825 www.aetram.es info@aetram.es

Plan de Formación y Cursos de La Asociación Recogida de firmas - Tiempos de Conducción y Descanso Visita Asociados a Sunsundegui Nuevo horario en La Asociación

Director José Luis Conde López joseluis.conde@aetram.es Director Comercial Juan Manuel Muros López direccion@aetram.es Asesor Jurídico Jesús Gonzalo Tomey

Comité Madrileño de Transporte por Carretera Obituario

10-11 Colaboradores Emiliano López y Angel Garrido, fundadores de COCENTRO

12-15 El Protagonista D. José Luis Moreno

Secretaría Ana González Carazo Colaboradores Anabel Alonso

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Opinión ¿Aprobaremos este curso?

Edita Editorial Editec, S.L. C/ Padilla, 72 28006 - Madrid Tel.: 91 401 69 21 / 34 39 Fax: 914 01 03 15 editec@editec.es

17-28 Actualidad del Sector

Impresión Gráficas Almudena

Contrato de Transporte

Curso Escolar 07/08 Fomento y Economía / Descenso moderado del número de empresas Hacienda / Tacógrafos Digitales manipulados

Galicia compensará a los transportistas

Distribución Remite

Estatuto del Trabajo Autónomo CAP - Certificado de Aptitud Profesional / La fiscalidad del transporte por carretera / Reforma del Código Penal

Copyright El material informativo gráfico y literario que incluye La Revista no se podrá utilizar, ni en todo ni en parte por ningún otro medio informativo, salvo autorización expresa por escrito de la dirección de la misma. Tampoco se podrá utilizar como base de anuncios o cualquier otra publicidad, sin la mencionada autorización. Los artículos firmados expresan la opinión de sus autores, sin que ello suponga que La Revista comparta necesariamente las ideas expresadas por los mismos. Edición Trimestral Nº5 Otoño 2007 Depósito legal: M-31131-2006

El transporte por carretera en Europa / Restricciones - La Rambla de Barcelona Real Decreto sobre estaciones ITV El freno electrónico de Siemens / Tiempos de conducción y descanso Reglamento 561/2006 La “viñeta” en las carreteras de Lituania / Subvenciones CAM - Ahorro energético

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Resumen Circulares Informativas

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Línea Directa Cinturones seguridad - Tacógrafo / Equipaje

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Empresas Colaboradoras


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Estimado asociado: En este momento nadie se atreve a valorar ni el impacto, ni la duración que puede tener en nuestras empresas la crisis que sacude los mercados desde este pasado verano. Parece que la construcción, una reconocida locomotora del crecimiento económico de este país en los últimos años, se está ralentizando, no tira, claro síntoma de que algo está pasando en nuestra economía. El consumo de los hogares y de los bienes de equipo también se desacelera, y todo parece indicar que el crecimiento económico de este año, situarlo en el 3% sería más que difícil. La coyuntura económica de los últimos años ha sido favorable para las entidades financieras en España que, en los últimos cinco años, han duplicado su volumen de créditos a clientes y han mejorado extraordinariamente sus resultados. Hace ya unos meses que el Banco de España advirtió a las entidades financieras de los riesgos de los préstamos, y éstas, poco a poco, van cerrando el grifo a las empresas, en especial, a los promotores. El enfriamiento del mercado inmobiliario en España, se ha sumado a una crisis mundial del crédito. Las entidades financieras tienen más dificultades que

antes para financiarse y, consecuentemente, serán, cada vez más selectivas a la hora de conceder créditos. Otro dato poco optimista son las matriculaciones de coches, que también han caído el 7,6% en septiembre, el mayor descenso del año. En España vamos a vivir un año próximo difícil. La subida de los tipos de interés ha herido los proyectos de inversión de las empresas y ya se ha empezado a destruir empleo. Las crisis primero llegan a las empresas, pero inmediatamente después a los hogares. Las entidades de crédito empiezan a registrar clara morosidad, sobre todo en los préstamos hipotecarios. Como empresario, desearía que el Banco de España inyectase liquidez en el mercado financiero y que la iniciativa privada pudiera seguir desarrollando sus proyectos, pero me temo que, desgraciadamente, esto no va a suceder hasta que haya transcurrido un prolongado período de tiempo. Un abrazo. Esteban Rivas Presidente.


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La Asociación Presentación de los Criterios Económicos Orientativos El pasado 28 de junio, nuestra Asociación presentó en Madrid ante sus asociados los “CRITERIOS ECONÓMICOS ORIENTATIVOS 2007”. Estos “CRITERIOS” están basados en un completo y representativo estudio que ha realizado nuestra Asociación sobre los costes de explotación de las empresas del Sector, habiendo sido consensuado éste con el realizado por la Dirección General de Transportes de la Comunidad de Madrid (COVIMAD/2). La creación de estos “CRITERIOS” ha supuesto un importante esfuerzo de tiempo y dedicación, pretendiéndose que los mismos puedan ser una herramienta de ayuda en la gestión de las empresas del sector. Asimismo, y con el fin de despejar las dudas que hayan podido surgir en la interpretación de estos “CRITERIOS”, o para realizar aquellas observaciones que se consideren oportunas sobre los mismos, se han establecido una serie de reunionescoloquios cuyo calendario se informará.

Estas reuniones se desarrollaran en grupos no superiores a 20 personas formados por empresarios pertenecientes a la Asociación, así como personal de Trafico y Administración de las empresas a los que les pudiera interesar asistir a las mismas.

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La Asociación 6

Convenio de Colaboración entre la Asociación de Empresarios de Transporte en Autocar de Madrid, la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor y el Sindicato Libre de Transporte La Asociación de Empresarios de Transporte en Autocar de Madrid, mayoritaria en el sector discrecional de la Comunidad de Madrid ha firmado el día 25 de septiembre un Convenio de Colaboración con la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor y el Sindicato Libre de Transportes, Sindicato también mayoritario en el sector. El Convenio suscrito, tiene como objetivos primordiales el establecimiento de las condiciones y requisitos a que se ajustara las colaboración entre estos entes para desarrollar un programa de actuación que facilite la reinserción de los menores/jóvenes internos en centros de ejecución de medidas judiciales dependientes de la Comunidad de Madrid, tendentes a la confección de actividades formativas, creación y seguimiento de una

bolsa de empleo destinada al colectivo formado que tiene como fin la contratación por parte de las empresas de la Asociación de personal con el titulo de conductor de autocar y/o mecánico especialista. Una treintena de jóvenes comenzaran un curso de formación que les cualificara como conductores de transporte de viajeros por carretera, así lo anuncio el Vicepresidente Segundo y Consejero de Justicia y Administraciones Publicas, Alfredo Prada, quien posee las competencias sobre la Agencia de la Comunidad de Madrid

para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor. Prada explicó que la Agencia está llevando a cabo una serie de acciones destinadas a “mejorar la inserción laboral y social de los jóvenes que se encuentran cumpliendo las medidas judiciales en alguno de sus centros”. Estas acciones están encaminadas a fomentar las cualificaciones básicas y la orientación laboral, a potenciar medidas que faciliten el acceso a la formación así como desarrollar una oferta adecuada de puestos de trabajo y facilitar experiencias laborales adecuadas a estos jóvenes. En el periodo formativo de los cursos, teórico y práctico, los menores deberán aprender no solo los conocimientos básicos que el puesto de trabajo requiera, sino también determinadas habilidades sociales que son imprescindibles para desenvolverse en un entorno natural de trabajo.


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La Asociación En Marcha el Plan de Formación y Cursos de La Asociación La Asociación comienza a impartir su Plan de Formación y Cursos para todas sus empresas asociadas. Este Plan de Formación se realizara con el apoyo de las subvenciones concedidas por la Dirección General de Transportes de la Comunidad de Madrid para el año 2007 para la realización de actividades formativas en el sector del transporte público por carretera, conforme a la Orden de 6

de marzo de 2007 de la Consejería de Transportes e Infraestructuras. El Plan de Formación elaborado por la Asociación abarca un conjunto de materias de formación de sumo atractivo para las empresas transportistas, siendo los cursos a impartir los siguientes: - Capacitación profesional para el ejercicio de la actividad de transporte interior e internacional de viajeros. - Mecánica y Prevención de Averías: Curso básico de mantenimiento.

- Análisis de costes y la fijación de precios en el sector del transporte discrecional de viajeros. - Técnicas de motivación en equipo en la empresa de transporte discrecional de viajeros. - Inglés básico para conductores. - Los tiempos de conducción y descanso en el transporte discrecional de viajeros. Introducción al tacógrafo digital. - Transporte escolar y de menores. - Primeros Auxilios en Carretera. - Tacógrafo Digital.

Recogida de firmas en La Asociación para el restablecimiento de la excepción de los doce días en la reglamentación europea sobre Tiempos de Conducción y Descanso El Reglamento 561/2006 suprimió la excepción contenida en el anterior Reglamento 3820/1985, que permitía a los transportistas que realizaban transportes internacionales discrecionales de viajeros, conducir hasta doce días entre dos descansos. Como consecuencia de la nueva normativa, desde el pasado 11 de abril de este año los que realizan este tipo de servicios no pueden realizar más de seis periodos de 24 horas de conducción entre dos descansos semanales, como el resto de los transportistas de viajeros y mercancías. La IRU, junto con otras asociaciones de transportes de índole europeo, ha considerado este cambio como gravemente nocivo para el transporte discrecional de larga distancia, en particular para aquellos transportistas que realizan circuitos turísticos europeos, cuya viabilidad se ha visto seriamen-

te amenazada. Por esta situación ya se organizo una manifestación de autocares en Bruselas el pasado marzo, y se procede ahora a una campaña de recogida de firmas a escala europea, en la que nuestra Asociación se ha prestado a colaborar, solicitando, durante el mes de agosto, a to-

das las empresas asociadas y trabajadores de las mismas la firma de dicho manifiesto, al considerar altamente gravosa la supresión de los doce días de la reglamentación vigente atentando contra los propios intereses de todos los afectados (empresas y trabajadores).

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La Asociación 8

Visita Asociados a Sunsundegui El pasado 19 de julio y organizado por la Asociación se realizó una visita a la fábrica de la marca SUNSUNDEGUI, miembro del Círculo de Empresas Colaboradoras de la Asociación, en Alsasua (Navarra) para las empresas asociadas.

La visita, que contó con la recepción en fabrica del propio Director General de Sunsundegui, D. Ángel Pozueta, fue todo un éxito, tanto para nuestro colaborador, SUNSUNDEGUI, como para la Asociación, debido al alto número de empresas que asistieron a la misma, así como el grado de satisfacción empresarial obtenido por parte de las empresas asistentes.

Nuevo horario en La Asociación Desde el pasado día 1 de junio está en vigor el nuevo horario de atención al público que regirá en la Asociación para todas las empresas asociadas, siendo el mismo el siguiente: Mañanas: 9 a 14 horas Tardes: 16 a 19 horas De Lunes A Viernes

Aprobación del Reglamento de funcionamiento del Comité Madrileño de Transporte por Carretera En principio, para el mes de Septiembre se tiene previsto por parte del Presidente del Departamento comenzar el periodo de reuniones convocándose al efecto a los miembros del Departamento. La Asociación es mayoritaria dentro de la Sección de Transporte Público Interurbano Regular de Uso Especial y Discrecional de Viajeros en Autobús del Departamento, con más del 75 % de representación en número de empresas y autorizaciones.

Con fecha 11 de julio, el Director General de Transportes de la Comunidad de Madrid autorizó el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Departamento de Transporte de Viajeros del Comité Madrileño de Transporte por Carretera.

Obituario Durante el pasado trimestre (de junio a septiembre) han fallecido dos transportistas miembros de nuestra Asociación: D.ADELMO GONZALEZ ALVAREZ (Empre-

sa TREBOL TOUR) y D. MARCOS SANCHEZ GARCIA (Empresa Unión Gls, antiguamente UNION PAU o AUTOCARES LA UNION). Con estas líneas quere-

mos rendirles nuestro pequeño homenaje por toda una vida dedicada a la actividad del Transporte de Viajeros por Carretera, D.E.P.


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La Asociación Problemas en el estacionamiento y parada en los hoteles de Madrid Por parte de la Asociación se han iniciado desde el pasado mes de junio una serie de actuaciones concretadas en la realización de escritos dirigidos a los organismos correspondientes, así como solicitudes de reuniones con las partes afectadas y Dirección General de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid para intentar solucionar el grave problema que afecta a las empresas del sector a la hora de realizar parada y/o estacionamiento a las puertas de los Hoteles de la capital. El motivo de esta iniciativa desde la Asociación se concreta en la búsqueda de soluciones para la recogida/bajada de pasajeros en los diferentes hoteles sitos en el casco urbano de

Madrid, en el desarrollo de actividades de índole discrecional y turístico. En esta situación, en la puerta de diferentes hoteles de Madrid, se están sancionando y multando por parte de los Agentes de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid a las empresas de transporte de viajeros por carretera que recogen y dejan grupos y turistas alojados en los Hoteles que requieren y necesitan de los servicios discrecionales y turísticos de estas empresas

para sus traslados en la ciudad de Madrid. Las sanciones llevan aparejadas pérdidas de puntos en el carne de los conductores afectados, causándose graves trastornos económicos a las empresas afectadas y sus conductores, así como futuros problemas laborales en las mismas, y daños importantes en la imagen de dichas empresas y del propio sector. Esta problemática se produce por cuanto en la puerta de los Hoteles afectados, no hay lugares reservados destinados a la carga y descarga de viajeros que se encuentran hospedados en los hoteles en cuestión, problema que entendemos se debe abordar para solución del mismo entre todas las partes afectadas: Ayuntamiento de Madrid, Asociaciones de Transportes, Asociaciones de Guías, Asociaciones de Hoteleros y Asociaciones de Agencias de Viaje.

Actualización del Plan de Movilidad de Autocares Turísticos y Culturales del Ayuntamiento de Madrid Desde el Ayuntamiento de Madrid nos trasladan, para su difusión entre las empresas asociadas, la primera actualización y modificación del Plan de Movilidad de Autocares Turísticos y Culturales, vigente desde el 22 de mayo, y dado el carácter que posee el plan de ir adaptándose y actualizándose a las necesidades que vayan surgiendo dentro del estacionamiento y parada para este tipo de servicios dentro de la ciudad de Madrid. Las modificaciones incluidas son las siguientes: - Ampliación de la parada de uso temporal de “HASTA 5 MINUTOS” en la PLAZA CANOVAS DEL CASTILLO [04] en la zona de el Paseo del Prado (antigua estación de servicio de CEPSA). - Una nueva localización dentro de las “PARADAS DE USO TEMPORAL DE HASTA 5 MINUTOS” en la calle

MENDEZ ALVARO [07], zona de uso exclusivo de autocares, y que sirve para paliar la necesidad de una zona de subida y bajada de viajeros en el entorno de la Estación de Atocha. - Modificación de la leyenda correspondiente al “ESTACIONAMIENTO DE PERMANENCIA DE HASTA 2 HORAS” en la ZONA DEL PLANETARIO [02] siendo los aparca-

mientos en calle Villarrobledo y Estrella Denébola de uso compartido con turismos (anteriormente la calle Villarrobledo era zona de uso exclusivo para autocares). Tienes a tu disposición en la Web de la Asociación, www.aetram.es, en el AREA ASOCIADOS, SECCION DOCUMENTOS, el nuevo folleto actualizado en PDF para tu descarga.

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Emiliano López y Angel Garrido, fundadores de COCENTRO Hablamos con dos empresarios de reconocida experiencia que a finales de los ochenta se trasladaron profesionalmente desde Cuenca a Madrid para constituir COCENTRO. ¿Cuándo y dónde se creó COCENTRO? En 1.987. Empezamos nuestra actividad en el mismo sitio donde nos encontramos ahora, unas instalaciones de más de 30.000 m2 para exposición, servicio postventa, comercial y administración, situadas a 12 Km de Madrid por la Crta. de Valencia. ¿Cuál es su actividad principal? Empezamos como concesionario oficial de PEGASO. Actualmente lo somos de IVECO-PEGASO. Comercializamos y atendemos los productos de dicha marca. ¿Tienen presencia fuera de Madrid? El Grupo opera con Centros en Madrid, Motilla del Palancar, Cuenca, Albacete y Valencia, y dentro de la actividad de Vehículos de Pasajeros, atiende las provincias de Madrid, Toledo, Ávila, Guadalajara, Cáceres, Segovia, Albacete, Cuenca, Ciudad Real, Murcia y Alicante. Además el grupo cuenta con Tecnocarrocera, empresa dedicada al carrozado y transformación de Vehículos Industriales y con sede en Motilla del Palancar, y Auto Sur de Levante en Valencia, concesión de ZF para Levante y dedicada a la reparación de cajas de cambio y direcciones.

Emiliano López

Ángel Garrido

¿Cómo ha sido su trayectoria hasta hoy? Desde nuestros comienzos siempre nos hemos interesado por ofrecer a nuestros clientes un servicio mejor que la competencia, diversificado y de calidad. Este espíritu de progreso nos ha dado a lo largo de los años los siguientes reconocimientos que le detallo: 1994 - "Centro Experto" y "Experto Bus" reinaugurándose sus instalaciones bajo auspicios de D. Jeant Plenat, Consejero Delegado de Iveco Pegaso, S.A. 1998 - Primer "Centro de Diagnosis” a nivel Europeo de la red Iveco. Inaugurando las nuevas instalaciones D. Ludovico Castelnovi, Director General Mundial de Postventa Iveco. 2002 - Certificado Calidad Norma ISO 14001 2004 - Certificación Calidad Norma ISO 9001 2007 - Creación Centro de Reacondicionamiento de Motores

cías, vehículos ligeros y pasajeros. Contamos también con un departamento de vehículos de ocasión.

¿Qué tipo de vehículos comercializan? Se corresponden con la completa gama que ofrece Iveco, de mercan-

¿Cuáles fueron sus ventas en 2006 y su evolución respecto a 2005? Las ventas superaron en 2006 las 1.400 unidades continuando así con una trayectoria ascendente desde hace más de 10 años. Cerca del 39% se corresponden a vehículos de pasajeros y el resto a vehículos de mercancías. En 2006 se ha confirmado un ligero ascenso de las ventas con respecto a 2005, consolidando así unos resultados satisfactorios para nuestra compañía. La evolución hasta Septiembre de 2007 nos permite afirmar que este año también terminará con esta tendencia creciente. ¿Cuál es su cuota de mercado en vehículos de viajeros? Hasta agosto del presente ejercicio hemos alcanzado una cuota histórica en el mercado de viajeros que nos mantiene como líderes absolutos en todos los segmentos.


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Estos datos que constituyen los mejores de la historia de la empresa son también acordes a los resultados obtenidos en la gama de mercancías. La cuota de mercado obtenida con datos de agosto es: Interurbanos: 33,5 % Midibuses: 62.4 % Microbuses: 27.5 % Urbanos: 21.9 % ¿Qué destacaría de sus vehículos? Sin duda, fiabilidad y consumo. Con las concentraciones que se están produciendo en el sector, nuestros clientes son cada vez menos pero más profesionales y disponen de herramientas para medir la rentabilidad de sus inversiones. En este aspecto la fiabilidad y el consumo que ofrecemos son claves en los costes de explotación. Si podemos presumir de estar presentes en la mayoría de los grandes flotistas de pasajeros, es porque nuestros vehículos ofrecen un alto grado de fiabilidad y son punteros en consumo de combustible. Nuestros clientes autopatronos también son fieles defensores de nuestra marca puesto que de igual forma buscan la fiabilidad y los bajos consumos. Quiero destacar además, los espectaculares datos de consumo que están ofreciendo los vehículos Euro IV/V, que nos sitúan, según nuestros datos, como la mejor marca del mercado en este aspecto, muy por deba-

jo de otros fabricantes y especialmente de los que han apostado por el sistema EGR para la consecución de dichos estándares. ¿Qué tipo de Servicios de Postventa ofrece COCENTRO? Ponemos a disposición de nuestros clientes un Servicio Integral, que se compone de Taller, Chapa y Pintura, Centro de Diagnosis, Alineación de Direcciones, Servicio de Tacógrafo Digital Kitler, Servicio 24 horas etc. Disponemos asimismo de acuerdos con los principales carroceros y fabricantes de aires acondicionados, equipos audiovisuales, fabricantes de butacas y en definitiva todo lo relacionado con el autobús y el autocar para ofrecer un servicio completo a nuestros clientes. A título de ejemplo, me gustaría destacar entre otros, los cursos específicos y el asesoramiento personalizado e inmediato que ofrecemos regularmente a los clientes que lo requieren sobre el tacógrafo digital. ¿Cuál es su inversión en I+D? Para nuestro grupo resulta fundamental la inversión en Formación e I+D. Nuestros esfuerzos se centran en dotar de la mejor formación a nuestros profesionales. Nos servimos de la formación aportada por IVE-

CO, así como de empresas externas que complementan la formación de nuestros profesionales. Me gustaría destacar la preparación específica que ha recibido nuestro personal en Vehículos GNC, así como en el tacógrafo digital. Por último, y para contestar a su pregunta, le diré que la inversión ha sido la necesaria y que jamás escatimaremos en este aspecto. ¿Hacia qué tipo de servicios de postventa piensan evolucionar en un futuro? Nuestra posición sigue siendo la de ofrecer un Servicio Integral. Debemos dejar que nuestro cliente se dedique a transportar personas y no dedique sus esfuerzos al mantenimiento de su flota. Nos gusta conseguir con nuestros clientes una relación de colaboración, en lugar de un estricto vínculo cliente-proveedor. Ambos tenemos mucho que ganar del otro y ambos nos necesitamos. En este sentido buscamos con todos nuestros clientes una relación profesional basada en la confianza mutua y en la profesionalidad. Nos gusta que nuestros clientes confíen en nosotros y se sientan cómodos en nuestra casa. No se trata de evolucionar la postventa, sino de inculcar esta filosofía de atención, especialización y calidad.


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D. José Luis Moreno, Director General de Infraestructuras y Servicios de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid Iniciado ya el nuevo curso escolar charlamos con el nuevo Director General, responsable entre otras competencias, de la gestión económica del programa de rutas escolares para los Centros Públicos de la Comunidad de Madrid. ¿Desde qué año la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Educación, gestiona el transporte escolar de sus centros de enseñanza?

Desde el 1 de julio de 1999, fecha de la efectividad del traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de ense-

ñanza no universitaria, establecida por el Real Decreto 926/1999, de 28 de mayo. ¿Cómo ha sido la evolución en todos estos años en cuanto al número de rutas gestionadas? ¿Qué se espera para el futuro? En el momento del traspaso de funciones y servicios de la Administración General del Estado estaban contratadas 561 rutas de transporte escolar en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid; al finalizar el pasado curso escolar 2006-07, la Consejería de Educación tenía contratadas 794 rutas, es decir un 41,5% más. En el futuro, el importante esfuerzo inversor de la Comunidad de Madrid en infraestructuras viarias y de la red del metropolitano, por un lado, y la potenciación de la red de centros docentes públicos y privados concertados por otro, posibilitará que el futuro aumento de la demanda de escolarización de alumnos, tanto por el repunte de la natalidad, como por el aumento de


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El Protagonista “Nuestras previsiones indican que no será necesario aumentar significativamente el número de rutas de transporte escolar”

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la inmigración, no afecte significativamente a la contratación del servicio de transporte escolar. ¿Puede hacer una valoración general sobre la calidad de los servicios escolares que prestan las empresas de transporte de Madrid? La calidad de los servicios públicos se mide, entre otros parámetros, por el grado de satisfacción de sus usuarios o si se prefiere por el número de quejas recibidas sobre la prestación del servicio. Hasta el momento, podemos afirmar que en estos últimos seis años no han existido problemas en la prestación de este servicio escolar complementario, salvo las normales disfunciones que en algún caso se pueden dar, al tener que conciliar las demandas privadas de las familias, las necesidades de optimización de costes de los transportistas y los intereses generales representados por la Administración Educativa, no siempre convergentes. Nuestra Comunidad está dividida en 5 Áreas Territoriales ¿Cuántas rutas de transporte escolar se están realizando en el inicio de presente curso 2007-2008 y cuántas empresas participan en estos servicios?

“Podemos afirmar que en estos últimos siete años no han existido problemas en la prestación de servicio escolar” En el presente curso los datos estadísticos reflejan un número de rutas de transporte escolar cercano a las 800 y un número de empresas del sector de 163. ¿Qué número aproximado de escolares son trasladados en ruta cada día? Unos 24.000 alumnos aproximadamente. Todos sabemos que la natalidad en España es muy baja, pero también que en los últimos años se está viendo aumentada sobre todo por la llegada de inmigrantes a nuestro país. ¿En qué medida incide esto en Madrid? La llegada a nuestro país de inmigrantes con hijos en edad escolar ha sido una de las causas que ha

motivado el importante crecimiento de rutas escolares por parte de la Consejería de Educación. En este sentido, podemos decir que el Gobierno regional ha respondido oportunamente a ese aumento previsible de la demanda. En cuanto al futuro, nuestras previsiones indican que no será necesario aumentar significativamente el número de rutas de transporte escolar, ya que el importante esfuerzo inversor de la Comunidad de Madrid en infraestructuras junto a la potenciación de la red de centros docentes ya está evitando que muchos alumnos tengan que hacer grandes desplazamientos para su escolarización. Actualmente la duración de los contratos no supera los 4 años. En Extremadura se están hacien-


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El Protagonista 14

“El aumento en las tarifas del transporte escolar ha permitido a las empresas transportistas llevar a cabo importantes renovaciones de sus flotas” do por 6 y en Galicia llegan hasta los 8 ¿Se podrán llegar a ampliar también en Madrid? ¿Qué habrá que hacer para conseguirlo? La Consejería de Educación siempre está dispuesta a escuchar propuestas concretas, dentro del marco legal que la actual legislación de contratos de las Administraciones Públicas permite y, sin ninguna duda, con el objetivo de prestar y mejorar cada día la calidad del servicio que prestamos. ¿Qué es lo que más valoran de una empresa de transporte que quiera licitar a una ruta escolar… su experiencia, el precio oferta-

“La Consejería no permite la subcontratación en el transporte escolar, por considerar que un transportista interpuesto no aportaría mayor calidad ni mayor seguridad a la prestación del servicio”

do, la modernidad de su flota…? En el último concurso público convocado por la Consejería de Educación para la selección de los transportistas los criterios han sido el precio, la modernidad de la flota ofertada y las mejoras propuestas por los licitadores. Siempre valoraremos la mejor y más ventajosa oferta para prestar el mejor servicio. ¿Por qué han cambiado los criterios de puntuación de las ofer-

tas, con relación a años anteriores, dándole mayor importancia a los precios que por ejemplo a la modernidad de la flota? El aumento en las tarifas del transporte escolar ha permitido a las empresas transportistas llevar a cabo importantes renovaciones de sus flotas y destinar cada vez más vehículos de nueva matriculación para la prestación del servicio. Esta circunstancia posibilita a la Comunidad dar una mayor ponderación a criterios


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El Protagonista como el precio en la adjudicación de los concursos públicos.

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¿Por qué razón no está permitida la subcontratación? Ni el Ministerio de Educación y Ciencia —cuando tenía las competencias— ni la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid han permitido la subcontratación en el transporte escolar, por considerar que un transportista interpuesto no aportaría mayor calidad ni mayor seguridad a la prestación del servicio. En Asturias se llegó a convocar a primeros de septiembre una huelga de transportistas escolares por las diferencias que tenían con la Consejería de Educación. Los transportistas reclamaban una subida de los contratos del 11,6% y la Consejería solo quería aplicar el 2,7%. Los transportistas justificaban su mayor subida por los incrementos imparables del combustible, costes sociales, normativa, etc. ¿En Madrid han recibido algún tipo de reivindicación al respecto en este año? Ni la orografía, ni la red viaria, ni los núcleos de población, ni la competitividad que existen en Madrid permiten homologar ambas situaciones. Estos problemas no han sido exclusivos de Asturias, en los últimos años otras Comunidades de España han tenido conflictos importantes con las respectivas Consejerías de Educación, provocadas por las diferencias existentes para llegar a acuerdos en la regulación de las condiciones de los contratos con los transportistas. En Madrid en el año 2001 la Consejería de Educación firmó un importante acuerdo que mejoraba considerablemente las condiciones de contratación. ¿Considera que este acuerdo ha permitido que en estos 6 años Madrid haya mejorado la calidad

de su transporte escolar y que se hayan evitado los conflictos sufridos en otras Comunidades? La Administración y las Asociaciones de Transportistas estamos obligados a alcanzar acuerdos en razón del interés general de los ciudadanos. Si a partir de esta premisa, se obtienen beneficios añadidos para ambas partes, bienvenidos sean.

“La Administración y las Asociaciones de Transportistas estamos obligados a alcanzar acuerdos en razón del interés general de los ciudadanos” ¿Llevan a cabo acciones de seguimiento o de inspección a través de sus colegios sobre los servicios de rutas? Naturalmente. Es obligación de la Administración velar por la observancia de lo contratado, los equipos directivos de los centros docentes están implicados en la gestión y supervisión del servicio de transporte escolar, mediante el control de las matrículas de los vehículos que realizan el servicio, conformando las facturas presentadas al cobro, vigilando el cumplimiento de los horarios establecidos, etc. ¿Cómo se gestiona el servicio de los acompañantes?

Está expresamente establecido en el contrato de transporte escolar que lo prestará el propio transportista por su cuenta y riesgo, en las condiciones establecidas por el artículo 8 del Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores. En Baleares se han realizado proyectos para crear Sistemas de Información Geográfica que permitan diseñar, planificar y gestionar de la forma más óptima posible los itinerarios y paradas de las rutas escolares. ¿Qué metodología utilizan en Madrid? Por el momento no se dispone de ninguna herramienta informática para planificar los itinerarios de las rutas de transporte escolar. En un futuro prevemos disponer de este tipo de herramientas que, sin ninguna duda, permitirán mejorar aún más calidad del servicio. Nos retiramos agradeciendo a D. José Luis Moreno la amabilidad y atención que nos ha dispensado y satisfechos también por el reconocimiento que le da la Consejería de Educación al delicado trabajo que hacemos las empresas de transporte, trasladando a los 24.000 niños que acuden cada día a los centros públicos de nuestra Comunidad.


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Opinión ¿Aprobaremos este curso? Se ha iniciado un nuevo curso escolar. Los transportistas ya han firmado o renovado sus contratos, engrasado y puesto a funcionar sus máquinas para la nueva campaña. Como ha comentado el Director General de Infraestructuras y Servicios, en los últimos seis años los servicios de transporte escolar en nuestra Comunidad se han desarrollado con absoluta normalidad y con un nivel de calidad muy alto. Así lo demuestra el grado de satisfacción de los usuarios. Sin embargo en estos mismos años otras Comunidades han tenido muchos problemas para realizar estos servicios. El último caso lo hemos conocido este año en el Principado de Asturias donde se llegó incluso a convocar una huelga de transportistas. ¿Por qué en Madrid si ha funcionado y en otras regiones no? Para buscar la razón tenemos que irnos al mes de septiembre de 2001. En aquella fecha y cumpliendo con la premisa que marca también el nuevo Director General D. José Luis Moreno, la Comunidad de Madrid y las empresas de transporte firmaron un acuerdo que permitió la mejora en la calidad de los servicios.

“En los últimos seis años los servicios de transporte escolar en nuestra Comunidad se han desarrollado con un nivel de calidad muy alto” Este acuerdo establecía una mayor duración de los contratos pasando de 1 año hasta 4. Además reflejaba una actualización en los precios de licitación acorde con la realidad de los costes de las empresas. Esta actualización de precios, como dice también el nuevo Director General, “…ha permitido

que las empresas transportistas hayan llevado a cabo importantes renovaciones de sus flotas y destinar cada vez mas vehículos de nueva matriculación para la prestación del servicio…” Otro apartado importante que ofre-

“Se observa cómo en este nuevo curso se han firmado contratos con precios muy inferiores a los costes mínimos que tenemos las empresas de transporte” cía el Acuerdo era que en aras de mantener la calidad de los servicios, no se iban a aceptar las ofertas que tuvieran una bajada de precios superior al 15% sobre el precio de licitación. Sin embargo este punto la Consejería no lo ha sabido, no ha podido o no lo ha querido respetar. La consecuencia no se ha hecho esperar y tanto en el curso pasado como en este se están aceptando ofertas con bajadas que han llegado incluso al 40% de los precios de licitación. Teniendo en cuenta además que la Consejería, como también dice el nuevo Director General, considera ahora el precio como el valor más importante, pues se está observando cómo en este nuevo curso, muchos contratos se han firmado con precios muy inferiores a los costes mínimos que tenemos las empresas de transporte, según el estudio COVIMAD publicado por la Consejería de Transportes y según los Criterios Económicos Orientativos publicados por La Asociación y que están basados también en COVIMAD. Esta situación empieza ya a ser preocupante para los transportistas que son perfectamente conocedores de los costes mínimos y debería serlo igualmente para la Conse-

jería de Educación, la de Transportes y los propios usuarios. Los transportistas que no conocen o no quieren conocer los costes que necesitamos repercutir para hacer que nuestra actividad sea mínimamente rentable y podamos seguir ofreciendo un servicio de calidad, nos están arrastrando a todos a una nueva situación de crisis que se augura peor incluso que la que se produjo en los años 2000 y 2001. Esta situación se avecina más tormentosa que nunca puesto que coincide con la llegada de un nuevo ciclo de enfriamiento de la economía, como destaca nuestro presidente en su editorial. Además y de forma directa estamos sufriendo las continuas subidas históricas del combustible, de los tipos de interés, y como no, de los costes salariales que por la nueva reglamentación de tiempos de conducción y descanso impuesta desde Bruselas se han disparado más que nunca.

“La Asociación ha instado a la Comunidad de Madrid para crear un Plan de Actuación para el Transporte Discrecional” Para combatir esta y otras situaciones desde La Asociación ya se está instando a la Comunidad de Madrid para estudiar la posibilidad de crear un Plan de Actuación para el Transporte Discrecional. Mantenemos la ilusión de que esta vez podamos encontrar la solución definitiva que fortalezca nuestro sector, como en su día la encontraron las empresas de líneas regulares de larga distancia y todas las que están en “San Consorcio”. José Luis Conde


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Actualidad del Sector Inicio del Curso Escolar 07/08: Obligaciones y normativa a aplicar para las empresas transportistas Con el comienzo del curso escolar 2007/2008 las empresas de transporte de viajeros por carretera que efectúen estos servicios regulares de uso especial (menores y escolares) deben cumplir una serie de prescripciones técnicas en sus vehículos para cumplir debidamente la normativa reguladora al efecto. Es en el inicio del año escolar, cuando surgen las correspondientes dudas en los sectores afectados que pueden llevar a desinformaciones por parte de los medios de comunicación generales, no especializados en este tipo de transportes y que dan lugar a alarmas sociales injustificadas de los afectados al ser este un servicio especializado y de un cargado contenido sensible debido a los usuarios menores y escolares, que son transportados. Por tanto, desde la Asociación de Empresarios de Transporte en Autocar de Madrid trasladamos los siguientes puntos de interés referidos a las obligaciones que deben cumplir todos aquellos autocares que realizaran estos servicios regulares de uso especial a partir del 3 de septiembre de 2007, fecha oficial de inicio del Curso Escolar 2007/2008: • La normativa a cumplir en todo el territorio nacional, sin excepción por ninguna Comunidad Autónoma, es el vigente Real Decreto 443/2001, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores. En este Real Decreto se regulan su ámbito de aplicación, autorizaciones de transporte, antigüedad de los vehículos, prescripciones técnicas obligatorias, distintivo indicativo de transporte de menores, inspección técnica de vehículos, conductores, acompañante, limi-

tación de velocidad, itinerarios y paradas, duración máxima del viaje, seguros, obligaciones de la entidad organizadora del transporte e infracciones y sanciones. • Para el presente Curso Escolar 07/08 se produce la implantación total de la prescripción técnica obligatoria referente a las puertas de servicio, que serán del tipo operado por el conductor, debiendo cumplir las prescripciones técnicas del Reglamento CEPE/ONU que resulte de aplicación 36R03, 52R01 ó 107-. Los dispositivos de accionamiento de apertura de emergencia estarán debidamente protegidos para evitar una utilización no adecuada por parte de los menores. Dichos dispositivos no podrán ser anulados, excepto en la forma prevista en el Reglamento CEPE/ONU que resulte de aplicación. • La calificación de APTO PARA TRANSPORTE ESCOLAR de los vehículos autocares, se establece por parte de la Inspección Técnica de Vehículos correspondiente, por lo que si un vehículo cumple con las obligaciones y condiciones exigidas en el R.D. 443/2001, puede realizar sin problemas transporte escolar. En caso contrario, el organismo anteriormente indicado califica al vehículo como NO APTO y por tanto no podría realizar este tipo de transporte.

• Los cinturones de seguridad en los asientos de los usuarios únicamente son obligatorios para los vehículos que se matriculen a partir del 20 de octubre de 2007 conforme a las Directivas 2005/39CE, 2005/40/CE y 2005/41/CE, todas ellas del Parlamento y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, o para los asientos enfrentados a pasillos y conforme al R.D. 443/2001. Por tanto, no existe obligación legal de instalar cinturones en vehículos ya matriculados. No obstante, si el vehículo lleva instalados sistemas de retención homologados, será obligatoria su utilización por el conductor y los pasajeros de más de tres años de edad en aquellos vehículos destinados al transporte de personas de más de 9 plazas incluido el conductor. • No son obligatorios los cojines elevadores a distintas alturas, en función de la edad y estatura de los menores, ya que estas condiciones, establecidas en el art. 4.4º, apartados 2 y 3, del R.D. 443/2001, fueron derogadas por R.D. 965/2006, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación (Disposición derogatoria única). • El acompañante será obligatorio, entre otros supuestos, cuando al menos el 50% de los menores transportados sean menores de 12 años.

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Actualidad del Sector Fomento y Economía: Posiciones enfrentadas por los Concursos de Regular El plan de renovación de las concesiones regulares estatales elaborado por el Ministerio de Fomento está generando tensiones entre las principales compañías que operan en el mercado español, así como entre departamentos ministeriales. El Servicio de Defensa de la Competencia, dependiente del Ministerio de Economía cree que el plan de renovación de concesiones de líneas regulares elaborado por Fomento podría crear “barreras de entrada” para nuevos operadores. Así, el informe pone en evidencia diferencias de fondo con el criterio seguido por Fomento para sacar a concurso un centenar de líneas regulares. Las primeras concesiones se licitaran durante los próximos cinco años. Según Defensa de la Competencia “los requisitos de los futuros concursos podrían suponer una barrera de acceso a competidores potenciales, en particular, para pequeñas y medianas empresas”, además, Econo-

mía cree que mantener “el derecho preferente del antiguo concesionario en caso de igualdad de condiciones de la oferta” también puede suponer una barrera de entrada en este mercado de transporte, en plena fase de transformación empresarial. El Servicio de Defensa de la Competencia es especialmente severo con algunas de las condiciones que Fomento incorpora en los pliegos de los nuevos concursos, en concreto, destaca “los requisitos de capital social establecidos en función del número de autobuses, la experiencia previa en términos de años o la flota mínima fijada” entre otras condiciones. Para el sector, las diferencias entre ambos departamentos

parten de una premisa básica: “La apuesta por la calidad o la rentabilidad del servicio”. Según los empresarios, Fomento ha optado en los nuevos concursos por primar la calidad y este factor, en la actualidad, sólo está “al alcance de compañías con una determinada dimensión empresarial y financiera”. En cambio, Economía ha optado por seguir los criterios de Defensa de la Competencia que estableció el Tribunal de Defensa de la Competencia en el expediente de privatización de Enatcar en 1999.

Descenso moderado del número de empresas en 2007 EMPRESAS TRANSPORTISTAS DE VIAJEROS - AUTOBUS 2007

ENERO

FEBRERO

MARZO

ABRIL

MAYO

JUNIO

COMUNIDAD DE MADRID

476

476

472

465

466

464

ESPAÑA

3963

3963

3965

3929

3930

3918

EMPRESAS

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480 475 470 465 460 455 O ER N E

RO ZO RE AR B M FE

L RI AB

O AY M

O NI JU


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Actualidad del Sector Hacienda revisa el uso indebido de las tarjetas de gasóleo profesional La Inspección de la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Tributaria, ha detectado irregularidades en el uso de las tarjetas de gasóleo profesional tras efectuar la primera devolución correspondiente a los consumos realizados durante el primer trimestre del año. Estas irregularidades pueden deberse al uso de estas tarjetas para repostar en vehículos distintos al titular de la misma, bien sean turismos o ca-

miones. Este uso indebido, que en la mayoría de los casos no es malintencionado, puede acarrear además de la sanción pecuniaria correspondiente, la no devolución de la parte del Im-

puesto sobre Hidrocarburos y del Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos a los que se puede tener derecho por el uso del gasóleo profesional.

Se detectan los primeros tacógrafos digitales manipulados La Policía autónoma catalana halló el pasado mes de marzo los dos primeros tacógrafos digitales manipulados. Uno de ellos, que se encontró en un vehículo accidentado donde falleció el conductor, presentaba una manipulación compleja, algo que hace sospechar que deben estar implicados talleres especializados en la calibración. En el aparato encontrado se había modificado el sistema electrónico

para registrar menos velocidad de la real y no contar las horas de conducción “extra”. En estos casos, el transportista llega a pagar hasta 3.000 euros para la manipulación de su tacógrafo por un técnico, pero a diferencia de los analógicos, los tacógrafos digitales dejan rastro ya que es necesaria la tarjeta de identificación del taller para realizar cualquier operación. De momento, parece que son casos aislados aunque la investigación sigue abierta y se están comprobando todo tipo de orga-

nismos técnicos, talleres y centros de ensayo.

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Actualidad del Sector 20

Anteproyecto de la Ley de Contrato de Transporte Se encuentra en estudio para observaciones en el Comité Nacional del Transporte del Ministerio de Fomento el Anteproyecto de la Ley de Contrato de Transporte, cuyo objetivo es actualizar el régimen jurídico en el transporte de mercancías y pasajeros, tanto por carretera como por ferrocarril. Hasta la fecha, el contrato de transporte se encuentra regulado básicamente en el texto del Código de Comercio de 1885, en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres de 1987 y en su Reglamento de 1990, recientemente modificado. Según el Gobierno, la futura regulación, que ahora deberá someterse a la consulta del sector de transportes, de las Comunidades Autónomas y de las distintas Administraciones Públicas afectadas, “pondrá fin a la anacrónica situación actual” y “acabará con la inseguridad jurídica que en la actualidad existe en esta materia”.

En Anteproyecto presentado adapta el Derecho del contrato de transporte terrestre español al modelo que suponen los convenios internacionales, especialmente al Convenio de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera (CMR) y a las Reglas Uniformes CIM/1999, “siguiendo así el camino trazado por otros países europeos”. El nuevo texto regulará por primera vez la responsabilidad por daños o pérdida de equipajes y la ampliación del plazo de prescripción de acciones de responsabili-

dad por daños personales a los viajeros hasta tres años. Igualmente, especificará con detalle todo lo relativo al acondicionamiento y entrega de mercancías y establecerá una norma específica para los servicios de paquetería y pequeños envíos. La importancia de esta Ley ha hecho que desde ANETRA NACIONAL se realicen observaciones a la misma dentro del Comité Nacional del Transporte.

Galicia compensará a los transportistas por el céntimo sanitario El Gobierno gallego, a través de la Consellería de Política Territorial, ha puesto en marcha una línea de ayudas para los transportistas gallegos con el fin de compensar el “céntimo sanitario”. Este sistema compensatorio viene condicionado, sin embargo, por la aplicación de una serie de mejoras tecnológicas, de seguridad y medioambientales en la flota de los solicitantes. Los potenciales beneficiarios de los 10 millones de euros destinados a tal fin, son los más de 10.000 transportistas que cuentan con autorización en la Xunta. Según la Consellería se preten-

de “compensar en su totalidad todo el gasto del sector en combustible”. El impuesto del céntimo sanitario se aplica actualmente en las comunidades autónomas de Ga-

licia, Asturias, Madrid, Valencia, Cataluña y Castilla La Mancha, aunque solo en las dos últimas se han establecido medidas compensatorias.


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Actualidad del Sector Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo Se ha publicado la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo. Entre las novedades normativas que incluye se encuentran la definición del trabajador autónomo económicamente dependiente como el autónomo que percibe de una sola empresa cliente, al menos, el 75% de sus ingresos totales por rendimientos de trabajo y de actividades económicas o profesionales, que no tiene a su cargo trabajadores por cuenta ajena y que reúne las condiciones de riesgo y ventura e independencia necesarias en la realización de su actividad profesional. Con esta regulación, el Gobierno quiere combatir la utilización de esta figura que hacen muchas empresas, para no abonar los costes de Seguridad Social de los trabajadores por cuenta ajena. Así, a partir de la entrada en vigor de la Ley, la relación laboral con la empresa cliente deberá figurar en un contrato escrito. El trabajador económicamente dependiente también tendrá

derecho a 18 días retribuidos de vacaciones y a una indemnización por daños y perjuicios causados cuando el cliente incumpla el contrato. Respecto a la denominada prestación por cese de actividad, configurada inicialmente como la extensión a los autónomos de la prestación por desempleo de los trabajadores por cuenta ajena, queda pendiente de una futura regulación especifica, que

deberá garantizar los principios de contributividad, solidaridad y sostenibilidad financiera, y sin que ello pueda implicar costes adicionales en el nivel no contributivo del sistema de la Seguridad Social. La norma recoge también la posibilidad de que los trabajadores autónomos puedan acogerse a los acuerdos de interés profesional sectoriales, equivalentes a los convenios colectivos de las empresas.

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Actualidad del Sector 22

Publicación del Real Decreto 1032/2007 por el que se regula la cualificacion inicial y formación continua de los conductores profesionales: CAP –Certificado de Aptitud Profesional– Se ha publicado en el BOE de 02/08/07 el Real Decreto que regula la cualificación inicial y formación continua de los conductores profesionales, es decir, el denominado CAP o Certificado de Aptitud Profesional. Esta importante norma se basa en mejorar la seguridad vial y la del propio conductor, quedando afectados los conductores profesionales dedicados al transporte por carretera (Carnet de las clases C1, C1+E, C ó C+E, D, E1+E, D ó D+E). Una vez obteni-

do el carnet de conducir correspondiente, el conductor debe conseguir el CAP, sin cuyo documento, expedido en forma de Tarjeta, no podrá ejercer la profesión. Con el fin de mantener los conocimientos se precisa además que cada 5 años se asista a cur-

sos para revalidar el CAP. De esta cualificación inicial estarán exentos, por tener derechos adquiridos, los titulares de carnet de autobús expedido antes del 10 de septiembre de 2008.

La fiscalidad en el sector del transporte por carretera La Secretaria General de Transportes de la Dirección General de Transportes por Carretera del Ministerio de Fomento ha publicado un interesante estudio conceptuado como resumen ejecutivo sobre “La fiscalidad en el sector del transporte por carretera y su repercusión en la productividad empresarial y nacional”.

En la página Web del Ministerio de Fomento (www.mfom.es) se encuentra colgado el Estudio para la descarga directa por parte de cualquier interesado en el mismo.

Reforma del Código Penal en materia de seguridad vial En el mes de Julio el Congreso de los Diputados aprobó la toma en consideración de la propuesta de diferentes grupos parlamentarios por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, del Código Penal en materia de Seguridad Vial. Esta reforma pretende tipificar como delito penal superar los 200 Km/h en autopista, 180 Km/h en carretera o 110 Km/h en vías urbanas, que podrá ser castigado con una pena de pri-

sión de tres a seis meses, la misma pena se aplicará a la conducción con tasas superiores a 1,2 gramos de alcohol por litro de sangre. También se considerara un delito penal con-

ducir un vehículo habiendo perdido todos los puntos del carné, supuesto que será castigado con tres a seis meses de cárcel y la privación del derecho a conducir por un tiempo de entre uno y seis años. Por ultimo, se introduce una disposición adicional que insta a las distintas administraciones a mejorar la señalización y revisar los limites máximos de velocidad establecidos actualmente.


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Actualidad del Sector 24

El transporte por carretera en Europa Por parte de la Comisión de la Comunidad Europea se han elevado dos propuestas de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, la primera de ellas por la que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para ejercer la profesión de transportistas por carretera, y la segunda sobre las normas comunes de acceso al mercado de los servicios de autocares y autobuses. El Reglamento propuesto por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para ejercer la profesión de transportistas por carretera, aclara las disposiciones legales existentes y las completa para reforzar la coherencia de conjunto y garantizar una aplicación efectiva y homogénea, introduciendo los siguientes elementos: La responsabilidad del gestor de transporte, criterios de cumplimiento para que una empresa este establecida de forma real y estable, indicadores financieros comparables para medir la capacidad financiera de una empresa, for-

mación mínima obligatoria de 140 horas antes del examen que demuestra la capacidad profesional y acreditación de los centros de formación y centros de examen, obligación de las autoridades de comprobar que un transportista ha dejado de cumplir las condiciones de honorabilidad y capacidad financiera o profesional, el reconocimiento entre Estados miembros de las infracciones a las normas de la CE del transporte por carretera, y la supresión progresiva de determinados regímenes de excepciones. En cuanto al Reglamento propuesto sobre normas comunes al acce-

so al mercado de los servicios de autocares y autobuses introduce las siguientes modificaciones: Un procedimiento mas sencillo y rápido para autorizar los servicios regulares internacionales, las normas de cabotaje se mantienen generalmente sin cambios, simplificación y normalización de la licencia comunitaria y, disposiciones legales de mejor calidad que obligan a actuar a un Estado miembro cuando otro Estado miembro así lo solicite, en caso de que el transportista al que el primero haya expedido una licencia comunitaria cometa una infracción en otro país.

Restricciones de acceso de paso a La Rambla de Barcelona En la ciudad de Barcelona se ha restringido el acceso de los autocares a La Rambla –desde el monumento a Colon hasta la Pza. de Cataluña-, estando solo permitido realizar operaciones de subida y bajada de viajeros en los Hoteles correspondientes, pero no como vía de paso. La restricción en La Rambla en sentido ascendente, se desarrollara con 7 cámaras que verificaran que los vehículos no utilicen la vía como simple paso, estando exentos los vecinos, los usuarios de aparcamientos y hoteles, el transporte público y los vehículos autorizados y de servicios dentro de las

franjas horarias de lunes a sábado de 11h a 15h y de 17h a 20.30h y domingos y festivos de 9h a 21h. Para obtener la autorización correspondiente durante dichas franjas horarias en los servicios a desarrollar en Hoteles de la zona, el Hotel accederá con su clave al sistema e introducirá la matricula

del vehículo en el sistema de la Guardia Urbana, de forma que dicho vehículo no sea sancionado (90 e/sanción).


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Proyecto de Real Decreto sobre estaciones ITV La Dirección General de Transportes por Carretera del Ministerio de Fomento ha enviado al Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC) el Proyecto de Real Decreto sobre normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos. En este sentido, el Departamento de Viajeros del CNTC, ha propuesto las siguientes modificaciones: - Podrán establecerse en las dependencias de empresas de transporte de viajeros o mercancías, estaciones de autobuses y centros de transporte y logística, estaciones de ITV para realizar las inspecciones sobre los vehículos afectos a su explotación. - La ejecución material de las inspecciones podrán ser realizadas por los titulares de las estaciones de ITV que presten servicio en la zona geográfica donde se ubica la empresa de transporte. - Los requisitos que deben cumplir estas estaciones serán los mismos que los establecidos para el común de las estaciones de ITV que se establecen en el presente RD, con la excepción de que solo podrán llevarse a cabo inspecciones para los vehículos

afectos a la explotación de la empresa de transportes en la que se encuentre ubicada la estación. Con las siguientes puntualizaciones: - La estación ITV deberá disponer únicamente de línea de inspección para el tipo de vehículos de su explotación. - Como recinto de espera de la estación de ITV podrá considerarse el recinto general de estacionamiento de la empresa de transportes. - Las naves de la estación de ITV podrán formar parte de las construcciones generales de la empresa de transportes, sin requerir registro industrial independiente. - El equipo humano de la estación ITV ubicado en la empresa de transportes podrá estar asignado a otra estación de ITV distinta y perteneciente a la empresa titular que lleve a cabo la ejecución material de las inspecciones.


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Actualidad del Sector 26

El freno electrónico de Siemens Siemens VDO ha testado su nueva y revolucionaria tecnología de frenado en las hostiles condiciones del círculo polar ártico. Los resultados reflejaron que el Freno Electrónico de Cuña (EWB), reduce las distancias de frenado hasta en un 15% en carreteras afectadas por la existencia de hielo. Esta nueva tecnología estará disponible para su producción en serie en 2010.

Para comprobar la capacidad de frenado y su efectividad, la compa-

ñía decidió organizar unas pruebas en Arjeplog (Suiza) a las que invitó a prensa de toda Europa y en las que se demostró que los vehículos equipados con esta nueva tecnología consiguen reducir la distancia de frenado en carreteras afectadas por hielo y nieve en un 15% y en comparación con los vehículos equipados con frenos hidráulicos. La ventaja es clara: en un recorrido de 75 metros de asfalto con hielo, vehículos de tamaño medio equipados con frenos hidráulicos convencionales, ABS y neu-

máticos de invierno pueden hacer una parada completa con una velocidad de 80 KM/h. Bajo condiciones similares, el último prototipo de sistema electrónico de frenado alcanzó una parada en 64.5 metros. Durante el frenado, un motor eléctrico presiona la cuña conectada a la zapata del freno situada entre el calibrador del freno y el disco de frenado. La rotación de la rueda y la fricción resultante refuerzan automáticamente el efecto de la cuña. Esto da lugar a potencias de frenado muy alta utilizando el mínimo esfuerzo. Los buenos resultados obtenidos en esta prueba se están revisando y se pretende utilizarlas para futuros desarrollos adicionales de hardware y software de este producto. Siemens VDO tiene previsto tener este producto disponible para el año 2010.

Criterios de actuación en los tiempos de conducción y descanso La Dirección General de Transportes del Ministerio de Fomento ha elaborado unos Criterios de Actuación en los tiempos de conducción y descanso establecidos en el nuevo y vigente Reglamento 561/2006 en la materia. Estos Criterios de Actuación serán validos en todo el territorio nacional hasta que la Comisión Europea clarifique a nivel europeo, la interpretación definitiva que debe hacerse al citado Reglamento. Los Criterios establecidos se refieren a: - Inserción del disco diagrama u hoja de registro y anotaciones manuales.

- Justificación cuando se ha conducido un vehículo excluido del ámbito de aplicación del Reglamento 561/2006. - Documentación que debe aportarse por el conductor en un control en carretera. - Tiempos de Conducción y Descanso: Conducción diaria, semanal, bisemanal; Interrupción a la conducción; Descanso diario, semanal; Prelación de las infraccio-

nes; Inmovilizaciones. - Limitador de velocidad. - Inmovilización por manipulación de los aparatos de control. - Controles en un tacógrafo digital. - Ausencia de tarjeta de conductor. - Verificación de los tiempos de conducción y descanso y papel de impresión. - Manipulación tacógrafo digital. - Retirada de tarjeta de conductor. Tienes a tu disposición en la página Web de la Asociación www.aetram.es dentro de la sección de documentos del área de asociados el documento integro de los Criterios de Actuación para su descarga directa.


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Actualidad del Sector Justificación tras conducción de un vehículo excluido del ámbito de aplicación del Reglamento 561/2006 Dentro de los Criterios de Actuación en los tiempos de conducción y descanso establecidos en el nuevo y vigente Reglamento 561/2006, se establecen la clarificación en cuanto a la forma de justificar cuando se ha conducido un vehículo excluido del ámbito de aplicación del Reglamento 561/2006 –vehículos dedicados al transporte regular de uso especial cuyo radio de acción es de menos de 50 km-. Distinguiéndose tres supuestos: - El conductor utiliza habitualmente un vehículo excluido del ámbito de aplicación del Regl. 561/2006: En este caso el conductor no tiene la obligación de justificar sus actividades. - El conductor, en una misma jornada, efectúa conducciones en un vehículo no sujeto al Regl. 561/2006 y en un vehículo que si esta incluido en su ámbito de aplicación: En este caso el conductor, deberá registrar como “otro trabajo” el periodo en que conduzca un vehículo utilizado para operaciones comerciales que entren dentro del ámbito de aplicación del referido Reglamento, desde su ultimo periodo de descanso diario o semanal. Por ejemplo, un conductor que al principio de su jornada realiza un transporte escolar o de productores de menos de 50 km y a continuación una excursión. En este caso el conductor, cuando inicie la excursión deberá anotar, en el disco diagrama o en la tarjeta de conductor de tacógrafo, como “otros trabajos” el periodo de tiempo en que ha estado conduciendo el ve-

hículo dedicado al transporte escolar o de productores. - El conductor conduce varias jornadas un vehículo no sujeto al Regl. 561/2006 y en la jornada posterior utiliza un vehículo que si esta incluido en su ámbito de aplicación. En este supuesto el conductor deberá justificar las jornadas en las que ha efectuado conducciones en un vehículo excluido del ámbito de aplicación del Regl. 561/2006, rellenando el certificado de actividades normalizado que, para este supuesto, se recoge en la

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Decisión de la Comisión de 12 de abril de 2007, y del que se adjunta modelo autorellenable. Por ejemplo, un conductor que lunes, martes, miércoles y jueves efectúa servicios regulares de uso especial de menos de 50 km y el viernes hace un servicio discrecional, en este supuesto, el viernes cuando este realizando el servicio discrecional el conductor, deberá

llevar un certificado de actividades de conductor en el que se justifique debidamente que, durante el lunes, martes, miércoles y jueves, ha estado efectuando conducciones en un vehículo excluido del ámbito de aplicación del Regl. 561/2006. Estas justificaciones están referidas siempre a la semana en curso y a los 15 días anteriores (a partir del 1 de enero de 2008, estos periodos abarcaran el día en curso y los 28 días anteriores) en que se efectué el control en carretera.

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Actualidad del Sector 28

Se introduce la “viñeta” en las carreteras de Lituania Lituania tiene en marcha el sistema de Euroviñeta desde el pasado 1 de julio para la gestión y cobro por la utilización de las carreteras principales (A1-A18), que aparecen señalizadas a través de una señal en marco rojo.

La novedad reside en la forma de pago a través de las llamadas “Viñetas” manteniéndose los importes previstos. Los usuarios podrán pagar en estaciones de servicio y puntos específicamente señalizados. Para mas información se puede consultar la pagina Web del Ministerio de Transporte lituano www.lra.lt

Subvenciones CAM para la realización de proyectos de ahorro energético en empresas de transporte Se ha publicado en el BOCM de fecha 24 de septiembre de 2007 la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de ahorro energético en empresas de transporte para el ejercicio 2007. El objetivo de esta línea de subvenciones por parte de la Administración es fomentar la realización de auditorias de eficiencia energética y la implantación de tecnologías que contribuyan al ahorro de combustible, por parte de las empresas de transporte. Los gastos subvencionables alcanzan a las auditorias de eficiencia energética (gestión de rutas, gestión de cargas, gestión de combustible, nuevas tecnologías telemáticas, adecuación de la flota a los servicios que se realizan, formación de conductores y

gestores), incluyendo contratación de consultores externos para la realización de la auditoria con una cuantía del 70 por 100 con un limite de 21.000 euros, y en el caso de las tecnologías de ahorro de energía (sistemas telemáticos de gestión de flotas de transporte, software/hardware relativo a planificación y control de rutas e itinerarios, sistemas tecnológicos de mejora de la gestión del combustible, sistemas tecnológicos de gestión de carga y descarga) alcanzan a los gastos de adquisición y puesta en servicio de todos los equipos y programas

necesarios para su funcionamiento con una cuantía del 40 por 100 con un limite de 21.000 euros. Los proyectos objeto de subvención deben reunir el requisito de haberse iniciado a partir del 1 de enero del año de la convocatoria. Las solicitudes de subvención se pueden presentar en el plazo de quince días a partir de la publicación de la convocatoria (24/09/07). Tienes a tu disposición el contenido integro de la Orden en la Web de la Asociación www.aetram.es, dentro de la sección SUBVENCIONES del AREA ASOCIADOS.


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Resumen Circulares CIRCULARES INFORMATIVAS 2007 FECHA

CONTENIDO

18/01/2007

I.- Tabla salarial definitiva año 2006 y tabla salarial año 2007 II.- IPC año 2006 III.- Ayudas abandono de la actividad autónomos

26/01/2007

I.II.III.IV.V.VI.VII.-

Obligación limitador de velocidad Menores y cinturón de seguridad Certificado de conductores de Bulgaria y Rumania Transporte internacional Especificaciones para retrovisores y dispositivos acústicos en el transporte escolar Señal de transporte escolar Obligatoriedad informe preliminar de situación de suelos contaminados

16/02/2007

I.II.III.IV.-

Exámenes titulo capacitación profesional año 2007 Tiempos de descanso y conducción Operaciones de control y vigilancia de la DGT Riesgos laborales

13/03/2007

I.- Certificado de conductores Bulgaria y Rumania II.- Obligación de información de las empresas de transporte sobre los viajeros procedentes de fuera del espacio Schengen III.- Exteriorización de los premios a la jubilación IV.- Oferta centro técnico de seguros

14/03/2007

I.- La Asociación facilitará a sus asociados los trámites del gasóleo profesional II.- Instalaciones de consumo propio de gasóleo profesional

23/04/2007

I.II.III.IV.-

Transporte escolar: entrada en vigor de la prescripción sobre puertas de servicio Certificado de actividades para conductores profesionales Servicio de venta de botiquines para autocares en La Asociación El 1 de abril entró en vigor la nueva orden de módulos del IRPF e IVA para 2007

04/05/2007

I.II.III.IV.-

Subvenciones CAM para la adaptación de vehículos a su uso por personas con movilidad reducida Subvenciones CAM para la realización de inversiones para la contratación de mujeres Subvenciones CAM para la formación de conductores profesionales Resolución del Mº Fomento sobre controles mínimos sobre las jornadas de trabajo de los conductores en el transporte por carretera

16/05/2007

I.- Plan de movilidad de Autocares turísticos y culturales del Ayuntamiento de Madrid II.- Dípticos sobre tiempos de descanso y conducción – Regl. CE 561/2006 III.- Pegatinas autocares con cinturón de seguridad

29/05/2007

I.- Excepciones a la obligatoriedad de las normas sobre tiempos de conducción y descanso y el uso del tacógrafo en el transporte por carretera II.- Baremo sancionador de transportes III.- Certificados y sistemas de calidad IV.- Nuevo horario en La Asociación

01/06/2007

I.II.III.IV.-

15/06/2007

I.- Actualización y modificación del Plan de Movilidad de autocares turísticos y culturales del Ayuntamiento de Madrid II.- Restricción del acceso de paso a la Rambla de Barcelona

24/07/2007

I.- Recogida de firmas para el restablecimiento de la excepción de los doce días en la reglamentación europea sobre tiempos de descanso y conducción II.- Actualización y modificación del plan de movilidad de autocares turísticos y culturales del Ayuntamiento de Madrid III.- Horario de verano (agosto) de La Asociación

01/08/2007

Habilitaciones Tte. escolar y otorgamiento o visado de autorizaciones transporte regular de uso especial Presentación del nuevo modelo de carrocería Irizar i4 Transporte de viajeros en Alemania Certificado de actividades para conductores profesionales

I.- Plan de formación de La Asociación: curso gratuito para empresas asociadas y empleados

09/08/2007

I.II.III.IV.-

Criterios de actuación en los tiempos de conducción y descanso Justificación cuando se ha conducido un vehículo excluido del ámbito de aplicación del Reglamento 561/2006 Certificado de actividades: modelo autorellenable Real Decreto 1032/2007 por el que se regula la cualificación inicial y formación continua de los conductores profesionales: CAP -certificado de aptitud profesional-

26/09/2007

I.II.III.IV.V.-

Subvenciones CAM para la realización de proyectos de ahorro energético en empresas de transporte Subvenciones CAM para la adquisición de vehículos industriales alimentados con energías alternativas Cursos de formación en La Asociación Plan de inspección del transporte en la CAM La Asociación en el portal Web blogautobuses.com

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Certificado de Actividades con arreglo al Reglamento 561/2006 sobre Tiempos de Conducción y Descanso. ¿Hay que llevarlo para justificar los días libres? No. El Certificado de Actividades vale única y exclusivamente para aquellos supuestos para los que se ha elaborado, es decir, vacaciones, bajas y utilización de vehículos no sujetos al Reglamento 561/2006. Asimismo, la normativa actual del transporte no indica la necesidad de justificar los descanso y días libres en modo alguno, ante una inspección de

tacógrafos en carretera. El Reglamento 3821/85 indica que los conductores utilizaran para acreditar sus tiempos de conducción y descanso las correspondientes hojas de registro o tarjetas de conductor, todos los días que

conduzcan y a partir del momento en que tomen a su carga el vehículo. La hoja de registro o tarjeta de conductor no se retiraran antes de que finalice el periodo de trabajo diario, excepto si se autorizase su retirada. Por tanto, cuando hay descanso no puede haber discos, luego no tiene porque haber justificación alguna del descanso o días libres.

En caso de perdida de equipaje de los viajeros durante la realización de un servicio de transporte de viajeros por carretera ¿Qué responsabilidad tiene el transportista? El ROTT en su vigente regulación estipula en su artículo 3º la responsabilidad del transportista en caso de pérdida o avería que sufran los equipajes de los pasajeros, conforme a las siguientes condiciones: 1.- Salvo que expresamente se pacten cuantías o condiciones diferentes, la responsabilidad de los porteadores de viajeros por las perdidas o averías que sufran los equipajes de éstos estará limitada como máximo a 14,5 euros por kilogramo. 2.- La vigilancia de los bultos de mano corresponderá al viajero al que acompañan y, en consecuencia, serán de su cuenta los daños que éstos puedan sufrir mientras se encuentren a bordo del vehículo, salvo que se pruebe la responsabilidad de la empresa transportista, en cuyo caso

serán de aplicación las limitaciones anteriormente previstas en relación con los equipajes. 3.- En todo caso, se considerara responsable a la empresa transportista de la posible perdida o deterioro de los bultos de mano ocurrida en algún momento en que, con ocasión de una parada, todos los ocupantes hubieran abandonado el vehículo sin que, inmediatamente después, el conductor hubiera cerrado las puertas de acceso al mismo. 4.- La prueba de pacto de límites o condiciones de responsabilidad diferentes a los establecidos en los apartados anteriores corresponderá a la parte que los alegue. 5.- Las limitaciones de responsabilidad previstas en los apartados anteriores no serán de aplicación cuando

el daño se produzca mediando dolo del transportista. 6.- Cuando se pacten limites superiores o condiciones de responsabilidad diferentes a las previstas en los apartados anteriores, el transportista podrá percibir una cantidad adicional sobre el precio del transporte en correspondencia al aumento de responsabilidad pactado, siendo la misma libremente pactada entre las partes.


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