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Ya puede exonerar su bien inmueble

Único requisito es poseer una sola propiedad a nivel nacional.

¿Qué debe presentar?

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Solicitud completamente llena, no se analizarán solicitudes incompletas, con tachones o con corrector para bolígrafo.

La exoneración aplica solamente a personas físicas, no aplica para fallecidos.

Si el propietario es menor de edad, será representado por quien ejerce su patria potestad (presentar certificación de nacimiento del menor o la tarjeta de identidad de menores TIM en el caso que aplique) o en caso contrario quien ejerce su tutela (presentar resolución judicial).

Recuerde que debe estar al día con las obligaciones Municipales al 31 de diciembre de 2022.

¿Cómo realizar el trámite?

En esta ocasión podrá hacerlo de forma presencial o digital.

Agende su cita para realizar el trámite, la cual puede sacar desde la página web de la Municipalidad de Santa Ana. Solicite la cita a los teléfonos: 2582-7228 / 2582-7225 / 2582-7229 / 2582-7226.

También puede hacer el trámite de forma digital: enviar un correo electrónico a la dirección valoraciones@santaana.go.cr con los siguientes documentos:

Solicitud debidamente llena y firmada, ya sea escaneada o con firma digital.

Si la solicitud es escaneada debe de adjuntarle copia de la cédula por ambos lados.

Debe tener en cuenta que cada cita vale por una exoneración. Si el solicitante posee varios derechos en una misma propiedad, debe de agendar una cita por cada derecho o si va a realizar el trámite de dos o más personas, debe de agendar una cita por cada uno.