3 minute read

INMOBILIARIA

VENTA APARTAMENTOS Y PISOS Ático con vistas al Montgó y al Castillo. 2 habitaciones, 2 baños, amplias terrazas con orientación sur. ¡Garaje y trastero! ¡Oportunidad única! 175.000€. Tel. 96 578 05 74 y 679 734 693 www.carmenvaragestion.com

Dénia, Ubicación Marineta Casiana. Apartamento en urbanización con piscina y garaje. 2 dormitorios. Amplio y luminoso. 195.000 €. ¡No busque más! Tel. 96 578 05 74 y 679 734 693. www.carmenvaragestion.com

Advertisement

PARCELAS Dénia, Galeretes. Parcela llana, soleada de 800 m2, zona La Florida, con agua, luz y proyecto básico. Precio a convenir. Tel. 685 450 543

Dénia, Galeretes. Se vende parcela de 926 m2, con proyecto. Precio 180.000 €. Tel. 610 203 602

ALQUILERES Dénia. Se alquila local planta baja de 70m2 en la Avda. Poeta Miguel Hernández, 6. 650€ al mes, no necesita obra, no apto para hostelería. Tel. de contacto 655938018

Dénia. (NÁUTICO RESIDENCIAL EN PUERTO DE DÉNIA). Se alquila, piso nuevo, 2 habitaciones, 2 baños, cocina, salón-comedor y plaza de garaje. Precio 500 €/mes (incluida plaza de garaje). Tel 608 227 500

CAPTACIONES Atenea Alquileres. Se buscan propiedades en Dénia para nuestros clientes de alquiler vacacional. Trato profesional y máxima seriedad. Crta. Las Marinas 101, junto a La Marina de Reig. 619 000 554.

REFORMAS Se hacen reformas de buena calidad, a buen precio. Presupuesto sin compromiso. Interesados llamar 686 451 622.

¡¡ SE VENDE!!

Ref. LS-227

42 | RE-VISTA Completamente amueblado, 5 dormitorios, salón-comedor con chimenea, 2 baños completos. Calefacción y splits frio/calor en toda la casa. 3 terrazas, amplio garaje, lavadero, 1 aseo exterior junto piscina, barbacoa con horno de leña, amplias zonas ajardinadas, árboles frutales ( naranjos, limoneros, nísperos, nogal...). En Partida Campell. Barranc de la Parra, Pedreguer. Superficie: 200 m 2

. Terreno: 7.500 m 2 . CHALET DE DOS PLANTAS EN PLENA NATURALEZA, EN LAS FALDAS DE LA MONTAÑA

¿Qué es el Catastro?

El Catastro es un registro administrativo que depende del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Contiene la descripción de los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales, cuya inscripción en el mismo es obligatoria y gratuita, características que lo diferencian del Registro de la propiedad.

¿Qué es la referencia catastral? La referencia catastral es el identificador oficial y obligatorio de los inmuebles. Consiste en un código alfanumérico, formado por veinte caracteres, que es asignado por el Catastro de manera que todo inmueble debe tener una única referencia catastral. La referencia catastral permite la localización de los bienes inmuebles en la cartografía catastral, con lo que se sabe con exactitud de qué inmueble se trata en los negocios jurídicos (compra-ventas, herencias, donaciones, etc.), no confundiéndose unos bienes con otros. Además, con la constancia de la referencia catastral se proporciona una mayor seguridad jurídica a las personas que realicen contratos relativos a bienes inmuebles, constituyendo una herramienta eficaz de lucha contra el fraude en el sector inmobiliario.

Por todo ello, la referencia catastral debe figurar en todos los documentos que reflejen relaciones de naturaleza económica o con trascendencia tributaria vinculadas al inmueble, tales como instrumentos públicos, mandamientos y resoluciones judiciales, expedientes y resoluciones administrativas, documentos privados que tengan por objeto bienes inmuebles. La referencia catastral debe hacerse constar también en el Registro de la propiedad.

¿Cómo se inscriben los inmuebles en el Catastro? La inscripción o incorporación de los bienes inmuebles al Catastro se puede realizar mediante alguno de los siguientes procedimientos, todos ellos de naturaleza tributaria: • Declaración presentada por el interesado. • Comunicación remitida al Catastro por los Notarios y Registradores de la propiedad y determinadas Administraciones Públicas. • Solicitud, en los casos legalmente establecidos, presentada por el interesado.

¿Quién es el titular de un bien inmueble? El titular catastral es cualquier persona natural o jurídica inscrita en el Catastro por ser titular de alguno de los siguientes derechos, que pueden referirse a la totalidad o a parte de un inmueble. Cuando sobre un mismo inmueble concurran varios titulares, los trámites con el Catastro se desarrollan con el representante que hayan designado. Si la titularidad corresponde a los dos cónyuges, la representación se presume otorgada a cualquiera de ellos, salvo que expresamente manifiesten otra cosa.

Fuente: minhap.gob.es (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas)

This article is from: