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PROYECTO DE LEY LEY DE MATRIMONIO IGUALITARIO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA LEY DE PARIDAD EN MATRIMONIOS CIVILES. Somos una reunión de diversas fuerzas sociales, organizadas en asociaciones, grupos, movimientos e iniciativas, y activistas independientes, todas en concordancia con la lucha por la reivindicación, defensa y protección de los Derechos Humanos de poblaciones lésbicas, gays, bisexuales y trans (En adelante se leerán como las siglas LGBT) unidas bajo el nombre de Frente por los Derechos Igualitarios. Los y las proponentes somos: La Coordinadora del Beso Diverso, Movimiento Diversidad, Ticosos, Personas, Sexualidades y Género (PSG), Espacio Latinoamericano de Sexualidades y Derechos – MULABI, Comunidad Arcoiris (CARI), Stop Homofobia, Colectiva Irreversibles, Mea Culpa, Movimiento INVISIBLES, Heterosexuales por la Igualdad de Derechos, Yo también hablo como tico, Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica (FEUCR), Familias Diversas Costa Rica, Ciudadanía por los Derechos Humanos, Foro Autónomo de Mujeres, Colectivo de Psicología de la Liberación, Colectiva por el Derecho a Decidir (CPDD), Iglesia Luterana Costarricense (ILCO), Hijas de la Negrita, Nuevo Partido Socialista (NPS), Las Rojas Costa Rica, Juventud del Frente Amplio (JFA), Comité Ejecutivo Nacional de la Juventud del PAC (CENJUPAC). Recurrimos a la aplicación de la Ley de Iniciativa Popular, considerando que lograremos prontitud en el trámite del proyecto y será una demostración de que la población en general, comparte la urgencia de acabar con la discriminación injusta e inhumana contra los derechos de las poblaciones LGTB. Progresivamente, la población costarricense ha tomado conciencia de la necesidad de que no existan ciudadanías de segunda categoría en nuestro país. Costa Rica ha firmado y ratificado la mayoría de instrumentos internacionales en materia de Derechos Humanos y consecuentemente es un imperativo el reconocimiento de los derechos de toda persona sin importar su orientación sexual o su identidad de género. No es posible que Costa Rica, como estado se vanaglorie de su supuesto respeto a los Derechos Humanos, en tanto este es un reconocimiento de iure y no de facto mientras siguen habiendo personas cuyos derechos no son reconocidos. De consideración es el fundamento de Derecho Internacional sobre la necesidad de protección de las personas contra tratos discriminatorios basados en su orientación sexual e identidad de género. Al respecto, ya en el Sistema Interamericano, la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos ha aprobado desde 2008 en sus sesiones anuales cuatro resoluciones sucesivas respecto mediante las cuales se ha exigido la adopción de medidas concretas para una protección eficaz contra actos discriminatorios.1 1 Cfr. AG/RES. 2653 (XLI-O/11), Derechos humanos, orientación sexual e identidad de género, aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 7 de junio de 2011 (“LA ASAMBLEA GENERAL […] RESUELVE: 1. Condenar la discriminación contra personas por motivos de orientación sexual e identidad de género, e instar a los Estados dentro de los parámetros de las instituciones jurídicas de su ordenamiento interno, a adoptar las medidas necesarias para prevenir, sancionar y erradicar dicha discriminación”); AG/RES. 2600 (XL-O/10), Derechos humanos, orientación sexual e identidad de Género, aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 8 de junio de 2010 (“LA ASAMBLEA GENERAL […] RESUELVE: 1. Condenar los actos de violencia y las violaciones de derechos humanos contra personas a causa de su orientación sexual e identidad de género, e instar a los Estados a investigarlos mismos y asegurar