afecta considerablemente el sistema penitenciario venezolano y viola flagrantemente los derechos humanos de los imputados y procesados (p. 56). De lo anterior, se desprende que es fundamental que al propiciarse leyes que regulen todo lo relacionado con el proceso penal, es indispensable que las mismas se cumplan cabalmente, especialmente cuando en el retardo procesal
intervienen
diversos
aspectos
como
es
el
caso
de
no
comparecencia de las partes, problemas relacionado con el traslado de los presos a los Tribunales competentes, entre otros aspectos; que van más allá de la simple reforma o creación de nuevos ordenamientos jurídicos. En otro orden de ideas, se destaca que dentro del ámbito carcelario venezolano, el retardo procesal tiene gran responsabilidad en la crisis de hacinamiento, tal como lo plantea Salazar (2011): Las cárceles venezolanas albergan tanto procesados como penados, ya que, por un lado, se encuentra el hecho de que no existe clasificación adecuada según el delito cometido (u otro criterio) y, por el otro, se encuentra el retardo procesal. A este último se le suma la negligencia de las autoridades, la pérdida de documentos por traslado de los reclusos, la falta de vehículos de transporte a los tribunales y la corrupción en los sistemas de justicia. (p. 165). De allí, que el retardo procesal es un detonante en la crisis penitenciaria, contribuyendo directamente al hacinamiento, especialmente cuando los privados de libertad son sometidos a juicios largos, pasando años sin una sentencia definitiva, afectando la reducción de la población recluida, que a la larga generan conflictos como enfrentamientos entre los privados de libertad con la pérdida de la vida, ante el porte de armas producto de la corrupción manifiesta en el sector carcelario venezolano.
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