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TU VIDA EN NOTICIAS jueves 4 de mayo de 2017 · Año 6 No 1683

La Corte aplicó el 2x1 en condena por crímenes de lesa humanidad Con esta decisión, la Corte Suprema de Justicia de la Nación marcó jurisprudencia y le abrió la puerta a una ola de reclamos de represores sentenciados por esos crímenes. En un fallo polémico que ya ha desatado el repudio de diversos sectores políticos y sociales, la Corte Suprema de Justicia de la Nación aceptó la aplicación del cómputo de la pena conocido como “dos por uno” en un caso de condena por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura, lo cual podría desatar una ola de reclamos de represores sentenciados por esos crímenes. El tribunal, por mayoría, aplicó el criterio en un caso en el que fueron condenados represores por la desaparición de trabajadores del Hospital Posadas. Este fallo se suma a otra cuestionada decisión tomada por el máximo tribunal, que hace tres semanas avaló por mayoría la prisión domiciliaria para detenidos por delitos de lesa humanidad. El fallo se presenta como un potencial recálculo de todas las condenas por delitos de lesa humanidad, que podrían redundar en rebajas de las penas para los condenados, ya que el beneficio del “dos por uno” hace alusión a que se compute doble el primer día que pasa cualquier detenido después de dos años sin condena A favor de la aplicación del “dos por uno” votaron los jueces Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, en tanto que Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda lo hicieron en disidencia. El voto mayoritario confluyó en la aplicación del principio de “la ley más benigna” cuando hubiere regido en el “interregno” entre el momento en que se cometió el delito y el del dicta-

Los jueces Lorenzetti y Maqueda votaron en contra.

do de la sentencia. El fallo se aplicó para el caso de Luis Muiña, integrante del grupo de tareas que funcionó en el Hospital Posadas de Haedo, quien fue acusado por los hechos ocurridos el 28 de marzo de 1976 en donde un operativo militar ocupó ese establecimiento y detuvo a personal del nosocomio que fue trasladado al centro clandestino de detención “El Chalet”. Muiña había sido arrestado por orden del juez federal Daniel Rafecas en 2007 y se lo procesó por tormentos y secuestros, y en 2011 fue condenado por el Tribunal Oral Federal 2 a la pena de 13 años. Luego, Rafecas volvió a procesarlo por el asesinato de dos de esas víctimas: Jacobo Chester y Jorge Roitman. Aunque el procesamiento fue respaldado por la Cámara Federal, cuando el caso llegó al Tribunal Oral Federal el imputado fue sobreseído por entenderse que no podía ser nuevamente acusado por víctimas por las que ya le habían dictado condena previa.

Según las fuentes consultadas, Muiña estaba en libertad condicional desde el año pasado, cuando se dieron por cumplidas las dos terceras partes de la condena. No obstante, la Corte Suprema tenía pendiente un planteo de su defensa para que se aplicara la ley del “dos por uno”, un beneficio que buscaba que se computara doble el primer día que pasaba cualquier detenido después de dos años sin condena. La ley del “dos por uno” estuvo vigente entre 1994 y 2001 y fue derogada, pero como Muiña fue acusado por hechos que sucedieron durante la última dictadura su defensa reclamó que se le aplicara el beneficio porque durante el período que pasó hasta que fue condenado esa ley fue la más benigna, explicaron las fuentes. Ayer la Corte recogió el concepto de delito de carácter “permanente” en los comprendidos por la “lesa humanidad”, para establecer que la ley del “dos por uno” estuvo vigente.

LAS CLAVES “Dos por uno”

Jurisprudencia

Computa doble el primer día que pasa un detenido después de dos años sin condena.

El fallo podría desatar reclamos de represores sentenciados por crímenes de lesa humanidad.

A favor Los jueces que votaron a favor fueron Highton de Nolasco, Rosenkrantz y Rosatti. www.diariovox.com.ar

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Fuente: Servicio Meteorológico Nacional

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