Minuta Vlado Mirosevic sobre aumenta de pena por robo en lugar habitado.

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MINUTA MATERIA

BOLETIN ESTADO DE TRAMITACION ORIGEN

FUENTE

: AUMENTA LA PENA AL DELITO DE ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACIÓN Y LO EXCLUYE DEL CATÁLOGO DE BENEFICIOS DE LA LEY N°18.216 : 8934-07 : PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. : MOCIÓN de los Diputados: María José Hoffmann Opazo y Marisol Turres Figueroa, y de los diputados señores Gonzalo Arenas Hödar, Ramón Barros Montero, Javier Hernández Hernández, Cristian Letelier Aguilar, Javier Macaya Danús, Ernesto Silva Méndez, Arturo Squella Ovalle y Felipe Ward Edwards. : INFORME COMISIÓN SEGURIDAD CIUDADANA E INFORME DE COMIISÓN CONSTITUCIÓN D LA CÁMARA DE DIPUTADOS

CONTENIDO DEL PROYECTO. El proyecto de ley propone lo siguiente: 1.- Aumentar la pena en el caso del robo en lugar habitado, considerándolo como de los más graves actos punibles del catálogo propio de los delitos contra la propiedad, y 2.- Incluir, el delito antes referido, dentro de aquéllos que se encuentran excluidos de los beneficios contemplados en la ley Nº 18.216, que establece medidas alternativas a las penas privativas o restrictivas de libertad, recientemente modificada por la ley Nº 20.603. PROYECTO DE LEY

“Artículo 1°.- Modifíquese el artículo 440 del Código Penal, agregando un inciso segundo del siguiente tenor: “Se aumentará en un grado la pena antes señalada cuando los hechos descritos en el inciso anterior, tengan lugar con alguna de las circunstancias siguientes: 1.- Si, al momento de perpetrarse el delito, se encontrasen moradores al interior del inmueble o sus dependencias. 2.- Si, para facilitar el ingreso al inmueble o sus dependencias,


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