Viajes 2018 Club Marco Polo - Azul Marino Viajes

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VIAJES 2018 Condiciones Generales La reserva de cualquiera de los viajes incluidos en el presente programa/folleto supone la aceptación total de estas condiciones generales, que se consideran automáticamente incorporadas a todos los contratos que tengan por objeto algunos de los referidos viajes. Tales condiciones obligan a las partes y junto con las condiciones particulares que se pacten o que consten en la documentación del viaje, constituyen el contrato definitivo. Debido a la antelación con que se edita el programa/folleto y a lo limitado del espacio, las informaciones complementarias y/o posibles cambios o modificaciones serán comunicadas al cliente en la documentación específica de cada viaje, integrando el contenido del contrato. 1- Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de Noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, (BOE 287, de 30 de Noviembre de 2007), y demás disposiciones vigentes. La relación contractual entre la agencia organizadora y el cliente se rige por las presentes condiciones generales, por las cláusulas particulares que se pacten en el contrato de viaje combinado y por la ficha técnica del viaje que detalla su contenido definitivo. 2. La Organización de los viajes combinados incluidos en el presente programa-folleto ha sido realizada en su Mayoría por AZUL MARINO VIAJES, S.L., C.I.F. B-95860615, con domicilio en c/ Ayala, 2 48008 BILBAO. Título licencia CIE. 1043. Cuando el viaje contratado por el cliente tuviera un organizador distinto, los datos del mismo se indicarán en la ficha técnica/contrato de viaje que se facilita al consumidor en el momento de la suscripción del contrato. 3. Solicitud y confirmación de la reserva. 3.1. El viajero que acuda a contratar un viaje combinado formalizará una solicitud de reserva. En el momento de realizar dicha solicitud la agencia podrá solicitar al consumidor el depósito de una suma equivalente al 15% del importe del viaje. Una vez confirmada la reserva la cifra entregada se imputará al precio del viaje. Si el viajero desiste de la solicitud de reserva antes de su confirmación se le devolverá la suma depositada, deducidos los gastos de gestión que se hayan producido. 3.2. El contrato de viaje combinado se perfeccionará en el momento de la confirmación de la reserva. Si la agencia no puede ofrecer el viaje solicitado y ofrece al consumidor la realización de un viaje similar o distinto, el contrato se perfeccionará si el consumidor acepta el cambio en el plazo de 48 horas. Caso de no aceptar tal cambio, el deposito será devuelto al viajero. 3.3 Estas condiciones serán también aplicables cuando el consumidor solicite la elaboración de un viaje combinado a la medida. 4. Forma de pago. 4.1 Una vez confirmada la reserva el consumidor deberá abonar, en concepto de anticipo, la cantidad que reste hasta completar el pago del 40% del importe total del viaje, expidiendo la Agencia el correspondiente recibo en el que se especifique, además del importe anticipado por el consumidor, el viaje combinado reservado. En el caso de confirmación telefónica o electrónica, el cliente solicitará el número de reserva y al efectuar el pago por Banco, exigirá que figure su nombre en el ingreso. De no efectuar tal abono la agencia entenderá que desiste de la realización del viaje combinado siéndole de aplicación las condiciones previstas en el apartado 7. 4.2 El importe restante deberá pagarse en el momento de la emisión de la documentación del viaje, (los billetes de transporte, bonos de viaje, etc ). De no procederse al abono del precio total del viaje en las condiciones señaladas, se entenderá que el consumidor desiste del viaje solicitado, siéndole de aplicación las condiciones previstas en el apartado 7. Todos los reembolsos que sean procedentes por cualquier concepto, se formalizarán siempre a través de la Agencia Detallista donde se hubiera realizado la inscripción, no efectuándose devolución alguna por servicios no utilizados voluntariamente por el consumidor. 5- Precio. El precio del viaje combinado ha sido calculado en base a los tipos de cambio, tarifas de transporte, coste del carburante y tasas e impuestos aplicables en la fecha de edición del programa/folleto o de las posteriores que, en su caso, se hayan hecho públicas de forma impresa. Cualquier variación en el precio de los citados elementos podrá dar lugar a la revisión del precio final del viaje, en los importes estrictos de las variaciones de precio aludidas. Estas modificaciones serán notificadas al consumidor, pudiendo, cuando la modificación efectuada sea significativa, desistir del viaje, sin penalización alguna, o aceptar la modificación del contrato. Los precios son siempre por persona, calculados en base a habitación doble. La triple en la Mayoría de los casos no tiene ningún descuento, a pesar de que normalmente sea una doble con una cama supletoria. 5.1. El precio viaje combinado incluye: 1. El transporte de ida y regreso, cuando este servicio esté incluido en el programa/oferta contratado, con el tipo de transporte, características y categoría que conste en el contrato o en la documentación que se entregue al consumidor en el momento de suscribirlo. 2. El alojamiento, cuando este servicio esté incluido en el programa /oferta contratado, en el establecimiento y con el régimen alimenticio que figura en el contrato o en la documentación que se entrega al consumidor en el momento de suscribirlo. 3. Las tasas o impuestos de los establecimientos hoteleros y los impuestos indirectos cuando sean aplicables. 4. La asistencia técnica durante el viaje, cuando este servicio esté específicamente incluido en el programa/oferta contratado. 5. Todos los demás servicios y complementos que se especifiquen concretamente en el programa/oferta contratado o que expresamente se haga constar en el contrato de viaje combinado. 6. En los casos en que la Agencia lo estime oportuno, enviará un acompañante con los grupos, que se encargará de trámites y otras gestiones, no realizando funciones de guía. 5.2. Ofertas especiales: Cuando se realice la contratación del viaje combinado como consecuencia de ofertas especiales, de última hora o equivalentes, a precio distinto del expresado en el programa/ folleto, los servicios comprendidos en el precio son únicamente aquellos que se especifican detalladamente en la oferta, aún cuando dicha oferta haga referencia a alguno de los programas descritos en este folleto, siempre que dicha remisión se realice a los exclusivos efectos de información general del destino. 5.3 El precio del viaje combinado no incluye Visados, tasas de aeropuerto, y/o tasas de entrada y salida, certificados de vacunación, “ extras” tales como cafés, vinos, licores, aguas minerales, regímenes alimenticios especiales ni siquiera en los supuestos de pensión completa o media pensión, salvo que expresamente se pacte en el contrato otra cosa, lavado y planchado de ropa, servicios de hotel opcionales, y, en general, cualquier otro servicio que no figure expresamente en el apartado “El precio del viaje combinado incluye “ o no conste específicamente detallado en el programa/oferta, en el contrato o en la documentación que se entrega al consumidor al suscribirlo. 5.4. Excursiones o visitas facultativas: En el caso de excursiones o visitas facultativas no contratadas en origen, debe tenerse presente que no forman parte del contrato de viaje combinado. Su publicación en el folleto tiene el mero carácter informativo”. Por ello en el momento de contratarse en el lugar de destino, pueden producirse variaciones sobre sus costos, que alteren el precio estimado. Por otra parte, dichas excursiones serán ofrecidas al consumidor con sus condiciones específicas y precio definitivo de forma independiente, no garantizándose hasta el momento de su contratación la posible realización de las mismas. 5.5. Propinas: Dentro del precio del viaje combinado no están incluidas las propinas. Se informa al consumidor de que en determinados destinos la propina se convierte en prácticamente obligatoria. 6- Delimitación de los servicios. 6.1- Viajes en avión. Presentación en el aeropuerto. En los viajes en avión, la presentación en el aeropuerto se efectuará con un Mínimo de antelación de dos horas sobre el horario oficial de salida, y en todo caso se seguirán estrictamente las recomendaciones específicas que indique la documentación del viaje facilitada al suscribir el contrato. En la contratación de servicios sueltos, se recomienda que el cliente reconfirme con un Mínimo de 48 horas de antelación a los horarios de salida de vuelos. Y en todos los casos, en los viajes de regreso, ya que su reserva podría ser cancelada unilateralmente por la Cía. Aérea. 6.2- Hoteles. La calidad y contenido de los servicios prestados por el hotel vendrá determinada por la categoría turística oficial, si la hubiere, asignada por el órgano competente de su país. Dada la vigente legislación al respecto, que establece sólo la existencia de habitaciones individuales y dobles permitiendo que en algunas de éstas últimas pueda habilitarse una tercera cama, se estimará siempre que la utilización de la tercera cama se hace con el conocimiento y consentimiento de las personas que ocupan la habitación. Esta tácita estimación deriva de la circunstancia cierta de haber sido advertidos previamente, así como de figurar reflejada la habitación como triple en los impresos facilitados al consumidor en el contrato y los billetes y/o documentación del viaje que se entrega simultáneamente a la firma del mismo. Igualmente en los casos de habitaciones dobles para uso de hasta cuatro personas, con cuatro camas, cuando así se especifique en la oferta del programa/ folleto. En EE.UU. y en algunos hoteles americanos de diferentes países, es habitual que las habitaciones con capacidad para cuatro personas se compongan de dos grandes camas. El horario habitual para la entrada y salida en los hoteles está en función del primer y último servicio

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que el usuario vaya a utilizar. Como norma general y salvo que expresamente se pacte otra cosa, las habitaciones podrán ser utilizadas a partir de las 14 horas del día de llegada y deberán quedar libres antes de las 12 horas del día de salida. Cuando el servicio contratado no incluya el acompañamiento permanente de guía y en el supuesto que el usuario prevea su llegada al hotel reservado en fechas u horas distintas a las reseñadas, es conveniente, para evitar problemas y malas interpretaciones, comunicar con la Mayor anticipación posible tal circunstancia a la Agencia Organizadora, o al hotel directamente. No obstante, el servicio de alojamiento implicará que la habitación esté disponible en la noche correspondiente, entendiéndose prestado con independencia de que por circunstancias propias del viaje combinado, el horario de entrada en el mismo se produzca más tarde de lo inicialmente previsto. 6.3. Otros Servicios.- En los vuelos cuya llegada al punto de destino se realice después de las 12.00 horas, el primer servicio del hotel, cuando esté incluido en la oferta del programa/folleto, será la cena. Igualmente, en los vuelos cuya llegada al punto de destino se realice después de las 19.00 horas, el primer servicio del hotel será el alojamiento. Se entenderá siempre como trayecto aéreo directo aquel cuyo soporte documental sea un solo cupón de vuelo, con independencia de que el vuelo realice alguna parada técnica. En los circuitos, los autocares pueden variar en sus características en función del número de participantes. Si en alguna salida no se llega a un número suficiente de viajeros, es posible que se utilice un minibús, o “van”, que salvo indicación expresa en contrario, no tienen los asientos reclinables. Asimismo, en la descripción de cada circuito está indicado si el autocar posee o no aire acondicionado, entendiéndose que no lo tiene si nada se indica. El transporte en los parques naturales para la realización de safaris fotográficos se efectúa en “van” o en vehículos todo-terreno característicos de cada país. En todos los casos anteriores el diseño, estructura, confort y seguridad del vehículo de transporte pude no adaptarse a las normas y estándares españoles, sino a los que son propios del país de destino del viaje. 6.4. Servicios Suplementarios.- Cuando los usuarios soliciten servicios suplementarios (por ejemplo habitación vista al mar, etc) que no les puedan ser confirmados definitivamente por la Agencia Organizadora, el usuario podrá optar por desistir definitivamente del servicio suplementario solicitado o mantener su solicitud a la espera de que tales servicios puedan finalmente serle prestados. En el supuesto de que las partes hubieran convenido el pago previo del precio de los servicios suplementarios que finalmente no le puedan ser prestados, el importe abonado le será reembolsado por la Agencia detallista inmediatamente al desistimiento del servicio por parte del consumidor o al regreso del viaje, según el usuario haya optado por el desistimiento en la prestación del servicio suplementario solicitado o haya mantenido la solicitud. 6.5. Circuitos.- La Agencia Organizadora pone en conocimiento de los clientes, que en los circuitos especificados en el folleto, el servicio de alojamiento se prestará en alguno de los establecimientos relacionados en el mismo o en otro de igual categoría y zona e igualmente que el itinerario del circuito podrá ser desarrollado según alguna de las opciones descritas asimismo en el programa-oferta. En los casos anteriores, si el consumidor acepta dicha fórmula previamente a la celebración del contrato, esta indefinición no supondrá modificación del mismo. 6.6 Condiciones especiales para menores de edad.- Dada la diversidad de tratamiento aplicable a los menores, dependiendo de su edad, del proveedor de servicios y de la fecha del viaje, se recomienda consultar siempre el alcance de las condiciones especiales que existan y que en cada momento serán objeto de información concreta y detallada y se recogerá en el contrato o en la documentación del viaje que se entregue en el momento de la firma. En general, en cuanto al alojamiento, serán aplicables siempre que el niño comparta habitación con dos adultos. En lo referente a la estancia de menores en el extranjero se estará a la información facilitada puntualmente para cada caso y a lo que pueda constar en el contrato o en la documentación del viaje que se entregue al suscribirlo. Se informa de que la compañía aérea puede requerir en el aeropuerto documento acreditativo de la edad del niño. 7. Desistimiento del consumidor. En todo momento el usuario o consumidor puede desistir de los servicios solicitados o contratados, teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiera abonado, pero deberá indemnizar a la Agencia por los conceptos que a continuación se indican: a) En el caso de servicios sueltos, la totalidad de los gastos de gestión, más los gastos de anulación, si estos últimos se hubieran producido. b) En el caso de viajes combinados y salvo que el desistimiento se produzca por causa de fuerza Mayor: 1. Los gastos de gestión más los gastos de anulación, si los hubiere. 2. Una penalización, consistente en el 5% del total del viaje si el desistimiento se produce con más de 10 días y menos de 15 días de antelación a la fecha del comienzo del viaje; el 15% entre los días 3 y 10, y el 25% dentro de las 48 horas anteriores a la salida. De no presentarse a la hora prevista para la salida, no tendrá derecho a devolución alguna de la cantidad abonada, salvo acuerdo de las partes en otro sentido. En el caso de que alguno de los servicios contratados y anulados estuviera sujeto a condiciones económicas especiales de contratación, tales como fletes de aviones, buques, tarifas especiales, etc,... los gastos de anulación por desistimiento se establecerán de acuerdo con las condiciones acordadas por ambas partes. 8. Cesión de la reserva. El consumidor del viaje combinado podrá ceder su reserva a una tercera persona, solicitándolo por escrito con 15 días de antelación a la fecha de inicio del viaje, salvo que las partes pacten un plazo menor en el contrato. Se informa al usuario que, en ocasiones, las Compañías aéreas no permiten el cambio de nombre en el billete. El cesionario tendrá que reunir los mismos requisitos que tenía el cedente, exigidos con carácter general para el viaje combinado, y ambos responderán solidariamente ante la Agencia de Viajes del pago del precio del viaje y de los gastos adicionales justificados de la cesión. 9. Modificación del contrato. La Agencia de Viajes se compromete a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados contenidos en el programa/oferta que ha dado origen al contrato de viaje combinado, con las condiciones y características estipuladas. Por lo tanto, antes de iniciar el viaje, sólo puede realizar los cambios que sean necesarios y no alteren el objetivo fundamental del viaje. Si antes de la salida, el Organizador se ve obligado a modificar de manera significativa algún elemento esencial del contrato, incluido el precio, deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento del consumidor, bien directamente, cuando actúe también como detallista, bien a través del respectivo detallista en los demás casos. En tal supuesto, y salvo que las partes convengan otra cosa, el consumidor podrá optar entre resolver el contrato sin penalización alguna o aceptar una modificación del contrato en el que se precisen las variaciones introducidas y su repercusión en el precio. El consumidor deberá comunicar la decisión que adopte al Detallista o, en su caso, al Organizador dentro de los tres días siguientes a ser notificado de la modificación. Si no notifica su decisión en los términos indicados, se entenderá que opta por la resolución del contrato sin penalización alguna. En el caso que el consumidor opte por resolver el contrato tendrá derecho, al reembolso, en el plazo Máximo de un mes, de todas las cantidades pagadas, o bien a la realización de otro viaje combinado de calidad equivalente o superior, siempre que el Organizador o Detallista pueda proponérselo. En el supuesto que el viaje ofrecido fuera de calidad inferior, el Organizador o el Detallista deberá rembolsar al consumidor, cuando proceda, en función de las cantidades ya desembolsadas, la diferencia de precio, con arreglo al contrato. 10. Cancelación del viaje por el Organizador. La cancelación del viaje por el Organizador antes de la fecha de salida acordada, por cualquier motivo que no le sea imputable al consumidor, le da derecho a resolver el contrato en los términos del apartado 9 y el Organizador y el Detallista serán responsables del pago al consumidor de la indemnización que, en su caso, corresponda por incumplimiento del contrato, que será del 5 % del precio total del viaje contratado, si el citado incumplimiento se produce entre los dos meses y 15 días inmediatamente anteriores a la fecha prevista para la realización del viaje; el 10% si se produce entre los 15 días y 3 días anteriores, y el 25% en el supuesto que el incumplimiento citado se produzca en las 48 horas anteriores. No existirá obligación de indemnizar en los siguientes supuestos: 1. Cuando la cancelación se deba a que el número de personas inscritas para el viaje combinado sea inferior al exigido y así se comunique al consumidor antes de la fecha límite fijada a tal fin en el contrato, en su defecto, con una antelación mínima de 10 días a la fecha de salida. 2. Cuando la cancelación del viaje, salvo en los supuestos de exceso de reservas, se deba a motivos de fuerza Mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles, cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida. 11- Falta de prestación de servicios. Si durante el transcurso del viaje, el consumidor aprecia la existencia de algún defecto o la falta de prestación de algún servicio contratado deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento del organizador y/o detallista y desde luego del prestador del servicio. En tal caso, una vez comunicada, el organizador y/o detallista deberán obrar con la


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