UPF.EDU (Nº 12)

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·A fondo·

Septiembre del 2016

Filantropía y mecenazgo: a la búsqueda de nuevos recursos para la Universidad

Se pone en marcha el programa UPFund para diversificar las fuentes de financiación y establecer vínculos con potenciales donantes El año 2015 la UPF puso en marcha el programa UPFund - Patrocinio y Mecenazgo con el objetivo de diversificar las fuentes de ingresos y obtener recursos adicionales que, ante un escenario de restricción presupuestaria, permitieran mantener el modelo de universidad . Para Jaume Badia, gerente de la UPF y unos de los responsables de la iniciativa, “la puesta en marcha de UPFund es importante porque representa un primer paso esencial: poner las bases que harán posible establecer vínculos de cooperación con los donantes potenciales.” Tradicionalmente, la existencia de programas de fundraising en universidades españolas ha sido escasa y muy concentrada en instituciones privadas y escuelas de negocio. “La escasez de referentes nos ha permitido diseñar el programa casi desde cero”, explica Pau Fernández, responsable de UPFund. Y continúa: “Hemos aprendido que los donantes no quieren aportar dinero a la universidad en general, sino a proyectos y causas concretos, y deben saber en todo momento a que se destina su aportación”. La transparencia, la rendición de cuentas, el agradecimiento y el reconocimiento a los donantes son pilares fundamentales de UPFund. Los beneficios fiscales de las donaciones es un tema relevante y desconocido por gran parte del público no experto. Desde el 2016 ya es posible desgravar hasta el 75% o el 35% de los primeros 150 euros en función de si el donante es una persona física o jurídica. “A pesar de la mejora de la normativa, ésta sigue siendo claramente insuficiente y

NOVEDADES EN EL RÉGIMEN FISCAL DE LAS DONACIONES Personas físicas

75%

TUS PRIMEROS

150€

ANUALES

DE DESGRAVACIÓN

Podrías desgravarte el 75% de los donativos hechos a la Universidad hasta un máximo de 150 €

30%

IMPORTE RESTANTE

>150€ ANUALES

TU FIDELIDAD TIENE

premiO

DE DESGRAVACIÓN AÑADIDA

Podrías desgravarte también el 30% del importe de tu donativo que exceda los primeros 150 €

35%

Si es el tercer año que colaboras, con una cantidad igual o superior, en vez del 30% te podrías desgravar el 35% por el exceso sobre los 150 €

Personas jurídicas

35% DE DESGRAVACIÓN

DONACIONES EN GENERAL

Podréis deduciros de la quota íntegra del Impuesto de Sociedades el 35% del valor de las donaciones hechas a la Universidad

BENEFICIOS DE LOS DONANTES HABITUALES

Si es el tercer año que colaboráis, con una cantidad igual o superior, podréis deduciros del Impuesto de Sociedades el 40% de vuestra aportación.

CONVENIOS DE COLABORACIÓN

40%

Toda cantidad aportada mediante un convenio de colaboración empresarial en actividades de interés general se considerará coste deducible de la base imponible del Impuesto de Sociedades

* En todos los casos, el límite de deducción sobre la base liquidable es del 10%

muy poco incentivadora, si realmente se quiere apostar por construir una cultura de mecenazgo y filantropía hoy prácticamente inexistente”, afirma Ba-

dia. Hay cierto margen de mejora, por ejemplo, en las deducciones adicionales que la Generalitat permite aplicar a institutos y centros de investigación, pe-


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