Derecho Penal

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La Culpabilidad

Ejemplo: Mariza se desplaza por una calle muy peligrosa y oscura en la que inclusive recientemente han matado a varias personas. Por seguridad ella lleva consigo una pistola. Además sabe que Pedro, un drogadicto muy conocido de la zona, fue quien dio muerte a la mayoría de esas personas. Esa noche, ella observa que Pedro se le acerca sospechosamente, y cuando él está muy cerca de ella, Pedro mete su mano bajo su casaca a la altura del cinturón. Ella cree que Pedro la va a matar por lo que se apura, saca su pistola y dispara a Pedro, matándolo en legítima defensa. Al caer, Pedro tiene en su mano una revista de difusión cristiana que precisamente iba a intentar entregar a Mariza pues recientemente se había convertido en un ferviente servidor de la Palabra de Dios y quería que Mariza también se convirtiera, como él.

Error de Prohibición Invencible.- Se configura cuando el sujeto agente no puede evitar el error. Hace impune a la conducta. Error de Prohibición Vencible.- Se configura cuando el sujeto agente sí estuvo en condiciones de poder evitar el error. En este caso se atenúa la pena, pues se considera que el sujeto no hizo todo lo posible por salir de su error.

14.- ¿En qué consiste la “Situación de Exigencia de otra conducta”?

Consiste en que, según las condiciones concretas que rodean al hecho, el sujeto agente estuvo en la posibilidad y libertad de decidir realizar otra conducta diferente a la que originó la lesión o puesta en peligro de bienes jurídicos. Por eso, actúa culpablemente quien pudiendo proceder conforme al ordenamiento jurídico decide proceder en contra del mismo realizando una conducta antijurídica. Así, penalmente se reprocha al sujeto activo su actuar contra Derecho (conducta típica y antijurídica) cuando pudo actuar con arreglo a Derecho.

Texto para la docencia en Derecho

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