Acta 78 expte 48 Jurado de Enjuiciamiento

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.

.'

"RAPAZZO ANDREA; PALOMBA MÓNICA; ROBEDA MARCELA FABIl\.NA; STORNINI NATAL lA SOLEDAD; CASTRO LIPTAK PAULA BEATRIZ; ESPINAR JOSÉ LUIS; CHIAVASSA EZEQUIEL JAVIER SOBRE JURADO DE ENJUICIAMIENTO" - Expediente N° 48-JE.-

-=t~

ACTA N°

COMISIÓN ESPECIAL - JURADO DE ENJUICIAMIENTO:

En la Ciudad nombre,

de Neuquén,

República

Argentina,

del año 2.018,

siendo

Especial

Jurado

del

de

18 de

presidido

por

el

Justicia,

Dr.

OSCAR

la Ley

2698

MASSEI

de la Sra. Secretaria Abierto

el

Acto

consideración "RAPAZZO

ANDREA;

STORNINI

NATALIA JOSÉ

Cumplido

el

resul ta

ser

Bongiovani

proceso el

y Miriam

Beatriz

llegan de

la

el

a consideración

Enj uiciamiento

efectos

que

Padres Autoconvocados Hijos, en adelante señor Enrique

18 ° de

señoras

Defensoras

Adolescente Defensa,

N° Dras.

BEATRIZ;

SOBRE JURADO

orden

de

votación

Pablo

Massei,

Fabián

Dr.

OSCAR

MASSEI,

ut

supra

debatida dijo:

Especial

1.- Que

del Jurado

mencionados,

denuncia

en el

a

presentada

los por

por una Educación Digna para Nuestros

Padres

de 2

Andrea

Autoconvocados,

en los términos

la Ley

1,

a

Ríos.--------------------------

la sucinta

Specogna,

artículo

Osear

autos

se analice

pone

caratulada

PAULA

JAVIER

el

de ésta Comisión

los

se

la causa

En torno a la cuestión

Comisión,

BEATRIZ

N° 48-JE.------------------

deliberativo,

siguiente:

señor

con la presencia

LIPTAK

EZEQUIEL

Expediente

-

el

de

ROBEDA MARCELA FABIANA;

CASTRO

CHIAVASSA

por

Presidente,

PALOMEA MÓNICA;

LUIS;

1565,

Dra. CARLA PANDOLFI.-----

Especial

SOLEDAD;

el

Superior

y la Dra. MIRIAM

Sr.

el

en

la Ley

Tribunal

integrado

del Jurado,

VISTO y CONSIDERANDO: de

e

la Comisión

DE ENJUICIAMIENTO"

seno

del

de

N° 2512 C.A.P.N.,

por

de

prevista

modificatoria

Vocal

Matrícula

se reúne la Comisión

Enjuiciamiento

señor

del mismo

a los 06 dias del mes de Julio

PABLO FABIÁN BONGIOVANI,

RÍOS, Abogada,

ESPINAR

de la Provincia

las 09:30 horas,

artículo

Diputado

Capital

Y

1565

y

los

Derechos

3

de lo normado

modificatorias,

del

Rapazzo; 1

suscr ipta por el

del

Ministerio Mónica

en el

contra

Niño, Público Paloma;

Niña de

las y

la

Marcela


"RAPAZZO ANDREA; PALOMBA MÓNICA; ROBEDA MARCELA FABIANA; STORNINI NATALIA SOLEDAD; CASTRO LIPTAK PAULA BEATRIZ; ESPINAR JOSÉ LUIS; CHIAVASSA EZEQUIEL JAVIER SOBRE JURADO DE ENJUICIAMIENTO" - Expediente N° '48-JE.Fabiana

Robeda,

pedido

de

una

remoción

haber

realizado

marzo

del

Invoca

en

año

por

once pasado

inacción

de

escolar, del

de

habrían en

señor

Mustafa,

Jorge

sobre algunos Superior

y

fecha

suscripta

En

fecha en

A fs. 22/56 ampliar

la

Stornini

y

de

el

el

cursada

Padres

de

respuesta.

las

actuales de amparo

del

calendario

año consecutivo

incumplimiento

en

y

un amparo por las

art.

por

la

08119 Alderete

Autoconvocados,

a la Presidencia

la Ley

Defensoras

fs.

A

de

7 °de

las

por la señora Marcela de

fines

del pedido

17/04118.-

07/05/18

todos

los

términos

denuncia Paula

obra y el

relevando

del Tribunal

titulares

Adolescentes

de

la

También

11,

Barrutia,

en

Nuevos

Derechos,

y

su

copias

apreciaciones

Derechos IV

el

carácter

de

y Consejera

simples

En

notas

Espinar

Ores.

su carácter

V

Niño,

personalísimas.

Les

de

Niña

y

Circunscripción la Dra. Mónica

Secretaria

Civil

Defensorías

ésta e

y a

y

del Ministerio

de

2

pruebas

Soledad

en

las

en

Natalia

contra

de

Co.Pro.NAF.

presentada

y

la denuncia.---

del

Y

extensivo

Coordinadora

Niño, Niña y Adolescente en

Oras. Liptak;

111,

Specogna,

a presentar

Chiavassa,

los

lo hace

Susana

Defensa

Castro

de

ampliar

las

Javier

señor

la denuncia

procede

conéra

Beatriz

Defensores

el

necesario

el denuncianée

y Ezequiel

Judicial.

comparece

Manifestó

Luis

adjunta

tanto

confección

por

funciones

desde

por segundo

acontecimientos

fecha 23/04/18.

la

sus

el

de Justicia.--------------------------------------

ratifica

de

la

alegando

obtener

solicitado

contemplada

presentación

José

Defensoras,

respuesta

de

sin

el cargo. Además

igualdad

mencionadas,

11.-

fecha,

la

Aprender

Adjunta

en

a

por el incumplimiento

garantía 2302.

desempeño

presentaciones

cometidas

Operativo

pretensión;

(11)

laboral,

violaciones

mal

las

corno las que dejaron por conflicto

primera

y del

Público

presentación, información

reprocha

a

y los


.

.. "RAPAZZO ANDREA; PALOMBA MÓNICA; ROBEDA MARCELA FABIANA; STORNINI NATAL lA SOLEDAD; CASTRO LIPTAK PAULA BEATRIZ; ESPINAR JOSÉ LUIS; CHIAVASSA EZEQUIEL JAVIER SOBRE JURADO DE ENJUICIAMIENTO" - Expediente N° 48-JE.funcionarios públicas, los

judiciales

exigiendo

derechos

ellos

el

de

hechos dias

se garantice

los

derecho

oportunidades

niños,

a

la

enumerados

que, de

el incumplimiento

con

publicaciones

más

a

la

de

dias

En

de

entre

de los

clases

y

o

radiales locales

en

las

funcionarios derechos

otros

u

afines

de

particular,

distintos

los

temas

de

forma

diarios

de

igualdad

entrevistas

y/o

en

aplicación

adolescentes,

y

gráficos.

periodisticas

cuestionados,

y

educación

intervinieron

cuales

niñas

relevamientos

actuaciones

detalla

la efectiva

(... ). Surge de la exposición

realizaron

paro,

de sus funciones

involucrados.---------------------------------------------III.- Asi las cosas, del

TSJ

cita

a

en fecha 21/05/18

ratificar

la

la señora

ampliación

de

Presidenta

la

denuncia

formulada.------------------------------------------------IV. -

De

forma,

esta

Autoconvocados, propio

y

términos V.-

A

sin

del trámite

encuentra

sometida

Ley

2698,

Se

se remite

la Comisión VI. -

en

Padres

por en

derecho

todos

los

ordena

Expediente,

a la Dra. Barrutia, Poder

del

régimen

del

de

Provincial

extraer

las actuaciones

pues no

no

Judicial,

responsabilidad

copias al señor

se

previsto

y art. y

se

1° de

notificar.

Presidente

de

Especial.--------------------------------------

En atención

a lo dispuesto

fecha

actuaciones. Autoconvocados adjunción

a la apertura

en cuestión

al

Specogna, ratifica

267 ° de la Constitución

1565.

Cumplido,

señor

letrado

funcionaria

ser

24/05/18,

fecha

de la denuncia.---------------------

60 se procede

en el art.

del

patrocinio

obstante

la

través

la ampliación

fs.

excluye

a

en

04/06/18

En

se fecha,

igual y

a

los

en el

art.

recaratulan se

Defensores

18 de las

notifica

la Ley

presentes a

Padres

denunciados,

de copias.---------------------------------------

3

, :,

~

con


"RAPAZZO ANDREA; PALOMBA MÓNICA; ROBEDA MARCELA FABIANA; STORNINI NATAL lA SOLEDAD; CASTRO LIPTAK PAULA BEATRIZ; ESPINAR JOSÉ LUIS; CHIAVASSA EZEQUIEL JAVIER SOBRE JURADO DE ENJUICIAMIENTO" - Expediente N° 48-JE.VII.-

Así

las cosas,

de 20lS,

esta Comisión "1 0)

resolvió: para 2°)

Designar

Tener por

3 0)

presentes

autos

integrantes fijar

y la

entrega

reunión

VIII.-

A

efectuada a formular

opinión las

alega

falta

de la denuncia

Defensoría

4 0)

Cumplido

extremos

fs.

formulada SO/88,

pidiendo

archivo.

prueba

expuestos,

la Dra. Paula Beatriz

descargo

a

de cumplimiento

Ofrece

por

Se

intervenciones

prejudiciales

durante

actualidad,

cita

caratulados

"DEFENSORA

DE

ADOLESCENTE

C/CONSEJO

PROVINCIAL

sentencia

N° 39.904/2018.

Liptak,

LOS

el

sobre

desde

la de su

de

las

el año 2017. En la

dictada

DE

S/MEDIDA

y

y medidas

fracaso

DERECHOS

Ofrece

procede

in limine

judiciales

acciones

Expediente

presentación

practicadas

los antecedentes

NEUQUÉN

la

declare

reali za el relato

ante

DEL

se

explaya

interpuestas

PROVINCIA

se

su desestimación

Fundamenta.

la

los

y peticiona

la

Castro

autosatisfactivas positivas

de

y su archivo.-

luce

que se le reprochara;

a cargo;

estudio;

y falta de configuración

turno,

e

miembros

Stornini,

de la denuncia

actuaciones

a los

Natalia

los

radial

mismas

la Dra.

su

consecuente

de los

se presenta

de enj uiciamiento.

inadmisibilidad

copias

Carla

(...) ". ---

notificación,

presente

su

Dra.

Especial;

contesta

tenga

para

a la

autos;

Comisión

fs.

formales

presentes

de las

de las

colegiado

de la

VII. - A

de causal

69/75

los

extracción

Comisión

nueva

órgano

de Actuación

la

la

en

11 de junio

en la Ley N° 1565

dicho

y actuación

Disponer

de

prevista

conformado

como Secretaria

Pandolfi;

requisitos

N° 76, de fecha

Especial

conocimiento

su

ello,

por Acta

en

los

DEL

NIÑO

EDUCACIÓN

autos Y DE

EL LA

AUTOSATISFACTIVA"

prueba,

funda en derecho

y peticiona.----------------------------------------------IX.- A fs. 90/97 la Dra. Andrea y

con

patrocinio

explicaciones

letrado,

se

Rapazzo, presenta

del caso, de conformidad

por derecho a

propio

efectuar

con lo normado

las en la


"RAPAZZO ANDREA; PALOMBA MÓNICA; ROBEDA MARCELA FABIANA; STORNINI NATALlA SOLEDAD; CASTRO LIPTAK PAULA BEATRIZ; ESPINAR JOSÉ LUIS; CHIAVASSA EZEQUIEL JAVIER SOBRE JURADO DE ENJUICIAMIENTO" - Expediente N° 48-JE.Ley 2698. Esboza los antecedentes relevantes en los cuales enmarca su actuación profesional. Fundamenta la actuación de la Defensoria. Acompaña documentación y peticiona se la tenga por presentada en legal tiempo y forma, se desestime la

denuncia impetrada y se aplique multa al señor Specogna

y la señora Alderete.-------------------------------------X.- En similares términos, a fs. 98/104 se presenta la Dra. Marcela

Fabiana

por derecho propio

Robeda,

y patrocinio

letrado, esgrime los aspectos relevantes de su actuación profesional

y fundamenta la actuación de

la Defensoria.

Solicita la aplicación de multa al señor Specogna y a la señora

Alderete.

Acompaña

documentación

respaldatoria

y

peticiona.------------------------------------------------XI. -

En fecha 27/06/2018 cursa respuesta la Dra .. Mónica

Palomba,

por

derecho

propio

y

con

patrocinio

letrado,

consigna en los antecedentes, los aspectos relevantes para enmarcar su actuación profesional y los fundamentos de la actuación de la Defensoría, en su conjunto. Solicita la aplicación

de

multa

los

a

denunciantes.

Acompaña

documentación y peticiona.--------------------------------XII.-

Seguidamente

a

fs.

Chiavassa,

115/121,

se

presenta

el

Dr.

por propio derecho y solicita se

Ezequiel

Javier

declare

la

inadmisibilidad

Expresa

los

antecedentes

de

del

la

denuncia

caso;

la

presentada.

realidad

de

los

hechos, según la actuación de la Defensoría a su cargo. Esgrime la ausencia de mal desempeño y peticiona.---------XIII.-

En fecha 04/07/2018, se agrega a fs. 123/128, la

contestación del Dr. José Luis Espinar;

por propio derecho

solicitando se declare la inadmisibilidad de la denuncia presentada. Titula los antecedentes del caso, la denuncia ante el Jurado de Enjuiciamiento; formula consideraciones previas

y

esgrime

la

realidad

de

los

hechos

y

en

particular, la actuación de la Defensoría de los Derechos 5


"RAPAZZO ANDREA; PALOMBA MÓNICA; ROBEDA MARCELA FABIANA; STORNINI NATAL lA SOLEDAD; CASTRO LIPTAK PAULA BEATRIZ; ESPINAR JOSÉ LUIS; CHIAVASSA EZEQUIEL JAVIER SOBRE JURADO DE ENJUICIAMIENTO" - Expediente N° 48-JE.del

Niño,

Niña

Judicial.

a

los

1565

-modificada

Especial,

y

del

formulada

Niña

Circunscripciones En concreto, de

por

inacción de

despacho

los

en

como

por la ley la

Comisión

condiciones

de

y análisis

de

Autoconvocados

en

de los Derechos

-DNNA-

en

todas

de

Educación.

conflicto

laboral,

cometidas

en

el

contemplada

las

razones

que motivaran

el

de Educación

amparo

por

y

la

están

que

del

la

amparo

por

por

el

Operativo

garantía

Ley

2302.

de Las

fundamentadas

en

el escrito

que

les han dado en

conocimiento

y Consejo

escolar,

consecutivo

dicho pedido,

que las mismas

de

cautelar

las violaciones

de calendario

7°de

de pronto

medida

pedido

arto

alegando

carácter

de

la

en su carácter

del

año

a las -

Provincia,

funciones,

con

i~cumplimiento en

la

que contemple

Además

segündo

igualdad

público

que

solicitaron

por

de

sus

Ministerio

la confección

por

les recrimina

presentaciones

para

un amparo

Provincial

tomado

misma

ante

Padres

de autos

desempeño

Ejecutivo,

la respuesta

de

al examen

Circunscripciones

ante el Poder

y

y aplicación

previstas

autos

Adolescente

las

se inicie

Aprender,

y

la

de las Defensorías

Autoconvocados

incumplimiento

desempeño

de la Provincia.------------------------

mal

de

mal

por

ingresar

a pesar de numerosas

Padres

ha

los

el denunciante

todas

remoción

y

etapas

2698-

por

de los titulares

Niño,

DNNA-

ley

corresponde

denuncia

de

Circunscripción

y maliciosa.--------------------

encontrándose

pronunciarnos,

IV

reprochando

las distintas por

la

de la denuncia

arbitraria

Culminadas

de

ausencia

denunciantes

XIV.-

contra

la

la desestimación

manifiestamente

la

Adolescente

Fundamenta

peticiona multa

y

se

adjunta

a

la

denuncia.--------------------------------------------------

xv.el

Partiendo

Jurado

de

destinados

a

de la premisa

que ni la Comisión

Enjuiciamiento revisar

en

son

órganos

términos 6

Especial

o

jurisdiccionales

jurisdiccionales

la


"RAPAZZO ANDREA; PALOMBA MÓNICA; ROBEDA MARCELA FABIANA; STORNINI NATALIA SOLEDAD; CASTRO LIPTAK PAULA BEATRIZ; ESPINAR JOSÉ LUIS; CHIAVASSA EZEQUIEL JAVIER SOBRE JURADO DE ENJUICIAMIENTO" - Expediente N° 48-JE.dirección bajo

del trámite encausado por

investigación

política,

el

los sujetos puestos

plano

de

análisis

del

presente se acota a indagar con prudencia y mesura si, con motivo de dicha dirección, los sindicados han incurrido o no

en

las

causales

remoción judicial ese

norte

de

constitucionales

habilitantes

de

la

(cfr. art. 229 de la Consto Prov.). En

ideas,

se

impone

brevemente

mencionar

mi

visión en torno a la causal constitucional de mal desempeño judicial, previo a merituar los antecedentes agregados al presente. De esta forma es que nos encontramos en el marco de un procedimiento Defensores

-DNNA-

especial tendiente a evaluar habrían

incurrido

en

si los

responsabilidad

política como consecuencia de la dirección de asistencia a los denunciantes dichas

posteriores

y

actuaciones.

Esta

Autoconvocados,

Padres

es

la

actuaciones

contra

crítica los

acaecidas

central

Defensores

de

en los

-DNNA- ,

quienes no podemos desconocer que se encuentran amparados por

la

tutela

constitucional

de

inamovilidad

mientras

observen una buena conducta.------------------------------XVI.-

Liminarmente,

corresponde

formulada

presentación

contra

desestimar los

sin

titulares

más de

la las

Defensorías de las Circunscripciones 11, 111, IV Y V, en razón de exceder el marco de incumbencia de la denuncia y la competencia territorial aplicable al caso. Empero, se contempló la labor de cada uno de tales Defensores, según el análisis de las contestaciones cursadas y agregadas a los presentes.--------------------------------------------XVII.-

De

ésta

forma,

continuando

con

el

análisis

pertinente, nuestra Constitución Provincial, en su Artículo 47, establece

que,

"La

Provincia reconoce a

las niñas,

niños y adolescentes como sujetos activos de derechos, les garantiza su protección y su máxima satisfacción integral y simultánea, de acuerdo a la Convención Internacional de los 7


"RAPAZZO ANDREA; PALOMBA MÓNICA; ROBEDA MARCELA FABIANA; STORNINI NATALIA SOLEDAD; CASTRO LIPTAK PAULA BEATRIZ; ESPINAR JOSÉ LUIS; CHIAVASSA EZEQUIEL JAVIER SOBRE JURADO DE ENJUICIAMIENTO" - Expediente N° 48-JE.Derechos

del

Niño,

Constitución, legisla pleno

de

cualquier

realización.

o

las

los

para

se

Ahora

estableció

es

ejercido

órganos

contemplados

en esta

ella

establecen.

Tiene

irrestricta

del

Derechos

por

caso

Humanos, dentro

A

garantiza,

juridica,

el

condición niños,

diferentes. las

La

sometida

que orgánica

Dicho

esto,

la

del

y

defensa

de

B

de

los

la

demás que en

material de

los y

técnico

personas

en

obligatoriamente

a

y a personas

con

de

tales

estableciendo asignación

cuyo

marco

los de

Público

los órganos,

al análisis

los Padres Autoconvocados

Ley

competencia.

las

a los Defensores

ingresando

su

la

asistencia

Ministerio

directrices;

y

individuales

la

la

útiles

protección

generales guien

promueve

de

cumplimiento

en consecuencia,

y facultades

la

Asiste

el

órganos

funciones

a ausentes

politicas

y principios

competencias XVIII. -

Ley

establece,

funciones

(...).

de

Público

general

Justicia

Para

prioritarios

recursos.". Defensa

la

de políticas

dictado

de su especifica de

tales

privilegiando

con las

y

de

de los derechos

derechos

y adolescentes;

fijará

intereses

Ley,

través

a

el

defensor

ámbito

y plena

acciones

Ministerio

los

de vulnerabil~dad.

niñas

con

individual

a

acceso

capacidades fines,

del

las

como misión

de

colectivos, fin

el

de

competentes,

y promoción

"El

que,

obstáculos

través

adolescentes,

Defensa

tal

órganos

bien,

al

su efectiva

a

todas

y

tendientes

y evaluación

Público

demás

los

esta

El Estado

efectivización

ejecución

niños

superior.

se

la

la protección

niñas,

interés

de hecho

promiscuamente,

necesarias

2862,

limiten

a

de su vigencia.

removiendo

prioritaria

y

incorporada

de acción positiva

Ministerio

especializados

de

que

Es

El

queda

derechos,

en el diseño,

públicas.

por

medidas

sus

orden

derechos,

que

en las condiciones

y promueve

goce

la

de

los la

misiones, inviste

de

en general.----de la cuestión

en razón de la privación


"RAPAZZO ANDREA; PALOMBA MÓNICA; ROBEDA MARCELA FABIANA; STORNINI NATAL lA SOLEDAD; CASTRO LIPTAK PAULA BEATRIZ; ESPINAR JOSÉ LUIS; CHIAVASSA EZEQUIEL JAVIER SOBRE JURADO DE ENJUICIAMIENTO" - Expediente N° 48-JE.del

derecho

gratuita

a

que

prestarles

recibir

convencional

reconocido alegan

Defensores

-DNNA-.

mal

derecho

define

imprescriptible

e

su

y

social

ésta

inalienable

cuyo

de Educación

que en forma exclusiva

Provincial público

y

en

la

de

los

Orgánica

bien

de

público.

La

a cargo del Estado indelegable, se difiriera Provincial

e indelegable educativo

ejerce

en orden

la

a lo

Constitución

la

de

de dicho

organismo

mantienen

Consejo

Provincial

Neuquén,

a través

ciclo

lectivo,

niños,

niñas

conjunto.

y

oficiándose

fecha

petitorio,

docente

de

la

adolescentes,

y

ATEN

y

Provincia

el del

al inicio de cada

consecuencias nuestra

para

sociedad

los

en

su

El año en curso, no fue la excepción.------------

prejudicial,

acompañada

Educación

las disvaliosas

de los descargos

Defensores

los

gremio

de años y en particular

con

En consecuencia,

el

de

el

y

crónica

salariales

motivos

por

que

de

recurrencia

la

conocimiento

público

de

sistemáticamente

que

debe

provincial.----------------------------------------

conflictos

en

Ley

del Consejo

118

y

y al conocimiento

y de la Ley 242, de creación

Resulta

de

la

ejercicio

del proceso artículo

el

en

que

ej ercicio

y un

a la órbita

y ejecución

es

obligación

una

preceptiva

establecido

la

parte,

en la misma

conducción

Provincial

colectivo, en

pública

constitucional

pone su implementación

siendo

provincial,

Estado

a la educación

personal

norma en cuestión

ese

por

educación

la garantia

desempeño

Que

N° 2945

un

a

la

el

con

cumplir

actualidad

como

hijos

obligatoriamente

para

Educación

sus

con

al respecto. por

las

el

conflicto

a

las

los cual

una

Robeda

Padres "Los

GREMIO/GOBIERNO,

cada

primera

uno

etapa

autoridades,

de la documentación y Rapazzo,

Autoconvocados

abajo

9

por

distintas

En particular,

Defensoras

13/04/2018 por

surge

-DNNA-,

resortes

formulados

firmantes, sea

resuelto

surge

que

presentaron solicitamos bajo

otra


"RAPAZZO ANDREA; PALOMBA MÓNICA; ROBEDA MARCELA FABIANA; STORNINI NATALIA SOLEDAD; CASTRO LIPTAK PAULA BEATRIZ; ESPINAR JOSÉ LUIS; CHIAVASSA EZEQUIEL JAVIER SOBRE JURADO DE ENJUICIAMIENTO" - Expediente N° 48-JE.modalidad

que no sean los paros.

EDUCACIÓN

de

procedió

a abrir

estrategia DNNA-

nota DE

a

Padres

seguir.

instar

desde

éste

la

fecha

17/04/18

las

341/18,

Barrutia,

cursó

correo

Defensorías

General, en

curso.

En

de copia

asistirá

Cristina

a

la

Nuevos

a los titulares

como

así

también

al

de llevar a su conocimiento

igual

sentido,

Storioni,

reunión

343/18. y

Civil

electrónico

de

N° 735/10

Y N°

dicha

por igual vía, que en fecha 25/04/18

señora

fines

obligatorio.

342/18

Secretaria

de dicha

a

arbi traj e

a los

MINISTERIO

del Decreto

-DNNA-,

a efectos

formal

GOBIERNO,

de

Defensoras

DE EDUCACIÓN,

el

se

elaboración

respuesta

Y

A LA

seguido,

las

remisión

organismo

Dra.

del MPD

gestiones

la

y

cumplimiento

los Oficios

todas

comunicó

análisis

JUVENTUD

el efectivo

también,

Defensor

para

PROVINCIAL

CULTURA,

Librándose

Derechos

Acto

(

con más

CONSEJO

DEPORTE,

de

En

Autoconvocados,

a: ATEN,

Así

el caso,

el DERECHO

... ) " .

hijos.

1, N° 2 Y N° 3, cursaron

implementar e

nuestros

Reclamamos

Ministra y

solicitada

las

Secretaria

a las 9:00hs

de

Educación,

gestionada

desde

el

área.-----------------------------------------------------Acto

seguido,

medio reunió

de

la

luce cual

Certificación

la

con la Ministra

Lic. Pilar Corvellini la

Defensoría

la Secretaria

Barrutia

y

todos

del Neuquén,

los

Robeda

les garantice uno expuso efectuara

constancia

Cristina

conj untamente Civil y Nuevos

Defensores

del

a los fines de hacerle

instando

25/04/18

y la Dra. Laura Savanco

los días de paro y medidas

los niños,

fecha

dej a

de Educación,

General,

Cancela,

sobre

Dra.

de

la situación oportunamente,

saber

escolar

se

Storioni,

la

Dr.

Derechos, Niño

que

en la sede de

el

Ricardo

Dra. Mónica

de la

Provincia

la preocupación

que afectan

a que se proceda

el calendario

con

severamente

tres 10

a

a una negociación

y se

de los

Cada

180 días.

de la zona con el relevamiento en

por

ejes

de

la temática

se que


"RAPAZZO ANDREA; PALOMBA MÓNICA; ROBEDA MARCELA FABIANA; STORNINI NATAL lA SOLEDAD; CASTRO LIPTAK PAULA BEATRIZ; ESPINAR JOSÉ LUIS; CHIAVASSA EZEQUIEL JAVIER SOBRE JURADO DE ENJUICIAMIENTO" - Expediente N° 48-JE.atraviesa días

paro

de

localidad

algunos

establecimientos

Robeda

puntualmente

Jardín

de Infantes

estaba

avanzando

las clases, para

el

en

la

Confluencia

de

zona

mostrando

la

de la Escuela

N° 1, (... ). A lo cual cuestiones

haberes

necesitaba

con el

el

Se

de

se

estaba

Consejo

que

llevaron

del

todos

de

en

lo

Andes, de

impacto

para

cubrir

trabajando un

llegar

Cuerpo

así

en

a los

180

por

el

también

el

presentado

como

la

en

medidas

las

de

representantes

hasta

copia

los

que se

se destina

ser

al

los

de las clases

Junín

relevamiento

que

de

Dra.

en la normalización

quedaría

consenso

de

N° 118 Y

se aseguró

resto

y

el recupero

(... ).

y el

y

edificios

problemas

serios

escolares,

en dos

de

armónicamente

Defensor

fundamentalmente

las deficiencias

edilicias

falencias

días.

la

perdido

se indicó que el 80% del presupuesto

pago

resolver

toda

Angostura, los

de

cantidad

la

de

han

niños

La

Sauces,

los

de

educación,

de

cerradas,

Villa

de

hoy

los

que

escuelas

Provincia,

Rincón

situación

la

1

Circunscripción.------------------------------------------Las

comunicaciones

distintos

vía

estamentos

telefónica,

gremiales

se lucen certificaciones Así las cosas,

como

y públicos,

en fecha 10/05/2018

de

Trabajo

objeto

de poner

encuentran adolescentes

de

en conocimiento

afectados de toda

personal intervención Conciliación

docente a

los

de

y

la

la Provincia

de

Provincia,

los

fines

de

Obligatoria.-

11

en la

ATEN;

con

el

por la que se niños,

del Neuquén,

entre el Ejecutivo

agremiado

-DNNA-

de Conciliaciones

la situación

los derechos

de la falta de consenso

los

se mantuvieron

las Defensoras

al Departamento

Subsecretaría

con

agregadas.------------------------

1, N° 2y N° 3 oficiaron la

oficios

niñas

en

función

Provincial y

implementación

y

y el

solicitar de

una


"RAPAZZO ANDREA; PALOMBA MÓNICA; ROBEDA MARCELA FABIANA; STORNINI NATAL lA SOLEDAD; CASTRO LIPTAK PAULA B2ATRIZ; ESPINAR JOSÉ LUIS; CHIAVASSA EZEQUIEL JAVIER SOBRE JURADO DE ENJUICIAMIENTO" - Expediente N° 48-JE.Acto

seguido,

Trabajo

cursa

de la Provincia

luego de formular el

actual

oportuno por

no

emitir contar

ámbito,

una

correr

invi taciones, toda

la

Neuquén

LOS

dias,

Luego

a

DEL

el

Adolescencia

1,

adolescentes

de

ésta

sin clases

los niveles

según

interviniente, planteo

Circunscripción declarando

a

favor

el

cautelar

solicita

con tal

para

la

primario

solicitan

12

Primarío

Nivel

Medio,

todos

los

de

lectivo

la

Provincial

se ordenó

en

Niñez

y

niños/as

y

que

se

contra

en la

de Educación. del

Juez

reencuadrar

-DNNA-

1

S/MEDIDA

del año 2018

y secundario

el

de la Primera

de la Ley 1891,

formulado. se

no

"DEFENSORIA

judícial

Interlocutoria

planteo

apelaron

y

Familia,

por las Defensorías

y

2018-

JNQFAl-89793/2018,

y el Consejo

Defensoras

MAYO

de

de

"Relevamíento

ADOLESCENTE

en el cíclo

el

-DNNA-

Y

de

Resolucíón

peticiones;

caratulada

circunscripción

admisible las

del

que

idóneo

Defensorías

como amparo en los términos

21/05/18

Usted

cuenta

modo

fuerza

las

en fecha 18/05/2018

formulado

de

Inicial

Juzgado

inicial,

del Neuquén que

a

de

NIÑO

trámite

Acción

judicial

título

la acción

Expediente

Província

resulta

resolución

nuevas

asimísmo

AUTOSATI SFACT IVA"

todos

que en

por

Defensorías

el

Nivel

motivó

a ínstar

ante

las

bajo

incluyendo

DERECHOS

encuentran

la

el más

lucen

medida

titularse,

por

SEGUEL;

no

la indicada

coercitivas,

Educativos

Circunscripción CE

los

acatamiento

no

como

marras,

facilitar

requerimientos

Capital;

obstante

y

Ernesto

de

invocado.-------------------------------

de

Establecímiento

de

tal vez resulte

Provincia.

situacíonal

de

José

que la autoridad

resolutivas

tutela del derecho el

conflicto

posibilidad

Subsecretario

del caso, concluyó

resolución

en su caso,

señor

del Neuquén,

del

e indicando

facultades

el

consideraciones

contexto

conflicto,

Con

respuesta

resuelva

subsidiariamente.

En

fecha

la

medida

Cuestión


"RAPAZZO ANDREA; PALOMBA MÓNICA; ROBEDA MARCELA FABIANA; STORNINI NATALIA SOLEDAD; CASTRO LIPTAK PAULA BEATRIZ; ESPINAR JOSÉ LUIS; CHIAVASSA EZEQUIEL JAVIER SOBRE JURADO DE ENJUICIAMIENTO" - Expediente N° 48-JE.última

que al ser confirmada

elevadas en

a la Cámara

fecha

31/05/18

de Apelaciones declaró

recurso

de

reinicio

del ciclo lectivo

XIX.año,

apelación,

caso

Dr.

Mediación a cabo José

cual

dieron

por

fecha

penal,

29/06/2018

a

lo

el

por

el

se realizó en

de

conflictos

documentación

Circunscripción, la medida

en

Educación

que

en el plazo

la planificación

causa

niveles

técnica Judicial,

y

especial relativa

ella

de diez

de cada

con

asiento

a plazos

la ATEN. de este

del

Código

restablecer

es dable destacar -DNNA-

obtuvo

la

la

III de

por medio

de

DECLARANDO abstracto del

dictado

Consejo (lO)

la

dias

III

el

de clases;

Provincial acompañe

secundario, en

de

de la

el dictado

instada,

y modalidades 13

de

establecimiento

primario,

inicial,

partes

la resolución

para

14/06/2018

demandada

la

del

y la paz social.-----------

a reanudación

INTIMANDO a

través

que fue aprobado

17°

la Defensora

por

del

ambas

que prioriza

que "FALLO: I.-

de intimación

II.-

los

fecha

autosatisfactiva

la cual se resolvió pedido

que

que

Articulo

y en consonancia,

aportada

a

Dr.

y

cumplimiento

primarios

entre sus protagonistas

general

General

dando

de

se llevó

provincial

Acuerdo

del

112.191/18;

fiscal

conflicto

el

pacífica

Por su parte

al

Dirección

acuerdo

Plenario

Penal de la Provincia,

xx.-

la

el

un

meses.

Procesal

armonía

atención

legajos

gobierno

firmaron

establecido

los

los

y ante

del

en los últimos

modo

del

por el fiscal

interviene

finalizado

convocatoria,

en

Penal del MPF, por cuanto

ATEN

Dicha

tratamiento

efectuada

según

autoridades

docente

mantuvieron en

Azcárate

una mediación

sindicato

el

Cámara,

forma,

a fines del mes de mayo del corriente

y Conciliación

Gerez,

De esta

son

2018.---------------------------

112.195/19

y

112.201/18

dicha

de la derivación

Diego

local.

abstracto

por

Como colorario, a partir

por el Juez interviniente,

de a la

escolar

educación

Circunscripción de

en

recuperación


"RAPAZZO ANDREA; PALOMBA MÓNICA; ROBEDA MARCELA FABIANA; STORNINI NATALIA SOLEDAD; CASTRO LIPTAK PAULA BEATRIZ; ESPINAR JOSÉ LUIS; CHIAVASSA EZEQUIEL JAVIER SOBRE JURADO DE ENJUICIAMIENTO" - Expediente N° 48-JE.de

los

contenidos

durante

el paro

astreintes citada

docente,

por

ejercicio preservación

del

adolescentes

Gloria

XXI.-

las

De

actualidad de

sensible

para

caso,

las

funcionario

analizó

o

medida dictadas

arribar

a

una

historia

de

Como

penales,

involucrados Mediación

dictado

la

con y

de

al día

del

de

de clases

(...).

y

se evidencia han un

a

la

merituado

un

la

tan

Cada

luz

de

en

de las

pos

de

haciendo

nunca

fueron

cor.creta.------------

actuación

del

Ministerio

en un primer

momento

y luego,

a

ante

del Ministerio

Público

los

actores

de

todos

acuerdo,

se retomaron

a

través

docente.

de

la

Firmado

el

las actividades

De esta forma se subraya 14

en

arbitrar

Así,

presentadas,

fin al conflicto

sin más.

un

Siendo

-DNNA-

de la Defensa,

participación

la

en la

conflicto

problema.

articulando

a

y

de instar una acción

respuesta

Público

siguiente

niños

supra

conflictos

la intervención

puso

ut

Defensorías

amparo

arribando

Penal,

respetuosa

en su conj unto.

similares

advierte

del Ministerio

Fiscal,

mismo,

en

en su conjunto,

regular

como en el caso en concreto.

ni tuvieron

se

citadas

la conveniencia

acciones

en

a la educación;

abordar

dichas

resolución

satisfactorias,

niñas,

autosatisfactiva,

sentencias

denuncias

para

pertinentes,

un

de

-DNNA-

comunidad

de

a con

a colación;

Defensorías

resorte

salarial

pugna, las

docente

Juez".---------------------

judiciales

nuestra

Consejo

gremio

cuestión

derecho

de la

demandada

modo acorde en

del

traída

cumplimiento

la

la

superior

estrategias

las acciones

través

en

Anahí Martina,

que

abanico

Público

aborden

interés

afín

en el

impartirse

de aplicársele

tercero citado,

intereses

medidas

jurisprudencia

XXII.-

y al

destinatarios

Fdo. Dra.

apercibimiento

asertiva,

los

debieron

INSTANDO a

sucesivo

y

de

amparo

-

de Educación

oportuna

que

de atraso

III.

ATEN a que en lo forma

bajo

cada día

obligación;

Provincial

todo

pedagógicos

y el que el


"RAPAZZO ANDREA; PALOMBA MÓNICA; ROBEDA MARCELA FABIANA; STORNINI NATAL lA SOLEDAD; CASTRO LIPTAK PAULA BEATRIZ; ESPINAR JOSÉ LUIS; CHIAVASSA EZEQUIEL JAVIER SOBRE JURADO DE ENJUICIAMIENTO" - Expediente N° 48-JE.Ministerio ambos

Público,

miembros

deslinde

en su estructura

tiene

funcional.

a cargo

de

igual

el Ministerio

de la justicia

intereses

públicos,

en

intereses

generales

de la sociedad.

el

interés

público

necesario

instancia

civil

los

en

observancia el

de

promueve

la

previstos

(Dromi, Roberto.

Y

ley.

los

defiende en

las sea

que

-excepto

la

está

de

pública

de parte-,

un

de los

efecto

acción

por

de la Constitución

Público

legalidad

A tal

o requerimiento

casos

efectivo

la

con

en defensa

correccionales

y

criminales

causas

por

y

interés

en la cual

cuentan

jerarquia,

Básicamente

la promoción

bicéfala,

y la acción Vela

por

la

y las leyes de la República

cumplimiento

del

debido

Derecho Administrativo.

proceso

legal.

Pág. 929 Y ss. Ed.

Ciudad Argentina) .----------------------------------------Se pondera

que las numerosas

gestiones

-DNNA-,

en las ambas instancias,

asume

el

adolescentes

de

preocupación Con

ello,

articular,

surge

año

curriculares,

en

XXIII.-

que

los

el

recupero

la reedición

Autoconvocados,

Constitución

sopesar

Nacional

y

los

arto

contenidos

afines.------------presentada

ampliamente

58

del

arto

de

la

28

carta

que no existen

suficientes

que

permitan

inferir

que

frente

a

este

episodio 15

se

haya

concreto,

por

el tamiz

postulo

y

salarial

y el Poder Ejecutivo

la denuncia

excede

el

de

En definitiva

se,

y

más convenientes

provincial.

per

la

analizar

del conflicto

razonabilidad

de

principio

y

deben

las medidas

En el caso en concreto,

el

niños

final, que era el inicio del ciclo

curso,

y evitar

-DNNA-,

a través de los organismos

los Padres

se

obstante

entre el gremio que los agrupa

Provincial,

exige

que

no

los

por los Padres Autoconvocados.------

el resultado

del

docente

Provincia;

por

y judicial;

niños,

los

de

según su experticia

para lograr lectivo

la

planteada es

prejudicial

superior

interés

articuladas

de

que la

magna

elementos

configurado las

causales


"RAPAZZO ANDREA; PALOMBA MÓNICA; ROBEDA MARCELA FABIANA; STORNINI NATAL lA SOLEDAD; CASTRO LIPTAK PAULA BEATRIZ; ESPINAR JOSÉ LUIS; CHIAVASSA EZEQUIEL JAVIER SOBRE JURADO DE ENJUICIAMIENTO" - Expediente N° 48-JE.habilitantes de

de la pérdida

dichos

de la garantia

funcionarios.

observarse

entonces,

ReLomando

pues,

las argumentaciones

denunciante,

son el reflejo

la educación

de sus hijos en particular

todos

los niveles,

suficiente pretende

para sobre

de

dicha

cuidadoso

el

las causales expulsiva.

conjuntamente

funcionarios

que

para

tener

del

estudio

y analizando brindadas

por

antecedentes

corresponde

declarar

la

de causa y disponer

de las actuaciones.-----------------------------

En

otro

orden

de

ideas

solici tada

por

las Dras.

Espinar

los

denunciantes;

a

intereses

Palomba,

invol ucrados,

improcedente.El

en

respecto Robeda

razón

de

corresponde

a

la

multa

y Rapazzo,

y Dr.

los

derechos

desestimarla

e por

TAL MI VOTO.--------------------------------

Diputado

compartir arriba

para

habilitantes

los

del pedido de formación

XXV.-

menos

luego

y

inadmisibilidad

que

por

remoción

que nos convoca,

considero

XXIV.-

de

ello,

incorporados,

el archivo

parental

el

no lucen de entidad

ni mucho

mención

por

y en general,

juicio

Por

puede

entabladas

con las explicaciones de

como

constitucionales

de la presentación

la misma

::'os

y en esta instancia sustentar

medida

y

de la preocupación

los denunciados,

por configuradas

de inamovilidad

PABLO

los fundamentos

FABIÁN

BONGIOVANI,

expresados

dijo:

y la solución

el Vocal que vota en primer orden, adhiero

Por

a la que al mismo.

ASI VOTO.-------------------------------------------------XXVI.-

La

análisis primer

Dra.

y

MIRIAM

solución

BEATRIZ

expresados

RÍOS, por

dijo:

el Vocal

Adhiero que

vota

al en

orden. ASI VOTO.------------------------------------

XXVII.conforme

En lo

modificaciones Especial RESUELVE:

del 1)

razón

de

autoriza

las el

consideraciones

art.

introducidas Jurado DECLARAR

de la

18 de por

Ley

la

Ley

2698,

Enjuiciamiento, INADMISIBILIDAD 16

expresadas,

por de

1565 la

con

y las

Comisión

unanimidad, la

denuncia


"RAPAZZO ANDREA; PALOMBA MÓNICA; ROBEDA MARCELA FABIANA; STORNINI NATAL lA SOLEDAD; CASTRO LIPTAK PAULA BEATRIZ; ESPINAR JOSÉ LUIS; CHIAVASSA EZEQUIEL JAVIER SOBRE JURADO DE ENJUICIAMIENTO" - Expediente N° 48-JE.formulada

contra

Oras.

ANDREA

MARCELA

FABIANA

BEATRIZ

CASTRO

LIPTAK;

EZEQUIEL

JAVIER

CHIAVASSA.

aquí 4)

ROBEDA;

dispuesto.

NOTIFICAR

NATALIA y

ARCHÍVENSE

Con

siendo

acto,

que previa

Especial

no

lectura

Ores.

al Jurado de

más,

firman

los

da

LUIS

PAULA

ESPINAR;

a los nombrados de

autos.

se

PALOMBA;

STORNINI;

JOSÉ

las presentes

para

MÓNICA

SOLEDAD

2) NOTIFICAR

denunciante

NOTIFICACIONES, lo

los

3) NOTIFICAR

al

RAPAZZO;

lo

Enj uiciamiento.

5)

CUMPLIDAS

LAS

actuaciones.-----por

miembros

finalizado de

la

el

Comisión

por ante mí, de lo que doy fe.--------------------

Dr. OSCAR MASSEI PRESIDENTE COMISIÓN

"-

ESPECIAL

Od~\Q, Dip.

Dra. MIRIAM VOCAL COMISIÓN

BEATRIZ

Ríos

VOCAL

ESPECIAL

COMISIÓN

SECRETARIA COMISIÓN

ESPECIAL

17

ESPECIAL



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