Manual contra la lucha de trata de personas

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Manual para la lucha contra la trata de personas

planteadas por la cooperación entre los organismos encargados de la aplicación coercitiva de la ley (véanse los instrumentos anteriores de este capítulo). Por ejemplo, en Bulgaria se ha creado una unidad especial contra la trata de personas dentro de la dirección del Servicio Nacional de Policía de Fronteras. Esta unidad tiene, entre otras tareas, la de investigar, reunir pruebas documentales, realizar acciones conjuntas e intercambiar información con otros organismos nacionales e internacionales encargados de hacer cumplir la ley. El Servicio ha firmado acuerdos de cooperación operativa e intercambio de información con Alemania, Rumania y la ex República Yugoslava de Macedonia.

Medidas recomendadas por la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa 앫

Estudiar la adopción de medidas que permitan, de acuerdo con la legislación nacional, denegar la entrada, revocar visados o, tal vez, detener temporalmente a las personas implicadas en la comisión de delitos tipificados por las leyes en vigor.

Estudiar el reforzamiento de la cooperación entre organismos de control fronterizo mediante, entre otras cosas, el establecimiento y mantenimiento de conductos directos de comunicación.

Sin perjuicio de los compromisos internacionales relativos a la libertad de circulación de las personas, fortalecer, en la medida de lo posible, los controles fronterizos, según sea necesario para evitar y detectar la trata de personas.

Adoptar las medidas legislativas o de otra índole que sean apropiadas para evitar, en la medida de lo posible, que los medios de transporte explotados por transportistas comerciales se utilicen para cometer delitos tipificados por las disposiciones contra la trata de personas.

Cuando corresponda, y sin perjuicio de lo dispuesto en las convenciones internacionales aplicables, obligar a los transportistas comerciales, incluidas todas las empresas de transporte o los propietarios o explotadores de cualquier medio de transporte, a cerciorarse de que todos los pasajeros estén en posesión de un documento de viaje válido y, en conformidad con el derecho interno, adoptar las medidas necesarias para aplicar sanciones en caso de violación.

Otra importante recomendación de la OSCE es que los Estados no deben actuar contra las personas que sean objeto de la trata por delitos relacionados con la trata, tales como la posesión de pasaportes falsos o el desempeño de trabajos sin autorización, incluso cuando hayan aceptado la tenencia de documentos falsos o el trabajo sin autorización.

El Plan de Acción de la OSCE contra la trata de personas puede descargarse en el siguiente sitio web: http://www.osce.org/documents/pc/2005/07/15594_en.pdf


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