Somos Litera Agosto 2018

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124 HISTORIAS de nuestra HISTORIA

El reglamento de la sociedad de baile "La Palma" de Binéfar A finales del s.XIX y comienzos del s.XX, el baile se había convertido en la forma preferida de ocio para la juventud española, y los binefarenses disfrutaban de numerosas ocasiones para practicarlo. Durante los periodos festivos de invierno, verano y carnaval, el Ayuntamiento y algunas entidades como cafés, casinos o centros obreros, organizaban bailes públicos y privados. Además se podía disfrutar de ese entretenimiento cada semana en un local municipal situado en la plaza del Mercado (hoy llamada popularmente del Quesito). Sin embargo, algunos de esos aficionados debían pensar que ese baile municipal era demasiado «popular», y que en Binéfar hacía falta un centro recreativo más acorde con los nuevos tiempos, en el que primara también un cierto refinamiento en las formas. Por eso, a comienzos de 1919, un numeroso grupo de jóvenes naturales o vecinos de la villa, constituyeron la Sociedad de Baile La Palma, que quedó debidamente registrada en el Gobierno Civil de la provincia el 8 de febrero de ese mismo año. La sociedad, que tuvo una larga vida y fue años más tarde responsable de la construcción de la mítica sala Palermo, tuvo su primer domicilio social en los bajos de una casa, sin número, de la calle Lérida, y una de sus finalidades era: «mejorar las costumbres y cultura de los jóvenes asociados fomentando en ellos la instrucción y desterrando de sus costumbres la blasfemia y propensión al uso de palabras y acciones indecorosas». Por esa razón, y por lo pintorescas que pueden resultar casi un siglo después algunas de las disposiciones que recoge su reglamento, del que el Centro de Estudios Literanos posee un ejemplar, pensamos que merece la pena reproducirlas:

la misma danza que esté ejecutando con otro bailador». «Artículo 33. La Junta Directiva nombrará dos vocales, que se llamarán de turno, siendo su misión aconsejar, instruir y guiar a sus compañeros por el camino de la discreción y buena crianza. El nombramiento de dichos vocales se renovará mensualmente».

Portada del reglamento

«Artículo 5.º Quedan prohibidos muy especialmente toda palabra y acción que puedan ofender la honestidad de las jóvenes y señoras que con su presencia honren la sociedad». «Artículo 6.º La infracción a que se refiere el artículo anterior y la de la blasfemia llevan en sí la inmediata expulsión de la sociedad, sin que al expulsado por dicha falta le quede derecho a nuevo ingreso». «Artículo 7.º Todo socio deberá hacer pública ostentación del respeto que profesa a las autoridades Gubernativa, Judicial, Militar y Eclesiástica, sin olvidar que también debe guardar especial atención y deferencia a las demás personas visibles de la población». «Artículo 22. Queda terminantemente prohibido invitar a una joven a bailar

«Artículo 34. Es obligación de los vocales de turno: 1.º Recorrer todas las dependencias del local que ocupa la sociedad, y muy especialmente el salón de baile, observando como bailan los socios y demás personas que al mismo concurren, cuidando aquellos de que la danza no adquiera movimientos vertiginosos ni degenere en tumulto, invitando a la moderación a quien quiera que se extralimite, y en caso de no ser atendida esta amistosa advertencia, darán dichos vocales cuenta al Presidente, quien dispondrá se prive de bailar al que infringiere esta medida de orden. 2.º De igual modo pondrán los vocales de turno en conocimiento del Presidente cualquier inmoralidad que observen en el local, pudiendo obrar por sí mismos, cuando se atente contra el pudor y honestidad de las jóvenes, expulsando del salón a quien tan gravísima falta cometiere». La sociedad tenía tres clases de socios: fundadores, protectores y de número. Salvo los protectores, que prestaban a la sociedad «su apoyo moral o material», el resto pagaba una cuota mensual de cincuenta céntimos. Los fundadores debieron satisfacer, además, una cuota de entrada de dos pesetas. Figuran como primeros miembros de la Junta Directiva: Ignacio Cardil, José López, Ramón Cardil, Agustín Aler, Antonio Riu, Ramón Paniello, Joaquín Alzuria y Jerónimo Badía.


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