Modulo 35 transición a la niif para las pymes

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Módulo 35: Transición a la NIIF para las PYMES

35.6

El párrafo 3.14 requiere que una entidad revele, dentro de un conjunto completo de estados financieros, información comparativa con respecto al periodo comparable anterior para todos los importes monetarios presentados en los estados financieros, así como información comparativa específica de tipo narrativo y descriptivo. Una entidad puede presentar información comparativa con respecto a más de un periodo anterior comparable. Por ello, la fecha de transición a la NIIF para las PYMES de una entidad es el comienzo del primer periodo para el que la entidad presenta información comparativa completa, de acuerdo con esta NIIF, en sus primeros estados financieros conforme a esta NIIF.

Notas El estado de situación financiera de apertura está elaborado a la fecha de transición a la NIIF para las PYMES (véanse los párrafos 35.7 a 35.11). Figura 2: Ilustración de la diferencia entre la fecha de transición a la NIIF para las PYMES y la fecha sobre la que se informa. Información comparativa presentada para al menos un año (se aplican excepciones; véase el párrafo 35.11)

Año financiero para el que se presentan los primeros estados financieros conforme a la NIIF para las PYMES

Tiempo

Fecha de transición a la NIIF para las PYMES Estado de situación financiera de apertura conforme a la NIIF para las PYMES

Fecha sobre la que se informa

Utilice la versión de la NIIF para las PYMES en vigencia a la fecha sobre la que se informa

Fundación IFRS: Material de formación sobre la NIIF para las PYMES (versión 2011-04)

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