Será Justicia Nº 03

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Lunes 16 de Noviembre de 2009 Gato acorralado Ya se ha reconocido a Miguel Ángel Gómez, imputado junto a Menéndez en el Caso Moyano, como uno de los principales torturadores del D2. Muchos detenidos lo pudieron identificar, escuchar su particular voz e incluso observarlo en el centro clandestino de la inteligencia policial. Uno de ellos, el abogado Oscar Samamé, recordó “el rostro diabólico del 'Gato' Gómez, la vez que me pidió que lo observara. Esa mirada cruel no la olvido jamás”. El abogado querellante Hugo Vaca Narvaja, por su parte, analizó positivamente los testimonios, las historias y las vivencias aportados a en la última semana. “Ya son varios los testigos que confirmaron la participación de Gómez en las torturas. Durante la época, se lo ubica en el D2 por la información aportada desde la policía, por lo que es indudable su participación. Y también los testigos han dicho que él era quien daba las órdenes en los interrogatorios”, concluyó Vaca Narvaja. Doce días son los que Isolina Guevara estuvo en cautiverio, pocos metros separaban su celda de la Catedral cordobesa. Ante el tribunal, recordó una de esas oscuras jornadas, donde uno de los represores le quitó la venda que llevaba siempre so-

bre sus ojos y le ordenó: “Levantá la cabeza y mirame, quiero que veas quién es tu torturador”. El de la voz desafiante era, una vez más, el Gato Gómez, demostrando la impunidad con que actuaba. Luego la interrogó y la golpeó sin preocuparse de que su víctima pudiera identificarlo. El guiño de la justicia El jueves 5, cuando Raúl Ernesto Morales declaró ante el tribunal, confirmó que luego de ocho meses de detención, en noviembre del año 1976, el ex Juez Federal del Bell Ville Eudoro Vázquez Cuesta le tomó declaración testimonial en su lugar de detención. El escenario descripto por el albañil no se asemejaba en absoluto a una intervención judicial, con las garantías prescriptas en cualquier Estado de Derecho. En el propio Penal de San Martín, el juez que estaba a cargo de la causa “Capuano, Martínez y otros”, interrogó a Morales escoltado por tres militares armados. Tras la declaración, la querella no tardó en citar a declarar al ex magistrado. Con un testimonio medido y apelando a olvidos producto del paso del tiempo, Vázquez Cuesta afirmó que “los jueces debíamos actuar bajo la disposición imperante”, pero negó que hubiesen participado militares durante sus indagatorias.

“¿Cómo podíamos oponernos a las decisiones de la Junta? Por arriba de ellos, no había nada”, se excusó finalmente. En la siguiente audiencia, el testigo Olegario Martínez, un ex policía perseguido y torturado por el D2, puso en contradicción los dichos del juez, al afirmar que también fue interrogado ante la presencia militar. “Además, le manifesté las torturas y las lesiones recibidas, pero nunca apareció eso cuando revisé la causa. Incluso firmé con los ojos vendados”. También consta en los autos de la causa Morales, que el entonces Juez Federal de Bell Ville interrogó al Sargento Primero del D2, Carlos Hugo Villarruel. Ante la pregunta de Vázquez Cuesta sobre la reacción de los detenidos al ser interrogados, Villarruel contestó: “Al principio negaban toda participación en la subversión, pero después de un 'insistente interrogatorio', los detenidos aceptaban los hechos, narrando las responsabilidades que tenía cada uno en las organizaciones extremistas”. Contra los testimonios de las víctimas, que soportaron la desidia cómplice de algunos magistrados federales, Vázquez Cuesta confirmó con su silencio los secuestros ilegales y las torturas recibidas por los presos acusados de subversión.

En el banquillo de los acusados Luciano Benjamín Menéndez Alias “Cachorro”. Casado. 82 años. Militar retirado con el grado de General de División. Cumple dos condenas de prisión perpetua (Córdoba y Tucumán) en el penal de Bouwer. Desde septiembre de 1975 hasta septiembre de 1979 fue Comandante en Jefe del III Cuerpo de Ejército. Esta repartición tuvo epicentro en Córdoba, y abarcaba 10 provincias: Jujuy, Salta, Catamarca, La Rioja, San Juan, Mendoza, San Luis, Santiago del Estero, Tucumán y Córdoba. Impartía las órdenes y generaba las condiciones para que se cumplieran. Establecía los objetivos, suministraba los medios y evaluaba a sus subordinados. Una de sus políticas fue el “Pacto de Sangre”: hacer participar de los secuestros y fusilamientos a todos los oficiales de las unidades para que no se “dieran vuelta” y declararan contra Menéndez y los oficiales del Destacamento. De acuerdo a los legajos de inteligencia incautados por la justicia, Menéndez presidía la denominada “Comunidad Informativa” en donde confluían, entre otros, autoridades de todas las Fuerzas de Defensa y Seguridad como el Ejército, la Policía Provincial, la Policía Federal y SIDE. En 1988 fue procesado, pero con la Ley de Punto Final, la Corte Suprema de Justicia lo desprocesó en algunas causas. Luego, en 1990, el entonces presidente Menem lo indultó, salvándolo de unas 700 causas que había en su contra. En 2003 con la anulación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final se reabrieron muchas de las causas por la que está procesado (homicidios calificados, tormentos seguidos de muerte, torturas, privaciones ilegales de la libertad y sustracción de menores).

Rodolfo Aníbal Campos

Después de 25 años de democracia, son muchos los jueces cuestionados por su actuación durante la dictadura. Hace sólo unos días, por caso, fue finalmente capturado Guillermo Federico Madueño, un ex juez federal de Bahía Blanca que está acusado de haber cometido delitos de lesa humanidad. Madueño fue denunciado en 2005 por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). Poco después renunció a su cargo, y se encontraba prófugo desde abril de este año. Se lo imputa, en el marco de la “Causa Ejército”, por avalar secuestros y torturas a detenidos, y rechazar sistemáticamente los recursos de hábeas corpus solicitados por los familiares. Un derrotero similar al de estos magistrados, colmado de encubrimientos y complicidades, siguió en Córdoba, en esa época, el Colegio de Abogados, que recomendaba a sus afiliados mediante notificaciones, “no defender a delincuentes subversivos”. Con el paso de las audiencias, el cuerpo probatorio se acumula ratificando los posicionamientos de las querellas, y va quedando cada vez más acreditada la participación de importantes sectores sociales y gubernamentales que fueron impulsores, cómplices y encubridores de los delitos del Terrorismo de Estado.

PERFILES Causa por causa, un informe completo sobre los represores imputados en el Juicio Menéndez II

César Armando Cejas Casado, 4 hijos. 70 años. Policía de Córdoba, retirado en 1983 con el grado de Comisario Mayor. Subdirector de la Dirección General de Inteligencia de la Policía (D2). Evaluaba y calificaba a sus subordinados (entre ellos, los imputados Flores y Britos) siendo responsable directo de su accionar.

Hugo Cayetano Britos

Sobreseídos por fallecimiento: Arturo Gumersindo Centeno Gral. de Brigada y Comandante de la IV Brigada de Infantería Aerotransportada. Era 2º jefe del Estado Mayor del Área 311 cuando Albareda fue secuestrado y asesinado.

Alberto Rosas Senen Jefe de la Policía de Córdoba desde el 17 de enero de 1977 hasta el 27 de febrero de 1979.

Ernesto Cesario

Subjefe de la Policía de Córdoba desde el 15 de marzo de Alias “Pelado Miky”. Separado, 4 hijos. 1976 hasta el 6 de junio de 1978. 69 años. Raúl Pedro Telleldín Policía de Córdoba, retirado en 1986. En 1975 se hace cargo de la Dirección Gral. de Inteligencia. Afronta su primer juicio. Desde 1978 hasta 1980 fue Inspector General de la D2. Fue Integró la Dirección General de Inte- el que concretó el asesinato de Albareda. ligencia (D2). Junto a Yanicelli y Jabour eran los oficiales que dirigían las briga- Juan Reynoso das del D2. Los tres eran los encargados de supervisar rota- En 1977 sucedió a Telleldín en la jefatura del D2. En 1979 tivamente el funcionamiento de Casa de Hidráulica. El 25 era Director de la Dirección Gral. de Inteligencia. de septiembre de 1979, Britos participó del secuestro, las Fernando José Esteban torturas, el asesinato y la desaparición de Albareda. Subjefe del D2 desde abril de 1975 hasta junio de 1979.

Miguel Ángel Gómez

Américo Pedro Romano

Alias “Gato” o "Cacho". Casado y sepa- Responsable del Centro de Operaciones Tácticas (COT) del rado, actualmente en pareja. 62 años. D2. Fue uno de los que secuestró y torturó a Albareda en Casa de Hidráulica. Cabo de la Policía de Córdoba, exoneAntonio Héctor Carabante rado en 1978 por delito común. Está preso en la cárcel de Bouwer en el Miembro de la Dirección Gral. de Inteligencia. Fue uno de marco de esta y otras causas que lo tie- los que el 25 de septiembre de 1979 torturó a Albareda en nen como imputado. Integró la patota Casa de Hidráulica. Allí tenía la función de guardia. del D2. Pese a su bajo rango, contaba con mucho poder al interior de Inteligencia. Era uno de los encargados de los in- CASO ALBAREDA: Menéndez, Campos y Cejas: partícipes necesaterrogatorios. Recordado por la severidad de sus torturas. rios y autores mediatos de los delitos de privación ilegítima de la

Las imputaciones:

Calixto Luis Flores

Viudo. 81 años. Alias “Chato”. Casado, 4 hijos. 70 años. Militar retirado con el grado de Suboficial mayor de la Policía de la proCoronel. Afronta su primer juicio. vincia de Córdoba, jubilado en 1995. Entre el 28 de febrero de 1979 y el 6 de Miembro de la patota del D2. Cubría al enero de 1980 fue la máxima autoripersonal ausente en caso de enfermedad de la Policía de Córdoba. Por debadad o licencia. El 25 de septiembre de jo de Campos estaba la Dirección Gral. 1979, cuando secuestran a Albareda, de Inteligencia. La orden de secuestrar y desaparecer a estaba en funciones y participó del operativo. Años desRicardo Fermín Albareda nunca hubiese podido salir del D2 pués, junto con Britos fue parte de “el Gremio”, sección sin el consentimiento y la complicidad de Campos. que hacía inteligencia sobre distintos sectores sociales.

libertad, imposición de tormentos agravados y homicidio agravado. Britos: imputado por los mismos delitos en calidad de coautor. Flores: privación ilegítima de la libertad, como coautor. CASO MOYANO: Menéndez: privación ilegítima de la libertad e imposición de tormentos agravados en perjuicio de Carlos Jacinto Moyano, Delia Lidia del Carmen Torres, Manuel Américo Nieva, Ramón Hugo Guevara, Isolina Tránsito Guevara, Carlos Hugo Antón, Manuel Reynoso y Rubén Gilli. Gómez: imputado por imposición de tormentos agravados sufridos por Delia Torres, Manuel Nieva, Ramón Guevara e Isolina Guevara. CASO MORALES: Menéndez y Gómez: imposición de tormentos agravados con lesiones gravísimas en perjuicio de Raúl E. Morales.


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