Derecho Canonico

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Alejandría y Antioquía, y extendió a

Nestorio, patriarca de Constantinopla,

toda la Iglesia la costumbre romana

negó la unión del Verbo Divino con la

concertando la fecha de la celebración

humanidad en unidad de persona;

de Pascua. El Verbo es verdadero Hijo

afirmó que Jesús era un puro hombre

de Dios, de la misma substancia del

en quien habitaba el Hijo del Eterno

Padre, y por lo tanto verdadero Dios.

Padre, y si Jesús no era Dios tampoco María podía ser Madre de Dios. También

fue

condenada

la

doctrina de Pelagio y Celestino que 2. I De Constantinopla. 381

negaban la transmisión del pecado de de

Adán a su descendencia y defendían la

Constantinopla, admitía la divinidad

bondad, puramente humana para

del Verbo pero la negaba en el

hacer el bien sin el concurso del

Espíritu Santo; decía que era una

auxilio divino.

Macedonio,

patriarca

criatura de Dios, una especie de superministro de todas las gracias. Reunido durante el pontificado

3. De Éfeso. 431

del Papa San Dámaso y el Emperador Teodosio el Grande, reafirmó la

San

Celestino

divinidad del Espíritu Santo. Contra

nestorianismo.

los macedonianos.

Teodosio el Joven. Definió la unidad

En

I el

Contra

el

reinado

de

de persona en Cristo y la maternidad El Espíritu Santo es verdadero Dios,

divina de María.

como el Hijo y el Padre. (Símbolo Niceno - Constantinopolitano).

Cristo, Dios-Hombre es un solo sujeto (=Persona); la unión hipostática es substancial, no accidental, física, no


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