PROPUESTAS PROCESO CONSTITUYENTE UACH

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de emitir el voto. Segundo, el acto electoral debe ser administrado por una institución completamente independiente de los servicios penitenciarios, y las elecciones dentro de la prisión deben admitir observadores imparciales como una garantía de imparcialidad. Finalmente, es importante realizar procesos de concientización en las prisiones respecto al alcance de las medidas que se adopten durante los actos eleccionarios, junto con garantizar a quienes ejerzan este derecho, la integridad de las elecciones. El peligro latente, en este sentido, radica en que la propia cultura interna de los recintos penitenciarios chilenos, marcada por el poder de agentes penitenciarios, y las jerarquías entre presos y presas, impida a los internos y a las internas confiar en el proceso electoral. En síntesis, para permitir que los privados de libertad formen parte del proceso constituyente que se aproxima, es necesario adoptar decisiones políticas, institucionales, y administrativas. En primer lugar, se requiere una decisión en torno a la forma en que se haría operativo el voto (instalación de urnas o voto en ausencia). En segundo lugar, sería necesario ampliar el sistema de registro, cuando sea necesario, para ponerlo a disposición de los privados de libertad y determinar dónde se contarían los votos (domicilio declarado o el domicilio del recinto penal). Por último, deben considerarse aspectos de seguridad en los recintos penales. Si bien no tenemos respuestas concretas a estas interrogantes, podemos aportar con algunas ideas generales. Primero, existe evidencia en numerosas jurisdicciones de que las elecciones llevadas a cabo dentro de las cárceles no presentan mayores inconvenientes en su desarrollo. En este sentido, tanto la instalación de una urna dentro de la cárcel, como la votación por correo se utilizan en países que permiten a los reclusos votar. Ello sucede sin costo alguno por la integridad electoral, y es una cuestión de voluntad política. Segundo, los sistemas de registro solo se requieren acciones de coordinación institucional entre tribunales, Gendarmería, el Registro Civil, y el Servel. Estas instituciones cuentan con registros electrónicos que podrían perfectamente ser sistematizados mediante un diseño de programación que no requiere una gran inversión de dinero. Si los reparos para hacer operativa la inclusión electoral de la población penal apuntaran a impedimentos en este sentido, o nos encontramos ante un escenario en que se asume que los instrumentos empleados a la fecha no cumplen

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