Movimientos- 17 mayo

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Negrón Portillo mencionan directamente cuáles servicios deben entenderse como esenciales y cuestionan el modelo centralizado; sin embargo, no definen un método de diseñar los indicadores para determinar la esencialidad de un servicio.

Por su parte, en términos de delegación o externalización, la Dra. Palmira Ríos plantea que la delegación al Tercer Sector de servicios públicos es complementaria al disfrute de los derechos fundamentales. Entendemos que la delegación de la prestación de servicios públicos al tercer sector es complementaria a las funciones esenciales del Gobierno y que pueden contribuir con el disfrute de los derechos fundamentales, en particular la protección de los derechos sociales con los que está comprometido el Gobierno de Puerto Rico (Ríos González, 2014). Huelga preguntarse si una definición de los servicios esenciales puede vincularse mejor a las definiciones de los derechos fundamentales. La Ley 5 del 29 de enero de 2018, Ley de Emergencia Financiera y Responsabilidad Fiscal de Puerto Rico define “servicios esenciales” como una asistencia prestada por el Territorio o por una instrumentalidad suya, identificada por el Gobernador en el Capítulo 2 de esta Ley como un servicio esencial para salvaguardar la salud, seguridad y el bienestar público de los residentes de Puerto Rico. El Plan Fiscal presentado ante la Junta de Control Fiscal recomienda que los servicios esenciales sean transferidos a municipalidades para sostenerlos: “The strategy focuses on transitioning towards a “county structure” where counties take a prominent role in the administration of essential services currently performed by the Central Government or at the municipal level (Plan Fiscal, 2018). Se abre paso a la idea de “descentralización condicionada” de servicios esenciales, como ya ocurre en determinadas realidades −como excepción y no como norma (Galilea, Sergio; Letelier, Leonardo y Ross, Katherine, 2011). En este sentido, retomo el planteamiento inicial sobre los valores públicos. Por ejemplo, aquellos valores relacionados a la administración pública y su relación con el medio ambiente suponen la adaptabilidad, flexibilidad, legalidad, cohesión y apertura de las organizaciones gubernamentales para determinar qué servicios son necesarios para la funcionalidad. Finalmente, cabe destacar que la infraestructura infaliblemente es un servicio que debe ser considerado esencial. No obstante, esta no se limita a la visión tradicional de construir caminos, puentes, tendido eléctrico, sino que, en una sociedad tecnocrática, incluye el acceso al internet, debido a que los sistemas de los servicios de corporaciones dependen de esta estructura para sostener la funcionalidad del gobier-

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