Revista Alerta N° 40

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La Biblia y la pena capital

Maryland

Inyección letal o la cámara de gas.

Mississippi

Inyección letal

Missouri

Inyección letal o la cámara de gas.

Montana

Inyección letal.

Nebraska

Silla eléctrica.

Nevada

Inyección letal.

New Hampshire

Autoriza la horca cuando no se puede administrar la inyección letal.

New México

Inyección letal.

North Carolina

Inyección letal.

Ohio

Inyección letal.

Oklahoma

Silla eléctrica o inyección letal.

Oregon

Inyección letal.

Pennsylvania

Inyección letal.

South Carolina

Los reos pueden escoger entre inyección letal o silla eléctrica.

South Dakota

Inyección letal.

Tennessee

Inyección letal.

Texas

Inyección letal.

Utah

Inyección letal.

Virginia

Los reos pueden escoger entre inyección letal o silla eléctrica.

Washington

Provee inyección letal a menos que el reo pida ser ahorcado.

Wyoming

Inyección letal o cámara de gas.

Militares

Inyección letal.

Personal del gobierno

Inyección letal

Muy temprano en la historia humana, Dios decretó que los homicidas debían pagar sus crímenes con su propia vida: “El que derramare sangre de hombre, por el hombre su sangre será derramada; porque a imagen de Dios es hecho el hombre” (Gn. 9:6). Esta norma continuó en el período mosaico. De hecho, la Ley que Dios le dio a Moisés para gobernar a la nación israelita estipulaba por lo menos veinte delitos acreedores de la pena capital. Una de las muchas expresiones bíblicas que todavía escuchamos hoy: es la que encontramos en Éxodo 21:23-25 que dice “Ojo por ojo” y “diente por diente”. Aunque estas palabras son mal interpretadas, es importante saber lo que significan en su contexto original en la Biblia, porque no es una cita para apoyar la venganza personal, sino que se trata de una situación legal en la cual el juez está ejercitando juicio. Algunas veces esto se interpretaba literalmente, tal como en Levítico 24:20, que dice: “Rotura por rotura,

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ojo por ojo, diente por diente; según la lesión que haya hecho a otro, tal se hará a él”. Pero en otras circunstancias, se le imponía una multa a quien le hubiere causado heridas a otro: • “Además, si algunos riñeren, y uno hiriere a su prójimo con piedra o con el puño, y éste no muriere, pero cayere en cama; si se levantare y anduviere fuera sobre su báculo, entonces será absuelto el que lo hirió; solamente le satisfará por lo que estuvo sin trabajar, y hará que le curen” (Ex. 21:18, 19). • “Y si hiciere saltar un diente de su siervo, o un diente de su sierva, por su diente le dejará ir libre” (Ex. 21:27). Este principio del “ojo por ojo”, es una aplicación legal de la regla de oro de Mateo 7:12 que dice: “Así que, todas las cosas que queráis que los hombres hagan con vosotros, así también haced vosotros con ellos; porque esto es la ley y los profetas”. Ambos principios dejan claro que somos seres humanos iguales y que


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