gas en media y baja presion

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CONTROL Y NORMATIVAS EN INSTALACIONES DE GAS INTRODUCCIÓN Todas las personas pasamos, en promedio, 8 horas diarias en el interior de una vivienda, sin embargo, la preocupación por la calidad de vida en interiores de habitaciones comenzó aproximadamente en 1995, motivada por 2 aspectos: a.- Por el desbordante crecimiento que comenzó a tener la vivienda en altura. b.- Por el interés de traer Gas Natural desde Argentina a Chile El Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, el 25 de abril de 1996 publica en el Diario Oficial el Decreto # 222. Reglamento que regula todo lo relacionado con las instalaciones de gas en interiores de viviendas. En este reglamento se destacan 3 aspectos importantes : 1.- Los requisitos mínimos de seguridad que debería cumplir una instalación de gas para proteger a las personas y sus bienes. 2.- Las disposiciones generales, que deberían ser aplicadas en todo el Territorio Nacional, para regular : -

El proyecto ( o el plano) de la instalación de gas combustible para uso domiciliario.

-

La construcción y montaje del mismo.

-

La mantención y fiscalización que debería realizarse en el tiempo.

-

La puesta en servicio.

3.- Se fija un glosario de 73 definiciones, con su respectivo significado y que se encuentran relacionados con la materia de la instalación, mantención y servicio de combustible.

Para comprender mejor esta afirmación veamos el siguiente ejemplo: Supongamos que se mide un calefon en un departamento y se encuentran los siguientes valores ambientales (en los alrededores de la fuente y manteniendo todas sus puertas cerradas a otra dependencia vecinal)

Tiempo / min. = 0 CO / ppm = 10

5 10 15 25

15 48

20 36

25 28

30 22

Por lo tanto, el CO promedio es de: 26,28 ppm para los 30 min. Criterio de aplicación : ¡Aceptado!

Alejandro Riquelme Saldaña

Posteriormente, a través de la circular Nº 1241 del 18 de Junio de 1997, la SEC entrega un protocolo tentativo para medir el monóxido de carbono CO en interiores de vivienda. Este protocolo establece que el límite máximo permitido ambientalmente deberá ser de 45 ppm para un promedio de 30 min. pero, ninguna medición comprendidas dentro de los 30 min. podrá sobrepasar las 200 ppm por 5 min.

Control y Normativa de Gas en Media y Baja Presión - Profesores: Hernán Soto Nilo

Departamento de Química de los Materiales – Facultad de Química y Biología – Universidad de Santiago de Chile 2002

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