Cuadernos de Seguridad - 349

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Entrevista

Seguridad Bancaria

CRISTINA MUÑOZ PÉREZ. ASESORA LEGAL DE LA FINTECH AFTERBANKS

«Con la Ley PSD2 los usuarios tendrán una mayor protección en el acceso a sus cuentas bancarias»

L

A digitalización es un proceso que

Cristina Muñoz es la responsable direc-

va se exige a proveedores de servicios

está afectando a todas las empre-

ta de la gestión, tramitación y super-

de pago verificar la identidad de sus

sas, incluidas las entidades finan-

visión de todo el proceso para la ob-

clientes con una serie de elementos de

cieras. Con motivo de las lagunas lega-

tención de la licencia PSD2 en Reino

seguridad.

les que se estaban abriendo en el sector

Unido. Esta nueva normativa surge de

La asesora legal de Afterbanks expli-

bancario, afectada por la proliferación

la necesidad de «impulsar un mercado

ca que esta nueva ley es esencial para

de las Fintech, nace la nueva normati-

único de pagos electrónicos seguros

apoyar el crecimiento de la economía y

va europea PSD2 que incluye modifi-

en la Unión Europea», según afirma

garantiza a empresas y consumidores,

caciones y cambios a su predecesora

Muñoz.

disfrutar de las posibilidades de elec-

PSD1. Cristina Muñoz, asesora legal de

Con esta nueva legislación se pretende

ción y transparencia en los servicios de

la Fintech Afterbanks, analiza y explica

mejorar la seguridad y protección en las

pago. El objetivo es «regular las nuevas

lo que supone esta nueva normativa a

operaciones bancarias que se realizan

figuras que aparecen en el ámbito ban-

nivel europeo.

a través de internet. Con esta normati-

cario para que todos tengan las mismas oportunidades».

Pressmaster/Shutterstock

Hace 10 años se introdujo la Directiva PSD1, predecesora de esta nueva ley. Esta primera normativa «fue la que impulsó la creación de las nuevas empresas Fintech dado que, a partir de este momento, podían surgir más modelos de negocio orientados a los servicios de pago», afirma la asesora legal de Afterbanks. Algunos cambios de esta primera normativa fueron «crear una figura de proveedor de servicios de pago que hasta, este momento, solo los bancos o agencias gubernamentales podían proporcionar servicios de pago», analiza Cristina Muñoz. Además, se otorga protagonismo a la transparencia respecto a los servicios y tarifas tanto a bancos como aquellos proveedores de servicios de pago.

38 / Cuadernos de Seguridad / Diciembre 2019


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