Cuadernos de Seguridad - 344

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Seguridad en Puertos

SARAY HERRERA. COORDINADORA DE SEGURIDAD. EULEN SEGURIDAD

Infraestructuras Críticas: sector portuario Cómo afecta la Ley de Seguridad Privada y el Proyecto del Nuevo Reglamento de desarrollo a las instalaciones portuarias

S

I bien es conocida la extensa nor-

en vigor próximamente, el cual supo-

que afectan a la mayor parte de servi-

mativa que regula el sector de la

ne nuevas implicaciones que deben en-

cios de seguridad que se prestan en los

Seguridad, cuando nos centra-

tender y poner en práctica las empresas

puertos, las cuales pasamos a analizar.

mos en el sector portuario cabe desta-

de seguridad privada y, a su vez, asu-

Se desprenden, de la extensa y pro-

car varios pilares que lo fundamentan,

mir como propias por parte de los de-

lija normativa sobre protección de in-

de los cuales dos son los que generan la

partamentos de Seguridad de los puer-

fraestructuras críticas, cuestiones como

mayoría de contrataciones de servicios

tos. No debemos olvidar que cualquier

la regulación de las obligaciones atribui-

de seguridad privada: La Ley 8/2011,

cambio en el entorno de la seguridad

bles competencialmente al propio Esta-

en la que se establecen medidas para

debe alinearse con los planes de segu-

do y al Operador como responsables de

la protección de las infraestructuras crí-

ridad existentes, la normativa imperan-

su protección. No es menos cierto que

ticas (Ley PIC); y el Código Internacio-

te y, asimismo, necesita tener en cuen-

hasta la fecha no quedaba configurada

nal de Protección de Buques e Instala-

ta las particularidades de cada puerto,

de forma clara y meridiana la atribución

ciones Portuarias (Código ISPS).

de modo que la operatividad de estos

de requisitos exigibles al proveedor de

no se resienta.

servicios de seguridad a los Operado-

Actualmente, se ha publicado el borrador del futuro Real Decreto en el que

Entre las novedades del nuevo re-

res Críticos. Al menos, no más allá de la

se desarrolla el nuevo reglamento de la

glamento se pueden encontrar varias

guía de contenidos mínimos del Plan de

Ley de Seguridad Privada y que entrará

en materia de infraestructuras críticas

Seguridad del Operador (PSO), sobre la gestión y mantenimiento de la seguridad integral, en relación a la subcontratación, tipo de servicios y compromisos entre operador y empresa contratada, principalmente. Dicho esto, y con el ánimo de analizar lo preceptuado en la Ley 5/2014, de Seguridad Privada, que en estas fechas cumple ya un lustro en vigor y en referencia precisamente a lo anteriormente expuesto, podemos encontrar que en su «Título II. Capítulo I. Empresas de seguridad privada», concretamente en su artículo diecinueve punto tres, donde textualmente se cita, entre otros requisitos generales, que «…en relación con las actividades contempladas sobre vi-

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