R. 369. XLIX. Rizzo, Jorge Gabriel (apoderado Lista 3 Gente de Derecho) si acción de amparo el Poder Ejecutivo Nacional, ley 26.855, medida cautelar (Expte. N° 3034/13) .
absoluta (Fallos: 329:1723, voto disidente del juez Fayt, considerando 12).
abandonar
Es evidente que con estos fines se ha pretendido el sistema de selección exclusivamente politico-
partidario. En palabras de Germán Bidart Campos, es inocultable la
búsqueda
del
constituyente
de
"amortiguar
la
gravitación
politico-partidaria en el proceso de designación y enjuiciamiento de jueces"
("Tratado Elemental de Derecho Constitucional",
1997, T. VI, pág. 499). 21) Que, asimismo, la voluntad originaria expresada en la Asamblea Constituyente compone otra pauta de interpretación esencial
(confr. argo Fallos: 100:337; 220:689; 333:633)
que ratifica los criterios hasta aqui expuestos. El examen de los antecedentes deliberativos que concluyeron en el texto sancionado en la convención de Santa Fe, ratifica el genuino contenido de la cláusula constitucional en los términos interpretados con
anterioridad
en
cuanto,
a
fin
de
afianzar
la
independencia
de los jueces como garantia de los habitantes, despolitiza el procedimiento de selección de los miembros del Consejo, dispone su elección a través de sus respectivos estamentos y establece un equilibrio en su modo de integración. 22) Que en efecto, un grupo de convencionales presentó un proyecto de reforma de la Constitución Nacional cuyos fundamentos expresaban su intención de "vigorizar la independen-
,
cia del Poder Judicial (... ) en este sentido se proponen mecanismos de despolitización de los procedimientos de nombramiento y remoción de los magistrados, que garantizarán no sólo idoneidad,
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