Estas actuaciones, unidas a las acometidas en aquellas cuevas que han tenido una continuidad en el uso, han venido a transformar las tipologĂas y modos de entender el hĂĄbitat troglodita. Los nuevos volĂşmenes para cocina y baĂąo, realizados con bloques o para el salĂłn que sustituye y oculta el patio tradicional, han terminado por esconder y apantallar las cuevas tradicionales. La introducciĂłn de nuevos materiales, como el aluminio en carpinterĂas y cerramientos, o cubiertas de planchas metĂĄlicas, de plĂĄstico o uralitas, aplacados ajenos a esta arquitectura, han dibujado un nuevo paisaje, transformado en apenas treinta aĂąos. Algunos nĂşcleos importantes como /D $WDOD\D 6DQWD %UtJLGD SUHVHQWDQ XQD LQWHQVD SUHVLyQ urbanĂstica que ha sepultado este legado patrimonial en favor de los nuevos parĂĄmetros de vivienda, perjudicando en muchos casos, las condiciones de iluminaciĂłn y ventilaciĂłn de las cuevas tradicionales. La legislaciĂłn que regula las actuaciones y protecciĂłn de este legado se rige por la Ley 4/99 del Patrimonio HistĂłrico de Canarias, que encuadra el patrimonio troglodita en los capĂtulos de arqueologĂa y etnografĂa. La protecciĂłn de los conjuntos y unidades, se incluyen a travĂŠs de las diferentes figuras de la ley: Bien de InterĂŠs Cultural, las Cartas ArqueolĂłgicas, los CatĂĄlogos ArquitectĂłnicos, y los inventarios de las Cartas EtnogrĂĄficas. Por otra parte, el Texto Refundido y el Plan Insular de OrdenaciĂłn de Gran Canaria, establecen normativa y directrices de cara a la puesta en uso, rehabilitaciĂłn y reforma de las casas cueva. Para autorizar estas actuaciones se exige el uso residencial preexistente, asĂ como que las actuaciones propuestas no desvirtĂşen el valor etnogrĂĄfico del inmueble. La SecciĂłn XVIII del Plan Insular de OrdenaciĂłn de Gran &DQDULD 7RPR , 7tWXOR ,, &DStWXOR , HVWDEOHFH FRQGLFLRQHV de actuaciĂłn de cara a la rehabilitaciĂłn de las casas cueva, como que estĂŠn situadas en asentamientos rurales o agrĂcolas. Aunque poco desarrollado, este articulado tambiĂŠn pretende la conservaciĂłn de la tipologĂa tradicional y la distribuciĂłn organizada en torno al patio, tratando de limitar los nuevos volĂşmenes. Por Ăşltimo, la legislaciĂłn autonĂłmica 7 recoge, tambiĂŠn de manera muy somera, y dentro del conocido como Decreto de Habitabilidad, algunas condiciones para el cumplimiento 7. 1150 DECRETO 117/2006, de 1 de agosto, por el que se regulan las condiciones de habitabilidad de las viviendas y el procedimiento para la obtenciĂłn de la cĂŠdula de habitabilidad.
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Turistas en Barranco Hondo de Abajo. GĂĄldar.