LO NUESTRO ES LO SOCIAL

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DEPARTAMENTO DEL HUILA MUNICIPIO DE GARZON

Nit. 891.180.022-6 CONCEJO MUNICIPAL ======================================================================

I. CAPITULO GENERALIDADES 1.1 MARCO NORMATIVO BASICO DEL PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL Los Planes de Desarrollo son un instrumento que se construye de manera participativa, como pacto entre los gobernantes y los gobernados para trabajar con los mismos propósitos y sobre la base de las mismas políticas. Se constituyen entonces, en un elemento democrático de señalamiento de las prioridades de acción del mandatario local en el momento mismo de ser elegido y, posteriormente, durante el proceso de concreción de estas prioridades, en términos de políticas, estrategias, programas y proyectos. En este documento se consignan, los objetivos de desarrollo y bienestar, las estrategias y programas que se van a impulsar, las metas que se pretenden alcanzar y los recursos que se van a invertir durante el período de gobierno del alcalde. Constitución Política de Colombia de 1991. El artículo 339 precisa el propósito y el contenido del plan de desarrollo. El artículo 340 establece el Sistema Nacional de Planeación (SNP) conformado por los consejos de planeación –nacional y territoriales- como instancias de participación ciudadana en el proceso de elaboración de los planes de desarrollo Ley 152 de 1994. Por la cual se establece la Ley Orgánica del plan de desarrollo. Establece el procedimiento para elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar los planes de desarrollo. Conforme a las prioridades de los grupos sociales que conforman la entidad territorial y el programa de gobierno. También define los mecanismos para su armonización y articulación con los procesos presupuestales, y las funciones de cada dependencia e instancia que participan en el proceso, resaltando la participación de la sociedad civil. Ley 134 de 1994. Regula los mecanismos de Participación Ciudadana, establece normas fundamentales de participación democrática de las organizaciones civiles sin impedir otras formas de participación en la vida política, económica, social, cultural, universitaria, sindical o gremial del país ni el ejercicio de otros derechos políticos no mencionados en esta ley. Ley 387 de 1997. Sobre el desplazamiento forzado y la responsabilidad del Estado. Por la cual se adoptan medidas para la prevención del desplazamiento forzado; la atención, protección, consolidación y esta estabilización socioeconómica de los desplazados internos por la violencia en la República de Colombia. 3 ___________________________________________________________________________________ “Por un compromiso Ciudadano y Edilicio, en defensa de la Equidad y la Justicia Social” Carrera 8 Nº 7 – 74 Piso 3º Telefax (098) 8 33 28 04


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