Contratación y Seguridad Social. Los dos nos tendremos que dar de alta en la seguridad social en el Régimen Especial de Autónomos. Y según como nos vaya en el mercado haremos contrataciones temporales. Pagaríamos cada uno una cuota de 850.20 € base mínima, de la que pagaríamos un 29.8 con I.T
Cuota mensual SS 850,20*29,80%*2=506,72 mes Bonificación 30% menores 30 años = 354,71 mes *12 mensualidades Cuota anual 4256,52 €
Gestión de la prevención de riesgos laborales. Nos adaptaremos a la Leyes de la prevención de riesgos laborales vigentes de acuerdo con la información que hemos obtenido sacada del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. (http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/TextosOnline/Guias_Acc_Preventiva/Ficheros/gap_003.pdf)