Manual de Procedimientos Administrativos I.

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Educativa en general, dispongan de la información completa sobre los instrumentos legales que requieren de su conocimiento para atender y ejercer cabalmente sus funciones principios valores y normas consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999), Ley Orgánica de Educación (LOE, 2009), Reglamento de la LOE (RLOE, 1986), Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (2007), Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente (REPD, 1991), Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA, 1981), Decreto sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Nacional (2009) y Reglamento Orgánico del Ministerio del Poder Popular para la Educación (2008). Sirve de apoyo al funcionario público que ejerce funciones dentro del Sistema

Educativo

y

quien

corresponde,

la

persona

individual

que

independientemente de su jerarquía y calidad, presta sus servicios en relación de dependencia a una entidad pública; es el recurso humano que permite el funcionamiento de la instituciones cuyo único propósito es el de servir de manera adecuada a la triada en general (Escuela-Familia-Comunidad) y actuar con estricto apego a las leyes y a todas las demás normas e instrucciones que deben regir su comportamiento en la realización cabal de todas las tareas que tenga asignadas. En tal sentido, debe dedicar todos sus esfuerzos para cumplir con la máxima eficiencia y la más alta eficacia la misión que le esté encomendada dentro de praxis educativa. Los manuales administrativos, son considerados documentos escritos que concentran en forma sistemática una serie de elementos administrativos con el fin de informar y orientar las funciones del personal, unificando los criterios de desempeño y cursos de acción que deberán seguirse para cumplir con los 6


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