Manual de Derecho Comunitario Centroamericano

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SALAZAR GRANDE - Derecho Comunitario Centroamericano - ULATE CHACÓN

Oralidad y publicidad: Una de las etapas más importantes del proceso es la audiencia oral y pública, donde la Corte escucha, de viva voz, los hechos y pruebas en que fundan las partes sus pretensiones, garantiza el debate, la inmediatez y el contacto del juez con las partes y con el objeto de la controversia. Gratuidad en la Justicia comunitaria: La gratuidad significa que los litigantes no están sujetos a cargas fiscales o procesales de tipo económico, esto garantiza el acceso de cualquier sujeto al proceso judicial. Poco formal o antiformalista: Este principio es fundamental, porque ante la presencia de defectos no sustanciales de forma, la Corte ha establecido la flexibilidad, evitando nulidades excesivas que puedan afectar la buena marcha de los procedimientos. Libre valoración probatoria, congruencia y plenitud: La Corte está facultada para apreciar la prueba en su conjunto, razonando el fallo con los criterios de valoración que aplique. Debe resolver cualquier controversia que sea sometida a su conocimiento, en todos los puntos y extremos objeto del debate, no pudiendo negarse a fallar alegando silencio o oscuridad de la normativa comunitaria. Principio de control de legalidad: La Corte debe garantizar el respeto del derecho, tanto en la interpretación como en la ejecución de las normas comunitarias originarias o derivadas. Principio de obligatoriedad y ejecutoriedad de sus resoluciones: Sus sentencias producen cosa juzgada material, son obligatorias y pueden ser ejecutadas del mismo medio y modo que las sentencias nacionales. 9.1.2. Los sujetos procesales El título I de la Ordenanza de Procedimientos regula los sujetos procesales, en el cual se establecen regulaciones tanto relativas al Tribunal como a las partes.

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