Boletines2006

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Comunicado de Prensa

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El Comité Técnico realizó un estudio del padrón que presentó ante el Consejo General el 15 de mayo y entre sus conclusiones destaca “que el nivel de precisión que ofrece el padrón de electores refleja con alto grado de certidumbre las condiciones de la población registrada y los datos no muestran que el padrón pudiera contener sesgos que vulneren la confiabilidad de este instrumento electoral”. 6. Para darle mayor certeza al padrón electoral, se estableció en 2005 un Programa Nacional de Detección de Duplicados en el cual se hizo énfasis en la búsqueda de este tipo de registros. Dentro de este programa, durante 2006 se aplicó tecnología especial (biométrica) para la búsqueda de duplicados a través de la comparación de huellas digitales y que evolucionará a la comparación conjunta de imágenes. Los criterios tanto del programa como las especificaciones de la aplicación tecnológica fueron propuestos, acordados y validados por las distintas representaciones de los partidos políticos ante la CNV. 7. Como resultado de todas las acciones descritas, el Consejo General aprobó, en su sesión del 25 de mayo, la validez del Padrón Electoral y de los listados nominales, sin que se presentara impugnación alguna por parte de los partidos políticos. 8. La construcción del Padrón Electoral es en buena medida el resultado de la actividad permanente de las comisiones locales, distritales y de la propia Nacional de vigilancia, que implican una estructura de más de 4 mil representantes de todos los partidos en cada entidad y distrito electoral del país. En estas comisiones los representantes partidistas son quienes votan los acuerdos particulares sobre la vigilancia del padrón. Cabe destacar que los acuerdos tomados en las 332 comisiones de vigilancia de todo el país el 99% fueron mediante el voto unánime de los partidos políticos. Adicionalmente, la CNV ya cuenta con un órgano técnico auxiliar, el Comité Nacional de Supervisión y Evaluación, CONASE, conformado por técnicos expertos designados por cada uno de los partidos políticos que sesionan semanalmente y donde se revisan todos los aspectos de la actividad registral y de la situación precisa y al día del padrón electoral. 9. La legislación electoral establece distintos momentos en los cuales las acciones de construcción del Padrón pueden ser observadas o impugnadas. El último momento para cuestionar este instrumento durante este proceso electoral concluyó el 29 de mayo. Por lo tanto, el padrón es legalmente válido y legítimo para la celebración de la elección del 2 de julio. -0o0-


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