Latitud21 No. 218 Mayo 2021

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Infografía

+126 millones

¿Y si te niegas?

de líneas de teléfono hay actualmente a nivel nacional

La norma es clara y determina "la cancelación en forma inmediata" de las líneas de los clientes que no realicen el trámite dentro del plazo establecido "sin derecho a reactivación, pago o indemnización alguna".

4.6 millones de extorsiones se cometieron en 2019

Quienes no registren sus líneas, lo hagan fuera de plazo, no actualicen su información debidamente, hagan uso indebido de los documentos para el registro, proporcionen información falsa o accedan sin autorización a la información del padrón se pueden enfrentar a multas de entre US$90 y US$67.845.

88.9%

de los casos de extorsión, fue telefónica y en 8.6% de las veces fue pagada

El motivo

Que el gobierno no ha podido controlar la extorsión, el tercer delito con mayor incidencia.

El rechazo

A

Derechos violentados * La privacidad, datos personales y biométricos quedarán a disposición de las autoridades de seguridad y procuración de justicia.

B

Atenta contra la presunción de inocencia * Criminaliza a todo usuario, pues si te roban tu celular y cometen un delito con él, el culpable eres tú.

Alto costo Para instalar, operar, regular y mantener el Padrón Nacional el IFT deberá destinar erogaciones presupuestales que actualmente no posee. Asociaciones y cámaras industriales calculan que la implementación del padrón costará 109 millones de pesos el primer año y 88 millones los siguientes.

Reanut,

antecedente fallido En 2009, con Felipe Calderón, se creó el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut), pero desapareció en 2012, dos años después de que se hiciera público que los datos personales de miles de usuarios se estaban vendiendo en el mercado negro, hasta por 500 pesos.

www.l21.mx

Si quieres ampararte * Hay formatos de demandas de amparo elaborados por litigantes, sin costo alguno, y publicadas en redes sociales para quien desee tramitar su propio juicio de amparo. * Si estás interesado debe promoverse antes del 31 de mayo, momento en el que se cumplen los 30 días de la entrada en vigor de la reforma, tomando en cuenta que los artículos 17, 18 y 19 de la Ley de Amparo consideran como días inhábiles los sábados y domingos, además del 5 de mayo.

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