La Jornada, 09/19/2011

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24 POLÍTICA • LUNES 19 DE SEPTIEMBRE DE 2011

Coadyuvará PGR en las indagatorias de la muerte del priísta Moisés Villanueva de la Luz

Cuerpos hallados en Huamuxtitlán son del diputado priísta y su chofer, confirman ■

Dudas en la identificación del legislador causaron el retraso, informó el procurador estatal

Detienen a jefe de plaza vinculado con atentado al casino Royale MONTERREY, NL., 18 DE SEPTIEMBRE. La Secretaría de Seguridad Pública federal informó que este domingo fue detenido el jefe de plaza de un grupo criminal en el municipio de Santa Catarina, quien además está vinculado con el ataque al casino Royale, donde murieron 52 personas el pasado 25 de agosto. El arresto de Luis Adán Gómez Vázquez, alias El Gordo, se realizó en una casa de seguridad del municipio de Santa Catarina, en donde además se confiscaron armas y droga. El comunicado señala que el detenido realizó labores de vigilancia en los alrededores del casino, en compañía del elemento federal Miguel Ángel Barraza Escamilla, quien fue detenido por la Policía Federal el primero de septiembre. La corporación policiaca también informó que Gómez Vázquez quedó como sustituto del jefe de plaza, Baltazar Saucedo Estrada, El Mataperros.

Larrazabal pide que PAN nacional juzgue su caso Por otra parte, para evitar suspicacias de la influencia que ejerce sobre la Comisión Estatal de Orden de su partido, el alcalde de Monterrey, Fernando Larrazabal, solicitará que sea la Comisión nacional en la materia la que estudie su negativa a pedir licencia temporal al cargo, como lo solicitó el Comité Ejecutivo Nacional de su partido, luego del video donde se involucraba a su hermano y a su secretario de Desarrollo Humano en tratos con casinos. Anunció que realizará la petición en su calidad de consejero nacional esta misma semana, tan pronto sea notificado oficialmente de la decisión que el miércoles pasado tomó el CEN albiazul de solicitar a la Comisión de Orden Estatal del partido retirarle sus derechos de militante. Mencionó que será en la ciudad de México donde ejercerá su derecho de audiencia y externó su confianza en que, con la documentación que tiene, se aclarará lo sucedido en torno a su responsabilidad como alcalde en el casino Red. MARÍA ALEJANDRA ARROYO, CORRESPONSAL

SERGIO OCAMPO ARISTA Corresponsal DE SEPTIEMBRE. El procurador estatal, Alberto López Rosas, y el secretario de Salud de Guerrero, Lázaro Mazón Alonso, confirmaron que los cuerpos hallados la tarde del sábado en las inmediaciones del municipio de Huamuxtitlán, en la región Montaña Alta de Guerrero, corresponden al diputado federal priísta Moisés Villanueva de la Luz y a su chofer Eric Estrada Vázquez. Según López Rosas, el retraso en las investigaciones para determinar si los cadáveres eran de Moisés Villanueva y Eric Estrada se debió a que la esposa del legislador, Lucía Leyva Rojas,

CHILPANCINGO, GRO., 18

tenía dudas debido a que el cuerpo que se les presentó se hallaba totalmente desfigurado, lo que obligó a practicar diversos estudios dactilares. Finalmente, a través de la credencial de elector de Villanueva de la Luz y de una huella tomada al cadáver, dos peritos de la Procuraduría General de la República (PGR) y uno de la Procuraduría estatal coincidieron en que se trataba del diputado desaparecido desde el 4 de septiembre anterior junto con su chofer, quien fue identificado inmediatamente por su esposa, Anahí Marín Gálvez. Por la tarde, el dirigente del Partido Revolucionario Institu-

cional (PRI) en la entidad, Efrén Leyva Acevedo, y el coordinador de los diputados federales por Guerrero, Cuauhtémoc Salgado, coincidieron en que esperarían el dictamen final del peritaje que realiza el Servicio Médico Forense (Semefo) a huellas dactilares que recibió de la Cámara de Diputados federal. Lázaro Mazón señaló que al encontrar los cuerpos se dudó que realmente se tratara de Moisés Villanueva y Eric Estrada, pero en el último reporte del Semefo, que depende de la Secretaría de Salud, se corroboró su identidad. “Lo que sabía hasta ese momento es que anoche mismo tres funcionarios identificaron los

C. PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LICENCIADO FELIPE CALDERÓN HINOJOSA C. MAGISTRADO PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y TITULAR DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, LICENCIADO JUAN N. SILVA MEZA C. PRESIDENTE DEL H. SENADO DE LA REPÚBLICA, LICENCIADO JOSÉ GONZÁLEZ MORFÍN C. PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS, LICENCIADO EMILIO CHUAYFFET CHEMOR C. PROCURADORA GENERAL DE LA REPÚBLICA, LICENCIADA MARISELA MORALES IBÁÑEZ “La sociedad mexicana está hoy urgida por creer en sus jueces; necesita, ahora más que nunca, confiar en todos nosotros. Todos lo necesitamos”. Juan N. Silva Meza, enero 2011.

La palabra justicia, en su más puro concepto, arrastra consigo la percepción de que «las personas deben recibir el trato que se merecen» y, con este criterio es que me dirijo a ustedes para exigir el ejercicio imparcial de la aplicación de la ley, así como el respeto irrestricto a mis derechos constitucionales, los que presumiblemente fueron violentados por las resoluciones de los magistrados integrantes del Octavo Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo del Primer Circuito, J. Refugio Gallegos Baeza, Edna Lorena Hernández Granados y José Guerrero Láscares, quienes pareciera desconocen los objetivos trazados por el Alto Tribunal de reforzar y apuntalar la cultura de la legalidad en México. Los hechos que a continuación argumento pueden ser considerados constitutivos de delito, cometido en mi agravio y en aparente ultraje a la sociedad, por los funcionarios judiciales arriba mencionados quienes podrían ubicarse en el supuesto de actuar con mala fe y parcialmente en las resoluciones de los Juicios de amparo directo 857/2010 (DT.12459/2010) conexo con 858/2010 (DT.- 12460/2010), mediante ejecutorias emitidas en sesión de fecha 30 de noviembre de 2010, juicios que se interpusieron en contra del laudo pronunciado por la Junta Especial Número 12 de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal en el juicio número 1227/01, siendo parte actora el suscrito y una de las demandadas la empresa AREVA T&D, SA de CV. En lo que se sospecha una serie de irregularidades, los magistrados descartaron pronunciarse respecto de evidentes violaciones al procedimiento a pesar de ser de orden público, evitando su debida reposición, así como a los conceptos de violación planteados en mi demanda de garantías en el juicio de amparo (que sólo eran atinentes a prestaciones devengadas a cuyo pago no se condenó en el laudo señalado como acto reclamado, en el que se condenó a mi reinstalación, pago de salarios caídos y otras prestaciones, por estar justificada o probada la acción intentada), concediendo injustamente la protección constitucional a AREVA T&D, SA de CV, para que se le absolviera de todas las reclamaciones, incluso del pago de prestaciones devengadas, cuyo pago consintió dicha empresa, con base en un criterio jurisprudencial que no era aplicable en el caso. Por esa razón es que infiero en que incurrieron en responsabilidad y, al infringir el principio de exhaustividad que rige en el juicio de garantías, afectando mi derecho a que se me resuelvan de manera fundada y con motivos todas y cada una de las cuestiones planteadas en mi demanda. Así las cosas, de manera inexcusable, fundaron la resolución del amparo promovido por las partes demandadas, en la jurisprudencia 13/2010 de rubro litisconsorcio pasivo necesario en materia laboral, cuando ésta no era aplicable por no ser de carácter “necesario” el litisconsorcio pasivo que pudiese haber existido en el juicio laboral por el hecho de existir varios demandados. Jurisprudencia que no era aplicable y ello presume una falta grave, porque el litigio se inició a causa del despido injustificado del que fui objeto y que quedó acreditado en actuaciones del citado juicio laboral, que fue incoado en contra de ALSTOM T&D, SA DE CV, (ahora denominada AREVA T&D, SA DE CV) Y/O ALSTOM T&D, SA, Y/O ALSTOM, SA Y/O ALSTOM, SA DE CV, Y/O ALSTOM TRANSPORTE, SA DE CV, y de Fernando García (cuyo nombre completo es Fernando García Manzo), Bernard Prieur, Phillipe Joubert, Michel Trotignon, Michel Augonnet, Michel Fercock, Pedro Solé y Eduardo Pinedo R. mediante

demanda de fecha 27 de agosto de 2001. Mi reclamo en ese momento era la reinstalación, pago de salarios caídos y prestaciones devengadas. Hoy exijo, además, revisión expresa de mi caso, transparencia en la actuación de los impartidores de justicia, así como la aplicación estricta de la Ley contra de los servidores públicos que resulten infractores. El 14 de noviembre de 2001, en el desahogo de la audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones y Ofrecimiento y Admisión de Pruebas, las empresas demandadas arriba señaladas reconocieron que el único patrón del suscrito fue ALSTOM, T&D, SA de CV, confesando espontáneamente tal circunstancia y asumiendo incluso la responsabilidad que eventualmente pudiera derivarse del conflicto, así como que el suscrito prestara sus servicios para la sociedad demandada ALSTOM T&D, SA DE CV, únicamente, al señalar que fungía como director general país (México) y vicepresidente regional de América para el negocio de distribución, para dicha sociedad, quien pagaba los salarios y prestaciones, calificando de falsas y tendenciosas las imputaciones del actor a los señores Fernando García y Bernard Prieur, entre otros, precisando: “…Por otra parte se hace del conocimiento de esa H. junta, que los señores Bernard Prieur y Fernando García Manzo ya no laboran para la sociedad demandada, siendo el caso que éste último dejó de prestar sus servicios con fecha 31 de marzo de 2001…”, esto es, tres meses antes de que me despidieran, por tanto, al ser ALSTOM T&D, SA de CV, mi único patrón y, así haberlo reconocido, no le podía unir un vínculo “indisoluble” con los demás demandados y al señor Fernando García Manzo no podía unirle ningún vínculo indivisible con ALSTOM T&D, SA de CV, (actualmente AREVA T&D, SA de CV) como mis patrones. En fecha 7 de noviembre de 2005 me desistí de las acciones ejercitadas en contra de Fernando García y/o Fernando García Manzo, siendo que la Junta del conocimiento tuvo por efectuado dicho desistimiento únicamente a favor de dicho codemandado y no así a favor de los demás enjuiciados. De lo anterior se desprende que los demandados desde que contestaron la demanda hicieron valer hechos que justifican plenamente que entre las empresas demandadas y codemandados físicos no existió un vínculo como patrones del actor que resultara indivisible o inescindible y les obligara a mantenerse unidos. Sin embargo, los magistrados validaron erróneamente la existencia de una pluralidad de demandados y la imputación del actor a estos, no así las propias confesiones del patrón y concedieron el amparo a los demandados ordenando a la Junta Responsable emitir un laudo en el que se absolviera de todo lo reclamado, incluso del pago de las prestaciones que confesaron adeudarme, con el argumento de que existió un litisconsorcio pasivo necesario, que en realidad no fue necesario, por no haber evidencia de un vínculo indisoluble como mis patrones, considerando o resolviendo que el desistimiento formulado a favor de Fernando García Manzo se hiciera extensivo a todos los demás demandados, utilizando para ello la jurisprudencia de referencia que no era aplicable, por exigirse en ésta la evidencia de ese vínculo indisoluble como requisito para que los efectos de un desistimiento efectuado a favor de uno de los enjuiciados le sea extensivo a los demás. No debe pasar desapercibido que los magistrados de un

cuerpos: el alcalde (de Chilpancingo) Héctor Astudillo Flores; el secretario de Seguridad Pública y Protección Civil, Ramón Almonte Borja, y el procurador Alberto López Rosas”, afirmó. “Ayer por la tarde me avisaron que había dos cuerpos, y que probablemente pertenecían al diputado federal y a su chofer, y ya en la noche me lo confirmaron”, insistió. Mazón Alonso dijo que se espera que la familia reclame los cuerpos. En tanto, Lorena Méndez Leyva, perito médico forense, dijo que el cuerpo del chofer fue reconocido por sus familiares, que lo identificaron porque le faltaba el dedo gordo del pie izquierdo. De su lado, la Secretaría de Gobernación federal condenó “enérgicamente” en un comunicado los asesinatos del legislador y su chofer, y expresó “sus más sentidas condolencias a sus familiares y amigos”. En el mismo boletín se indicó que la PGR “coadyuvará con la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero en el esclarecimiento de los hechos con el objetivo de poner a disposición de la justicia a los responsables”.

Tribunal Colegiado especializado son doctos o expertos en la materia en la que emiten sus resoluciones y que no desconocen ningún aspecto de la ley, ni el sentido de la jurisprudencia que emite la Suprema Corte de Justicia de la Nación, menos aún en este caso, en el que en las consideraciones esgrimidas por el Alto Tribunal para emitir la jurisprudencia que invocaron los magistrados mencionados para conceder el amparo a los demandados exponen con absoluta claridad la necesidad de que exista el vínculo indisoluble referido acreditado en actuaciones, por lo que ello pudiera evidenciar una conducta parcial para favorecer en este caso a la parte enjuiciada en el laudo señalado como acto reclamado, más aún que se trataba de un juicio en el que la condena estaba valuada en más de un par de millones de dólares en el que resultaba por demás evidente la procedencia de la acción por la prueba del despido y el incumplimiento del ofrecimiento de trabajo que durante la secuela procesal formuló la patrona ALSTOM, T&D, SA DE CV, ahora denominada AREVA T&D, SA DE CV. Hay graves violaciones procesales por las que se me debiera conceder el amparo que solicité, que a la larga deberá dejar sin efectos el desistimiento y producir un nuevo laudo condenatorio. Mi mayor temor es que son los mismos magistrados que indebidamente favorecieron a AREVA T&D en aquella ocasión, los que van a resolverlo. Estoy dispuesto, junto con mis abogados, a debatir públicamente las razones que me llevan a afirmar que las sentencias referidas son contrarias a derecho y no por una cuestión que pudiera dar lugar a diferencia de criterios de los jurisconsultos, sino por tratarse de un acto que no encuentra justificación en algún criterio personal. Señor ministro presidente de la SCJN, don Juan N. Silva Meza: Esta actuación que se puede considerar inescrupulosa, injusta y dañina, deviene en contra de la justicia y deja en entredicho sus palabras del pasado 3 de enero, cuando definió las líneas generales que priorizará durante su periodo: realizar un ejercicio judicial transparente y aumentar la eficacia del Máximo Tribunal en la tutela y expansión de los derechos elementales de los mexicanos por medio de la interpretación actualizada de la Constitución. Por ello, pongo a su alcance lo que parece ser la comisión de mala praxis en la impartición de justicia en nuestro país, por la que presenté la denuncia y se inició la averiguación previa PGR/VEIDCSPCAJ/150/XII-2011, en la Mesa Especializada de Investigación de los Delitos Cometidos por Servidores Públicos y contra la Administración de la Justicia dependiente de la PGR. También hago de su conocimiento que la Secretaría de la Función Pública inhabilitó dos años a la empresa ALSTOM, T&D, SA de CV, (actualmente Areva T&D, SA de CV), para celebrar contratos con la administración pública federal y le impuso una sanción económica por actuar con dolo en procedimientos licitatorios con Luz y Fuerza del Centro. Es por todo lo anterior que abogo a su espíritu de justicia y respeto a la legalidad para que se revise mi expediente y la actuación de los magistrados y las ejecutorias que presumiblemente se dictaron contrarias a la resolución del juicio laboral que bajo el expediente 1227/2001 se tramitó ante la Junta Especial Número Doce de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal. Señor presidente Felipe Calderón: En más de una ocasión usted ha afirmado que los jueces fomentan la impunidad. Es más, lanzó un llamado al Poder Judicial para que revise sus actuaciones “que ponen en la calle a criminales que son, incluso, confesos”. Es con este espíritu con el que respetuosamente me dirijo a usted, para que interceda en la revisión de este caso. Hago mías sus palabras de que “duele mucho que el esfuerzo que se hace por sociedad y gobierno para combatir la criminalidad, se debilite en la última etapa”. Y le digo: duele más sentir el peso de atropellos, injusticia e impunidad. Señores: Me dirijo a ustedes para solicitar su intercesión, porque soy un ciudadano mexicano, en uso de sus facultades y derechos, que la verdad es mi fortaleza y con ella vengo a pedirles trato imparcial, igualitario y objetivo. ATENTAMENTE RAÚL MARTÍN BRIZUELA QUIRÓZ Responsable de la publicación: Raúl Martín Brizuela Quiróz.


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