Diario La Hora 19-09-2011

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Página 20/Guatemala, 19 de septiembre de 2011

Viene de la página anterior... treinta y tres, folio treinta y tres, libros treinta y dos E de Chimaltenango. ANOTACIONES PREVENTIVAS: Ninguna. SERVIDUMBRE: ninguna. GRAVAMEN HIPOTECARIO: únicamente el que motiva la presente ejecución promovida por el señor JORGE ALFONSO NORIEGA TELLO, para obtener el pago de CIENTO TREINTA MIL QUETZALES, en concepto de capital demandado, mas los intereses pactados, intereses moratorios y costas procesales. Y para los efectos legales se hace la presente publicación, en la ciudad de Guatemala el cinco de septiembre de dos mil once. JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL. RICARDO JOSE RUIZ ALVARADO. Secretario.27873 12, 19, 26 Sep. 2011

EDICTO DE REMATE EJECUTIVO VIA DE APREMIO No. 01046-2010-00776 Of. 1o Este juzgado señalo la audiencia del día VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE, A LAS DIEZ HORAS para la venta en pública subasta de la finca hipotecada número DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS, folio OCHO, del libro DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE DE GUATEMALA consistente en Finca rustica ubicada en fracción de terreno en Aldea San Pedro Sacatepéquez del municipio de San Juan Sacatepéquez, departamento de Guatemala, con área actual de TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE PUNTO SETENTA Y SEIS CERO CERO METROS CUADRADOS, Medidas y Colindancias: NORTE: diecinueve metros con ochenta centímetros con Juan Boror Suruy; SUR: diecinueve metros con sesenta centímetros de la siguiente manera, dieciséis metros con Petrona Boror Boc, luego ángulo de noventa grados para el Norte, seis metros con nacimiento de agua, luego ángulo nuevamente de noventa grados para el Oriente: tres metros con sesenta centímetros con nacimiento de agua, por lo que la suma de dieciséis metros con Petrona Boror y tres metros con sesenta centímetros con el nacimiento de agua es la que hace un total de diecinueve metros con sesenta centímetros, para el lado Sur; ORIENTE: trece metros con cuarenta centímetros con Juan Boror Suruy y PONIENTE: veinte metros con cincuenta y cinco centímetros con Pedro Siney cerca de por medio. GRAVAMENES: UNICAMENTE LA QUE MOTIVA LA PRESENTE EJECUCION. El presente remate se lleva a cabo en virtud de Ejecución en la Vía de Apremio promovido por MARGARITA DE MATA LOPEZ DE GARCIA, para obtener el pago de CUARENTA MIL QUETZALES, más intereses y costas procesales, aceptándose posturas que cubran la base del capital reclamado intereses y costas. Se hace constar con la certificación obrante en autos que la finca a rematar no le aparecen más anotaciones, gravámenes ni limitaciones que las consignadas, y para los efectos de ley, se hace esta publicación. Guatemala, cinco de septiembre del año dos mil once. Licda Marta Isabel Martínez Rodríguez, Secretaria del Juzgado Cuarto de Paz del Ramo Civil. 27890 12, 19, 26 Sep. 2011

EDICTO DE REMATE E.V.A. NUMERO 01162-2011-00371 Oficial 1o Este Juzgado señaló la audiencia el día VEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE A LAS NUEVE HORAS, para la venta en pública subasta de los siguientes bienes inmuebles: A) Finca 1270 Folio 270 Libro 483E de Guatemala, finca urbana consistente en lote sesenta y seis, manzana B, en Kilómetro ocho punto cincuenta carretera al Atlántico zona diecisiete, proyecto habitacional denominado Condominio Villa Atlantis, ubicada en el municipio de Guatemala, departamento de Guatemala, de ciento cinco punto cero cero cero cero metros cuadrados. Medidas y colindancias: NORTE: siete metros con lote diez, SUR: siete metros con calle eje dos, ESTE: quince metros con lote sesenta y siete, OESTE: quince metros con lote sesenta y cinco. INSCRIPCION NUMERO DOS: Tengase transcrita la segunda inscripción de derechos reales de la finca matriz, relativa a servidumbres de: paso, agua, abrevadero, paso de agua, uso de agua del rio Las Monjitas o Canalitos, de conducción de energía eléctrica, de paso de desagüe, desagüe, derecho de paso por los márgenes de acueducto, de conducción de energía eléctrica y de paso. INSCRIPCION NUMERO TRES: Esta finca goza la servidumbre de ACUEDUCTO: para la conducción de aguas pluviales, negras, y potable que soporta en la tercera inscripción de derechos reales la finca matriz numero un mil ciento noventa y ocho, folio ciento noventa y ocho, del libro cuatrocientos ochenta y tres E de Guatemala dicha servidumbre tendrá la siguiente característica: I) se constituye a perpetuidad; y en forma gratuita, salvo el caso de que el adquiriente de una fracción o vivienda, en la escritura respectiva por la cual adquiere la fracción y el derecho de copropiedad de las áreas comunes del condominio, no renunciara expresamente al derecho de tanteo por la parte alícuota que le corresponde del área común en copropiedad, en tal caso las servidumbres de que goza la fracción que adquiere, serán revocadas y canceladas en el Registro General de la propiedad sin necesidad de declaración judicial, presentado por el Presidente del Condominio, o el Representante de Mi-Vivienda, Sociedad Anónima al Registro General de la Propiedad, solicitud para tal cancelación acompañando copia legalizada de la escritura de traspaso de la propiedad en donde no se indique tal extremo; II) La servidumbre aquí indicada, está localizados en los lugares que aparecen expresamente señalado para el efecto en el plano general del proyecto, en donde además se especifican las dimensiones exactas. Las áreas verdes y recreación de la comunidad será exclusivamente para destinarse a área verde y recreación de la comunidad y estará localizada en el lugar que aparece expresamente señalado para el efecto en el plano general del proyecto; III) La finalidad de la servidumbre será exclusivamente para destinarse a lo que son creadas, no pudiendo dársele un uso distinto; IV) La servidumbre aquí estipuladas no se podrán cambiar del lugar; y V) A esta servidumbre le serán aplicables las disposiciones del Código Civil Escritura número 551 autorizada 16 de agosto de 2006 por el notario JOSE MARIA PALACIOS GODOY. INSCRIPCION NUMERO CUATRO: esta finca goza la servidumbre de paso: vehicular, peatonal, para establecer comunicación telefónica y señal de televisión por cable y conducción de energía eléctrica que soporta en la cuarta inscripción de derechos reales de la finca número 1198 folio 198 del libro 483E de Guatemala, dicha servidumbre tendrá las siguientes características: I) su finalidad será intercomunicar a todas las fracciones desmembradas entre si y darles el acceso a la via publica, en este caso es derecho de

La Hora paso que da acceso a la via publica; II) se constituye a perpetuidad; y en forma gratuita, salvo en el caso de que el adquirente de una fracción o vivienda, en la escritura respectiva por la cual adquiere la fracción y el derecho de copropiedad de las áreas comunes del condominio, no renunciara expresamente al derecho de tanteo por la parte alícuota que le corresponde del área común en copropiedad, en tal caso las servidumbres de que goza la fracción que adquiere, serán revocadas y canceladas en el Registro General de la Propiedad sin necesidad de declaración judicial, presentando por el presidente del Condominio o el representante de Mi-Vivienda, Sociedad Anónima al Registro General de la Propiedad, solicitud para tal cancelación acompañando copia legalizada de la escritura de traspaso de la propiedad en donde no se indique tal extremo; III) La servidumbre aquí indicada, está localizados en los lugares que aparecen expresamente señalados para el efecto en el plano general del proyecto, en donde además se especifican las dimensiones exactas. Las áreas verdes y recreación de la comunidad será exclusivamente para destinarse a área verde y recreación de la comunidad y estará localizada en el lugar que aparece expresamente señalado para el efecto en el plano general del proyecto; IV) La finalidad de la servidumbre será exclusivamente para destinarse a lo que son creadas, no pudiendo dársele un uso distinto; V) La servidumbre aquí estipuladas no se podrán cambiar del lugar; y VI) A esta servidumbre le serán aplicables las disposiciones del Código Civil Escritura número 551 autorizada 16 de agosto de 2006 por el notario JOSE MARIA PALACIOS GODOY. INSCRIPCION NUMERO CINCO: Se constituye sobre esta finca el Régimen de Copropiedad denominado REGLAMENTO DE COPROPIEDAD Y ADMINISTRACION DE CONDOMINIO Y DE DATACION DE SERVICIOS DE AGUA DEL CONDOMINIO VILLA ATLANTIS, cuyo reglamento forma parte de esta inscripción como se expresa en la inscripción número cinco de derechos reales de la finca 1198 folio 198 libro 483E de Guatemala. Escritura numero 551 autorizada 16 de agosto de 2006 por el notario JOSE MARIA PALACIOS GODOY. Y B) finca 1198 folio 198 libro 483 E de Guatemala los ejecutados por cuatrocientos treinta y seis mil quetzales compro a MI- VIVIENDA, SOCIEDAD ANONIMA derechos proindivisos equivalentes a un derecho de esta finca y la totalidad de la finca 1270 folio 270 libro 483E de Guatemala. Finca rustica consistente en terreno en kilómetro 8.50 carretera al Atlántico, zona 17 ubicada en el municipio de Guatemala, departamento de Guatemala, de 66,633.8600 metros cuadrados, con sus respectivas medidas y colindancias que le aparecen inscritas en el Registro General de la Propiedad. GRAVÁMENES HIPOTECARIOS: Únicamente lo motivan la presente ejecución; la cual es promovida por el BANCO G & T CONTINENTAL, SOCIEDAD ANONIMA a través de sus mandatarios Judiciales con Facultades Especiales y Representación, para obtener el pago de la cantidad de TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO QUETZALES CON TRECE CENTAVOS (Q.366,394.13), más intereses y costas procesales, no teniendo la finca citada más gravámenes, limitaciones y anotaciones que las aquí transcritas. Se aceptan posturas que cubran la base del capital reclamado, más intereses y costas procesales. Para los efectos legales se hace la presente publicación. En la ciudad de Guatemala el cinco de septiembre del año dos mil once. Ricardo José Ruiz Alvarado, SECRETARIO, JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL. 27898 12, 19, 26 Sep. 2011

EDICTO DE REMATE E.V.A. 01042-2008-9882 OF. 3ro. Este Juzgado señaló audiencia del día SEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE A LAS DIEZ HORAS , para el remate de la finca inscrita en el Registro General de la Propiedad con el NUMERO CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO FOLIO CIENTO OCHENTA Y UNO DEL LIBRO TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS E DE GUATEMALA, finca urbana consistente en lote numero veintiuno manzana F del condominio Mirador del Valle Barcenas ubicada en el municipio de villa Nueva departamento de Guatemala de noventa punto cero cero cero cero metros cuadrados. Medidas y colindancias: De la estación cero al punto de observación uno un azimut de seis grados cuarenta y tres minutos cero segundos con una distancia recta de seis punto cero cero metros colindando con tercera avenida. De la estación uno al punto de observación dos un azimut de noventa y seis grados cuarenta y tres minutos cero segundos con una distancia recta de quince punto cero cero metros colindando con lote veinte manzana F de la estación dos al punto de observación tres un azimut de ciento ochenta y seis grados cuarenta y tres minutos cero segundos con una distancia recta de seis punto cero cero metros colindando con lote seis manzana F de la estación tres al punto de observación cero un azimut de doscientos setenta y seis grados cuarenta y tres minutos cero segundos con una distancia recta de quince punto cero cero metros colindando con lote veintidós manzana F. Anotaciones y Limitaciones. Inscripción numero dos. Téngase transcrita la segunda inscripción de derechos reales de la finca matriz relativa a servidumbre de paso acueducto drenaje línea eléctrica y línea telefónica. Inscripción numero tres: Se constituye sobre esta finca el régimen de copropiedad denominado Condominio Mirador del Valle cuyo reglamento forma parte de esta inscripción como se expresa en la inscripción numero tres de derechos reales. GRAVAMENES HIPOTECARIOS QUE LE APARECEN VIGENTES A LA FINCA: la que motiva la presente ejecución promovida por Banco de Guatemala en su calidad de Administrador de los Recursos del Fondo para la Protección del ahorro a través de su representante legal en contra del ejecutado, para lograr el pago de CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SEIS QUETZALES CON VEINTIDOS CENTAVOS (Q 147,406.22) de capital, más intereses y costas procesales; aceptándose posturas que cubran la base del capital reclamado, intereses y costas procesales. Se hace constar que a la finca relacionada no le aparecen más gravámenes ni limitaciones que los indicados en la certificación acompañada. Y para los efectos legales se hace la presente publicación. Jaime Rene Orozco Lopez, SECRETARIO DEL JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL. Guatemala, treinta y uno de agosto de dos mil once.28059 19, 26 Sep., 03 Oct. 2011

AVISOS LEGALES EDICTO DE REMATE E.V.A. 01165-2011-01145 Of. 2°. Este juzgado señaló audiencia de remate para el día CUATRO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE, a las NUEVE HORAS, para la venta en pública subasta del siguiente bien: finca número siete mil seiscientos ochenta y uno (7681) folio ciento ochenta y uno (181) del libro mil cincuenta y seis E (56E) de Guatemala. DERECHOS REALES: INSCRIPCIONES: No. 1: finca urbana consistente en Residencia 42, del proyecto denominado “BELLA VISTA” ubicado en el municipio de San Juan Sacatepequez departamento de Guatemala, que mide: cuarenta y nueve punto noventa y cinco metros cuadrados 49.95 mt2: Medidas y Colindancias: del punto observado 0 al punto 1, azimut de 176°, 45’45”, 5.55 metros, con finca matriz rumbo al sureste de 3o, 15’ 15” del punto al observado 1 al punto 2, azimut de 266°, 45’ 45”,9.00 metros, con la tercera avenida, rumbo suroeste de 86°, 45’ 45. Del punto observado 2 al punto 3, azimut de 356°, 45’45”, 5.55 metros con finca matriz, rumbo noroeste de 3o, 15’15. Del punto observado 3 al punto 0, azimut de 86°, 45’ 45”, 9.00 metros, con finca matriz, rumbo noroeste de 86°, 45’45”. “MAMUT SOCIEDAD ANONIMA” es propietario de esta finca por haberla desmembrado para si mismo de la finca 79392 folio 160 libro 1164 de Guatemala. No. 2: Téngase transcrita la 2da. y 3ra. Inscripciones de Derechos Reales relativas a servidumbres de Acueducto que goza y Acueducto que goza, respectivamente, vigentes en la Finca matriz. No. 3: MAMUT SOCIEDAD ANONIMA da fideicomiso a esta finca a FINANCIERA DEL PAIS SOCIEDAD ANONIMA (FIPASA) Q. 45086.83 PLAZO DE 25 AÑOS A PARTIR DE LA FECHA DEL CONTRATO. No. 4: SE AMPLIA Y RECTIFICA LA INSCRIPCIÓN NUMERO 3 DE DOMINIO DE ESTA FINCA EN EL SENTIDO QUE FINANCIERA DEL PAÍS SOCIEDAD ANÓNIMA ACTÚA COMO FIDUCIARIA DEL FIDECOMISO DE GARANTÍA Y ADMINISTRACIÓN MAMUT…..No. 5: Finca 7681 folio 181, libro 56E de Guatemala. La entidad MAMUT SOCIEDAD ANONIMA, es dueña de esta finca y de las demás fincas a que se refiere esta escritura las cuales se estima en Q.2,306,424.58, en calidad de fiduciaria del fideicomiso denominado “FIDEICOMISO DE GARANTIA Y ADMINISTRACION MAMUT” con la anuencia del fideicomitente BANCO DEL CAFÉ SOCIEDAD ANONIMA, (Entidad Privada de Deposito y Crédito). No. 6: Las partes demandadas por Q. 80,000.00, compró (aron) a MAMUT SOCIEDAD ANONIMA, esta Finca del precio de la venta el (los) comprador (es) pago (aron) Q. 5,000.00 en concepto de inversión inicial la cantidad de Q. 15000.00 entregado directamente por EL BANCO DEL CAFÉ SOCIEDAD ANONIMA (ENTIDAD PRIVADA DE DEPOSITO Y DE CREDITO) que ACTUARA COMO AGENTE FINANCIERO ENCARGADO DEL SERVICIO DE LA DEUDA, el saldo como se expresa en la PRIMERA inscripción hipotecaria de esta Finca. El beneficiario no podrá transferir el inmueble durante 5 años, contado a partir de la fecha de otorgamiento de este contrato. GRAVÁMENES HIPOTECARIOS VIGENTES: No. 1: Las partes demandadas constituye (n) hipoteca cedularía sobre la misma por Q. 60,000.00 que se pagaran en un plazo de 10 años y que vence 30/04/2015 interés anual 10% ANUAL SOBRE SALDOS DEUDORES. La cedula que será única, se emite al portador y se identifica con el numero 0346. BANCO DEL CAFÉ SOCIEDAD ANONIMA (ENTIDAD PRIVADA DE DEPOSITO CREDITO) que ACTUARA COMO AGENTE FINANCIERO ENCARGADO DEL SERVICIO DE LA DEUDA esta hipoteca ocupa el primer lugar No. 2: Corporación FINANCIERA NACIONAL -CORFINA- en su calidad de fiduciaria del BANCO DEL CAFÉ SOCIEDAD ANONIMA se constituye en la nueva entidad aprobada del crédito contenido en la(s) inscripción (es) hipotecaría (s) numero (s) 1 de esta finca cuyo saldo asciende a la suma de Q. 58,118.47 en virtud de APORTE que de la cartera de créditos hipotecarios del fomento de Hipoteca Aseguradora (FHA) y del Fondo Guatemalteco para la Vivienda (FOGUAVI) hiciera Banco del Café Sociedad Anónima por medio de la junta de exclusión de activos y pasivos del banco del café sociedad anónima al FIDEICOMISO DE ADMINISTRACION Y REALIZACION DE ACTIVOS EXCLUIDOS DEL BANCO DEL CAFÉ SOCIEDAD ANONIMA, de conformidad con Aclaración, Ampliación, y modificación de contrato... Esta Hipoteca sigue ocupando el primer lugar. No. 3: BANCO DE LOS TRABAJADORES es dueño de los créditos anteriores números 1 y 2 de esta finca en virtud de haber celebrado con: CORPORACION FINANCIERA NACIONAL, CORFINA, en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso denominado FIEICOMISO DE ADMINISTRACION Y REALIZACION DE ACTIVOS EXCLUIDOS DEL BANCO DEL CAFÉ, SOCIEDAD ANONIMA que podrá abreviarse FIDEICOMISO DE ACTIVOS EXCLUIDOS DE BANCAFE, contrato de venta activos. Esta hipoteca sigue ocupando el primer lugar. Y la que motiva la presente ejecución. Se hace constar que sobre el bien inmueble antes descrito no pesa mas inscripciones, anotaciones o gravámenes hipotecarios que los aquí transcritos. El presente remate tiene lugar en virtud de ejecución en la vía de apremio promovida BANCO DE LOS TRABAJADORES, a través de su Mandataria especial judicial con representación. Para obtener el pago de la cantidad de CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA QUETZALES CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS (Q.53, 280.57), únicamente en concepto de capital a lo que hay que sumar intereses, mora, costas, gastos procesales que se reclaman. Y para los efectos legales, se hace la presente publicación, ocho de septiembre del año dos mil once. Secretario del Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia del Ramo Civil Sharron Emilio Orozco López. 28088 19, 26 Sep., 03 Oct. 2011

EDICTO DE REMATE E.V.A No. 1047-2007-10570 OF. 4TO. Este Juzgado señaló la audiencia del día CUATRO DE OCTUBRE DE DOS MIL ONCE A LAS ONCE HORAS para el remate de: a) la finca inscrita en el Registro de la Propiedad al número Tres Mil Doscientos Treinta y Cinco Folio Doscientos Treinta y Cinco Libro Trescientos Cuarenta y Siete E de Guatemala que consiste en finca urbana consistente en Lote Número Dieciocho, Manzana Tres Sector Tres, Condominio Los Geranios, Del Gran Complejo Habitacional Santa Clara, ubicada en el Municipio de Villa Nueva, Departamento de Guatemala, con una extensión de ochenta y nueve punto nueve mil novecientos metros cuadrados. Con las medidas y colindancias siguientes: DE LA ESTACIÓN CERO AL PUNTO UNO, Azimut de trescientos cincuenta y dos grados, dieciséis minutos, treinta y cuatro segundos, distancia de cinco punto ochenta y nueve metros en línea recta; DE LA ESTACIÓN UNO AL PUNTO DOS: Azimut de ochenta y dos grados, dieciséis minutos, treinta y cuatro segundos, distancia de quince metros en

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