Ayacucho Boletín Oficial Diciembre 2016

Page 57

Municipalidad de Ayacucho / Boletín Oficial / Diciembre 2016

/ 57

Sección Ejecutiva

Artículo 4º: Registrar, comunicar, publicar, y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

VISTO, la Ordenanza Nº 5111 sancionada por el H.C.D. en su sesión del día 25 de Noviembre de 2016, que lleva el número de Expediente 6545/2016, mediante la cual se crea el Fondo Municipal para el Desarrollo Económico Local del Partido de Ayacucho (FOMUDEL).

Prof. PABLO A. ZUBIAURRE Intendente Municipal

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinador General.

Dr. DARÍO M. DIEZ DE ULZURRUN Secretario de Gobierno y Coord. General •=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=• DECRETO Nº 02428/2016 PROMULGANDO ORDENANZA Nro. 5110/2016. Ayacucho, 29 de Noviembre de 2016 VISTO, la Ordenanza Nº 5110 sancionada por el H.C.D. en su sesión del día 25 de Noviembre de 2016, que lleva el número de Expediente 6544/2016, mediante la cual la promoción, organización, venta y/o circulación de rifas, en el ámbito del Partido de Ayacucho, solo se podrá realizar previa autorización del Departamento Ejecutivo Municipal y de conformidad con lo establecido por la legislación provincial vigente. El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones D E C R E TA Artículo 1º: Promulgase la Ordenanza Nro. 5110/2016, de acuerdo a lo mencionado en el presente exordio. Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación General. Artículo 3º: Registrar, comunicar, publicar, y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar. Prof. PABLO A. ZUBIAURRE Intendente Municipal Dr. DARÍO M. DIEZ DE ULZURRUN Secretario de Gobierno y Coord. General •=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=• DECRETO Nº 02429/2016 PROMULGANDO ORDENANZA Nro. 5111/2016. Ayacucho, 29 de Noviembre de 2016

D E C R E TA Artículo 1º: Promulgase la Ordenanza Nro. 5111/2016, de acuerdo a lo mencionado en el presente exordio. Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación General.

Municipal a abonar la suma de PESOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS ($1.636,00) al proveedor Sr. CARRIZO, Marcelo, de acuerdo a lo antes dicho; Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se atenderá con cargo a la Partida que corresponda del Presupuesto Vigente. Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinador General. Artículo 4º: Registrar, comunicar, publicar, y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar Prof. PABLO A. ZUBIAURRE Intendente Municipal

Artículo 3º: Registrar, comunicar, publicar, y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

Dr. DARÍO M. DIEZ DE ULZURRUN Secretario de Gobierno y Coord. General •=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•

Prof. PABLO A. ZUBIAURRE Intendente Municipal

DECRETO Nº 02434/2016 RECONOCIENDO COMO ENTIDAD DE BIEN PÚBLICO A LA ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA E.P. Nº 37 “Ing. FELIPE SENILLOSA” (Paraje “Las Piedras”, E INSCRIBIENDO A DICHA INSTITUCIÓN EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE ENTIDADES DE BIEN PÚBLICO MEDIANTE LEGAJO Nº 29.

Dr. DARÍO M. DIEZ DE ULZURRUN Secretario de Gobierno y Coord. General •=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=• DECRETO Nº 02433/2016 AUTORIZANDO AL JEFE DE COMPRAS, A EFECTUAR EL GASTO DE LA SUMA DE PESOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS. Ayacucho, 30 de Noviembre de 2016 VISTO el pedido efectuado por Secretaria de Desarrollo Social de la de la Municipalidad de Ayacucho, Lic. Silvina Ramos, y; CONSIDERANDO QUE, el área de Desarrollo Social de la Municipalidad de Ayacucho, lleva adelante distintas actividades y eventos; QUE, por ello, realizara los actos recreativos de los Jardines Maternales Las ardillitas, La Sonrisa, Alitas y Rayito de Sol; QUE, se ve necesario solventar gastos de Impresión de las tarjetas de invitación a los actos; El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones D E C R E TA Artículo 1º: Autorizar a Contaduría

Ayacucho, 30 de Noviembre de 2016 VISTO, la presentación efectuada por la ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA E.P. Nº 12 “JOSÉ MANUEL ESTRADA”, Expediente Nº 6384/16, de fecha 18/11/16, mediante la cual solicita se la inscriba como Entidad de Bien Público y, CONSIDERANDO, QUE dicha Institución ha presentado la documentación requerida en un todo de acuerdo con la legislación vigente en la materia; QUE los interesados vienen a solicitar su reconocimiento como Entidad de Bien Público para llevar adelante sus actividades en pro de la comunidad. QUE la Ley Provincial Nº 9.388 reconoce como entidad de bien público, a los fines que determina la legislación vigente, a las asociaciones que desarrollan actividades de interés social, cultural, benéfico y en general de cooperación para el logro del bienestar de la población. Por lo expuesto, el Señor Intendente Municipal en uso de sus atribuciones:


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.