CHILE NECESITA UNA GRAN REFORMA ENERGÉTICA

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CHILE NECESITA UNA GRAN REFORMA ENERGÉTICA |

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COMISIÓN CIUDADANA-TÉCNICO-PARLAMENTARIA PARA LA POLÍTICA Y LA MATRIZ ELÉCTRICA

Calefactores menos contaminantes y más eficientes. Asegurar la disponibilidad de leña seca, de preferencia certificada. Viviendas con menor demanda de energía. Campañas de sensibilización y educación a la comunidad.

Como se ha mencionado anteriormente, una de las dificultades de avance en materias vinculadas al uso de la leña se debe a la ausencia de regulación de los combustibles sólidos en el país169. Se ha intentado corregir esta falencia sin éxito en tres proyectos de ley que no han contado con el patrocinio presidencial de los gobiernos anteriores. Paradójicamente, en la actualidad la leña y los artefactos que la utilizan pueden ser certificados y contar con etiquetas de eficiencia energética, incluso ser sometidos a requerimientos mínimos de eficiencia; pero nos enfrentamos al problema que no hay regulación del combustible, de los artefactos y menos existe un registro de sus emisiones.170 Actualmente el gobierno plantea separar la agenda legislativa en el tema leña en varios proyectos de ley. En primer lugar, es necesario entregar facultades a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) para certificar y etiquetar los artefactos de combustión a leña, que efectivamente asocia a los mismos, a las normas de emisión y de calidad atmosférica. En segundo lugar, una ley que regule la venta del combustible leña, exigiéndose cierto porcentaje de humedad máxima a la misma. Efectivamente el gobierno ha dado suma urgencia al “Proyecto de Ley que “Regula la certificación de los artefactos para combustibles de leña y otros productos dendroenergéticos” (Boletín Nº 7141-08). El proyecto fue presentado con fecha 17 de agosto del año 2010, con el fin de regular que los artefactos a leña puedan ser certificados y etiquetados en su desempeño energético. Para las organizaciones de la sociedad civil, dicho Proyecto de Ley, no satisface ese traspaso gradual, que sí se daría potenciando los diferentes proyectos de ley que se han propuesto los últimos años o en su defecto, generando una institucionalidad al respecto. A la fecha, se han presentado y anunciado los siguientes proyectos de ley en la materia: • Boletín Nº 6572-03. Presentado el 30 de Junio de 2009 (oficializa los combustibles sólidos). •

Boletín Nº 6616-12. Presentado el 15 de Julio de 2009. Muy mal evaluado por los parlamentarios y pronto a su archivo.

Boletín Nº 7141-08. Presentado el 17 de Agosto de 2010 (en actual tramitación).

En efecto, el artículo 2º de la ley 18.410 dispone que: “ El objeto de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles será fiscalizar y supervigilar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, y normas técnicas sobre generación, producción, almacenamiento, transporte y distribución de combustibles líquidos, gas y electricidad, para verificar que la calidad de los servicios que se presten a los usuarios sea la señalada en dichas disposiciones y normas técnicas, y que las antes citadas operaciones y el uso de los recursos energéticos no constituyan peligro para las personas o cosas. 170 La ley 20.402 (D.O. 03/12/2009), modificó el Art. 4º letra H, del DL 2.224 y facultó al Ministerio de Energía a través de la SEC a certificar y etiquetar la EE y a imponer requerimientos mínimos de desempeño energético a “productos, máquinas, instrumentos, equipos, artefactos, aparatos y materiales que utilicen cualquier recurso energético”. 169

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