Área Técnica Municipal
ARTÍCULO 1°: DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 205-2010-VIVIENDA.- La Resolución Ministerial N° 205-2010-VIVIENDA en el Capítulo IV de las Elecciones en su Art. 37° estipula que para elegir al Consejo Directivo y al Fiscal, se deberá conformar un Comité Electoral elegido en Asamblea General, quien estará a cargo de las elecciones. El Comité Electoral estará conformado como mínimo por un (01) Presidente/a, un (01) Secretario/a y un (01) Vocal.
Coordinador Programa de Incentivos.
Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal
tro gis e de R as r e o s d rad nta Ju inist m s Ad vicio nto r ie e S am ne a S SS
JA
Este comite electoral, debe llevar a cabo las elecciones del consejo directivo. Si tenemos menos de 60 viviendas, debemos elegir a los directivos a mano alzada, y si tiene más de 60 viviendas por voto universal con ánforas. Paso 2: Con estas copias , debemos presentar una solicitud a la Oficina del Área Técnica Municipal, solicitando el reconocimiento, Inscripción y registro de la organización comunal Y del consejo directivo y El/la fiscal de la JASS Paso 3:
Pasos para inscribir
La Junta Administradora de Servicios de Saneamiento” (JASS)
Sin en caso, no tenemos conformado la junta administradora de saneamiento, debemos solicitar el apoyo de la oficina del Área Técnica Municipal, para que nos apoyen en organizar y en cumplir con la documentación para solicitar la inscripción.
4 Coordinador Programa de Incentivos
Ing. José Gabriel Vásquez Urbina