Compilación de Pronunciamientos y Mensajes del Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos. A

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Compilación de Pronunciamientos y Mensajes del Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos

lugares prohibidos para colocar propaganda electoral; respetar la propaganda del partido contrario; implementar mecanismos de control disciplinario al interior de los partidos políticos; respetar los resultados electorales y contribuir a que la toma de posesión de los nuevos funcionarios y funcionarias sea pacífica. Finalmente, la propuesta del Pacto de Entendimiento presentada por el Procurador contempla que los partidos políticos acepten someterse a un mecanismo de seguimiento para el cumplimiento de estos compromisos, el cual consistirá en promover la adopción de otros Pactos a nivel departamental o local, realizar reuniones periódicas de evaluación de cumplimiento a instancias de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, y llevar a cabo, de común acuerdo, cualquier otra acción encaminada a este fin. San Salvador, 11 de enero de 2012.

51) PDDH y Unión Europea realizan foro en el marco del Día Mundial contra la Pena de Muerte Con el objetivo de realizar un análisis jurídico y contribuir a que los Estados adopten medidas diferentes de represión del delito, la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y la Unión Europea desarrollaron el pasado 10 de octubre de 2012 el panel foro “Día Mundial contra la Pena de Muerte”. La actividad contó con la participación del Presidente de la Honorable Asamblea Legislativa, Lic. Sigfrido Reyes; el Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, Lic. Oscar Humberto Luna, representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores y organizaciones no gubernamentales de derechos humanos. Al foro fueron invitados miembros del cuerpo diplomático, funcionarios públicos, representantes de organismos que trabajan en el tema de los derechos humanos, asociaciones de abogados, rectores, decanos y estudiantes de diversas universidades. Durante su participación en el foro el defensor del pueblo hizo un recorrido histórico de la pena de muerte en la legislación salvadoreña y como fueron haciéndose reformas en la Constitución de la República desde su reconocimiento en el año de 1864, hasta que la Carta Magna de 1983, abolió la pena de muerte para los delitos comunes, y actualmente el Artículo 27 de nuestra Constitución establece lo siguiente: “Sólo podrá imponerse la pena de muerte en los casos previstos por las leyes militares durante el Estado de guerra internacional. Se prohíbe la prisión por deudas, las penas perpetuas, las infamantes, las proscriptivas y toda especie de tormento. El Estado organizará los centros penitenciarios con objeto de corregir a los delincuentes, educarlos y formarles hábitos de trabajo, procurando su readaptación y la prevención de los delitos”. En relación a la aplicación de la pena de muerte en El Salvador, el Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos considera que “debe ser abolida totalmente, ya que debe protegerse por todos los medios posibles el derecho a la vida, pues la misma Constitución en los artículos 1 y 2 se refieren a la vida como un derecho fundamental que constituye un valor superior y en ese sentido, el Estado debe abstenerse de vulnerarlo y debe procurar su conservación. Es obligación del Estado, garantizar el Derecho a la vida, y no utilizar su aparato punitivo para vulnerar este derecho constitucional”, recalcó el licenciado Luna. Asimismo, los tratados internacionales en materia de protección de los derechos humanos, de los cuales es suscriptor nuestro país, también establecen restricciones a los países miembros en cuanto a la aplicación y existencia de la pena de muerte. 142


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