Además, se han generado gases de combustión tales como óxido de nitrógeno, dióxido de azufre, ozono y monóxido de carbono por los vehículos y maquinaria, utilizados en la construcción de la obra. Estos impactos se minimizan por el mantenimiento adecuado a la maquinaria. Además tomando en consideración las condiciones atmosféricas y las áreas operativas abiertas, estos son factores que favorecen la no concentración de las emisiones, considerándose no significativas. Por lo tanto las emisiones provenientes del funcionamiento de los vehículos se consideran mínimas
7.8 EMISIÓN DE RUIDO AMBIENTE Y LABORAL El ruido generado por trabajos en el frente de obra, no genera inconvenientes al ambiente o a la vecindad; por cuanto en la vecindad existen fuentes emisoras de ruido de diferentes orígenes, las cuales, son irregulares y muchas de ellas móviles (ruido influenciados principalmente por motores de vehículos, tránsito de vehículos, voces de pobladores y el oleaje del mar), por lo que no podrían catalogarse como fuentes fijas de emisión de ruido, conforme lo estipulado en la Tabla 1, Anexo 5, Libro VI del TULAS, del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria para zonas industriales en el campamento y, para zonas residenciales fuera de él, según los horarios establecidos en la norma (Ver Tabla 34 a continuación): Tabla 34 Niveles Máximos de Ruido Permisibles según el Uso del Suelo
TIPO DE ZONA SEGÚN USO DE SUELO
NIVEL DE PRESIÓN SONORA EQUIVALENTE NPS eq [dB(A)] DE 06H00 A 20H00 DE 20H00 A 06H00
Zona hospitalaria y educativa
45
35
Zona Residencial
50
40
Zona Residencial mixta
55
45
Zona Comercial
60
50
Zona Comercial mixta
65
55
Zona Industrial
70
65
Además, El mantenimiento de la maquinaria y vehículos es el medio más idóneo para minimizar la generación de niveles altos de ruido y, proveer a los trabajadores de equipos de protección adecuada (protección auditiva en caso de requerirse). El mantenimiento de vehículos y maquinarias se han realizado con normalidad por lo que se asegura los niveles aceptables de combustión y de ruido ambiente.
3
mg/m ). La concentración máxima en 24 horas, de todas las muestras colectadas, no deberá exceder ciento 3 cincuenta microgramos por metro cúbico (150 mg/m ), valor que no podrá ser excedido más de dos (2) veces en un año. Material particulado menor a 2,5 micrones (PM2.5).- Se ha establecido que el promedio aritmético de la concentración de PM2.5 de todas las muestras en un año no deberá exceder de quince microgramos por 3 metro cúbico (15 mg/m ). La concentración máxima en 24 horas, de todas las muestras colectadas, no 3 deberá exceder sesenta y cinco microgramos por metro cúbico (65 mg/m ), valor que no podrá ser excedido más de dos (2) veces en un año. 187