Estatutos partido socialista popular de cataluña

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de Cataluña 8/2007 de 4 de julio sobre financiación de los partidos políticos, informe que acompañando a éstas remitirá al Consejo Político de Cataluña. Igualmente corresponde a la Comisión de Finanzas emitir cualquier otro informe de control interno sobre intervención y contabilización establecido legalmente. 2. La Comisión de Finanzas estará compuesta por 5 miembros, y será elegida en el marco de cada Congreso del partido por el voto individual, directo y secreto de todos los delegados asistentes, previa presentación de candidaturas completas ante la Comisión Electoral. Se elegirá mediante el sistema de listas abiertas, de tal modo que cada delegado podrá votar como máximo a un número de candidatos igual que el de puestos a cubrir, resultando elegidos aquellos candidatos que acumulen un mayor número de votos. Los casos de empate se dirimirán mediante sorteo. Su mandato expirará en el momento que se produzca la proclamación de candidatos electos en el marco del Congreso siguiente. 3. Será requisito para ser miembro de este órgano el ser afiliado del partido con al menos dos años de antigüedad y no haber sido sancionado disciplinariamente por la comisión de infracción alguna. No constituirá requisito de elegibilidad, aunque podrá valorarse a la hora de presentar las correspondientes candidaturas, la formación económica de los candidatos, así como su reconocida trayectoria dentro del partido. Será incompatible ser miembro de este órgano y formar parte de cualquier otro órgano del partido. Los miembros perderán su condición de tales por dimisión, fallecimiento, incapacidad o pérdida definitiva o temporal de la condición de afiliado por cualquier causa. En el caso de que se produzcan bajas en la composición del órgano los nuevos miembros serán designados por el Consejo Político de Cataluña, con el voto favorable, al menos, de la mitad más uno de sus miembros. Para cubrir las bajas definitivas que se produzcan, podrán postularse como candidatos todos aquellos afiliados que cumplan los requisitos de elegibilidad señalados en el presente artículo. 4. En la primera sesión que celebren elegirán, de entre sus miembros, al que vaya a ejercer las funciones de Presidente, de Vocal y de Secretario. Este será el encargado de redactar y custodiar las actas de la Comisión, recibir y despachar la correspondencia y el resto de comunicaciones y solicitar la documentación pertinente para la elaboración de los correspondientes Informes.

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Estatutos del Partido Socialista Popular de Cataluña , aprobados por la Asamblea Constituyente, celebrada el día 11 de Octubre de 2013 en Barcelona. En prueba de conformidad la firman los miembros de la Mesa de la Asamblea. Isidro Carpio García José Rofes Mendiolagaray Iván Bayo Roque El Presidente Vicepresidente Secretario


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