Libro agua, matriz productiva y gestion publico comunitaria

Page 360

Ley de Minería y Metalurgia: Relación con los Recursos Hídricos en Bolivia

Si bien el artículo de la norma minera establece que toda actividad en estos yacimientos nos deberán “vulnerar el agua para la vida” la realidad es otra, actualmente el agua para la seguridad alimentaria es afectada en el curso del río Suchez que desemboca en áreas de riego (Municipios de Escoma y Moko Moko) en la cuenca baja. Más adelante en la norma minera, artículo 93, sobre los alcances de los derechos mineros en su parágrafo III establece;

III. Con excepción de las actividades mineras legalmente existentes anteriores a la publicación de la presente Ley, no se podrán realizar actividades mineras de prospección terrestre, exploración o explotación, concentración, refinación y fundición: a) Dentro de ciudades, poblaciones, cementerios y construcciones públicas o privadas. b) En la proximidad de carreteras, canales, ductos, vías férreas, líneas de transmisión de energía y comunicaciones, hasta los cien (100) metros. c) En proximidades de cabeceras de cuenca, lagos, ríos, vertientes y embalses, las restricciones se sujetarán de acuerdo a Estudios Ambientales con enfoque multisectorial. (Ley de Minería y Metalurgia Nº 535; 2014).

La redacción de este artículo inicialmente prohíbe cualquier actividad minera en proximidades de cabeceras de cuencas, salvo aquellas actividades legalmente existentes. Cabe resaltar que en el caso presentado anteriormente en el ANMIN solo tres cooperativas gozan de licencia ambiental y las demás se encuentran en un abismo legal, porque no solo deben tramitar su permiso ante el Ministerio de Medio Ambiente y Agua (MMAyA) sino que también deben tramitar un permiso ante la dirección del Área. Preguntas para el debate, si son actividades ilegales, porque

359


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.