FINANZAS PARA ADULTO MAYOR

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Una vez jubilado, probablemente retire más dinero del que ahorra. Tenga cuidado: si gasta los ahorros sólo le quedará las pensiones públicas para vivir. Las Administraciones estatales, autonómicas y locales ofrecen programas cada vez más completos de turismo y vacaciones para todos los bolsillos, tanto dentro de España como para viajar al extranjero. También se han multiplicado la oferta y aceptación de las numerosas actividades educativas diseñadas para los mayores. En los centros de educación permanente de adultos, ayuntamientos y aulas de mayores, los pensionistas tienen acceso a gran variedad de cursos de formación desde informática e idiomas a jardinería y manualidades, pasando por economía, historia, ciencias, literatura, yoga, Pilates y taichi. Los bancos y cajas ofrecen productos específicos para jubilados. La mayoría de estas entidades ofrecen cuentas corrientes con condiciones especiales e incentivos (anticipos, préstamos, tarjetas gratuitas, premios y viajes, ausencia de comisiones, seguros de accidentes, etc.) para aquellos que tienen domiciliada la pensión. Formas de complementar los ingresos después de la jubilación utilizando la vivienda Si usted es propietario de su vivienda y necesita ingresos adicionales para disfrutar de su jubilación, tiene varias opciones.

Vender la casa Muchos jubilados prefieren vender su vivienda y cambiar a otra más pequeña. Aparte de las ganancias que pueden obtener con la venta, una casa más pequeña exige menos gastos de mantenimiento y menos trabajo de limpieza. También existe la posibilidad de cambiar a un barrio o ciudad donde los precios de viviendas y coste de la vida en general sean menores. Hay que tener cuidado con la implicaciones fiscales de vender la vivienda, ya que se trataría de una ganancia patrimonial, sujeta al pago de impuestos. Vivienda pensión (también llamada renta vitalicia inmobiliaria) Es una fórmula que permite a una persona mayor obtener ingresos regulares, utilizando el valor de su propia vivienda. Se formaliza un contrato de compraventa de la casa con una compañía de seguros a cambio de recibir una renta vitalicia cuyo importe estará vinculado al valor de tasación de la vivienda y de las expectativas de vida del cliente. El propietario se reserva el usufructo vitalicio del inmueble, lo que quiere decir que podrá seguir residiendo en su casa mientras viva. También puede alquilarla a terceros y recibir así ingresos adicionales (por ejemplo en caso de mudarse a otra propiedad, con un hijo o a una residencia).


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