Manual de Convivencia

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“La verdadera generosidad para con el futuro consiste en entregarlo todo al presente” Albert Camus

cinco (5) días a juicio de la persona que esté encargada y se tendrá en cuenta lo siguiente: 1. La suspensión se comunicará al padre de familia o acudiente, dejando constancia en el Observador del Alumno o en el libro de Acta Disciplinaria. 2. El estudiante asumirá las consecuencias por las actividades que no realizó en el tiempo de la suspensión. 3. Durante la suspensión, el estudiante deberá realizar una actividad reflexiva en casa con acompañamiento de los padres, para ser presentada en la dirección de grupo una vez se reincorpore a la Institución. Esta Suspensión la puede hacer el Director de Grupo (si ha sido previamente delegado), el Coordinador y/o Rector y se da principalmente en los siguientes casos: 1. Por incumplimiento de los compromisos académicos o de convivencia. 2. Por reincidencia de Situaciones Tipo I y graves. 3. Por una Situaciones Tipo III VI.

Matrícula en Observación Esta sanción se presenta cuando a juicio del Comité de Convivencia Escolar el estudiante haya faltado gravemente a sus deberes o cuando se presente reincidencia en cualquiera de las contravenciones que dieron lugar a suspensión y/o por haber faltado en faltas muy graves. La Matrícula en Observación consiste en un severo llamado de atención al estudiante que reiterada o deliberadamente incumple sus compromisos académicos o disciplinarios. Será impuesta por el Comité de Convivencia Escolar convocado por el Coordinador. La decisión deberá ser presentada por escrito y comunicada al padre de familia y/o a su acudiente (s) por parte del Coordinador o a quien delegue. La constancia queda registrada en el Observador del alumno, en el libro de actas convivencial y en el formato de Matrícula en Observación. El levantamiento de esta amonestación, se hará por decisión del Comité de Convivencia Escolar quien podrá revisar los casos que al finalizar el año escolar, le sean presentados para evaluar la superación de las dificultades académicas o de convivencia que haya presentado el estudiante.

VII.

Cancelación de Matrícula Una vez se hayan agotado los recursos del seguimiento formativo con el estudiante para garantizar una sana convivencia, el Consejo Directivo determinará la Cancelación de la Matrícula. Esta sanción operará de manera directa, y será comunicada por Resolución Rectoral, al incurrir el estudiante en

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