Etiquetado ambiental de producto. Guía de criterios ambientales para la mejora de producto

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ETIQUETADO AMBIENTAL DE PRODUCTO

En diciembre del año 2008 se publicó en el BOPV el Decreto 202/200845, el cual designa a la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno Vasco como organismo competente en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco. La asunción de estas competencias ha supuesto el traslado a la Comunidad Autónoma del País Vasco de los expedientes de ecoetiqueta que las empresas de Euskadi ya habían obtenido con anterioridad a través de la Dirección General de Calidad Ambiental de la Generalitat de Catalunya con carácter subsidiario, la reasignación de sus números de registro y la entrega de los nuevos certificados de Etiqueta Ecológica de la Unión Europea por parte de la Viceconsejera de Medio Ambiente del País Vasco46.

COMITÉ DE ETIQUETADO ECOLÓGICO DE LA UNIÓN EUROPEA La Comisión ha creado de manera paralela un «Comité de Etiquetado Ecológico de la Unión Europea (CEEUE)» integrado por los representantes de los organismos competentes de todos los Estados miembros y por otras partes interesadas. El CEEUE contribuye a la elaboración y revisión de los criterios de la etiqueta ecológica de la UE y a toda revisión de la aplicación del sistema de etiqueta ecológica de la UE. Aún así su principal objetivo es velar por que, respecto a cada categoría de productos, se consiga una participación equilibrada de todos las partes interesadas, como organismos competentes, productores, fabricantes, importadores, proveedores de servicios, mayoristas, minoristas, en particular PYME, y asociaciones de protección del medio ambiente y organizaciones de consumidores.

COSTE DE LA CERTIFICACIÓN De manera genérica se establecen los siguientes rangos para las tasas de registro inicial y renovación anual del certificado: 47

TASA47 TASA INICIAL DE REGISTRO TASA ANUAL

MÍNIMO

MÁXIMO

DESCUENTOS

200€

1.200€

– 20% a empresas certificadas en ISO 14001 o EMAS. – 600 € max, para PYMES y solicitantes de países en vías de desarrollo. – 350 € max, para micro-empresas.

1.500€

– 750 € max, para PYMES y solicitantes de países en vías de desarrollo. – 350 € max, para micro-empresas.

Sin embargo, cada organismo competente tiene la responsabilidad de determinar la cuantía concreta de las tasas y los descuentos que aplicará para los productos que certifique. En el País Vasco, las tasas serán concretadas y exigidas a los solicitantes en el momento en que se produzca la modificación pertinente de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la CAPV.

45 Decreto 202/2008 sobre designación del organismo competente para efectuar las funciones contempladas en el Reglamento 1980/2000, de 17 de julio, relativo a un sistema comunitario revisado de concesión de etiqueta ecológica. 46 http://www.ingurumena.ejgv.euskadi.net/r49-orokorra/es/contenidos/noticia/ecoetiqueta/es_ecolabel/indice.html 47 http://ec.europa.eu/environment/ecolabel/ecolabelled_products/application_procedure_en.htm

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