MANUAL PARA OPERADORES DE CAMIONES

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Capacitando a la gente del transporte...

porte terrestre son: El Cuerpo Técnico de Vigilancia del Transito y Transporte Terrestre. Las policías estadales de circulación. Las policías municipales de circulación Otras autoridades competentes de conformidad con la ley. Artículo 34: Ningún propietario podrá hacer u ordenar modificaciones que afecten las características técnicas originales de los vehículos, sin la previa notificación al registro nacional de vehículos y conductores, quien emitirá una constancia de tal petición. Artículo 35: Todo vehículo destinado al transporte terrestre debe estar amparado por una póliza de responsabilidad civil para responder por los daños que ocasione al Estado o a los particulares. Artículo 36: Todo vehículo que circule por el territorio nacional, debe portar, de manera visible, sus correspondientes placas identificadoras, una colocada en la parte delantera del vehículo y la otra en la parte posterior, en los sitios especialmente destinados a tal fin. Artículo 43: Las licencias para conducir se otorgaran por grado de acuerdo con los tipos de vehículos y la capacidad que exija su conducción. El grado indica la capacidad del sujeto para conducir vehículos de determinado tipo. Las licencias serán de cuatro grado. Licencias de segundo grado para conducir motocicletas. Tipo A a personas mayores de


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