Manual de Convivencia – Grupo Scout Buena Aventura
Artículo 65: En lo posible a toda salida o campamento asistirá un miembro del consejo de grupo, quien servirá de apoyo al dirigente de sección. Artículo 66: Después de cada salida o campamento a los 8 días siguientes se dará un informe económico de la actividad realizada al Jefe de Grupo y al tesorero. Artículo 67: Después de pagada una actividad o salida, en caso de no poder asistir, se devolverá un porcentaje (%) según los gastos realizados por el grupo o la sección.
CAPITULO 8. DIRIGENTES Artículo 68: Todos los aspirantes a dirigentes que ingresen al Grupo deben cumplir con un periodo de observación de por lo menos tres meses, durante los cuales el Jefe de Grupo y el consejo evalúan las aptitudes y actividades, necesarias para desempeñarse como miembro Scout.
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