El Derecho Internacional y perspectiva de género en la reforma del Código Procesal Penal Uruguayo

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algunos de sus bienes que esté dedicado al culto religioso, la instrucción, las artes, las ciencias o las beneficencia o sus monumentos, hospitales y otros lugares u objetos que tengan fines humanitarios”

1) EVITAR LA VICTIMIZACIÓN SECUNDARIA

La Secretaría de la Corte deberá establecer una Dependencia de Víctimas y Testigos la cual será responsables de estables medidas de protección y dispositivos de seguridad para las víctimas será responsable de otorgar asistencia técnica y asesoramiento y contará para ello de personal especializado35 Conforme a las reglas de procedimiento deberá estar integrado por personas expertas en niñez, género, personas de dad, personas con discapacidad etc. Todos los órganos de la Corte tendrán en cuenta las necesidades de las víctimas y testigos conforme al artículo 68 del Estatuto de Roma y las reglas de procedimiento 86 tomando en cuenta la edad, discapacidad, el tipo de delito(violencia sexual o de género) etc. Permite las audiencias a puerta cerrado cuando así se amerite en particular en caso de víctimas de agresión sexual, menores de edad o personas con una discapacidad cognoscitiva36 2) ACOMPAÑAR A LA VÍCTIMA DURANTE EL PROCESO La dependencia de víctimas y testigos deberá ofrecer acompañamiento a las victimas durante el proceso. (art 43) La dependencia podrá asignar una persona que le preste asistencia a la víctima durante todas las fases del proceso (regla 17) Para ello contará con persona experto en diversas áreas para asegurar que la víctima

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Artículo 43 Estatuto de la Corte Penal Internacional Artículo 68 inciso 2 de la Corte Penal Internacional

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