Fj 120 septiembre 2013

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ARTÍCULO LA NUEVA LEY DE AMPARO AMPLÍA LA ESFERA

La Nueva Ley de Amparo Amplía la Esfera Jurídica que Protege los Derechos Humanos: Miguel Ángel Aguilar López • Las Reforma de Derechos Humanos y de Amparo impulsan una nueva forma de pensar, de decir y de hacer en la justicia mexicana. • El legislador cumplió su parte aprobando la nueva Ley de Amparo. Toca ahora a los juzgadores aplicarla correctamente.

Marco A. Ríos

E

xisten tres elementos jurídicos de una enorme importancia en el nuevo escenario de México: la Reforma Penal de 2008 que incorpora un sistema acusatorio adversarial y oral, la Reforma Constitucional del Juicio de Amparo y, en forma concomitante, la Reforma de Derechos Humanos, que generaron una nueva perspectiva en esta materia.

En este escenario surge la nueva Ley de Amparo que entró en vigor el pasado primero de abril del año en curso y que amplían la esfera jurídica que protege los derechos humanos de todas las personas, afirmó el Magistrado Miguel Ángel Aguilar López durante su intervención en el Diplomado sobre la Nueva Ley de Amparo, impartido por la Universidad Ius Semper, con la participación de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación y la Asociación Nacional de Doctores en Derecho.

rentes foros que el Derecho no se contiene en la norma, sino en su interpretación. Sobre tal afirmación podemos o no estar de acuerdo, pero lo cierto es que en el Derecho Anglosajón la norma surge en la particularización del caso concreto y en este contexto, me parece que “el punto central en temas como la reciente Ley de Amparo es que, más allá de una reforma de leyes, en el país se requiere de una reforma de personas”.

Destacó el magistrado federal que en su concepto uno de los temas relevantes de la nueva ley es el relacionado con el amparo indirecto, el cual procede, en términos de la fracción primera del artículo 107 constitucional, contra normas generales que por su sola entrada en vigor o con motivo del primer acto de su aplicación causen perjuicio al quejoso. Esto es, contra leyes heteroaplicativas y autoaplicativas. El amparo indirecto, dijo, ahora podrá promoverse por medios escritos o electrónicos, y Varios tratadistas y estudiosos de Derechos Humanos, si se trata de un amparo contra una norma general, se afirmó el Dr. Aguilar López, han comentado en dife- debe precisar en el concepto de violación a quienes se 36

Foro Jurídico


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