Reglamento de Postgrado

Page 21

POSTGRADO DE

c. Se haya perdido el derecho a permanecer en la Universidad por inasistencia, bajo rendimiento académico, sanción disciplinaria, o cuando por motivo grave de salud, previo dictamen médico, la Comisión de Facultad o la Comisión Permanente del Consejo Directivo de Instituto, al cual esté adscrito el respectivo Programa, acepte el retiro temporal o definitivo del estudiante.

REGLAMENTO

b. No se haya hecho uso, sin causa justificada, del derecho de matrícula o de renovación de ésta dentro de los plazos señalados por la Universidad.

ESTUDIANTES

DE

a. Se hayan cursado y aprobado todos los periodos académicos correspondientes al plan de estudios previsto.

d. Por solicitud del estudiante, cuando éste interrumpa los estudios en el periodo académico para el cual se matriculó. e. Cuando no se haya obtenido el promedio del periodo y el acumulado mínimo exigido por el respectivo Programa de Postgrado.

ARTÍCULO 28.

Del promedio Académico. El promedio académico es aquel que obtiene el estudiante en un periodo, como resultado del desarrollo de las asignaturas, seminarios, talleres, módulos y demás actividades cursadas y se convierte en acumulado, a medida que éste va cursando los períodos académicos aprobados por el respectivo Programa de Postgrado. La exigencia de un promedio acumulado mínimo hará parte de los requisitos que deben presentar los Programas ante la Comisión Permanente del Consejo Superior para la aprobación de los mismos.

PARÁGRAFO 1º. Cada Programa de Postgrado deberá sujetarse a los criterios que para la asignación de créditos establezca la Comisión Permanente del Consejo Superior, los cuales 21


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.